No, salvo que exista concepto escrito previo o indicación del Jefe Jurídico, todas las solicitudes de concepto deben cumplir con los requisitos de la Circular 002 y se expiden de manera escrita. Área Responsable: la interesada en la emisión del concepto.
Los requisitos para solicitar conceptos a la Oficina Jurídica se encuentran establecidos en la Circular 002 de 2012, básicamente debe plantearse un problema jurídico, se deben describir el asunto y los antecedentes de la solicitud, así como la dificultad que ofrezca la interpretación o aplicación de una norma o la necesidad de fijar su alcance. Esta solicitud debe ser firmada por el director o jefe del área o Regional o por su coordinador jurídico.
Los conceptos jurídicos emitidos por la Oficina Jurídica constituyen un criterio auxiliar de interpretación. Sin embargo, para las dependencias internas del Instituto tiene un carácter vinculante, en virtud de la función de la Oficina Jurídica de mantener la unidad doctrinaria e impartir directrices jurídicas necesarias para el desarrollo de las funciones del ICBF, tal como lo establece el artículo 8 del Decreto 1430 de 2025.


















