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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN N°035 DE 25 DE JULIO DE 2022 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO N°2016-049 EN CONTRA DE CÉLIMO GRAZÓN MENESES" Terminación del Proceso Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°034 DE 25 DE JULIO DE 2022 " POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2016-066 A NOMBRE DE MARCO POLO RODRIGUEZ REVELO" Terminación del Proceso Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°040 DE 29 DE AGOSTO DE 2022 "POR MEDIO DEL CUAL SE DA POR TERMINADO EL PROCESO N°2016-007 A NOMBRE DE JAIME ERNESTO QUIROZ JOJOA" Terminación del Proceso Regional Nariño