Modalidades
Definición
Las modalidades son las formas en las que se presta un servicio de protección integral. Se caracterizan por el grupo poblacional de atención previamente definido, por las condiciones técnicas específicas requeridas para desarrollar el proceso de atención y cumplir con el objetivo de la medida de restablecimiento de derechos decretada a favor del niño, niña o adolescente en función de su interés superior.
El ICBF cuenta con las siguientes modalidades de atención para el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes
Formas en que se prestan servicios de atención en las cuales se ubica provisionalmente a los niños, las niñas y adolescentes en proceso administrativo de restablecimiento de derechos, mientras la autoridad administrativa decide cuál es la medida de restablecimiento de derechos más idónea para ellos, en función del interés superior. Las modalidades de ubicación inicial son:
- Centro de emergencia
- Hogar de Paso
Las modalidades de apoyo y fortalecimiento a la familia son formas en que se prestan los servicios de atención, en las cuales se ubica provisionalmente a los niños, las niñas y los adolescentes, una vez la autoridad administrativa ha realizado la verificación de derechos y ha establecido la existencia de situaciones de inobservancia, amenaza o vulneración de sus derechos, y ha determinado que ellos y ellas pueden permanecer con su familia y/o red vincular de apoyo.
Las modalidades de apoyo y fortalecimiento a la familia son:
- Intervención de apoyo (Apoyo psicosocial y Apoyo psicológico especializado).
- Externado (Medio jornada y jornada completa).
- Hogar gestor.
Formas en que se prestan los servicios de atención en las cuales se ubica provisionalmente a los niños, las niñas y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados, porque previa verificación de derechos se ha establecido la necesidad de retirar al niño, la niña o el adolescente de su familia, debido a que esta no es garante de derechos y se requiere desarrollar un proceso de atención con el niño, la niña o el adolescente y su familia o red vincular para el restablecimiento de sus derechos.
Las modalidades de apoyo y fortalecimiento en medio diferente al de la familia de origen o red vincular son:
- Hogar sustituto.
- Casa hogar.
- Internado.
- Casa de acogida.
- Casa de protección.
Las modalidades de “Apoyo y fortalecimiento a la familia” y “Apoyo y fortalecimiento en medio diferente al de la familia de origen o red vincular” a su vez se desarrollan desde los programas especializados que se describen a continuación:
- Atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual y víctimas de trata de personas.
- Atención a niños, niñas y adolescentes con consumo de sustancias psicoactivas.
- Atención a niños, niñas y adolescentes con alta permanencia en calle o en situación de vida en calle.
- Atención a niños, niñas, adolescentes en situación de trabajo infantil.
- Atención a adolescentes y mujeres mayores de 18 años gestantes o en periodo de lactancia.
- Atención a niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
- Atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de otras formas de vulneración .
- Víctimas del conflicto armado, específicamente de los siguientes hechos víctimizantes:
- Víctimas de reclutamiento ílicito que se han desvinculado de los grupos armados organizados al margen de la ley.
- El desplazamiento forzado.
- Víctimas de minas antipersona (MAP), municiones sin explotar (MUSE) y artefactos explosivos improvisados (AEI), acciones bélicas y atentados terroristas.
-
Y la atención para:
- El restablecimiento de derechos y contribución a la reparación integral de niños, niñas y adolescentes huérfanos como consecuencia del conflicto armado.
- El restablecimiento de derechos y contribución la reparación integral de niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado.
Normatividad
No | Norma | Fecha de Expedición | Tema que regula |
1 | Convención sobre los derechos de los Niños | 20 Noviembre 1989 | Reconoce a los niños, las niñas y los adolescentes como sujetos titulares de derechos y establece que los Estados están obligados a satisfacerlos. |
2 | Constitución Política de Colombia | 4 Julio 1991 | Define los derechos fundamentales de los niños las niñas, los adolescentes y la protección de los mismos; reconoce las leyes y tratados internacionales ratificados por Colombia. |
3 | Ley 75 de 1968 | 30 Diciembre 1968 | “Por la cual se dictan normas sobre filiación y se crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF”. |
4 | Ley 7 de 1979 | 24 Enero 1979 | “Por la cual se dictan normas para la protección de la niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, SNBF, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones”. |
5 | Ley 1098 de 2006 | 8 Noviembre 2006 | “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”. |
6 | Ley 1361 de 2009 | 3 Diciembre 2009 | “Por medio de la cual se crea la ley de Protección Integral a la Familia” |
7 | Ley 1438 de 2011 | 19 Enero 2011 | “Por el cual se adopta el Plan Nacional de Salud Pública 2012-2021." |
8 | Ley 1616 de 2013 | 21 Enero 2013 | “Por medio de la cual se expide la ley de salud mental y se dictan otras disposiciones” |
9 | Decreto 987 de 2012 | 14 Mayo 2012 | “Por el cual se modifica la estructura del ICBF y se determinan las funciones de sus dependencias” |
10 | Decreto 936 de 2013 | 10 Mayo 2013 | “Por el cual se reorganiza el SNBF, se reglamenta el inciso primero del artículo 205 de la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones.” |
11 | Resolución 2003 de 2014 | 28 Mayo 2014 | Normas de Habilitación de servicios en salud |
12 | Resolución No. 1519 de 2016 (aprobatoria) y Resolución No. 5864 de 2016 (modificatoria) | 23 febrero 2016 22 Junio 2016 |
Por medio de las cuales se aprueba el Lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados |
13 | Aprobado mediante Resolución No. 1520 /2016 y Modificado mediante Resolución No.5863/2016 | 23 febrero 2016 22 Junio 2016 |
Lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados |
14 | Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños. A/RES/64/142. | 24 febrero 2010 | Establece pautas adecuadas de orientación política y práctica con el propósito de promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales relativas a la Protección y al bienestar de los niños privados del cuidado parental o en peligro de encontrarse en esa situación |