Notifica por página WEB ya que las citaciones y notificaciones enviadas por correo certificado fueron devueltas, por desconocido, no reclamadas, traslado y no se conoce domicilio actual del deudor. Artículo 568. Estatuto Tributario
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACION DEL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO N°2019-0007 EN CONTRA DE CONCEJO MUNICIPAL DE RIO IRO NIT 818.001.517-8
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre
de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 00871 del 07 de julio de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 002-2022, entablado en contra de la señora MARIA ELENA CARATAR Y OTROS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.980.173 y determinado mediante auto de fecha 09 de septiembre de 2022, por valor total de UN MILLON CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS PESOS ($ 1.117.700) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada MARIA ELENA CARATAR Y OTROS,
identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.980.173, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.