Es un trámite que consiste en la búsqueda activa de la familia biológica del adoptado. De igual manera permite que los padres adoptantes o el adoptado tengan acceso a la Historia de Atención, en la cual se evidencian las actuaciones adelantadas durante la permanencia del adoptado en los servicios de protección del ICBF e incluye toda la información relacionada con su proceso de adopción. Dentro del trámite se brinda el acompañamiento psicosocial pertinente tanto al adoptado como a sus padres adoptantes y a la familia biológica, en el marco del cumplimiento al derecho que tienen los adoptados, , de conocer su origen y el carácter de su vínculo familiar, según lo establecido en el artículo 76 del Código de Infancia y Adolescencia. Este trámite tiene un carácter confidencial para las partes y no tiene costo ni requiere de intermediarios.
Si bien el beneficiario principal es el adoptado, los servicios prestados a través del trámite permiten beneficiar también a los padres adoptantes y a la familia biológica
El proceso lo realiza la Subdirección de Adopciones en calidad de Autoridad Central en materia de Adopciones, a través de los profesionales y técnicos del Equipo Búsqueda de Orígenes. Entre los actores involucrados en el proceso están: la Dirección de Servicios y Atención, el Comité de Adopciones de las 33 Regionales del ICBF, el Coordinador (a) y el equipo psicosocial del Centro Zonal en que se haya adelantado el proceso de protección/adopción los profesionales y técnicos de la Oficina de Gestión Documental ubicados en la Sede de la Dirección General, las 33 Regionales y los Centros Zonales a nivel nacional, las Instituciones Autorizadas para desarrollar el Programa de Adopción IAPA, al igual que entidades públicas y privadas (Entidades prestadoras de servicios de seguridad social, Registraduría Nacional del Estado Civil, Migración Colombia, entre otras).
La búsqueda de orígenes contempla la prestación de tres servicios:
El primero permite el acceso a una copia de la Historia de Atención del adoptado. Esta solicitud puede ser realizada por los padres adoptantes, en calidad de representantes legales del adoptado menor de edad. También puede ser solicitado directamente por el adoptado una vez ha cumplido la mayoría de edad (18 años en adelante acorde con la ley colombiana), o a través de su apoderado.
El segundo servicio ofrece la búsqueda activa de la familia biológica. Este solo puede ser solicitado por el adoptado que ha llegado a la mayoría de edad. No obstante, pueden presentarse casos excepcionales en que los padres adoptantes hacen la solicitud cuando el adoptado aún es menor de edad; en este caso, deben allegar el concepto de un profesional en salud física o mental que respalde este requerimiento, demostrando que la búsqueda es realmente necesaria y no será contraproducente para el adoptado.
A través de este servicio, se le proporciona al adoptado mayor de edad, información que le permita entrar en contacto con sus padres biológicos o se le brinda acompañamiento en un encuentro virtual o presencial De otra parte, es posible brindarle información al adoptado que le permita entrar en contacto con sus hermanos biológicos que no hayan sido adoptados, es decir, aquellos que permanecieron con su familia biológica o en el sistema de protección.
En ocasiones, es factible brindar datos de contacto de aquellos hermanos que fueron adoptados, siempre y cuando ellos también hayan solicitado el trámite de búsqueda de orígenes y manifestado su intención de iniciar una interacción o realizar un reencuentro, en cuyo caso se coordina el acompañamiento y gestión por parte de profesionales del ICBF.
Con el fin de conocer la información de contacto de los familiares biológicos del adoptado, el ICBF consulta a las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) y demás entidades gubernamentales o privadas que puedan proporcionar la información requerida. Teniendo en cuenta la sensibilidad del proceso, no se consultan redes sociales ni medios de comunicación masiva.
El tercer servicio puede ser solicitado por el integrante de la familia biológica (mamá, papá, hermanos, abuelos, tíos) que esté interesado en ser contactado por su familiar que fue beneficiario del programa de adopción.
Para ello, debe proporcionar sus datos de contacto actualizados (dirección de su domicilio actual, número telefónico fijo y/o celular, correo electrónico y datos de familia extensa si es posible), de modo que sean registrados en el Sistema de Información Misional (SIM). Adicionalmente, puede adjuntar a su solicitud cartas y/o fotografías dirigidas a su familiar, para que el ICBF las comparta con la persona adoptada, solo en caso de que él o ella haga una petición de Búsqueda de Familia de Origen en el futuro, pues el derecho a la búsqueda de familia es del adoptado y no de la familia biológica.
Así, en caso de que el adoptado requiera una Búsqueda de Familia de Origen, esta información registrada en el SIM permite al profesional del ICBF que adelanta el trámite, acceder a los datos reportados por su familiar, facilitando el proceso y reduciendo los tiempos de respuesta para su ubicación.
La información y documentos mínimos necesarios para poder crear la petición son:
Respecto de las peticiones en que la familia biológica desea actualizar sus datos en el SIM, se debe adjuntar adicional a los numerales a,b y c previamente mencionados:
Nota General: Los formatos aquí mencionados están sujetos a modificación, por lo que se sugiere consultar la página web del ICBF de modo que puedan acceder a las versiones actualizadas. La solicitud será recibida a través de los siguientes canales de atención:
¿Se realiza búsqueda de orígenes para menores de edad?
¿Necesito apoderado para solicitar la búsqueda de orígenes?
¿Existen organismos o personas autorizadas por el ICBF para realizar el proceso de búsqueda de orígenes?
¿Las familias biológicas pueden hacer búsqueda de una persona adoptada?