Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional

Fecha
Prioridad
1
Introducción
Colombia cuenta con el Conpes 113 de 2008, que estableció Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, que tiene como objetivo “Garantizar que toda la población colombiana disponga, acceda y consuma alimentos de manera permanente y oportuna, en suficiente cantidad, variedad, calidad e inocuidad”.
 
La Política está dirigida a toda la población colombiana, y requiere de la realización de acciones que permitan contribuir a la disminución de las desigualdades sociales y económicas, asociadas a la inseguridad alimentaria y nutricional, en los grupos de población en condiciones de vulnerabilidad.
 
Para el seguimiento la Política crea la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional – CISAN, con el fin de fortalecer los mecanismos de gobernabilidad y coordinación de las entidades rectoras de la política.


Tomado de: https://www.icbf.gov.co/sites/default/files/conpes_113_de_2008.pdf  

 

Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación (SGPDA)

Mediante el Decreto 0684 de junio de 2024[CC1]  se reglamenta el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), el Programa Hambre Cero, el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSMSHM) y el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN y se transforma la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).

 

Este sistema tiene como objeto ser el mecanismo de articulación, coordinación y gestión entre los actores que intervienen en las acciones para la garantía progresiva del derecho humano a la alimentación, en todas sus escalas de realización, seguridad, autonomía y soberanía alimentaria. Son fines del Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación SNGPDA.

 

En el artículo 7º se establece la modificación de la denominación de la “Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional” por la de “Comisión intersectorial del Derecho Humano a la Alimentación CIDHA”. En adelante, toda aquella normatividad relacionada que haga referencia al término “Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional CISAN”, se entenderá como “Comisión intersectorial del Derecho Humano a la Alimentación CIDHA”.

Fuente: https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=156919


 

  • Disponibilidad de alimentos: es la cantidad de alimentos con que se cuenta a nivel nacional, regional y local. Está relacionada con el suministro suficiente de estos frente a los requerimientos de la población y depende fundamentalmente de la producción y la importación.
  • Acceso: es la posibilidad de todas las personas de alcanzar una alimentación adecuada y sostenible. Se refiere a los alimentos que puede obtener o comprar una familia, una comunidad o un País.
  • Consumo: se refiere a los alimentos que comen las personas y está relacionado con la selección de los mismos, las creencias, las actitudes y las prácticas.
  • Aprovechamiento o utilización biológica de los alimentos: se refiere a cómo y cuánto aprovecha el cuerpo humano los alimentos que consume y cómo los convierte en nutrientes para ser asimilados por el organismo.
  • Calidad e inocuidad de los alimentos: se refiere al conjunto de características de los alimentos que garantizan que sean aptos para el consumo humano, que exigen el cumplimiento de una serie de condiciones y medidas necesarias durante la cadena agroalimentaria hasta el consumo y el aprovechamiento de los mismos, asegurando que una vez ingeridos no representen un riesgo (biológico, físico o químico) que menoscabe la salud. No se puede prescindir de la inocuidad de un alimento al examinar la calidad, dado que la inocuidad es un atributo de la calidad.