El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.


Tipo de notificación
Fecha de Publicación
Ubicación
Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN 4412 DEL 26 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN" Orden de Ejecución

WISERCOM LTDA. WIRELES SERVICIOS Y COMUNICACIONES LTDA. EN LIQUIDACIÓN

4412_-_ordena_seguir_adelante_con_la_ejecucion_wisercom_ltda_-_wireless_servicios_y_comunicaciones_ltda_en_liquidacion.pdf

RESOLUCIÓN No. 4412 DEL 26 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN".

Sede Dirección General
AUTO DEL 1o DE SEPTIEMBRE DE 2021 Deja en Firme Liquidación

MARIO FERNANDO ROZO JIMENEZ_13747493

aprueba_liq_4313-2021_mario_fernando_rozo_jimenez_13747493.pdf

NOTIFICAR APROBACIÓN LIQUIDACION AUTO 1o de SEPTIEMBRE del 2021, proceso 4313/2021 MARIO FERNANDO ROZO JIMENEZ_13747493

Regional Bogotá
AUTO DEL 1o DE SEPTIEMBRE DE 2021 Deja en Firme Liquidación

MAURICIO POVEDA FORERO_7313877.

aprueba_liquidacion_proceso_4312-2021_mauricio_poveda_forero_7313877.pdf

NOTIFICAR APROBACIÓN LIQUIDACION AUTO 1o de SEPTIEMBRE del 2021, proceso 4312/2021 MAURICIO POVEDA FORERO_7313877.

Regional Bogotá
RESOLUCION 067 TERMINACION POR PRESCRIPCION DE LA ACCION DE COBRO Prescripción

MUNICIPIO DE LLORO NIT 891.680.281-2

resolucion_067_municipio_de_lloro_2008-0095_prescipion.pdf

Notificación por aviso de la Resolución 067 del 20/08/21 por medio del cual se DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DE COBRO respecto de la obligación a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR- CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, y en contra DEL MUNICIPIO DE LLORO CON NIT 891.680.281-2, Y se da por terminado el proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 2008-0095.

Regional Chocó
auto aprueba liquidación del crédito Deja en Firme Liquidación

CARLOS ANDRES CARRILLO LEON

auto_aprba_liq_credito_proc_007-2020.pdf

SE NOTIFICA AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO PROCESO COACTIVO No 007-2020

Regional Cundinamarca, Casa de Justicia Girardot
AUTO 26 de AGOSTO del 2021 Traslado de Liquidación

MARIO FERNANDO ROZO JIMENEZ_13747493

auto_liquida_proceso_4313_mario_fernando_rozo_jimenez_13747493.pdf

Notificar LIQUIDACION AUTO 26 de AGOSTO del 2021, proceso 4313/2021 MARIO FERNANDO ROZO JIMENEZ_13747493

Regional Bogotá
AUTO 26 de AGOSTO del 2021 Traslado de Liquidación

MAURICIO POVEDA FORERO_7313877

auto_liquida_proceso_4312_mauricio_poveda_forero_7131877.pdf

Notificar LIQUIDACION AUTO 26 de AGOSTO del 2021, proceso 4312/2021 MAURICIO POVEDA FORERO_7313877

Regional Bogotá
RESOLUCION 065 TERMINACION POR PAGO TOTAL Terminación del Proceso

EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE NUQUI CON NIT 818.000.166-1

resolucion_ndeg_0065_pago_total_electronuqui_2019-0011.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION NUMERO 065 DEL 12 DE AGOSTO DE 2021 POR MEDIO DEL CUAL SE TERMINA LA ACCION DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE LA EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE NUQUI CON NIT 818.000.166-1 Y SE DA POR TERMINADO EL PROCESO RADICADO N° 2019-0011 POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION.

Regional Chocó
Se notifica Orden de Ejecución Orden de Ejecución

JULIO CESAR COLON FLOREZ, Cedula No. 1.049.827.607

orden_de_ejecucion_julio_cesar_colon_florez.pdf

Se notifica RESOLUCIÓN No. 010 de 16 julio de 2021, se ordenó seguir adelante con la ejecución del proceso de cobro coactivo No. 511-2019, iniciado en su contra a través de Mandamiento de Pago No. 001 del 07 de mayo de 2019.

Regional Magdalena
RESOLUCION 046 del 19/11/2018 Mandamiento de Pago

LUIS YEFERSON LOPEZ RENDON

manpago_luis_yeferson.pdf

LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO

Regional Risaralda
RESOLUCIÓN No. 4032 DEL 9 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES Y SE DECLARA LA TERMINACIÓN DEL PROCESO. Terminación del Proceso

HERLINGTON RAMOS SUAREZ

herlington_ramos_suarez_resolucion_no._4032_-.pdf

NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN No. 4032 DEL 9 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL SEÑOR HERLINGTON RAMOS SUAREZ CÉDULA DE CIUDANÍA No. 94.493.267, Y SE DECLARA LA TERMINACIÓN DEL PROCESO 002-2012".

Sede Dirección General
ORDEN DE EJECUCION Orden de Ejecución

DANILO ANTONIO PARDO DUARTE

orden_de_ejecucion_proceso_015-2020.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO COACTIVO 015-2020 EN CONTRA DEL SEÑOR DANILO ANTONIO PARDO DUARTE.

Regional Cundinamarca
RESOLUCIÓN No. 013 DEL 24 DE JULIO DE 2018 Mandamiento de Pago

DIANA MILENA CUELLAR CC. 40.627.782

resolucion_no._013_del_24_de_juliode_2018_mandamiento_de_pago.pdf

RESOLUCIÓN No. 013 DEL 24 DE JULIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE DIANA MILENA CUELLAR, IDENTIFICADA CON CC. 40.627.782

Regional Caquetá
Terminación del Proceso Terminación del Proceso

EDUIN MURCIA

terminacion_proceso_889-2018.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DEL CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION

Regional Cundinamarca
Terminación del Proceso Terminación del Proceso

JOSE REINERO FORERO

terminacion_por_pago_029-2020.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DEL CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION

Regional Cundinamarca
Mandamiento de Pago Mandamiento de Pago

CARLOS HUMBERTO CANASTERO GARCIA

mandamiento_de_pago.pdf

se notifica Resolución por medio del cual LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR- CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, por la obligación contenida en Sentencia de11 de diciembre de 2018 emitida por el Juzgado Primero de Familia de Zipaquirá Cundinamarca, donde se ordenó al señor CARLOS HUMBERTO CANASTERO GARCÍA identificado con C.C. No 11.235.560

Regional Cundinamarca, Casa de Justicia Girardot
AUTO de 28 de julio de 2021 "Por medio del cual se aprueba liquidación del crédito de la obligación en referencia de Proceso de Cobro de Jurisdicción Coactiva N°013-2019 en contra de EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA" Deja en Firme Liquidación

EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA

auto_que_aprueba_liquidacion_edgar_orlando_calvache_pantoja.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 013-2019, entablado en contra del señor EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.841 y determinado mediante auto de fecha 28 de julio de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($ 800.835) MDA/CTE.

ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.841, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°061 DE 30 DE JULIO DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2016-010, en contra de LUIS OSWALDO NARVAEZ JURADO" Terminación del Proceso

LUIS OSWALDO NARVAEZ JURADO

resolucion_ndeg061_de_2021_remisibilidad_luis_oswaldo_narvaez_jurado.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESULEVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00031, proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Ipiales-Nariño, el día 01 de noviembre de 2012, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 010-2016 adelantado en contra de LUIS OSWALDO NARVAEZ JURADO, identificado con CC No. 87.103.978, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 010-2016, adelantado en contra de LUIS OSWALDO NARVAEZ JURADO, identificado con CC. No. 87.103.978, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00031, proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Ipiales-Nariño, el día 01 de noviembre de 2012, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
ORDEN DE EJECUCION Orden de Ejecución

MANUEL MARCIALES ESPEJO

orden_de_ejecucion.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR DELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO EN CONTRA DEL SEÑOR MANUEL MARCIALES ESPEJO C.C. 3.205.715

Regional Cundinamarca
ORDEN DE EJECUCION Orden de Ejecución

WILSON MAURICIO ACOSTA

orden_de_ejecucion_wilson.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO EN CONTRA DEL SEÑOR WILSON MAURICIO ACOSTA C.C. 80.246.225

Regional Cundinamarca
AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO Deja en Firme Liquidación

CARLOS ANDRES CARRILLO LEON

auto_aprba_liq_credito_proc_007-2020.pdf

SE NOTIFICA AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBIGACION A NOMBRE DE SEÑOR CARLOS ANDRES CARRILLO LEON C.C. 11.445. 761

Regional Cundinamarca, Casa de Justicia Girardot
liquidación del crédito Traslado de Liquidación

JULIAN DAVID CHAPETON BULLA

liquidacion_del_credito.pdf

SE NOTIFICA AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION A NOMBRE DEL SEÑOR JULIAN DAVID CHAPETON BULLA C.C. 1.077.971.360

Regional Cundinamarca
AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO Deja en Firme Liquidación

EDGAR TRIANA SALDAÑA

auto_aprueba_liquidacion_credito_proceso_005-2020.pdf

SE NOTIFICA AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION DEL SEÑOR EDGAR TRIANA SALDAÑA C.C. 80.282.215

Regional Cundinamarca
AUTO DE 22 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-003 EN CONTRA DE OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS" Traslado de Liquidación

OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS

auto_que_liquida_olegario_munoz_bolanos.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso.

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con Cédula de ciudadanía No. 98.339.389, dentro del proceso de cobro coactivo No. 003-2021.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($729.942) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2018-00023, proferida por el Juzgado Promiscuo del circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020.

ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
AUTO DE 22 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-001 EN CONTRA DE DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS" Traslado de Liquidación

DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS

auto_que_liquida_diba_magaly_munoz_bolanos.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso.

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.085.661.476, dentro del proceso de cobro coactivo No. 001-2021.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($750.898) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2018-00023, proferida por el Juzgado Promiscuo del circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020.

ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
AUTO DE 22 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-002 EN CONTRA DE HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ" Traslado de Liquidación

HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ

auto_que_liquida_hermelinda_bolanos_munoz.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso.

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ, identificado con Cédula de ciudadanía No. 27.297.350, dentro del proceso de cobro coactivo No. 002-2021.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($729.942) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2018-00023, proferida por el Juzgado Promiscuo del circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020.

ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO Deja en Firme Liquidación

ANDRES FABIAN RODRIGUEZ BERNAL

auto_aprueba_liquidacion_credito_proceso_004-2020.pdf

SE NOTIFICA AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION DEL SEÑOR ANDRES FABIAN RODRIGUEZ BERNAL C.C. 1.075.672.513

Regional Cundinamarca
AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO Deja en Firme Liquidación

JAIME ALBERTO VALERO SARMIENTO

auto_aprueba_liquidacion_credito_proceso_003-2020.pdf

SE NOTIFICA AUTO APRUEBA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION DEL SEÑOR JAIME ALBERTO VALERO SARMIENTO C.C. 1.077.082.358

Regional Cundinamarca
liquidacion del credito Traslado de Liquidación

ANGELICA MARIA ESCOBAR MUÑOZ

20._auto_liquidacion_del_credito_proceso_002-2020.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION A NOMBRE DE LA SEÑORA ANGELICA MARIA ESCOBAR MUÑOZ C.C. 1.072.665.167

Regional Cundinamarca
TRASLADO AUTO LIQUIDACIÓN CRÉDITO Traslado de Liquidación

ANTONIO PIÑA PINTO - CC 1.121.211.911

auto_liquidacion_del_credito.pdf

AUTO DE 29 DE JUNIO DE 2021, POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESOS DE COBRO COACTIVO 001-2018

Sede Dirección General