El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
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| AUTO DE QUE REALIZA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN | Traslado de Liquidación | MARÍA ANGÉLICA CERON TRIVIÑO
AUTO QUE REALIZA LA LIQUIDACIÓN_.pdf
TRASLADO DEL AUTO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL 2025,“POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN”, DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DEL COBRO COACTIVO CON RADICADO NÚMERO 63-2019-070, ADELANTADO EN CONTRA DE LA SEÑORAMARÍA ANGELICA CERON TRIVIÑO, IDENTIFICADA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 24.811.918, EN EL CUAL SE LE CORRE TRASLADO POR EL TÉRMINO DE TRES (3) DÍAS PARA QUE FORMULE OBJECIONES Y APORTE LAS PRUEBAS QUE ESTIME NECESARIAS, VENCIDO EL TÉRMINO ANTERIOR SE APROBARÁ LA LIQUIDACION INCIAL O LA QUE RESULTE LUEGO DE RESOLVER LAS OBJECIONES, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 446 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO, CONTRA EL MENCIONADO AUTO NO PROCEDEN RECURSOS, |
Regional Quindío | |
| Auto No. 111 de 2025 Liquidación crédito Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134 | Traslado de Liquidación | Carlos Javier Rodríguez Torres
Auto No. 111 de 2025 Liquidación crédito Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134.pdf
Auto No. 111 de 2025 Liquidación crédito Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de CARLOS JAVIER RODRIGUEZ TORRES identificado con la cédula de ciudadanía número 1.053.608.432, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-134. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.224.843), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de CARLOS JAVIER RODRIGUEZ TORRES identificado con la cédula de ciudadanía número 1.053.608.432. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso. |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 136 de 2025 Liquidación crédito Nilson Fredy Moreno Neva 2025-002 | Traslado de Liquidación | Nilson Fredy Moreno Neva
Auto No. 135 de 2025 Liquidación crédito Ramiro Hernan Vargas Garavito 2025-001_0.pdf
Auto No. 136 de 2025 Liquidación crédito Nilson Fredy Moreno Neva 2025-002. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de NILSON FREDY MORENO NEVA identificado con la cédula de ciudadanía número 1.049.616.299, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2025-001.SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE ($440.435), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de NILSON FREDY MORENO NEVA identificado con la cédula de ciudadanía número 1.049.616.299.TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 135 de 2025 Liquidación crédito Ramiro Hernan Vargas Garavito 2025-001 | Traslado de Liquidación | Ramiro Hernán Vargas Garavito
Auto No. 135 de 2025 Liquidación crédito Ramiro Hernan Vargas Garavito 2025-001.pdf
Auto No. 135 de 2025 Liquidación crédito Ramiro Hernán Vargas Garavito 2025-001.RESUELVE.PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de RAMIRO HERNAN VARGAS GARAVITO identificado con la cédula de ciudadanía número 6.764.292, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2025-001.SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($1.046.457), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de RAMIRO HERNAN VARGAS GARAVITO identificado con la cédula de ciudadanía número 6.764.292.TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso. |
Regional Boyacá | |
| Resolución No.046 de 2025 libra mandamiento de pago Liliana Milena Miguez Caro 2025-006 | Mandamiento de Pago | Liliana Milena Miguez Caro
Resolución No.046 de 2025 libra mandamiento de pago Liliana Milena Miguez Caro 2025-006.pdf
Resolución No.046 de 2025 libra mandamiento de pago Liliana Milena Miguez Caro 2025-006. RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, de conformidad con lo establecido en el artículo 826 del Estatuto Tributario a favor del ICBF, en contra de LILIANA MILENA MIGUEZ CARO identificada con la cédula de ciudadanía número 33.367.853, por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($ 441.000) por concepto del capital indexado, más los intereses moratorios que se causen a partir de la fecha en que se hizo exigible la obligación y hasta la fecha de pago, además de las costas procesales a que haya lugar. ARTÍCULO SEGUNDO: ADVERTIR al deudor que dispone de quince (15) días, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta providencia, para pagar la deuda o proponer las excepciones legales contempladas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO TERCERO: CITAR Y NOTIFICAR al deudor en la forma establecida en el artículo 826 del Estatuto Tributario. ARTÍCULO CUARTO: ADVERTIR al deudor que contra la presente Resolución no proceden recursos, según lo dispuesto en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, pero podrá formular excepciones dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación, de acuerdo con el artículo 830 del mismo Estatuto. ARTÍCULO QUINTO: ADVERTIR de igual forma al demandado, que de conformidad con lo establecido en el artículo 470 del Código General del Proceso, es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en la presente Resolución. |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 073 de 2025 Aprobación Liquidación del Crédito Asopadres HCBF Sector Ramiriqui 2020-001 | Deja en Firme Liquidación | Asociación de Padres de Familia Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Ramiriquí
Auto No. 073 de 2025 Aprobación Liquidación del Crédito Asopadres HCBF Sector Ramiriqui 2020-001.pdf
Auto No. 073 de 2025 Aprobación Liquidación del Crédito Asopadres HCBF Sector Ramiriquí 2020-001.RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de la obligación dentro del proceso de cobro coactivo No. 2020-001 que cursa en contra de la Asociación de Padres de Familia Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Ramiriquí Nit. 800.168.813 por la suma de TREINTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS PESOS MCTE ($30.534.132) por concepto del crédito y costas procesales. |
Centro Zonal Tunja 1 (Especializado En Prevención) | |
| Auto No. 070 Liquidación crédito Jhon Felipe Mesa Barinas 2020-010 | Traslado de Liquidación | Jhon Felipe Mesa Barinas
Auto No. 070 Liquidación crédito Jhon Felipe Mesa Barinas 2020-010.pdf
Auto No. 070 Liquidación crédito Jhon Felipe Mesa Barinas 2020-010. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JHON FELIPE MESA BARINAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.414.847, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2020-010. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($1.388.844) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JHON FELIPE MESA BARINAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.414.847. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 060 de 2025 Liquidación crédito Jhon Fredy Neva Soler 2018-056 | Traslado de Liquidación | Jhon Fredy Neva Soler
Auto No. 060 de 2025 Liquidación crédito Jhon Fredy Neva Soler 2018-056.pdf
Auto No. 060 de 2025 Liquidación crédito Jhon Fredy Neva Soler 2018-056. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JHON FREDY NEVA SOLER identificada con la cédula de ciudadanía número 1.049.624.430, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2018-056. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO PESOS MCTE ($1.042.158) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JHON FREDY NEVA SOLER identificada con la cédula de ciudadanía número 1.049.624.430. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso. |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 071 de 2025 Liquidación crédito Ferney Rivera Girata 2020-008 | Traslado de Liquidación | Ferney Rivera Girata
Auto No. 071 de 2025 Liquidación crédito Ferney Rivera Girata 2020-008.pdf
Auto No. 071 de 2025 Liquidación crédito Ferney Rivera Girata 2020-008. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de FERNEY RIVERA GIRATA identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.390.658, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2020-008. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS MCTE ($1.413.836) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de FERNEY RIVERA GIRATA identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.390.658.TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 064 de 2025 Liquidación crédito Iván Ferney Ramírez Rodríguez 2018-083 | Traslado de Liquidación | Iván Ferney Ramírez Rodríguez
Auto No. 064 de 2025 Liquidación crédito IvanFerney Ramirez Rodríguez 2018-083.pdf
Auto No. 064 de 2025 Liquidación crédito Iván Ferney Ramírez Rodríguez 2018-083. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de IVAN FERNEY RAMIREZ RODRIGUEZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.697.953, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2018-083. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECINUEVE PESOS MCTE ($1.376.119) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de IVAN FERNEY RAMIREZ RODRIGUEZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.697.953. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso. |
Regional Boyacá | |
| Auto No. 026 de 2025 Liquidación crédito Asopadres Sector Umbita 2018-084 | Traslado de Liquidación | Asociación de padres de familia Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Umbita
Auto No. 026 de 2025 Liquidación crédito Asopadres Sector Umbita 2018-084.pdf
Auto No. 026 de 2025 Liquidación crédito Asociación de padres de familia Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Umbita RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la Asociación de Padres de Familia Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Úmbita Nit 800.176.419-1, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2018-084. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTAE PESOS MCTE ($ 9.197.790) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de la Asociación de Padres de Familia Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Úmbita Nit 800.176.419-1. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. |
Regional Boyacá | |
| AUTO QUE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION- DE FECHA 09 DE MAYO DE 2025 | Traslado de Liquidación | FUNDACION AFECTO NIT. 900210617
auto_que_liquida_el_credito_fundafecto.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 0140 del 21 de enero de 2025 “por medio de la cual se deroga la Resolución 5003 de 2020 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una Servidora Pública. |
Regional Nariño | |
| POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO Nº 002 DE 2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR ALVARO ADOLFO PABÓN CHAVEZ, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA Nº 86.042.054 | Deja en Firme Liquidación | ALVARO ADOLFO PABON CHAVEZ
auto_no._007_del_13-05-2025.pdf
POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO Nº 002 DE 2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR ALVARO ADOLFO PABÓN CHAVEZ, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA Nº 86.042.054 |
Regional Meta, Centro Zonal Villavicencio Dos (Especializado En Protección) | |
| “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO Nº 001 DE 2024, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR YOMY RICARDO PUENTES HERNÀNDEZ, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA Nº 14.837.588” | Deja en Firme Liquidación | YOMY RICARDO PUENTES HERNÀNDEZ
auto_no._008_del_13-05-2025.pdf
“POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO Nº 001 DE 2024, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR YOMY RICARDO PUENTES HERNÀNDEZ, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA Nº 14.837.588” |
Regional Meta, Centro Zonal Villavicencio Dos (Especializado En Protección) | |
| LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO | Traslado de Liquidación | ANCELMO CALDERON NARANJO
liquida_el_credito.pdf
Mediante la presente publicación se notifica al señor ANCELMO CALDERON NARANJO , el contenido del auto por el cual se liquida provisionalmente la obligación ejecutada a través del proceso de cobro coactivo No. 023-2018 |
Regional Caquetá | |
| RESOLUCION No. 004 - 2025 " POR LA CUAL SE SURPENDE UN PROCESO DE COBRO COACTIVO" | Suspensión | FUNDACION SOCIAL Y DEPORTIVA EL PROGRESO NIT. 900.886.573
untitled_0e7resolucion_no._004-2025.pdf
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 99 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025 emanada de la Dirección General del ICBF “Por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una servidora pública y, |
Regional Nariño | |
| RESOLUCION No. 004 - 2025 " POR LA CUAL SE SURPENDE UN PROCESO DE COBRO COACTIVO" | Suspensión | FUNDACION SOCIAL Y DEPORTIVA EL PROGRESO NIT. 900.886.573
untitled_0e7resolucion_no._004-2025.pdf
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 99 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025 emanada de la Dirección General del ICBF “Por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una servidora pública y, |
Regional Nariño | |
| RESOLUCIÓN No. 038 Manizales, 02 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECRETA LA TERMINACIÓN DEL PROCESO No. 1012-2022 POR COSTO-BENEFICIO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE YURI MARCELA ORTIZ PEREZ | Terminación del Proceso | YURI MARCELA ORTIZ PEREZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.058.844.404
resolucion_terminacion_por_costo_beneficio_yuri_marcela_ortiz._rad._1012-2022.pdf
RESOLUCIÓN No. 038 del 02 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECRETA LA TERMINACIÓN DEL PROCESO No. 1012-2022 POR COSTO-BENEFICIO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE YURI MARCELA ORTIZ PEREZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.058.844.404” |
Regional Caldas | |
| NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN 006 DEL 25 DE FEBRERO DE 2025 QUE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE FABIO EDILSON VILLAMIZAR FLOREZ RADICADO 001-2025 | Mandamiento de Pago | FABIO EDILSON VILLAMIZAR FLOREZ
mandamiento_de_pago.pdf
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN 006 DEL 25 DE FEBRERO DE 2025 QUE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE FABIO EDILSON VILLAMIZAR FLOREZ RADICADO 001-2025 |
Regional Norte de Santander | |
| Resolución No. 028 de 2024 seguir adelante ejecución GLORIA ESPERANZA ROJAS ESTEPA 2018-070 | Orden de Ejecución | Resolución No. 028 de 2024 seguir adelante ejecución GLORIA ESPERANZA ROJAS ESTEPA 2018-070 |
Regional Boyacá | |
| Resolución No. 028 de 2024 seguir adelante ejecución GLORIA ESPERANZA ROJAS ESTEPA 2018-070 | Orden de Ejecución | Resolución No. 028 de 2024 seguir adelante ejecución GLORIA ESPERANZA ROJAS ESTEPA 2018-070 |
Regional Boyacá | |
| Traslado liquidación del crédito | Traslado de Liquidación | MILTON ACOSTA NAVARRO
liquidacion_del_credito.pdf
mediante la presente publicación se notifica al señor MILTON ACOSTA NAVARRO, el contenido del Auto de fecha 19 de marzo de 2025, por el cual se actualiza la liquidación del crédito y costas procesales, en el marco del proceso de cobro coactivo con radicado No. 006-2018 |
Regional Caquetá | |
| Auto por el cual se aprueba la liquidación del crédito | Deja en Firme Liquidación | JORGE ALBERTO JIMENEZ PEREZ
auto_aprueba_liquidacion.pdf
Mediante la presente publicación se notifica al señor JORGE ALBERTO JIMENEZ PEREZ, el contenido del Auto de fecha 09 de abril por la cual se aprueba la liquidación del crédito en el desarrollo del proceso administrativo de cobro coactivo No. 002-2020. |
Regional Caquetá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | WALTER GIOVANNY BERNAL CORTES_1010220180
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4325-2021en_contra_walter_giovanny_bernal_cortes_1010220180.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4325/2021, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR WALTER GIOVANNY BERNAL CORTES_1010220180 |
Regional Bogotá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | FELIPE ALEJANDRO PRADA MORALES _1110581224
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4311-2021en_contra_felipe_alejandro_prada_morales_1110581224.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4311/2021, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR FELIPE ALEJANDRO PRADA MORALES _1110581224 |
Regional Bogotá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | ANDRES GILBERTO SANCHEZ PRADA _1014209793
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4306en_contra_andres_gilberto_sanchez_prada_1014209793.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4306/2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR ANDRES GILBERTO SANCHEZ PRADA _1014209793 |
Regional Bogotá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | JHON JARVY ESTEPA PEREZ _1022345717
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4304-2020en_contra_jhon_jarvy_estepa_perez_1022345717.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4304/2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR JHON JARVY ESTEPA PEREZ _1022345717 |
Regional Bogotá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | LUIS ALFONSO REYES GONZALEZ _5697858
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4293-2020en_contra_luis_alfonso_reyes_gonzalez_5697858.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4293/2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR LUIS ALFONSO REYES GONZALEZ _5697858 |
Regional Bogotá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | FRANCISCO REYES AVILA _13616125
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4291-2020en_contra_francisco_reyes_avila_13616125.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4291/2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR FRANCISCO REYES AVILA _13616125 |
Regional Bogotá | |
| AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 | Deja en Firme Liquidación | CARLOS ALBERTO URIBE SALDARRIAGA _1026280151
auto_28-04-2025_se_aprueba_liquidacion_proceso_no.4286-2020en_contra_carlos_alberto_uribe_saldarriaga_1026280151.pdf
AUTO DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO COACTIVO Nº 4286/2020, ADELANTADO EN CONTRA DEL SEÑOR CARLOS ALBERTO URIBE SALDARRIAGA _1026280151 |
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