De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 1430 de 2025, la Oficina de Inspección, Vigilancia y Control y Calidad de Servicios del ICBF, cuenta con la facultad para otorgar y reconocer las personerías jurídicas a las instituciones interesadas en prestar los servicios de protección, así como otorgar, renovar y modificar las licencias de funcionamiento para los servicios dirigidos a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en todo el territorio nacional.

 
 

Personerías Jurídicas y Licencias de Funcionamiento

 
 

Licencias de Funcionamiento

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Autorización que otorga el ICBF a una institución, mediante acto administrativo, para la prestación de los servicios de protección dirigidos a niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias. Solamente requerirán de licencia de funcionamiento aquellas instituciones que por la naturaleza del servicio que desean prestar, deban cumplir con dicho requisito, de conformidad con lo establecido en los documentos técnicos que para el efecto defina el ICBF.

Personería Jurídica

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OTORGAMIENTO: consentimiento legal que otorga el ICBF, mediante acto administrativo, a los interesados en constituirse como persona jurídica para prestar los servicios de protección dirigidos a niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias.

RECONOCIMIENTO: Consentimiento legal que emite el ICBF, mediante acto administrativo, a través del cual reconoce la personería jurídica que ha sido otorgada inicialmente por otra autoridad competente a una institución, para la prestación de los servicios de protección dirigidos a niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias.

Publicaciones de la Oficina de Inspección, Vigilancia y Control y Calidad de Servicios

 
 

Procesos Administrativos Sancionatorios

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Normatividad Vigente