La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025, emanada de la Dirección General del ICBF, “Por la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, la Resolución No. 00297 del 28 de junio de 2023, mediante la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una servidora pública y,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la DECISIÓN DE DETERMINACION DE DEUDA, del Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Pasto sentencia No. 042 del 13 de mayo de 2021, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo 2021-010, adelantado en contra de JULLY CATHERINE TORRES RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.330.979, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 2021-010, adelantado en contra de JULLY CATHERINE TORRES RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.330.979, por la obligación contenida en la DECISIÓN DE DETERMINACION DE DEUDA del Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Pasto, proceso de Impugnación de Paternidad Extramatrimonial No. 2020-00149-000 de fecha trece (13) de mayo (05) de dos mil veintiuno (2021), por la suma total de QUINIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($ 527.535) M/CTE, por concepto de capital, más los intereses moratorios que se hubieran generado, y aunado con la información del Reporte Auxiliar Contable por Tercero, emitido por el Grupo Financiero de la Regional Nariño.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, a la ejecutada, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
ARTÍCULO CUARTO: REALIZAR el levantamiento de las medidas cautelares que se llegaron a causar dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2021 - 010 adelantado en contra de JULLY CATHERINE TORRES RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.330.979.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
RESOLUCIÓN No. 017-2026 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBIIDAD DE LA OBLIGACION"
Código del proceso
2021 - 010
Destinatario
JULLY CATHERINE TORRES RODRIGUEZ CC No. 1.085.330.979
Tipo de notificación
Descripción
Ubicación
Documento
Fecha fijación



















