Fecha de Actualización: 19/05/2025
Código FAQ
ADO01031

¿Puedo tener acceso a los trámites o procesos de adopción de un niño o niña?

Respuesta:

El Código de la Infancia y la Adolescencia en su artículo 75 relacionado a la reserva del proceso de adopción establece que "todos los documentos propios del mismo, serán reservados por el término de veinte (20) años, a partir de la ejecutoria de la sentencia judicial. De ellos sólo se podrá expedir copia de la solicitud que los adoptantes hicieren directamente, a través de su apoderado o del Defensor de Familia o del adoptivo que hubiere llegado a la mayoría de edad, también por solicitud de la Procuraduría General de la Nación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través de su Oficina de Control Interno Disciplinario, la Fiscalía General de la Nación, o el Consejo Superior de la Judicatura a través de su Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para efectos de investigaciones penales o disciplinarias a que hubiere lugar".

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