Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos
El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
Tipo de Notificación
- (-) Remove Terminación del Proceso filter Terminación del Proceso
Fecha de Publicación
Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación | |
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Resolución 204 | Terminación del Proceso |
Elber Aguilar CC 91361513 |
Miércoles, Octubre 31, 2018 - 10:45 | Regional Huila | |
Resolución 243 | Terminación del Proceso |
Carlos Alberto Mora CC 12209736 |
Miércoles, Octubre 31, 2018 - 10:45 | Regional Huila |