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Atención y Servicios a la Ciudadanía
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¿Cómo se garantiza la confidencialidad de la información reportada por el ciudadano?
Como mecanismo de protección al informante de presuntos actos de corrupción, el ICBF da cumplimiento de la Ley 1755 de 2015 (Mediante la cual se regula el derecho fundamental de petición); a través de la Resolución No. 3962 de 2016, por la cual establece el proceso de recepción de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias. En este sentido se desarrolló el trámite a seguir en caso de tratarse de una petición o denuncia anónima, en la cual no se requiere el suministro de datos personales del informante y la obligatoriedad de mantener la reserva de la identidad del denunciante en caso de que brinde sus datos. Por otra parte, se garantiza la confidencialidad de la información en aplicación de la ley estatutaria 1581 de 2012.
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