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Código FAQ: 
PSP01005

¿En qué casos el Defensor de Familia del ICBF puede otorgar de forma rápida y sin mayores consideraciones (de plano) el permiso de salida del país de un niño?

Respuesta:

"El Defensor de Familia otorgará de forma rápida y sin mayores consideraciones permiso de salida del país a los niños, niñas o adolescentes que deben viajar al extranjero, sin la compañía de ambos o uno de sus progenitores, cuando:

  • a)- Se encuentran en el Programa de Protección a Víctimas y Testigos de la Fiscalía General de la Nación y requieren salir con urgencia del país para proteger su integridad personal.
  • b)- Desvinculados o testigos en procesos penales, cuando corre grave peligro su vida y su integridad personal.
  • c)- Viajan en misión deportiva, científica o cultural en representación de Colombia.
  • d)- Requieren viajar por razones de tratamientos médicos de urgencia al exterior."

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