El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| RESOLUCION # 241 | Terminación del Proceso | JENNY CAROLINA ROCHA SANATOS CC 1075217685
jenny_carolina_rocha_1353.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 241 DE FECHA 4 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA REMICIÓN DE UNA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 240 | Terminación del Proceso | JESUS ANTONIO GOMEZ RIVERA CC 1007376336
jesus_antonio_gomez_1349.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 240 DE FECHA 4 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA REMICIÓN DE UNA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO |
Regional Huila | |
| POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN DE COBRO | Prescripción | COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS DE SAN ZENON “COOSEPSANZ LTDA”., IDENTIFICADO CON NIT. Nº 830.506.754
resolucion_prescripcion_coopsepsanz_378-2012_okk.pdf
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 687 “POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS DE SAN ZENON “COOSEPSANZ LTDA”., IDENTIFICADO CON NIT. Nº 830.506.754, Y SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO No. 378-2012." |
Regional Magdalena | |
| POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN DE COBRO | Prescripción | RAUL ALBERTO DAVILA JIMENO
resolucion_prescripcion_raul_davila_jimeno_146-2008.pdf
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 0651 “POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE RAUL ALBERTO DAVILA JIMENO, IDENTIFICADO CON C.C. Nº 12.528.661, Y SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO No. 146-2008. " |
Regional Magdalena | |
| POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN DE COBRO | Prescripción | GUSTAVO DIAZ SEGOVIA, IDENTIFICADO CON C.C. Nº 4.974.370
resolucion_prescripcion_gustavo_diaz_segovia_454-2014.pdf
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 0650 “POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE GUSTAVO DIAZ SEGOVIA, IDENTIFICADO CON C.C. Nº 4.974.370, Y SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO No. 454-2014. |
Regional Magdalena | |
| POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE COBRO | Terminación del Proceso | ALEXANDER ENRIQUE MENDINUETA ESCORCIA IDENTIFICADO CON C.C. Nº 7.629.746
remision_alexander_mendinueta_478-2014.pdf
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 0649 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE COBRO, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DEL SEÑOR ALEXANDER ENRIQUE MENDINUETA ESCORCIA IDENTIFICADO CON C.C. Nº 7.629.746, Y SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO No. 478/2014”. |
Regional Magdalena | |
| POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE COBRO | Terminación del Proceso | R.Q. CONSTRUCCIONES S.A.S.
ok_remision_r.q._construcciones_485-2015.pdf
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 0648 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE COBRO, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE R.Q. CONSTRUCCIONES S.A.S., IDENTIFICADO CON NIT. Nº 900.436.107, Y SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO No. 485/2015”. |
Regional Magdalena | |
| POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE COBRO | Terminación del Proceso | PALMACOSTA S.A.S, IDENTIFICADO CON NIT. Nº 900.504.798
ok_remision_palmacosta_477-2014.pdf
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN No. 0647 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE COBRO, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE PALMACOSTA S.A.S, IDENTIFICADO CON NIT. Nº 900.504.798, Y SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO No. 477/2014”. |
Regional Magdalena | |
| RESOLUCION # 280 | Orden de Ejecución | PEDRO ANTONIO QUINAYAS CC 12223526
pedro_antonio_quinayas_proceso_28_2020.pdf
POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 280 DE FECHA 26/11/2020, POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA SENTENCIA Y SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECICION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO |
Regional Huila | |
| Resolucion #223 | Orden de Ejecución | ANDERSON FARID SORIANO LOMELIN CC 1010048278
anderson_farid_soriano_proceso_29_2020.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 223 DE FECHA 27/10/2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA SENTENCIA Y SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO. |
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| RESOLUCION # 330 | Terminación del Proceso | LUIS AUGUSTO PARRA CC 7689896
luis_augusto_parra_proceso_1268.pdf
Mediante la presente se procede a notificar la resolucion # 330 de fecha 14 de diciembre de 2020, mediante la cual se declara la prescripcion de una obligacion dentro del proceso de cobro coactivo prueba de ADN |
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| RESOLUCION # 232 | Terminación del Proceso | LUIS EDUARDO PLAZAS CC 12203613
luis_eduardo_plazas_1324.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCUION # 232 DE FECHA 04 DE NOVIEMBRE POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA REMISION DE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO ADMINISTARTIVO DE COBRO COACTIVO |
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| RESOLUCION # 305 | Terminación del Proceso | JOSE EHIN ASTAIZA QUIROZ CC 1060237880
jose_ehin_astaiza.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 305 DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 301 | Terminación del Proceso | ERIKA PAOLA LISCANO REYES CC 1075260747
erika_paola_liscano_1418.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 301 DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 285 | Terminación del Proceso | MARIA CAMILA LOSADA MARTINEZ CC 1075284782
maria_camila_losada_1395_1.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 285 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 293 | Terminación del Proceso | CRISTIANCAMILO PAREDES CC 1075253599
cristian_camilo_paredes_1405.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 293 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION #290 | Terminación del Proceso | ELCY SUNS PEÑA CC 1004063580
elcy_suns_pena_1400.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 290 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 291 | Terminación del Proceso | NIDIA EUGENIA PERDOMO VEGA CC 1075215807
nidia_eugenia_perdomo_1401.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 291 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 300 | Terminación del Proceso | JONATHAN OME GARCIA CC 1130655752
jonathan_ome_1417.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 300 DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 299 | Terminación del Proceso | LEANDRO DEVIALOZANO CC 7729633
leandro_devia_1415.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 299 DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 298 | Terminación del Proceso | RODRIGO CABRERA BONILLA CC 7688765
rodrigo_cabrera_1413.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 298 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 313 | Terminación del Proceso | WILSON FERNANDO CISNEROS CC 12181111
wilson_fernando_cisneros_1433.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 313 DE FECHA 9 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
Regional Huila | |
| RESOLUCION # 312 | Terminación del Proceso | GILDARDO GARCIA CHIMBACO CC 12239363
gildardo_garcia_1432.pdf
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 312 DE FECHA 9 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA REMISIONDE UNA OBLIGACION, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO DEUDA ADN |
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| AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO" | Deja en Firme Liquidación | PAULO ELISEO ROMO CASTILLO
auto_que_aprueba_liquidacion_paulo_eliseo_romo_castillo.pdf
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso. |
Regional Nariño | |
| AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO" | Deja en Firme Liquidación | PAULO ELISEO ROMO CASTILLO
auto_que_aprueba_liquidacion_paulo_eliseo_romo_castillo.pdf
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCION Nro. 148 de 28 de diciembre de 2020 "POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO DENTRO DEL PROCESO 2014-114 SEGUIDO EN CONTRA DE LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ" | Prescripción | LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ
resolucion_ndeg148_prescripcion_luis_gonzalo_checa_munoz.pdf
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.085.258.983, por la obligación contenida la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2009-00406-00, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 31 de marzo de 2011, por valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo número 114-2014 que se adelanta en contra de LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.258.983. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios. |
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| AUTO DE 04 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-021 EN CONTRA DE KAROL HIGINIO DIAZ CORAL" | Traslado de Liquidación | KAROL HIGINIO DIAZ CORAL
auto_que_liquida_karol_higinio_diaz.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor KAROL HIGINIO DIAZ, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.085.256.933, dentro del proceso de cobro coactivo No. 021-2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA PESOS ($ 787.130) MDA/CTE, por concepto del crédito y costas procesales a cargo de KAROL HIGINIO DIAZ CORAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.256.933. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. |
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| RESOLUCIÓN N° 121 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2014-063 en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA" | Terminación del Proceso | CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA
resolucion_ndeg121_-_remisibilidad_carlos_hector_benavides_ibarra.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 063-2014 adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC No. 87.405.087, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 063-2014, adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC. No. 87.405.087, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN N° 121 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2014-063 en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA" | Terminación del Proceso | CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA
resolucion_ndeg121_-_remisibilidad_carlos_hector_benavides_ibarra.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 063-2014 adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC No. 87.405.087, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 063-2014, adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC. No. 87.405.087, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. |
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| RESOLUCIÓN N° 120 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2014-106 en contra de LUIS ALBERTO BURBANO" | Terminación del Proceso | LUIS ALBERTO BURBANO
resolucion_ndeg120_-_remisibilidad_luis_alberto_burbano.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2008-182, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres el día 13 de julio de 2010, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No.106-2014 adelantado en contra de LUIS ALBERTO BURBANO, identificado con CC No.5.527.600, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 106-2014, adelantado en contra de LUIS ALBERTO BURBANO, identificado con CC. No.5.527.600, por la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2008-182 la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2012-074, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres, el día 13 de julio de 2010, por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($750.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. |
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