Auto No. 123 de 2026 Liquidación crédito Ana Delia de Jesús Medina de Rincón 2024-003.
Auto No. 123 de 2026 Liquidación crédito Ana Delia de Jesús Medina de Rincón 2024-003.RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de ANA DELIA DE JESUS MEDINA DE RINCON identificada con la cédula de ciudadanía número 24.115.468, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2024-003.SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($2.698.770) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de ANA DELIA DE JESUS MEDINA DE RINCON identificada con la cédula de ciudadanía número 24.115.468.TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
PJ 1927 ASOCIACIÒN DE AFRODESCENDIENTES PRODUCTORES PECUARIA Y AGRICOLA DEL MUNICIPIO DE CIENAGA MAGDALENA
RESOLUCIÓN No. 168 DE 2026 - REDAM SIM SIM 14391170 NUIP 1.027.289.692
SEBASTIAN JIMENEZ GONZALEZ.C.C.1.000.001.315
Auto No. 121 de 2026 Liquidación crédito Sergio Danilo Moreno Rojas Ochoa 2023-012.
Auto No. 121 de 2026 Liquidación crédito Sergio Danilo Moreno Rojas Ochoa 2023-012.RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación provisional de la obligación dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-012 a SERGIO DANILO MORENO ROJAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.416.338, adeuda de la suma de DOS MILLONES TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($2.035.565) por concepto del crédito y costas procesales. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo a la Coordinación Financiera de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.
PJ 1926 CORPORACIÓN PROGRESANDO UNIDOS
RESOLUCION N° 1 DEL 5 DE FEBRERO DE 2026
Notificación Resolución N° 1 del 5 de febrero de 2026, por medio de la cual se ordena seguir adelante la ejecución proceso administrativo de cobro coactivo N°. 1976-2024 a la señora DIANA MILENA LAVERDE RAVE C.C. N°. 67018943, se notifica de conformidad con los dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
PJ 1761 ASOCIACIÓN TODOS SOMOS MAS EN PRO DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL PUEBLO GUAJIRO TO2SOMOS+
SIM 32655931
SIM 32655931



















