SIM 1765116712
SIM 1765116712
SIM 1765116712
SIM 1765116974
Auto No. 182 de 2026 Liquidación del Crédito Mauricio Arguello Buitrago 2022-009. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de MAURICIO ARGUELLO BUITRAGO identificado con la cédula de ciudadanía número 72.325.798, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-009. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS MCTE ($ 1.105.598) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de MAURICIO ARGUELLO BUITRAGO identificado con la cédula de ciudadanía número 72.325.798. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 181 de 2026 Liquidación del Crédito Jorge Luis López Álvarez 2021-015. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JORGE LUIS LÓPEZ ALVAREZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.384.896, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2021-015. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIEZ PESOS MCTE ($ 992.510) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JORGE LUIS LÓPEZ ALVAREZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.384.896. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 213 de 2026 Liquidación crédito Julián Leandro Ruiz Wilches 2025-011.RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JULIAN LEANDRO RUIZ WILCHES identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.367.606, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2025-011. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESO MCTE ($1.362.771) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JULIAN LEANDRO RUIZ WILCHES identificado con la cédula de ciudadanía número1.002.367.606. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 178 de 2026 Liquidación del Crédito Cesar Orlando López Bacca 2021-018. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de CESAR ORLANDO LÓPEZ BACCA identificado con la cédula número 23.595.901, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2021-018. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIUN PESOS MCTE ($1.263.521) por concepto del crédito y costas administrativas a cargo de CESAR ORLANDO LÓPEZ BACCA identificado con la cédula número 23.595.901. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
SIM 1765109866
SIM 1764836796
Resolución No. 012 de 2026 orden seguir adelante ejecución Edison Albeiro Pulido Martínez 2025-010. RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra de EDISON ALBEIRO PULIDO MARTINEZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.587.006, por la obligación pendiente de pago, contenida en la Sentencia del 06 de agosto del 2025, proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Ramiriquí -Boyacá. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso. ARTICULO CUARTO Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación. ARTICULO QUINTO: Notificar a EDISON ALBEIRO PULIDO MARTINEZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.587.006 la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
SIM 1765114725