El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.


Tipo de notificación
Fecha de Publicación
Ubicación
Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Auto del 18 de mayo de 2023 Liquida Crédito Traslado de Liquidación

Daniela Miralba Alvarez con C.C. 1.118`201.475

15_auto_liq._cred._012-2020.pdf

AUTO DISPONE: PRIMERO: TÉNGASE para el presente proceso, como liquidación de crédito y gastos procesales al 17 de mayo del 2023, en contra de Daniela Mirabal Alvarez identificada con cédula de ciudadanía N° 1.118´201.475 la siguiente: Título ejecutivo Sentencia del 29 de julio/2020 No. 2019-00125-00 Valor capital inicial $327.000 Valor indexación $0 Valor intereses $51.399 Gastos procesales $83.290 Valor total $461.689 VALOR TOTAL: Cuatrocientos Sesenta y Un Mil Seiscientos Ochenta y Nueve Pesos Mcte ($461.689).

Regional Casanare
RESOLUCION Nro. 047 - 2023 POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 005- 2023 en contra del señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA CC No. 87.532.964 Mandamiento de Pago

JORGE ARMANDO ROSERO MEZA CC No. 87.532.964

resolucion_nro_047-2023.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, por la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de Investigación de Paternidad No. 2021-00126-00, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres – Nariño, el día 27 de diciembre de 2022, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción.

ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Bancolombia No. 03100004680, Convenio 14321 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.

Regional Nariño
Auto del 20 de abril de 2023 Liquida crédito y costas Traslado de Liquidación

Franklin Ernesto Garcia Vargas con C.C. 1.115´913.123

15_auto_liquida_credito_011-2020.pdf

DISPONE: PRIMERO: TÉNGASE para el presente proceso, como liquidación de crédito y gastos procesales al 17 de mayo del 2023, en contra de Edwin Javier Duarte Nieves identificado con cédula de ciudadanía No. 1.118´547.148, la siguiente: Título ejecutivo Sentencia del 19 de noviembre/2020 No. 2018-00325-00 Valor capital inicial $ 654.000 Valor indexación $0 Valor intereses $ 172.700 Gastos procesales $ 83.290 Valor total $ 909.990 VALOR TOTAL: Novecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa Pesos Mcte ($909.990).

Regional Casanare
Auto del 18 de mayo de 2023 Liquida crédito y costas Traslado de Liquidación

Edwin Javier Duarte Nieves con C.C. 1.118´547.148

15_auto_liq._cred._010-2020.pdf

DISPONE:
PRIMERO: TÉNGASE para el presente proceso, como liquidación de crédito y gastos procesales al 17 de mayo del 2023, en contra de Edwin Javier Duarte Nieves identificado con cédula de ciudadanía No. 1.118´547.148, la siguiente:... VALOR TOTAL: Novecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa Pesos Mcte ($909.990).

Regional Casanare
Notificación Resolución No 012 de fecha 10 de mayo de 20223 Terminación del Proceso

CARLOS ALBERTO PRASCA MORELO , con C.C No 1.104.404.833

resolucion_no_012_del_10_de_mayo_de_2023_-_carlos_alberto_prasca_morelo.pdf

Resolución No 012 de fecha 10 de mayo de 2023, por medio de la cual se declara la Remisibilidad de una obligación contenida en la sentencia emitida por el Juzgado séptimo de familia de Bogota, D.C de fecha 20 de febrero de 2014, en la cual se condena al pago de los costos de la prueba de ADN a favor del ICBF Regional Sucre y a cargo de CARLOS ALBERTO PRASCA MORELO, identificado con la C.C No 1.104.404.833, dentro del proceso administrativo de Cobro Coactivo No 4045-2017

Regional Sucre
RESOLUCION No. 050-2022 " por medio de la cual se decreta la terminacion del proceso No. 012-2017-por costo-beneficio respecto de la obligacio a cargo de Armando Lopez Florez, identificado con C.C 12.978.889 Terminación del Proceso

Armando Lopez Florez, identificado con C.C 12.978.889

untitled_-_2023-06-02t145201.980.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el
artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y
siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución
00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la
Regional Nariño a una servidora pública y, resuelve:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL
PROCESO COACTIVO No. 012-2017, adelantado en contra de Armando Lopez Florez, identificado con C.C No. 12.978.889, para el cobro de la obligación contenida en el
Acta No. 0026-2016 firmada en el Centro Zonal Pasto Uno del ICBF el dia 24 de febrero de 2016 y el Acta de Lectura de Resultados de Prueba Genética Reconocimiento Voluntario de Paternidad Resolucion No. 0021-2016, firmada en el Centro Zonal Pasto Uno el dia 12 de mayo de 2016, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($541.446) MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que
hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo
establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.

Regional Nariño
AUTO N°23 DEL 18 DE MAYO DE 2023 POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DE LA OBLIGACION Deja en Firme Liquidación

RODRIGO OROZCO ANGULO - CC. 16.508.630

auto_aprueba_liqud._rodrigo_orozco.pdf

NOTIFICACION AUTO N° 23 DEL 18 DE MAYO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DEL CREDITO PROCESO COACTIVO ADN N°. 1818-2018, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR RODRIGO OROZCO ANGULO - CC. 16.508.630, AUTO CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO ALGUNO.

Regional Valle
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408 Deja en Firme Liquidación

GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408

untitled_-_2023-06-01t171746.632.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2019-008, entablado en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408 y determinado mediante auto de fecha 08 de mayo de 2023, por valor total TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA CUATRO PESOS ($307.934) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.

Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACION DEL CREDITO” a cargo de GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1085.341.956 Traslado de Liquidación

GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1085.341.956

untitled_-_2023-06-01t171304.478.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar la liquidación del crédito de la obligación a cargo de GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1085.341.956, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2019 - 008.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($307.934)MDA/CTE, por concepto del crédito y costas procesales a cargo de GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408.

ARTÍCULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causarán y liquidarán diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 Deja en Firme Liquidación

JUAN CARLOS LEON TARAPUES CC No. 1.085.341.956

untitled_100.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2018-047, entablado en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 y determinado mediante auto de fecha 19 de mayo de 2023, por valor total CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS CON OCHO CENTAVOS ($415.534,8) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.

Regional Nariño
AUTO N°19 DEL 8 DEMAYO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO Traslado de Liquidación

CONSUELO ZAPATA ZAPATA

liqui._bellavista.pdf

AUTO N° 19 DEL 8 DE MAYO DE 2023. POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO Y SE DA TRASLAD A LA ASOCIACION DE HOGARES DE BIENESTAR SECTOR BELLAVISTA CON NIT. N°.800.255.663-1, REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA SEÑORA CONSUELO ZAPATA ZAPATA O QUIEN HAGA SUS VECES, DENTTRO DEL PROCESO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO N°. 1929-2018.

Regional Valle
TRASLADO AUTO ACTUALIZA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Traslado de Liquidación

ISNARDO BERGAÑO VILLALOBOS

isnardo_bergano_villalobos_-_actuliaza_liquidacion.pdf

La Oficina Asesora Jurídica - Grupo de Jurisdicción Coactiva de la Sede de la Dirección General del ICBF, le informa que mediante Auto de fecha 26 de abril de 2023, se procedió a actualizar la liquidación de crédito y costas procesales, dentro del proceso de cobro coactivo No. 002-2018.

Sede Dirección General
TRASLADO AUTO ACTUALIZA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Traslado de Liquidación

RUBEN TIQUE YARA

ruben_tique_yara_-_actuliaza_liquidacion.pdf

La Oficina Asesora Jurídica - Grupo de Jurisdicción Coactiva de la Sede de la Dirección General del ICBF, le informa que mediante Auto de fecha 26 de abril de 2023, se procedió a actualizar la liquidación de crédito y costas procesales, dentro del proceso de cobro coactivo No. 005-2019.

Sede Dirección General
TRASLADO AUTO ACTUALIZA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Traslado de Liquidación

JOSE JULIÁN LEÓN BUSTOS

jose_julian_leon_bustos_-_actuliaza_liquidacion.pdf

La Oficina Asesora Jurídica - Grupo de Jurisdicción Coactiva de la Sede de la Dirección General del ICBF, le informa que mediante Auto de fecha 26 de abril de 2023, se procedió a actualizar la liquidación de crédito y costas procesales, dentro del proceso de cobro coactivo No. 003-2018.

Sede Dirección General
RESOLUCION Nro. 038 - 2023 POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 003- 2023 en contra de señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO CC No. 1.086.224.716 Mandamiento de Pago

IVAN FERNANDO CAEZ MORENO CC No. 1.086.224.716

untitled_98.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716, por la obligación contenida en la Audiencia Virtual de Reconocimiento Voluntario de Paternidad H.A. No. 1.083.754.316 SIM 25946211 de fecha 29 de noviembre de 2021 y el Acta de Audiencia de Lectura de Resultados Prueba Genética de fecha 15 de septiembre de 2022, por la suma de OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($808.498) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción.

ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario No. 002300201379, Convenio 11173 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.

Regional Nariño
RESOLUCION Nro. 039 - 2023 POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 004- 2023 en contra de señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO CC No. 1.087.959.978 Mandamiento de Pago

FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO CC No. 1.087.959.978

untitled_97.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, por la obligación contendida en el Acta de Audiencia Virtual de Reconocimiento Voluntario de Paternidad H.A. No. 1.083.764.171. SWIM 25946209 de fecha 29 de noviembre de 2021 y Acta de Lectura de Resultados Prueba Genética de fecha 08 de septiembre de 2022, por la suma de OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($808.498) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción.

ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario No. 002300201379, Convenio 11173 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.

Regional Nariño
COMUNICACIÓN DE PUBLICACIÓN Y/O REGISTRO EN BOLETÍN DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO General

ASOCIACION DE PADRES DE HOGARES DE BIENESTAR BARRIO EL RINCON_800062461

comunicacion_publicacion_bdme_proceso_4329-2021.pdf

COMUNICACIÓN DE PUBLICACIÓN Y/O REGISTRO EN BOLETÍN DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO, POR OCASIÓN A LA OBLIGACIÓN A CARGO DE LA ASOCIACION DE PADRES DE HOGARES DE BIENESTAR BARRIO EL RINCON_800062461 , DENTRO DEL PROCESO COBRO COACTIVO Nº 4329 DE 2021

Regional Bogotá
Resolución por la cual se declara la prescripción y terminación de un proceso Terminación del Proceso

JAIME GELPUD CHAVEZ

res_064_2023.pdf

Resolución por la cual se declara la prescripción y terminación de un proceso

Regional Boyacá
Auto del 27 de abril de 2023 Deja en Firme Liquidación

Sofia Katherine Quevedo Peña con C.C. 1.121´917.774

18_auto_aprueba_liq_008-2019.pdf

APROBAR la liquidación del crédito y costas dispuesta en auto del 29 de marzo de 2023, dentro del presente proceso administrativo de cobro coactivo así: VALOR TOTAL: Un Millón Veinte Mil Novecientos Setenta Pesos Mcte ($1´020.070).

Regional Casanare
Auto 27 de abril de 2023 Deja en Firme Liquidación

karen Yuliana Bautista con C.C. 1.006´964.617

15_auto_aprueba_credito_007-2019.pdf

Notifica por página WEB ya que las citaciones y notificaciones enviadas por correo certificado fueron devueltas, por desconocido, no reclamadas, traslado y no se conoce domicilio actual del deudor. Artículo 568. Estatuto Tributario

Regional Casanare
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685 Deja en Firme Liquidación

Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685

auto_cuaran_cuaran.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el articulo 5° de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts.58 y 60 de la Resolucion 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Direccion General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y la Resolucion No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. Resuelve:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2021_004 , entablado en contra del señor Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685 , y determinado mediante auto de fecha 16 de mayo de 2023, por valor total OCHOCIENTOS NOVENTA MIL NOVENTA Y TRES PESOS CON OCHO CENTAVOS ($890.093,8) MDA/CTE.

ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685 advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
Auto del 10 de mayo de 2023 Traslado de Liquidación

Maidy Julieth Alfonso Groso con C.C. 1.116´615.945

15_auto_liq._cred._007-2021.pdf

Notifica por página WEB ya que las citaciones y notificaciones enviadas por correo certificado fueron devueltas, por desconocido, no reclamadas, traslado y no se conoce domicilio actual del deudor. Artículo 568. Estatuto Tributario

Regional Casanare
AUTO "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION" A CARGO DEL SEÑOR JUAN CARLOS LEON TARAPUES, IDENTIFICADO CON C.C N° 1.085.341.956 Traslado de Liquidación

JUAN CARLOS LEON TARAPUES, IDENTIFICADO CON C.C N° 1.085.341.956

auto_juan_carlos_leon_tarapues.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES , identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2018-047

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS CON OCHO CENTAVOS. ($ 418.526,8)MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de JUAN CARLOS LEON TARAPUES , identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956.

ARTÍCULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causarán y liquidarán diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelacion de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
Auto del 27 de abril de 2023 Deja en Firme Liquidación

Jose Francisco Ruiz Perez con C.C. 1.121`942.842

18_auto_aprueba_liq_005-2020.pdf

Notifica por página WEB ya que las citaciones y notificaciones enviadas por correo certificado fueron devueltas, por desconocido, no reclamadas, traslado y no se conoce domicilio actual del deudor. Artículo 568. Estatuto Tributario

Regional Casanare
COMUNICACIÓN DE PUBLICACIÓN Y/O REGISTRO EN BOLETÍN DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO, General

ASOCIACION GENERADORA DE BIENESTAR SHOW KIDS_830122129

comunicacion_publicacion_bdme_proceso_4213-2019.pdf

COMUNICACIÓN DE PUBLICACIÓN Y/O REGISTRO EN BOLETÍN DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO, POR OCASIÓN A LA OBLIGACIÓN A CARGO DE LA ASOCIACION GENERADORA DE BIENESTAR SHOW KIDS_830122129 , DENTRO DEL PROCESO COBRO COACTIVO Nº 4213 DE 2019

Regional Bogotá
Resolución No. 30 Bucaramanga, 11 mayo del 2023 Terminación del Proceso

HECTOR DIAZ

3._resolucion_remisibilidad-hector_diaz.pdf

“POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE HECTOR DIAZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO. 2.642.903 CONTENIDA
EN LA SENTENCIA CON RADICADO 2012-0149-00 DE FECHA 25/01/2013, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1493-2017”

Regional Santander
Resolución No. 0029 Bucaramanga, 11 de mayo del 2023 Terminación del Proceso

JAVIER MAURICIO GRANDA BAEZ

3._resolucion_remisibilidad.pdf

“POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE JAVIER MAURICIO GRANDA BAEZ, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA
91.517.624 CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 2013-538 DEL 12 DE MAYO DE 2014, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1592-2018”

Regional Santander
Resolución No. 0027 del dia 11 de mayo del 2023 Terminación del Proceso

JORGE ALBERTO ROSAS TORRES

3._resolucion_remisibilida.pdf

POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE JORGE ALBERTO ROSAS TORRES IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO.
1.098.100.141 CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 684323184001-2014-00010 DE FECHA 25 DE JULIO DE 2014, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO 1576-2017

Regional Santander
ResoluciónNo. 0026 del dia 11 de mayo del 2023 Terminación del Proceso

YAMIL ARMANDO GARCIA RUIZ

resolucion_remisibilidad-yamil_armandado_garcia.pdf

POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE YAMIL ARMANDO GARCIA RUIZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA No.
1.073.158.940 CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 2013-00098-00 DE FECHA 02/12/2013, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1664-2020

Regional Santander
Resolución No. 0025 del dia 02 mayo del 2023 Terminación del Proceso

DARWIN FERNANDO MAPE TORRES

3._resolucion_remisibilidad.pdf

Mediante resolución No. 0025 Bucaramanga, 02 mayo del 2023 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE DARWIN FERNANDO MAPE TORRES IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO. 1.096.952.560 CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 68-432-31-84-001-2016- 00141-00 DE FECHA 11/01/2017, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1575-2017.

Regional Santander