¿Es permitido que funcionarios del ICBF o de las IAPAS reciban alguna retribución en contraprestación a la entrega de un niño, niña o adolescente en adopción?
No, está prohibido que algún funcionario reciba de manera directa o indirecta retribución alguna por parte de personas naturales o jurídicas en contraprestación a la entrega de un niño, niña o adolescente en adopción. Cualquier irregularidad que se presente en este sentido, deberá informarse a la Línea telefónica gratuita del ICBF: 01 8000 91 8080 o la Línea 141
Respuesta en lenguaje de señas
Escuchar audio
¿Las opciones no responden a su necesidad de información? Permítanos ayudarle, por favor haga clic en la siguiente opción para comunicarse con un asesor que lo guíe respecto a su consulta:
Si no fue posible contactarse con un asesor, por favor envíenos su pregunta, nosotros la escalaremos y le daremos respuesta a su correo electrónico en los términos de ley:



















