El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Hernán Mauricio Olaya Gómez
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Hernán Mauricio Olaya Gómez, identificado con cédula de ciudadanía número 9’732.755, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Omaira Henao
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Señora Omaira Henao, identificada con cédula de ciudadanía número 41’903.917, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Luz Dary Vera Fernández
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Señora Luz Dary Vera Fernández, identificada con cédula de ciudadanía número 24’807.980, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Soraida de Jesús Bolívar Parra
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Señora Soraida de Jesús Bolívar Parra, identificada con cédula de ciudadanía número 24’499.819, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Soraida de Jesús Bolívar Parra
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Señora Soraida de Jesús Bolívar Parra, identificada con cédula de ciudadanía número 24’499.819, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Luz Maria Rivera Prada
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Señora Luz Maria Rivera Prada, identificada con cédula de ciudadanía número 41’871.398, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Leonor Marín
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Leonor Marín, identificada con cédula de ciudadanía número 24’497.031, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Luz Marina Marulanda Olivares
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Luz Marina Marulanda Olivares, identificada con cédula de ciudadanía número 1’097.724.423, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Soraya Milena Sossa Galicia
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Soraya Milena Sossa Galicia, identificada con cédula de ciudadanía número 33’819.902, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Clemencia Inés Oyola Ocampo
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Clemencia Inés Oyola Ocampo, identificada con cédula de ciudadanía número 24’496.492, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Luz Marina Herrera Molina
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Luz Marina Herrera Molina, identificada con cédula de ciudadanía número 41’912.077, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Martha Lucia Chala Salazar
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Martha Lucia Chala Salazar, identificada con cédula de ciudadanía número 36´157.196, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Bibiana Aguirre
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Bibiana Aguirre, identificada con cédula de ciudadanía número 24’605.371, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Diana Alejandra Mejia
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Diana Alejandra Mejia, identificada con cédula de ciudadanía número 1’097.724.199, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, formule las objeciones y acompañe las pruebas que estime necesarias. |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Blanca Yeiber Florez Osorio
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Blanca Yeiber Florez Osorio, identificada con cédula de ciudadanía número 42’015.409, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Ana Cecilia Escobar Mellizo
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Ana Cecilia Escobar Mellizo, identificado con cedula de ciudadanía No.41’870.162, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Blanca Nubia Muñoz González
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CORRER traslado de la presenta liquidación a Blanca Nubia Muñoz González, identificada con cédula de ciudadanía número 41´887.892, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | General | Lina Vanessa Arredondo Gómez
auto_liquida_credito-.pdf
CORRER traslado de la presenta liquidación a Lina Vanessa Arredondo Gómez, identificada con cédula de ciudadanía número 1’094.933.009, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, |
Regional Quindío | |
| AUTO LIQUIDA CREDITO | Traslado de Liquidación | Jennifer Lorena Arboleda Becerra
auto_liquida_credito-.pdf
CORRER traslado de la presenta liquidación a Jennifer Lorena Arboleda Becerra, identificada con cédula de ciudadanía número 1´097.722.768, quien obra en nombre propio o por quien hiciere sus veces, para que, dentro del término de tres días, de conformidad con lo establecido artículo 446 del Código General del Proceso, |
Regional Quindío | |
| APRUEBA LA LIQUIDACIÓN | General | MARITZA CUERVO PELÁEZ
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 08 de noviembre de 2021, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-018, adelantado en contra de la señora Maritza Cuervo Peláez, identificada con cedula de ciudadanía No.55’196.337, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| APRUEBA LA LIQUIDACIÓN | General | GLORIA CARDONA PIEDRAHITA
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 08 de noviembre de 2021, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-016, adelantado en contra de la señora Gloria Cardona Piedrahita, identificada con cedula de ciudadanía No.25’015.912, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO | General | LUZ DARY QUINTERO TORRES
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 08 de noviembre de 2021, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-015, adelantado en contra de la señora Luz Dary Quintero Torres, identificada con cedula de ciudadanía No.41’533.547, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| Auto de aprobación de liquidación del crédito | Deja en Firme Liquidación | MARISOL MORENO YATE
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Mediante la presente publicación se notifica a la señor MARISOL MORENO YATE, el contenido del Auto de fecha 19 de agosto de 2022, a través de cual se aprueba la liquidación del crédito a favor del ICBF. |
Regional Caquetá | |
| APRUEBA LA LIQUIDACIÓN | General | LUZ DUVAY GIRÓN
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 08 de noviembre de 2021, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-014, adelantado en contra de la señora Luz Duvay Girón Agudelo, identificada con cedula de ciudadanía No.24’496.160, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO | General | JULIANA PESCADOR VÉLEZ
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 08 de noviembre de 2021, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-013, adelantado en contra de la señora Juliana Pescador Vélez, identificada con cedula de ciudadanía No.1’096.032.280, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO | General | LUZ AMPARO RESTREPO BAÑOL
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 21 de octubre de 2021, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-010, adelantado en contra de la señora Luz Amparo Restrepo Bañol, identificada con cedula de ciudadanía No.66’783.881, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| RESOLUCIÓN PRESCRIPCION 0040 DEL DIA 21/04/2022 | Prescripción | JEOVANY PEDRAZA PEÑA
resolucion_prescripcion-jeovanny_pedraza.pdf
Mediante Resolución nro. 0040 del día 21/04/2022 se decretó la Prescripción de la Obligación a cargo de JEOVANY PEDRAZA PEÑA identificado con cédula de ciudadanía nro. 91.231.855 |
Regional Santander | |
| RESOLUCION DE PRESCRIPCION NRO. 0041 DEL DIA 21/04/2022 MODIFICADA POR LA 0043 DEL DIA 28/04/2022 | Prescripción | MONICA VIVIANA QUESADA AGUIRRE
resolucion_prescripcion-_monica_viviana-.pdf
Mediante resolución nro. 0041 del día 21/04/2022 se decretó la Prescripción de la obligación a cargo de MONICA VIVIANA QUESADA AGUIRRE CC 1.095.794.622 Y MODIFICADA POR LA RESOLUCION NRO. 0043 del día 28/04/2022. |
Regional Santander | |
| resolucion 0042 del dia 25/04/2022 | Prescripción | 1471-2016
resolucion_prescripcion-wilquin_gabriel_zafra.pdf
Mediante Resolucion nro. 0042 del dia 25/04/2022 se decretó la prescripcion de la obligacion a cargo de WILQUIN GABRIEL ZAFRA MANTILLA identificado con cédula de ciudadania nro. 13.724.477. |
Regional Santander | |
| APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO | General | JOSÉ HÉCTOR MARTÍNEZ MORENO
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APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Segundo de Familia de Armenia Quindío, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 28 de febrero de 2022, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2019-001, adelantado en contra del señor José Héctor Martínez Moreno, identificado con cedula de ciudadanía No.14’274.285, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío |



















