El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| RESOLUCIÓN N°020 DE 04 DE MARZO DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2015-074, EN CONTRA DE MARINO CERON CERON" | Terminación del Proceso | MARINO CERON CERON
resolucion_ndeg020_remisibilidad_marino_ceron_ceron.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00034-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 05 de octubre de 2012, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 074-2015 adelantado en contra de MARINO CERON CERON, identificado con CC No. 87.247.031, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 074-2015, adelantado en contra de MARINO CERON CERON, identificado con CC. No. 87.247.031, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00034-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 05 de octubre de 2012, por la suma de SEISCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($630.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N°018 DE 04 DE MARZO DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2015-063, EN CONTRA DE MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ" | Terminación del Proceso | MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ
resolucion_ndeg018_remisibilidad_miguel_angel_munoz.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00037, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 27 de diciembre de 2012, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 064-2015 adelantado en contra de MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ, identificado con CC No.87.246.796, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 064-2015, adelantado en contra de MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ, identificado con CC. No. 87.246.796, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00037, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 27 de diciembre de 2012, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. |
Regional Nariño | |
| Resolución No. 025 del 7 de octubre de 2020 | Orden de Ejecución | IVAN DE JESUS VARELAS EUSSE
res_025_2020_seguiradelanteconlaejecucion.pdf
Resolución No. 025 del 7 de octubre de 2020 por medio del cual se ordena seguir adelante con la ejecución |
Regional Antioquia | |
| Resolución No. 023 del 31 de agosto de 2020 | Orden de Ejecución | LUIS HORACIO MARIN TABORDA
res_023_2020_ordenaseguiradelanteconlaejecu.pdf
Resolución No. 023 por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución |
Regional Antioquia | |
| RESOLUCION QUE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | MARIA CRISTINA VELASQUEZ DIAZ
ordena_seguir_ejecucion_contra_maria_cristina_velasquez.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de María Cristina Velázquez Diaz identificada con cedula de ciudadanía número 1’076.351.935, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. |
Regional Quindío | |
| RESOLUCION QUE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | ADRIANA MARIA MEJIA ROJAS
ordena_seguir_ejecucion_adriana_maria_mejia.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de Adriana María Mejía Rojas identificada con cedula de ciudadanía número 24’812.788, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. |
Regional Quindío | |
| RESOLUCION QUE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | LUZ MARINA SANCHEZ SANCHEZ
ordena_seguir_ejecucion_luz_marina_sanchez.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de Luz Marina Sánchez Sánchez identificada con cedula de ciudadanía número 24’605.699, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. |
Regional Quindío | |
| RESOLUCION QUE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | CONSUELO AGUIRRE CADENA
ordena_seguir_ejecucion_consuelo_aguirre_cadena.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de CONSUELO AGUIRRE CADENA identificada con cedula de ciudadanía número 41’918.624, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. |
Regional Quindío, Centro Zonal Armenia Norte | |
| RESOLUCION QUE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | MARLENY MONSALVE MURILLO
ordena_seguir_ejecucion_marleny_monsalve_murillo.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de MARLENY MONSALVE MURILLO identificada con cedula de ciudadanía número 24’806.718, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. |
Regional Quindío | |
| RESOLUCION QUE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | MARTHA LILIANA GALVIS RIVILLA
ordena_seguir_ejecucion.pdf
ORDÉNASE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN del proceso en contra de MARTHA LILIANA GALVIS RIVILLAS identificado con cedula de ciudadanía número 24’605.878, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado |
Regional Quindío | |
| RESOLUCIÓN No. 003 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” | Mandamiento de Pago | KEVIN ANGEL DIAZ ORTEGON, Cedula No. 1.024.535.267
mandamiento_de_pago_kevin_angel_diaz_ortegon.pdf
Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 003 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.511-2019 seguido contra KEVIN ANGEL DIAZ ORTEGON, Cedula No. 1.024.535.267 |
Regional Magdalena | |
| RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | ADRIANA BARRETO ÁVILA - CC 41.243.696
adriana_-mandamiento_pago_resolucion_4926_de_2020.pdf
RESOLUCIÓN 4926 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO |
Sede Dirección General | |
| SE NOTIFICA MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | JULIO CESAR COLON FLOREZ, C.C. 1.049.827.607
mandamiento_de_pago-_julio_cesar_colon_florez.pdf
Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 01 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.511-2019 seguido contra JULIO CESAR COLON FLOREZ, C.C. 1.049.827.607 |
Regional Magdalena | |
| 0 | General | 0 |
Regional Magdalena | |
| SE NOTIFICA MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | LEINIKER JOSE ROSADO FREILE, Cedula No. 1.083.461.470
mandamiento_de_pago_leiniker_jose_rosado_freile.pdf
Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 015 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.516-2019 Deudor: LEINIKER JOSE ROSADO FREILE, Cedula No. 1.083.461.470 |
Regional Magdalena | |
| RESOLUCION 004 DEL 16 DE MARZO DE 2021 | Orden de Ejecución | JONATAN OSORIO RESTREPO |
Regional Risaralda | |
| RESOLUCION 003 del 20 de enero de 2021 | Mandamiento de Pago | JHONATAN ELEAZAR GOMEZ ESPAÑA |
Regional Risaralda | |
| RESOLUCION 003 del 20 de enero de 2021 | Mandamiento de Pago | JHONATAN ELEAZAR GOMEZ ESPAÑA |
Regional Risaralda | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | LIBANIEL CARDONA
auto_aprueba_liquidacion-.pdf
APROBAR la liquidación de la obligación contenida en proceso de incidente de reparación integral, radicado con número 63001600059200900484, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 21 de septiembre de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-009, adelantado en contra del señor Libaniel Cardona Serna, identificado con cedula de ciudadanía No.7’520.870, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | ANDRES FELIPE DIOSA
auto_aprueba_liquidacion-.pdf
APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Segundo de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 30 de julio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-008, adelantado en contra del señor Andres Felipe Diosa, identificado con cedula de ciudadanía No.75’107.871, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | ALEXANDER PARRA CHAURRA
auto_aprueba_liquidacion-.pdf
APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Cuarto de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 30 de junio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-005, adelantado en contra del señor Alexander Parra Chaurra, identificado con cedula de ciudadanía No.89’003.903, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | RUBEN DARIO GRANADOS CORTES
auto_aprueba_liquidacion-.pdf
APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Primero de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 25 de junio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-004, adelantado en contra del señor Ruben Darío Granados Cortes, identificado con cedula de ciudadanía No.6’031.073, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia |
Regional Quindío | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | ALEJA MARIA HERRERA
auto_aprueba_liquidacion-.pdf
APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado segundo de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 25 de junio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-003, adelantado en contra de la señora Aleja Maria Herrera identificada con cedula de ciudadanía No.1’097.040.797, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia |
Regional Quindío | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | SANDRA MILENA CORTES
auto_aprueba_liquidacion-.pdf
APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Cuarto de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 25 de junio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-001, adelantado en contra de la señora Sandra Milena Cortes Tovar identificada con cedula de ciudadanía No.29’120.352, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia. |
Regional Quindío | |
| LIQUIDACION DEL CREDITO | Traslado de Liquidación | GILBERTO DE JESUS GIL MAFLA |
Regional Cundinamarca | |
| LIQUIDACION DEL CREDITO | Traslado de Liquidación | JENNIFER ALEIDA MALAGON CARPETA |
Regional Cundinamarca | |
| ORDEN DE EJECUCION | Orden de Ejecución | DIEGO ALEJANDRO CASTIBLANCO ROCHA |
Regional Cundinamarca | |
| ORDEN DE EJECUCION | Orden de Ejecución | JORGE LUIS CAPERA TIQUE |
Regional Cundinamarca | |
| LIQUIDACION DEL CREDITO | Traslado de Liquidación | NATALIA VANESSA RUBIANO RUIZ |
Regional Cundinamarca | |
| LIQUIDACION DEL CREDITO | Traslado de Liquidación | ANDRES FABIAN RODRIGUEZ BERNAL |
Regional Cundinamarca |



















