SIM 1765037758
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Auto No. 138 de 2026 Aprobación Liquidación del Crédito Sergio Danilo Moreno Rojas 2023-012.RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación provisional de la obligación dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-012 a SERGIO DANILO MORENO ROJAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.416.338, adeuda de la suma de DOS MILLONES TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($2.035.565) por concepto del crédito y costas procesales. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo a la Coordinación Financiera de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.
SIM 1765035448
Auto No. 114 de 2026 Liquidación crédito Víctor Fernando Torres Suarez 2025-007. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de VICTOR FERNANDO TORRES SUAREZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.054.708.205, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2025-007. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($1.357.839) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de VICTOR FERNANDO TORRES SUAREZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.054.708.205. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 113 de 2026 liquidación crédito Jorge Luis Molina Solarte 2025-013. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JORGE LUIS MOLINA SOLARTE identificado con la cédula de ciudadanía número 1.049.630.296, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2025-013. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS VEINTICINCO PESOS M/CTE ($1.340.725) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JORGE LUIS MOLINA SOLARTE identificado con la cédula de ciudadanía número 1.049.630.296. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
SIM 1765029311
SIM 1765027802
Auto No. 090 de 2026 Liquidación crédito William Silva Cárdenas 2023-009. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de WILLIAM SILVA CARDENAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.051.954.030, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-009. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.280.584) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de WILLIAM SILVA CARDENAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.051.954.030. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
SIM 1765027798
SIM 1765027367