Sí. La Ley 1098 de 2006 establece que “Todo niño, niña o adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad, tendrá derecho a recibir atención, diagnóstico, tratamiento especializado, rehabilitación y cuidados especiales en salud…”.
En este sentido, los departamentos y municipios deberán establecer convenios con entidades públicas y privadas para garantizar la atención en salud de los niños, niña y adolescentes con alguna discapacidad.
Para garantizar el derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes, la misma ley define como obligación del sistema de Seguridad Social en Salud “Disponer lo necesario para que todo niño, niña y adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad, tengan derecho a recibir por parte el Estado, atención, diagnóstico, tratamiento especializado y rehabilitación, cuidados especiales de salud, orientación y apoyo a los miembros de la familia o las personas responsables de su cuidado y atención”.