El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| Notificación Proceso 046 2006 | General | Agroindustria De Colombia Limitada Nit 800.169.892
proceso_046-2006.pdf
Auto de fecha 1 de agosto de 2017 "por medio del cual se libra mandamiento de pago" |
Regional Sucre | |
| Notificación Proceso 006 2012 | Traslado de Liquidación | Agencia De Viajes Y Turismo Viajes Popayan Ltda Nit. 891.500.792-3
liquidacion_del_cedito_agencia_de_viajes_y_turismo_viajes_popayan_ltda.pdf
Auto No. 640 de 27 de enero de 2015 Liquidación del Crédito, advirtiendole al demandado que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes según lo dispuesto en Art. 521 del Código de Procedimiento Civil caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia. |
Regional Cauca | |
| Notificación Proceso 004 2010 | Traslado de Liquidación | Gustavo Grajales Salazar C.C. 10.550.912
liquidacion_del_credito_gustavo_grajales.pdf
Auto Nro. 703 de 02 de marzo de 2015 Liquidación del Crédito advirtiéndole al demandado que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes según lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia. |
Regional Cauca | |
| Notificación Proceso 004 2014 | General | Euris Mosquera Mosquera Cc 11.936.977
proceso_004-2014.pdf
Resolución N° 424 del 18 de Julio del 2016. Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución. No procede recurso. |
Regional Sucre | |
| Notificación Proceso 845 2010 | Mandamiento de Pago | Mario Perafan C.C. No. 10.526.754
mandamiento_de_pago_resolucion_no._038_de_13_de_agosto_de_2013.pdf
Mandamiento de pago Resolución No. 038 del 13 de agosto de 2013, El deudor dentro de los 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago deberá cancelar el monto de la deuda con sus respectivos intereses o dentro del mismo término podrá formular excepciones de acuerdo con el articulo 830 del estatuto tributario. |
Regional Cauca | |
| Notificación Proceso 01 2016 | General | Supermercado AmPm_800421170
auto_12de2017_ordendeejecucion.pdf
se ordena seguir adelante la ejecucion por no haber presentado excepciones no procede recurso contra el mismo |
Regional Cesar | |
| Notificación Proceso 009 2012 | Traslado de Liquidación | Servicios Eléctricos Del Guabal Ltda Nit. 817.007.203
liquidacion_del_credito_servielectricos_del_guabal_ltda.pdf
Auto Nro. 630 de 20 de enero de 2015, Liquidación del Crédito Advirtiéndole al demandado que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes según lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia. |
Regional Cauca | |
| Notificación Proceso 2010 60 | General | Jairo Roncallo Cervantes_72275028
auto_4_2014_liquidaciondelcredito.pdf
se liquida el credito dentro del proceso coactivo 2010-60 puede ser objetado dentro de los tres dias siguientes |
Regional Cesar | |
| Notificación Proceso 2010 060 | General | Jairo Roncallo Cervantes_72275028
auto_03-2014-ejecucion.pdf
Sigue adelante la ejecucion por no haber propuesto excepciones, contra la misma no procede recurso |
Regional Cesar | |
| Notificación Proceso 261 2014 | Orden de Ejecución | Luis Alberto Roa Paez, CC 93.236.602
res_014_2017_orden_de_ejecucion.pdf
Resolución No 014 del 03 de Febrero del 2017, por la cual Ordena seguir adelante la Ejecución, contra el presente acto procede recurso de reposición. |
Regional Tolima | |
| Notificación Proceso 153 2014 | Orden de Ejecución | Yeison Aguiar Cruz,CC1.110.504.063
res_008_2017_orden_de_ejecucion.pdf
Resolución No 008 del 01 de Febrero del 2017, por la cual Ordena seguir adelante la Ejecución, contra el presente acto procede recurso de reposición. |
Regional Tolima | |
| Notificación Proceso 1022 2012 | General | nderson Correa Pedreros, C.C. 1.134.034.511
anderson_correa_pedreros.pdf
AUTO DE LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 2016, CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO. DENTRO DE LOS TRES DÍAS PODRÁ FORMULAR OBJECIONES Y APORTAR PRUEBAS |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 981 2012 | Terminación del Proceso | Otoniel Lemuz Quintero, C.C. 12.275.915
otoniel_lemuz_quintero_1.pdf
Resolución No. 232 del 28 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 991 2012 | Terminación del Proceso | Wilver Caballero, C.C. 83.091.077
wilver_caballero_1.pdf
Resolución No. 240 del 31 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 957 | General | Hugo Fernando Peña Sandoval, C.C. 1.182.156.419
hugo_fernando_pena.pdf
Resolución No. 224 del 08 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 961 | Terminación del Proceso | Johan andres Castro Fandiño, C.C. 1.075.265.168
jphan_castro.pdf
Resolución No. 237 del 29 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 978 | Terminación del Proceso | Miguel Ortiz Polo, C.C. 1.075.223.398
miguel_ortiz_polo.pdf
Resolución No. 226 del 9 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 979 2012 | Terminación del Proceso | Milton Santana Sanchez, C.C. 83.093.147
milton_santana.pdf
Resolución No. 231 del 9 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 982 2012 | Terminación del Proceso | Otti Cruz Delgado, C.C. 1.075.254.392
otti_cruz_delgado_1.pdf
Resolución No. 234 del 28 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 2016 057 | Orden de Ejecución | Alvaro Reinerio Rosero Villacorte C.C.No. 87.453.519
resolucion_2017_004.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2017-004; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 973 | Terminación del Proceso | Luis Hermes Osorio Andrade, C.C. 83.223.853
luis_hermes_osorio.pdf
Resolución No. 229 del 24 de Marzo de 2017 por medio del cual se decreto la terminación del proceso por remisión de la obligación ordenando la eliminación del registro contable |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 2016 009 | Orden de Ejecución | Yarima Lizeth Cortez C.C. No. 1.085.312.410
resolucion_009_2016.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2016-009; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 2016 008 | Orden de Ejecución | Ayda Constanza Hernandez C.C. No. 37.011.993
resolucion_2016_238.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2016-238; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 2015 043 | Orden de Ejecución | Humberto Arsenio Tez Delgado C.C. No. 1087046138
resolucion_2017_313.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 313-2015; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 2016 019 | Orden de Ejecución | Edison Ortega Gomez C.C. No. 98.139.252
resolucion_2016_244.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2016-244; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 2016 021 | Orden de Ejecución | Jamez Deivy Romo Rodriguez C.C. No. 98.137.544
resolucion_2016_245.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2016-245; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 37 2017 | Mandamiento de Pago | Francisco Javier Bastidas Segura, C.C. 1.075.269.253
francisco_javier_bastidas.pdf
resolución No. 57 de fecha 10 de febrero de 2017 por medio del cual se libra mandamiento de pago, contra la presente providencia no proceden recursos según el articulo 833-1 del estatuto tributario |
Regional Huila | |
| Notificación Proceso 2016 017 | Orden de Ejecución | Edgar Raul Buitrago Moyano C.C. No. 80165138
resolucion_2016_017.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2016-040; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 2016 027 | Orden de Ejecución | Pedro Nel Gabino Ayala Gualpa C.C. No. 13014962
resolucion_2016-248.pdf
NOTIFICACIÓN ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN Nro. 2016-248; Contra esta providencia no cabe recurso de reposición según lo dispuesto en el artículo 836 del Estatuto Tributario |
Regional Nariño | |
| Notificación Proceso 38 2017 | Mandamiento de Pago | Romulo Gaitan Andrade, C.C. 17.773.821
romulo_gaitan_andrade.pdf
resolución No. 58 de fecha 10 de febrero de 2017 por medio del cual se libra mandamiento de pago, contra la presente providencia no proceden recursos según el articulo 833-1 del estatuto tributario |
Regional Huila |



















