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Código FAQ: 
IVP01011

¿Cuándo no sea posible practicar la prueba de ADN al presunto padre, qué se debe hacer?

Respuesta:

En aquellos casos en que no hubiere sido posible realizar la prueba de ADN la parte demandante tendrá como opción acreditar pruebas testimoniales, documentales y demás medios probatorios para demostrar los hechos que invoca, los cuales deben ser valorados en conjunto por el Juez para emitir el fallo correspondiente, y tiene a su favor el indicio generado por la renuencia del demandado.

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