Bienestar Familiar moderniza los trámites de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento para prestar servicios de protección
Bogotá, D. C.
Viernes 24 de Enero de 2025 - 11:08 AM

Con la firma de la Resolución 6300 del 26 de diciembre de 2024, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) busca optimizar el trámite “en línea”, reduciendo los tiempos de respuesta y permitiendo una mayor organización para el proceso de otorgamiento y/o reconocimiento de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones que deseen prestar los servicios de protección dirigidos a las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o familias en el territorio nacional.
En ese sentido, la resolución delega la responsabilidad de otorgar y reconocer las personerías jurídicas únicamente a la Oficina de Aseguramiento a la Calidad de Bienestar Familiar; y delega en la misma la renovación de las licencias de funcionamiento para los servicios que lo requieran de conformidad con los documentos técnicos que defina el ICBF.
Así mismo, le otorga facultades especiales al ICBF para ejecutar medidas urgentes y especiales, en caso de ser requeridas, para intervenir o interrumpir la prestación de los servicios de manera provisional e inmediata ante la presunta vulneración, amenaza o inobservancia de los derechos de las niñas, niños adolescentes y jóvenes, en el marco de la prestación del servicio.
Igualmente, se precisa el proceso administrativo sancionatorio y se rediseñan las faltas de conformidad con la normatividad vigente, como por ejemplo el incumplimiento de los lineamientos técnicos sobre aquellos que vulneren, amenacen o inobserven los derechos de la niñez; y aquellos que omitan el deber de verificar el Registro de Inhabilidades por Delitos Sexuales y contraten con personas inhabilitadas (Ley 2375 de 2024). Por otro lado, se hace vinculante el Registro Único de Oferentes.
Cabe anotar que el cumplimiento a cabalidad de la nueva resolución contribuye a la garantía de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en todo el territorio, tal como lo indica la misionalidad de la institución. Si desea conocer más sobre esta Resolución la encontrará en el link: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.icbf.gov.co/system/files/6300_-_establece_regimen_para_el_ejercicio_de_las_funciones_de_inspeccion_vigilancia_y_control_a_cargo_del_icbf.pdf
Así mismo, le otorga facultades especiales al ICBF para ejecutar medidas urgentes y especiales, en caso de ser requeridas, para intervenir o interrumpir la prestación de los servicios de manera provisional e inmediata ante la presunta vulneración, amenaza o inobservancia de los derechos de las niñas, niños adolescentes y jóvenes, en el marco de la prestación del servicio.
Igualmente, se precisa el proceso administrativo sancionatorio y se rediseñan las faltas de conformidad con la normatividad vigente, como por ejemplo el incumplimiento de los lineamientos técnicos sobre aquellos que vulneren, amenacen o inobserven los derechos de la niñez; y aquellos que omitan el deber de verificar el Registro de Inhabilidades por Delitos Sexuales y contraten con personas inhabilitadas (Ley 2375 de 2024). Por otro lado, se hace vinculante el Registro Único de Oferentes.
Cabe anotar que el cumplimiento a cabalidad de la nueva resolución contribuye a la garantía de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en todo el territorio, tal como lo indica la misionalidad de la institución. Si desea conocer más sobre esta Resolución la encontrará en el link: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.icbf.gov.co/system/files/6300_-_establece_regimen_para_el_ejercicio_de_las_funciones_de_inspeccion_vigilancia_y_control_a_cargo_del_icbf.pdf