Auto publicado DISPONE: PRIMERO: APROBAR la liquidación del crédito y costas dispuesta en auto del 18 de mayo de 2023, dentro del presente proceso administrativo de cobro coactivo así: Valor capital inicial $ 654.000 Valor indexación $ 0 Valor intereses $ 172.700 Gastos procesales $ 83.290 Valor total $ 909.990 VALOR TOTAL: Novecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa Pesos Mcte ($909.990). SEGUNDO: Contra el presente auto no proceden recursos. Dado en Yopal Casanare, el 6 de julio de 2023. COMUNÍQUESE: GRIMALDO MALAVER BOHÓRQUEZ Funcionario Ejecutor
AUTO N° 12 DEL 21 DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES (2023) POR LA CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO N°: 1884-2018, QUE SE DELANTA EN CONTRA DEL SEÑOR HOOVER DE JESUS CAÑAS CEDULA N°15.931.614, PÓR CONCEPTO DE RECOBRO DE PRUEBA GENETICA.
SE NOTIFICA AUTO DE FECHA QUINCE (15) DE MAYO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO No. 905-2018, SEGUIDO EN CONTRA DE DABEIBA MORENO CASALLAS.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2023-002, entablado en contra del señor HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262 y determinado mediante auto de fecha 15 de mayo de 2023, por valor total de UN MILLON SESENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON UN CENTAVO ($ 1.060.839,1) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Mediante la presente publicación se notifica al señor HEBER LUGO LOSADA, el contenido del Auto por medio del cual se aprueba la liquidación de la obligación a su cargo, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo con radicado No. 019-2018.
NOTIFICACION AUTO N° 23 DEL 18 DE MAYO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DEL CREDITO PROCESO COACTIVO ADN N°. 1818-2018, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR RODRIGO OROZCO ANGULO - CC. 16.508.630, AUTO CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO ALGUNO.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2019-008, entablado en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408 y determinado mediante auto de fecha 08 de mayo de 2023, por valor total TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA CUATRO PESOS ($307.934) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2018-047, entablado en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 y determinado mediante auto de fecha 19 de mayo de 2023, por valor total CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS CON OCHO CENTAVOS ($415.534,8) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.