El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| Resolución 57 | Orden de Ejecución | Derly Carine Ortiz CC 36301367 proceso 302-2017
derly_carine_ortiz_cc_36301367_proceso_302-2017.pdf
Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 57 de fecha 25 de Enero de 2018, por el cual se dicta sentencia y se ordena seguir adelante con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 49 | Orden de Ejecución | Hector Fabian Sanchez Perdomo CC 1121916333 proceso 292-2017
hector_fabian_sanchez_perdomo_cc_1121916333_proceso_292-2017.pdf
Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 49 de fecha 24 de Enero de 2018, por el cual se dicta sentencia y se ordena seguir adelante con la ejecución. |
Regional Huila | |
| resolución 32 | Orden de Ejecución | Didier Roa Nieto CC 1076986653 proceso 268-2017
268_didier_roa_nieto_cc_1076986653_proceso_268-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 32 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 35 | Orden de Ejecución | Miguel Angel Medina Moreno CC 1075541286 proceso 272-2017
272_miguel_angel_medina_moreno_cc_1075541286_proceso_272-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 35 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
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| Resolución 34 | Orden de Ejecución | Luis Alberto Castro Chavarro CC 1084896043 proceso 271-2017
271_luis_alberto_castro_chavarro_cc_1084896043_proceso_271-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 34 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 42 | Orden de Ejecución | Yenifer Montaña Rodriguez CC 1075292917 proceso 280-2017
280_yenifer_montana_rodriguez_cc_1075292917_proceso_280-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 42 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 36 | Orden de Ejecución | Jansen Hernandez Fernandez CC 1129573549 proceso 273-2017
273_jansen_hernandez_fernandez_cc_1129573549_proceso_273-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 36 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 38 | Orden de Ejecución | Luisa Fernanda Perdomo Gutierrez CC 1075286557 proceso 275-2017
275_luisa_fernanda_perdomo_gutierrez_cc_1075286557_proceso_275-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 38 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 39 | Orden de Ejecución | Jhon Ferney Quintero CC 1075274026 Proceso 276-2017
276_jhon_ferney_quintero_cc_1075274026_proceso_276-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 39 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolución 44 | Orden de Ejecución | Lois Andres Valderrama Sanchez CC 7713339 proceso 283-2017
283_lois_andres_valderrama_sanchez_cc_7713339_proceso_283-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 44 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
Regional Huila | |
| Resolucion No 67 | Orden de Ejecución | Carmen Naranjo Medina CC 1024533806 proceso 285-2017
285_carmen_naranjo_medina_cc_1024533806_proceso_285-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 67 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
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| Resolución 69 | Orden de Ejecución | Isaac Fabriany Conde Valenzuela CC 1129567229
290_isaac_fabriany_conde_valenzuela_cc_1129567229_proceso_290-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 69 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
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| Resolución 45 | Orden de Ejecución | Eliecer Serrato Perez CC 12256992 proceso 287-2017
287_eliecer_serrato_perez_cc_12256992_proceso_287-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 45 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
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| Resolución No 68 | Orden de Ejecución | Mayerly Viviana Medina Ramirez CC 1075306893 proceso 286-2017
286_mayerly_viviana_medina_ramirez_cc_1075306893_proceso_286-2017.pdf
Por el cual se procede a notificar la resolución No 68 de fecha 24/01/2018, mediante la cual se dicta sentencia y de ordena seguir adelanta con la ejecución. |
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| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | ANTONIO EVELIO GUZMAN VILLOTA
liquidacion_de_credito_antonio_evelio_.pdf
AUTO Por medio del cual se subsana error y se adelanta nuevamente la liquidación de crédito y costas procesales proceso 2014-091 Ejecutado. ANTONIO EVELIO GUZMAN VILLOTA RESUELVE ARTICULO PRIMERO: DETERMINAR cómo liquidación de crédito generado en el transcurso del proceso 2014-091, que se sigue en contra del señor ANTONIO EVELIO GUZMAN VILLOTA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87491479 la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS QUINCE PESOS ($1.491.915), correspondiente a capital CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000), interés asciende a la suma de NOVECIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS PESOS ($930.300) y costas la suma de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS MDA.CTE ($111.615), de acuerdo a la parte motiva del presente documento. ARTICULO SEGUNDO: COMUNICAR al ejecutado el contenido del presente auto al señor ANTONIO EVELIO GUZMAN VILLOTA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87491479, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO CUARTO: ADVERTIR que contra el presente auto no procede recurso alguno CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | DEYSI DAYAN VALENZUELA DELGADO
seguir_adelante_deysi_dayan_valenzuela.pdf
RESOLUCION 108 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2017-015 seguido en contra de la señora DEYSI DAYAN VALENZUELA DELGADO, identificada con cédula de ciudadanía número 1085247566” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2017-015, seguido en contra de la señora DEYSI DAYAN VALENZUELA DELGADO, identificada con cédula de ciudadanía número 1085247566, por la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL SETESCIENTOS VEINTITRES PESOS MDA CTE ($270.723), correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2017-015 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACION POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCION | Orden de Ejecución | SEGUNDO ELIAS POPAYAN CORAL
adelante_ejecucion_segundo_elias_popayan.pdf
RESOLUCION 109 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2017-004 seguido en contra de la señora SEGUNDO ELIAS POPAYAN CORAL, identificado con cédula de ciudadanía número 1085306774” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2017-004, seguido en contra del señor SEGUNDO ELIAS POPAYAN CORAL, identificado con cédula de ciudadanía número 1085306774, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($492.660) correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2017-004 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
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| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | SEBASTIAN NASNER HOYOS
liquidacion_de_credito_sebastian_nasner.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2017-016 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2017-016 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de SETESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS ($743.146) monto generado en el transcurso del proceso 2017-016 que se sigue en contra de SEBASTIAN NASNER HOYOS, identificado con cédula de ciudadanía número 12748201 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a SEBASTIAN NASNER HOYOS, identificado con cédula de ciudadanía número 12748201, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | ALEXIS HERNANDO CASTILLO QUIÑONES
liquidacion_de_credito_alexis_hernando_castillo.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2017-018 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2017-018 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de UN MILLON VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($1.026.650) monto generado en el transcurso del proceso 2017-018 que se sigue en contra de ALEXIS HERNANDO CASTILLO QUIÑONES, identificado con cédula de ciudadanía número 87943185 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a ALEXIS HERNANDO CASTILLO QUIÑONES, identificado con cédula de ciudadanía número 87943185, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
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| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | SANDRA MILENA IGUA
liquidacion_de_credito_sandra_milena_igua.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2017-023 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2017-023 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de OCHOCIENTOS DOS MIL SETESCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($802.746) monto generado en el transcurso del proceso 2017-023 que se sigue en contra de SANDRA MILENA IGUA, identificado con cédula de ciudadanía número 1085283731 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a SANDRA MILENA IGUA, identificado con cédula de ciudadanía número 1085283731, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
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| NOTIFICACION POR PAGINA WEB. ADELANTE CON LA EJECUCION | Orden de Ejecución | MARIA LUISA LOPEZ ROSERO
adelante_ejecucion_maria_luisa_lopez.pdf
RESOLUCION 030 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-001 seguido en contra de la señora MARIA LUISA LOPEZ ROSERO, identificada con cédula de ciudadanía número 1085310699” Por lo anterior este Despacho RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-001, seguido en contra de la señora MARIA LUISA LOPEZ ROSERO, identificada con cédula de ciudadanía número 1085310699, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MDA CTE ($541.446), correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-001 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
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| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO
adelante_ejecucion_claudio_milton_enriquez.pdf
RESOLUCION 028 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2017-037 seguido en contra del señor CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO, identificado con cédula de ciudadanía número 87304064” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2017-037, seguido en contra del señor CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO, identificado con cédula de ciudadanía número 87304064, por la suma de QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS MDA CTE ($579.000), correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2017-037 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | CELSO MARINO MASINSOY GELPUD
liquidacion_de_credito_celso_marino_masinsoy.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2017-036 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2017-036 Por lo anteriormente expuesto, el Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de SETESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($761.446) monto generado en el transcurso del proceso 2017-036 que se sigue en contra de CELSO MARINO MASINSOY GELPUD, identificado con cédula de ciudadanía número 98396414 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a CELSO MARINO MASINSOY GELPUD, identificado con cédula de ciudadanía número 98396414, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | EDISON ANDRES OCHOA FONSECA
liquidacion_de_credito_edison_andres_ochoa.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2017-038 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2017-038 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de OCHOCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA PESOS ($812.660) monto generado en el transcurso del proceso 2017-038 que se sigue en contra de EDISON ANDRES OCHOA FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 1013583290 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a EDISON ANDRES OCHOA FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 1013583290, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO | Traslado de Liquidación | BRIYITH CAROLINA GOMEZ CRIOLLO
liquidacion_de_credito_briyith_carolina.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2017-040 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2017-040 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de SETESCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS ($705.200) monto generado en el transcurso del proceso 2017-040 que se sigue en contra de BRIYITH CAROLINA GOMEZ CRIOLLO identificada con cédula de ciudadanía número 1010105558 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a BRIYITH CAROLINA GOMEZ CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía número 1010105558, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | JHON ALBERTO BENAVIDES CALCACHE
mandamiento_jhon_alberto_benavides.pdf
RESOLUCION No. 142 “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2017-041, en contra del señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910 RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE, identificado con C.C. Nro. 13068910, por concepto de la obligación contenido en la sentencia del día 09 de mayo de 2017 del Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Pasto y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($541.446) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048010022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: al señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor JHON ALBERTO BENAVIDES CALVACHE identificado con C.C. Nro. 13068910, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| Resolución de Prescripción 005-18 | Prescripción | Blasting LTDA
aviso_terminacion_prescripcion_104_09.pdf
Notificación por aviso de la Resolución de Terminación por Prescripción 005-18 dentro del proceso 104-09 |
Regional Bolívar | |
| Resolución de Prescripción 006-18 | Prescripción | Hijos de Augusto Pinedo C y CIA LTDA
aviso_terminacion_prescripcion_003_10.pdf
Notificación por Aviso de la Resolución de Terminación por Prescripción 006-18 dentro del proceso 003-10 |
Regional Bolívar | |
| RESOLUCIÓN No. 044 DE 03 DE NOVIEMBRE DE 2017 | Mandamiento de Pago | OMAR DANILO FLOREZ MARIÑO C.C. 79.839.712
omar_danilo_florez_marino_cc_79839712_2017_040.pdf
Resolución No. 044 de 03 de noviembre de 2017 "por medio de la cual se libra mandamiento de pago" dentro del proceso de cobro administrativo coactivo No. 2017-040 |
Regional Boyacá | |
| AUTO QUE APRUEBA NOTIFICACIÓN DE CREDITO | Deja en Firme Liquidación | WILLIAM MAURICIO BERNAL VERA, CC NO. 1.077146.077
william_mauricio_bernal_v.pdf
NOTIFICACIÓN AUTO QUE APRUEBLA LA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION 853-2015, |
Regional Cundinamarca |



















