Definición
El trabajo infantil es todo aquel realizado por un niño, niña o adolescente que no alcance la edad mínima de admisión al empleo y en los términos establecidos por la legislación nacional y que por consiguiente, impida la educación y el pleno desarrollo del niño la niña o el adolescente; el que se ajuste a la definición de trabajo peligroso o aquel que esta incluido como peores formas de trabajo infantil”.
Modalidades de Atención
Las modalidades son:
- Externado media jornada y jornada completa
- Intervención de apoyo
- Apoyo psicosocial
Normatividad
No | Norma | Fecha de Expedición | Tema que regula |
1 | Ley 21 de 1991 Convenio 169 de la OIT | 14 de marzo de 1991 | “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos Indígenas”. |
2 | Decreto 859 de 1995 | 26 de Mayo de 1995 | “Por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la erradicación de Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador – CIETI" |
3 | Ley 515 de 1999 Convenio 138 de la OIT | 20 de noviembre de 1989 | “Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión de Empleo", adoptada por la 58ª Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra, Suiza, el veintiséis (26) de junio de mil novecientos setenta y tres (1973)” |
4 | Recomendación 146, al Convenio 138 de la OIT | 26 de junio de 1973 | “Recomendación sobre la edad mínima, 1973” |
5 | Ley 704 de 2001 Convenio 182 de la OIT | 21 de Noviembre de 2001 | “Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación", adoptado por la Octogésima Séptima (87a.) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, O.I.T., Ginebra, Suiza, el diecisiete (17) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999)” |
6 | Recomendación 190 de la OIT, al Convenio 182 | 16 de Junio de 1999 | “Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999” |
7 | Ley 1098 de 2006 | 8 de Noviembre de 2006 | Código de la infancia y la adolescencia art. 20 literal 12 y 13, 35,113, 114, 115, 116, 117, 118 |
8 | Ley 1306 de 2009 | 5 de Junio de 2009 | “Por la cual se dictan normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados” |
9 | Ley 1382 de 2010 | 9 de Febrero de 2010 | “Por la cual se modifica la Ley 685 de 2001 Código de Minas” |
10 | Resolución 316 de 2011 - ICBF | 28 de Enero de 2011 | “Por la cual se establecen medidas para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes frente al trabajo y obras en la minería” |
11 | Ley 1616 de 2013 | 21 de Enero de 2013 | “Por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan otras disposiciones” |
12 | Ley 1622 de 2013 | 8 de Marzo de 2013 | “Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones" |
13 | Resolución 3597 de 2013 del Ministerio del Trabajo | 24 de Octubre de 2013 | “Por la cual se señalan y actualizan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física y psicológica de las personas menores de 18 años de edad” |
14 | Resolución 1513 de 2016 | 23 de Febrero de 2016 | “Por la cual se aprueba el lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, en situación de trabajo infantil” |
Procesos Misionales- Restablecimiento de Derechos
Consulta Procedimientos, lineamientos y documentación institucional de Protección
Preguntas Frecuentes
Los sectores económicos que más utilizan trabajo infantil, en orden de importancia, son:
- Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca
- Comercio, hoteles y restaurantes
- Servicios comunales, socilaes y personales
- Transporte, almacenamiento y comunicaciones
No, si no deseas entregar tus datos no debes hacerlo, ya que tu denuncia puede ser anónima. Por el contrario, si es importante que brindes toda la información con la que cuentes respecto al caso que evidenciaste.
Si, los adolescentes entre 15 y 18 años pueden integrarse a algunas actividades económicas siempre que cuenten con la autorización por parte de un inspector de trabajo, comisario de familia o alcalde.
La autoridad competent para autorizar el trabajo de un adolescente entre los 15 y 18 años es el inspector de trabajo, sin embargo cuando en el muinicipio no se cuenta con esat figura el comisario de familia o alcalde, pueden brindar estos permisos.
La autoridad competente analiza casa caso de manera independiente y simpre garantizando los derechos del menor. En ningún caso se autorizará a adolescentes trabajar en actividades que signifiquen algún riesgo físico, moral o psicológico y que impidan su desarrollo escolar.
Es muy importante que denuncies siempre que seas testigo de un caso de trabajo infantil y que pases la voz en tu comunidad sobre los grandes riesgos y daños que este flajelo implica para los niños, niñas y adolescentes.
Tambien puedes convertirte en un consumidor responsable y evitar la compra de productos en cuya cadena de producción, has evidenciado trabajo infantil.
Recursos
Publicación | |
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Cooperación de la OIT en Colombia para la Prevención y la Erradicación del Trabajo Infantil
Oficina Internacional del Trabajo, 2013 Primera edición 2013
“Espacios para Crecer”: un caso de intervención comunitaria en trabajo infantil desde el contexto educativo
Daniel Holgado, Isidro Maya-Jariego & Jorge E. Palacio
Edúcame Primero Colombia
Proyecto de intervención educativa para la prevención del trabajo infantil llevado a cabo por un consorcio liderado por Partners of Americas y apoyado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. En dicho proyecto se interviene con menores en situaciones de alto riesgo, con población en situación de pobreza, desplazados por la violencia política y en algunos casos desmovilizados de los grupos armados en diferentes regiones de Colombia.
Elementos centrales en la reducción del trabajo infantil: acceso a una educación universal de calidad, transferencia condicionada de efectivos y coaliciones de agentes sociales
Isidro Maya Jariego - Universidad de Sevilla