Si es solicitado por la entidad coordinadora (Cancillería), se cuenta con un PARD abierto a favor del beneficiario o es técnicamente necesario, debe asistir a la sesión el defensor de familia. De igual forma, con PARD abierto y en donde la representación legal la ostenta la Defensoría debe asistirse.
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Preguntas frecuentes
Pregunta
¿Deben asistir los defensores de familia a espacios de concertación y seguimiento de medidas cautelares internacionales en favor de personas beneficiarias que no han cumplido la mayoría de edad?
Respuesta
Tematica faq
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