Fecha de Actualización: 19/05/2025
Código FAQ
PSP01006

¿En qué casos el Defensor de Familia del ICBF debe efectuar todo un proceso que requiere de un trámite para otorgar el permiso de salida del país de un niño, niña o adolescente?

Respuesta:
  • a)- En el evento en que el niño carezca de representante legal.
  • b)- Se desconozca el paradero del padre que debe dar el permiso.
  • c)- El padre no se encuentre en condiciones de otorgarlo como por ejemplo, por presentar condiciones de discapacidad que se lo impidan, por enfermedad psiquiátrica, entre otras.

 

Valoración de Contenido

¿Le ha sido útil esta información?

Respuesta en lenguaje de señas

Escuchar audio

¿Las opciones no responden a su necesidad de información? Permítanos ayudarle, por favor haga clic en la siguiente opción para comunicarse con un asesor que lo guíe respecto a su consulta:

Si no fue posible contactarse con un asesor, por favor envíenos su pregunta, nosotros la escalaremos y le daremos respuesta a su correo electrónico en los términos de ley: