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Bogotá, D. C.
Viernes 1 de Noviembre de 2019 - 02:21 PM
fachada
Frente a las inquietudes de algunos padres de familia en relación con la atención de sus hijos adultos con discapacidad, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)se permite aclarar que:
- La Ley 1878 de 2018 introdujo cambios en el Código de Infancia y Adolescencia, dentro de los cuales determinó que la inobservancia de derechos no es un motivo para abrir un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD). La inobservancia se asocia a la falta de oferta de servicios sociales del Estado.

- El cambio se originó teniendo en cuenta que la discapacidad por sí sola no se considerara una vulneración de derechos. El espíritu de la Ley fue concentrar los esfuerzos y recursos de las Defensorías de Familia del ICBF en casos de vulneración y amenaza de derechos de los niños, niñas y adolescentes. 

- La implementación de la Ley ha implicado que se cierren cerca de 4.152 Procesos Administrativos de Restablecimientos de Derechos (PARD) que habían sido abiertos por inobservancia a favor de niños, niñas, adolescentes y adultos con discapacidad. De éstos, 659 corresponden a adultos. 

- Consciente de la debilidad de la oferta institucional en materia de cuidado para esta población, y de los riesgos a los que se pueden ver expuestos los menores de edad con discapacidad, y como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF), el ICBF activó mesas de trabajo del más alto nivel, y les solicitó al Consejero Presidencial para la Discapacidad y a la Vicepresidenta de la República acelerar la implementación de las políticas públicas de inclusión. 

- Mientras se fortalece la respuesta del Estado y se le da una solución estructural al problema de oferta incluyente, el ICBF iniciará la operación de una modalidad especial para atender a todos los niños, niñas y adolescentes con discapacidad que se encuentren en esta situación, bajo una perspectiva de cuidado y de prevención de riesgos. Se procurará construir sobre la experticia de los mismos operadores de Protección. Esta modalidad no cubre la población adulta. 

- La Directora de Protección del ICBF atendió a representantes de las familias afectadas en Bogotá y les informó que ya inició gestiones con la Secretaría de Integración Social para gestionar la oferta distrital correspondiente para esta población, de tal forma que se pueda garantizar una atención oportuna y pertinente para los adultos con discapacidad, en el marco del reconocimiento de su capacidad legal y favoreciendo la inclusión social.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF Comunicaciones

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