El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
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| RESOLUCIÓN N°018 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CO LA EJECUCIÓN DL PROCESO N°2021-021 EN CONTRA DE GLORIA ANGELITA CERON BRAVO" | Orden de Ejecución | GLORIA ANGELITA CERON BRAVO
resolucion_ndeg018_seguir_adelante_gloria_angelita_ceron.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora GLORIA ANGELITA CERON BRAVO, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.277.070, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N°017 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2021-020 EN CONTRA DE ALICIA MUÑOZ CERON" | Orden de Ejecución | ALICIA MUÑOZ CERON
resolucion_ndeg017_seguir_adelante_alicia_munoz_ceron.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora ALICIA MUÑOZ CERON, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.276.505, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N°014 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CO LA EJECUCIÓN DL PROCESO N°2021-016 EN CONTRA DE MARICELL ORDOÑEZ CERÓN" | Orden de Ejecución | MARICELL ORDOÑEZ CERON
resolucion_ndeg014_seguir_adelante_maricell_ordonez_ceron_2022.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora MARICELL ORDOÑEZ CERON, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.004.710.561 por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N°013 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CO LA EJECUCIÓN DL PROCESO N°2021-015 EN CONTRA DE MILLER AMPARO ERAZO" | Orden de Ejecución | MILLER AMPARO ERAZO ERAZO
resolucion_ndeg013_seguir_adelante_miller_amparo_erazo.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora MILLER AMPARO ERAZO ERAZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.980.248, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N°012 DE 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2021-014 EN CONTRA DE VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ" | Orden de Ejecución | VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ
resolucion_ndeg012_seguir_adelante_virgelina_ortega_munoz.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.851, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.851, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N°027 DE 2022 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGAIÓN, dentro del proceso N°2022-027 a nombre de YARETH DANIELA ENRIQUEZ PASCUAZA" | Terminación del Proceso | YARETH DANIELA ENRIQUEZ PASCUAZA
resolucion_ndeg027_remisibilidad_yareth_daniela_enriquez.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en el Acta de Compromiso H.A. No. 108533444 del 21 de mayo de 2015 y Acta de Lectura de Resultados del 30 de julio de 2015 celebrada en el Centro Zonal Pasto Uno, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($442.660)MDA/CTE, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 074-2016 adelantado en contra de YERETH DANIELA ENRIQUEZ PASCUAZA, identificado con C.C. No. 1.233.189.854, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 074-2016, adelantado en contra de YARETH DANIELA ENRIQUEZ PASCUAZA, identificada con C.C. No. 1.233.189.854, por la obligación contenida en el Acta de Compromiso H.A. No. 108533444 del 21 de mayo de 2015 y Acta de Lectura de Resultados del 30 de julio de 2015 celebrada en el Centro Zonal Pasto Uno, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($442.660)MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. |
Regional Nariño | |
| notificación auto de aprobación de liquidación de crédito | Deja en Firme Liquidación | MARITZA LINARES ROJAS
auto_aprobacion.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN SE NOTIFICA A LA SEÑORA MARITZA LINARES ROJA, AUTO DE APROBACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO. |
Regional Caquetá | |
| NOTIFICACIÓN TRASLADO AUTO LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO | Traslado de Liquidación | YUDY CAROLINA CÁRDENAS VELÁSQUEZ
liq_de_cred.pdf
Notificación traslado Auto de fecha catorce (14) de diciembre de 2021, por medio del cual se liquida el crédito de la obligación dentro del proceso proceso administrativo de cobro coactivo No. 031-2020 |
Regional Cundinamarca | |
| TRASLADO DE LIQUIDACION DE CREDITO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO | Traslado de Liquidación | GUSTAVO ENRIQUE PAREDES RIVALDO |
Regional Atlántico | |
| TRASLADO DE LIQUIDACION DE CREDITO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO | Traslado de Liquidación | WILMAR ANDRES VELEZ GUARIN
liquidacion_de_credito_1349-2019.pdf
TRASLADO DE LIQUIDACION DE CREDITO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO |
Regional Atlántico | |
| TRASLADO DE LIQUIDACION DE CREDITO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO | Traslado de Liquidación | SANDRA PATRICIA PORRA OCHOA
liquidacion_26_enero_de_2021_compressed.pdf
TRASLADO DE LIQUIDACION DE CREDITO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO |
Regional Atlántico | |
| RESOLUCIÓN No. 9828 DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2021 | Terminación del Proceso | JIMENO ERNESTO PERALTA GARZON CC. 11.257.971
resolucion_no._9828-2021_-_terminacion_proceso_jimeno_ernesto_peralta_garzon.pdf
RESOLUCIÓN No. 9828 DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2021 POR MEDIO DE LA CUAL SE TERMINA EL PROCESO DE COBRO COACTIVO INICIADO EN CONTRA DE JIMENO ERNESTO PERALTA GARZÓN, IDENTIFICADO CON CC. 11.257.971 |
Sede Dirección General | |
| AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE YINETH TATIANA MELO CONSUEGRA CC. 41.243.637 | Traslado de Liquidación | YINETH TATIANA MELO CONSUEGRA CC. 41.243.637
auto_liquidacion_credito_-_yineth_tatiana_melo_consuegra.pdf
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE YINETH TATIANA MELO CONSUEGRA , IDENTIFICADA CON CC. 41.243.637 |
Sede Dirección General | |
| RES. 007 DEL 31/03/2022 | Orden de Ejecución | JHONATAN RINCON GUARIN, C.C. 1053827604
res._orden_de_ejecucion_jhonatan_rincon_guarin.pdf
POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DE UN PROCESO. |
Regional Caldas | |
| Auto aprobación liquidación crédito | Deja en Firme Liquidación | MARINELA MURCIA GOMEZ
auto_aprobacion_liquidacion_de_credito.pdf
Se notifica a la señora MARINELA MURCIA GOMEZ, identificada con la cedula de ciudadanía número 96.332.157; el contenido del auto por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito en su contra. |
Regional Caquetá | |
| LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | JUAN GABRIEL MENDEZ RODRIGUEZ
liquidacion_juan.pdf
Se notifica al señor JUAN GABRIEL MENDEZ RODRIGUEZ, identificado con la cedula de ciudadanía número 17.788.360; el contenido del auto por medio del cual se liquidación el crédito de la obligación por concepto de prueba de paternidad. |
Regional Caquetá | |
| LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Deja en Firme Liquidación | LEONARDO TIJAR PARRA
aprobacion_de_la_liquidacion_del_credito.pdf
Se notifica al señor LEONARDO TIJAR PARRA, identificado con la cedula de ciudadanía número 96.332.157; el contenido del auto por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito en su contra. |
Regional Caquetá | |
| RESOLUCION NRO. 0038 DLE DIA 06/04/2022 | Prescripción | CONSTRUCCIONES Y MONTAJES, INTERVENTORIAS, SERVICIOS, SUMINISTRO DE PERSONAL, DISEÑOS Y OBRAS CIVILES LTDA “CISDO LTDA
resolucion_prescripcion-cisdo.pdf
MEDINATE RESOLUCION NRO. 0038 DLE DIA 06/04/2022 SE DECRETÓ LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE CONSTRUCCIONES Y MONTAJES, INTERVENTORIAS, SERVICIOS, SUMINISTRO DE PERSONAL, DISEÑOS Y OBRAS CIVILES LTDA “CISDO LTDA CON NIT 8290000841 |
Regional Santander | |
| NOTIFICAR RESOLUCIÓN No. 003 DELl 10 DE MAR DE 2022 | Terminación del Proceso | JEISSON BAYONA CAMACHO_1026568283
resolucion_no._003_dell_10_de_mar_de_2022_mediante_la_cual_se_termina_y_archiva_el_proceso_no.4195-2018.pdf
NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 003 DEL 10 DE MAR DE 2022, MEDIANTE LA CUAL SE TERMINA Y ARCHIVA EL PROCESO No.4195/2018, COBRO COACTIVO CONTRA JEISSON BAYONA CAMACHO_1026568283 |
Regional Bogotá | |
| NOTIFICAR AUTO 11 DE MARZO DE 2022 | Deja en Firme Liquidación | WILLIAM ANTONIO PEDRAZA LOPEZ_80466916 |
Regional Bogotá | |
| NOTIFICAR AUTO 11 DE MARZO DE 2022, | Deja en Firme Liquidación | WALTER GIOVANNY BERNAL CORTES_1010220180 |
Regional Bogotá | |
| NOTIFICAR AUTO 11 DE MARZO DE 2022 | Deja en Firme Liquidación | HERICH ADRIAN ROJAS REYES_1033773086 |
Regional Bogotá | |
| RESOLUCIÓN NRO. 0037 DLE DIA 05/04/2022 | Prescripción | MAXIVIT LIMITADA
resolucion_prescripcion-maxivit.pdf
MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 0037 DLE DIA 05/04/2022 SE DECRETÓ LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE MAXIVIT LIMITADA IDENTIFICADA CON NIT 900.047.964-2 |
Regional Santander | |
| AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO | Traslado de Liquidación | CORPORACIÓN POLITÉCNICA NACIONAL DE COLOMBIA, NIT 830.115.993-4
auto_por_medio_del_cual_se_actualiza_la_liquidacion_del_credito_marzo_2022.pdf
AUTO DEL 22 DE MARZO DE 2022, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO 011-2017, ADELANTADO CONTRA LA CORPORACIÓN POLITÉCNICA NACIONAL DE COLOMBIA, CON NIT 830.115.993-4 |
Sede Dirección General | |
| Notificación | Orden de Ejecución | MILTON ACOSTA NAVARRO |
Regional Caquetá | |
| RESOLUCIÓN N°008 DE 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2016-057 A NOMBRE DE ALVARO REINERIO ROSERO VILLACORTE" | Prescripción | ALVARO REINERIO ROSERO VILLACORTE
resolucion_ndeg008_de_2022_prescripcion_alvaro_rosero_villacorte.pdf
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de ALVARO REINERIO ROSERO VILLACORTE, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.453.519, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2013-0085 de 23 de diciembre de 2013, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego; por valor de SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 75.950) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 057-2016, que se adelanta en contra de ALVARO REINERIO ROSERO VILLACORTE, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.453.529. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios. |
Regional Nariño | |
| Notificación | Deja en Firme Liquidación | JEFERSON HAMILTON VICHUE RESTREPO
05_auto_aprobacion_liquidacion_del_credito.pdf
Se notifica al señor JEFERSON HAMILTON VICHUE RESTREPO, identificado con cedula de ciudadanía número 1.117.540.891, el contenido del auto de aprobación de liquidación de crédito de fecha 09 de marzo de 2020. |
Regional Caquetá | |
| Traslado liquidación de crédito | Traslado de Liquidación | MARISOL MORENO YATE
liquidacion.pdf
Se corre traslado del auto por medio del cual se liquida el crédito de la obligación a cargo de la señora MARISOL MORENO YATE, identificada con cedula de ciudadanía 30.520.489 |
Regional Caquetá | |
| Notificación | Orden de Ejecución | HEBRE LUGO LOSADA |
Regional Caquetá | |
| ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | MARIA JANETH LEON MORALES
ordena_seguir_ejecucion.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de MARIA JANETH LEON MORALES identificada con cedula de ciudadanía número 41’870.066, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. |
Regional Quindío |



















