SNBF - Sistema Nacional de Bienestar Familiar

Es el conjunto de agentes, instancias de coordinación y articulación y de relaciones existentes entre éstos, para dar cumplimiento a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, y al fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal.

- Lograr la protección integral de la primera infancia, la infancia y la adolescencia y promover el fortalecimiento familiar, a través de una respuesta articulada y oportuna del Estado bajo el principio de corresponsabilidad con la familia y la sociedad.
- Promover la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas de primera infancia, infancia y adolescencia y de fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional y territorial con enfoque diferencial.
- Lograr que la primera infancia, la infancia y la adolescencia y el fortalecimiento familiar sean una prioridad social, política, técnica y financiera en los ámbitos nacional y territorial.
- Mejorar el ejercicio de la participación y movilización social en torno a la protección integral de la primera infancia, la infancia, la adolescencia y al fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional y territorial
- Evaluar y hacer seguimiento del estado de realización de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

- Comprende la primera infancia (desde la gestación hasta los 5 años), la infancia (de 6 a 11 años) y la adolescencia (de 12 a 17 años), en los entornos en los que trascurre su vida: el hogar, las instituciones y el espacio público.
- La población objetivo se enmarca en el reconocimiento de la perspectiva de género y de los derechos de los niños, las niñas y las y los adolescentes de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos, como aparece consagrado en los artículos 12 y 13 de la Ley 1098 de 2006.
- La Ley 1622 de 2013 define que la juventud está comprendida entre los 14 y 28 años de edad. La Ley 1098 de 2006, por su parte, define la adolescencia entre los 12 y 17, momento del ciclo vital que se asume en el Manual operativo.

Por instancias se entiende los escenarios o espacios de articulación y coordinación que convocan a los agentes para gestionar prioridades de política pública en infancia, adol escencia y familia. Finalmente, los ámbitos de acción corresponden a la Nación, los departamentos, los distritos y los municipios. Aunque la Ley 1098 de 2006 establece acciones del SNBF en los resguardos y territorios indígenas, las entidades territoriales indígenas no han sido conformadas a la fecha, razón por la cual, en el marco del SNBF, se incluirán las poblaciones indígenas y otros grupos étnicos en los ámbitos municipales y departamentales en los que tienen presencia.

ICBF como ente Rector, Articulador y Coordinador del SNBF
El papel de ente rector, coordinador y articulador del SNBF que tiene el ICBF se orienta a trazar líneas de política, estándares de monitoreo y seguimiento técnico, en apoyo de las demás entidades responsables de los derechos para que cumplan con las obligaciones que les corresponden. Como coordinador del Sistema, deberá promover el direccionamiento y articulación de las acciones pertinentes en los espacios a los que haya lugar, con el fin de que las entidades responsables de la garantía de los derechos de la infancia y la adolescencia adelanten las acciones para prevenir la amenaza o la vulneración de los mismos, o asegurar oportunamente su restablecimiento inmediato.
En el ámbito nacional, el ICBF ejerce la secretaría técnica del Consejo Nacional de Política Social y del Comité Ejecutivo del SNBF. En los ámbitos departamental, distrital y municipal debe cumplir dos roles: por un lado, realizar la coordinación técnica de las mesas departamentales, municipales y distritales de infancia, adolescencia y familia, teniendo en cuenta que dichas mesas fungen como coordinadoras del SNBF y, por otro, brindar asistencia técnica a los entes territoriales para el diseño y ejecución de las políticas públicas de infancia, adolescencia y familia, teniendo en cuenta el desarrollo de acciones articuladas de asistencia técnica con los demás agentes del SNBF del orden nacional.
Funciones del ICBF como ente rector, articulador y coordinador del SNBF
En términos generales, las funciones del ICBF como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son las siguientes:
- Coordinar el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en todo el territorio nacional.
- Coordinar la implementación de las estrategias y mecanismos orientados a la articulación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar en los diferentes ámbitos de gobierno y sectores, bajo los principios de corresponsabilidad y participación.
- Definir las metas de operación del Sistema con los actores nacionales y territoriales.
- Construir y someter a aprobación del Gobierno Nacional las normas que deben regular los diferentes aspectos de operación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
- Definir los parámetros bajo los cuales se brinda asesoría y asistencia técnica en materia de dinamización del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y a las organizaciones del orden nacional y territorial que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
- Coordinar el compromiso de las entidades territoriales en la planeación y ejecución de los programas dirigidos a la primera infancia, infancia y adolescencia, familia y poblaciones especiales.
- Coordinar la formulación de propuestas que contribuyan a optimizar la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar, así como diseñar estrategias y mecanismos que permitan fortalecer el ejercicio del control social en la prestación de dicho servicio.
- Identificar continuamente y establecer articulaciones con los agentes públicos, privados, de la sociedad civil, de la cooperación internacional y otros, que ejecuten líneas de acción relacionadas con la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, la prevención de su vulneración, la protección y el restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal.
- Participar y liderar la formulación e implementación del Sistema Único de Información de la Niñez (SUIN), para reorientar la formulación y la ejecución de políticas públicas de infancia, adolescencia y familia en el país.
- Diseñar estrategias de formación, capacitación, divulgación e intercambio de experiencias, con los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, así como, liderar las estrategias de difusión, motivación y sensibilización en materia de la articulación interinstitucional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
- Desempeñar la función de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social, del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y de las mesas departamentales, distritales y municipales de infancia, adolescencia y familia.
- Oficializar, difundir y hacer seguimiento a las decisiones del Consejo Nacional de Política Social.
- Brindar acompañamiento técnico a los representantes de las gobernaciones y alcaldías ante el Consejo Nacional de Política Social.
- Hacer seguimiento y efectuar recomendaciones a los objetivos, metas, estrategias y presupuestos, establecidos en planes decenales, planes nacionales de desarrollo y a los instrumentos a los que se comprometa internacionalmente el Estado colombiano, referidos a la realización de los derechos de la infancia y la adolescencia.
De acuerdo con la Ley, la responsabilidad de garantizar los derechos y de restablecerlos está centrada en el Estado con la corresponsabilidad de la familia y la sociedad. Resulta entonces necesario hacer una distinción entre los agentes públicos y los demás agentes del Sistema, en tanto los primeros tienen asignadas responsabilidades directas, según sus competencias, para asegurar las tareas de la protección integral; las organizaciones privadas que operan programas del ICBF, son promotores, colaboradores o intermediarios para que el Estado pueda cumplir con sus responsabilidades; la cooperación internacional no tiene asignada por Ley responsabilidades frente a la protección integral pero orienta su acción a apoyar y complementar las prioridades nacionales, y participa y juega un papel importante en los diferentes ámbitos territoriales; la sociedad civil participa de las decisiones de política y ejerce control social.
En la siguiente tabla se presentan los agentes identificados que actualmente conforman el SNBF en los tres ámbitos de acción definidos.
Ámbito Nacional | |
1. Entidades fundamentales para la protección integral de niñas, niños y adolescentes | |
Presidencia de la República – Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Dapre) | Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) |
Vicepresidencia de la República | Ministerio de Transporte |
Ministerio del Interior | Ministerio de Cultura |
Ministerio de Relaciones Exteriores | Departamento para la Prosperidad Social (DPS) |
Ministerio de Justicia y del Derecho | Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) |
Ministerio de Defensa Nacional | Policía Nacional |
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural | Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) |
Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) | Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) |
Ministerio del Trabajo | Agencia para la Superación de la Pobreza Extrema (Anspe) |
Ministerio de Minas y Energía | Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas |
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo | Consejo Superior de la Judicatura |
Ministerio de Educación Nacional (MEN) | Fiscalía General de la Nación |
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) | Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) |
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) | Autoridad Nacional de Televisión (ANT) |
2. Entidades que por sus competencias aportan al funcionamiento y objetivos del Sistema Nacional de Bienestar Familiar | |
Ministerio de Hacienda y Crédito Público | Unidad Administrativa para la Consolidación Territorial (UACT) |
Departamento Nacional de Planeación (DNP) | Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) |
Departamento Nacional de Estadística (DANE) | Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) |
Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias) | Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) |
3. Entidades o instituciones, públicas o privadas, que contribuyan o estén llamadas a contribuir a garantizar, directa o indirectamente, la prestación del Servicio de Bienestar Familiar | |
Ámbito Departamental | |
Departamentos | Entidades del orden nacional o departamental, descentralizadas funcionalmente o por servicios, con funciones y competencias en los departamentos y asociadas a la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar |
Direcciones regionales del ICBF | Entidades, instituciones o agencias, públicas o privadas, solidarias o comunitarias, que ejerzan actividades inherentes a dicho Sistema en el ámbito de un departamento |
Defensorías de Familia | Organizaciones de la sociedad civil y de la cooperación internacional que desarrollen líneas de acción en infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar |
Ámbito Municipal | |
Municipios o distritos | Inspecciones de Policía, en municipios donde no haya Defensoría de Familia o Comisaría de Familia |
Los conceptos de la teoría de sistemas pueden ser aplicados para explicar fenómenos materiales y no materiales (Skyttner, 2005). Por tanto, resultan útiles para entender el Sistema Nacional de Bienestar Familiar como un sistema abierto en el que interactúan agentes de diversa naturaleza, con el fin de alcanzar la protección integral de la primera infancia, la infancia y la adolescencia, y promover el fortalecimiento familiar.
En Colombia existen distintos sistemas responsables de gestionar la garantía de los derechos de la niñez: Sistema Nacional de Educación, Sistema de Protección Social, Sistema de Seguridad Social en Salud, Sistema Judicial, pero no son suficientes para alcanzar la protección integral de niñas, niños y adolescentes.
En este marco, se hace necesario articular el Sistema Nacional de Bienestar Familiar con estos sistemas, así como, a los agentes que participan en la protección integral y las relaciones que emergen entre ellos. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es el agente encargado de llevar a cabo dicha articulación.
La protección integral de las niñas, niños y adolescentes, de acuerdo con la Ley 1098 de 2006, comprende cuatro acciones: el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos; la garantía y el cumplimiento de los mismos; la prevención de su amenaza o vulneración; y la seguridad de su restablecimiento inmediato. (Ley 1098 de 2006, Art. 7)
La protección integral es responsabilidad del Estado, la Sociedad y la Familia y se concreta en acciones de política expresadas en programas, planes y proyectos, que, a su vez, definen rutas de acción, e instancias de seguimiento y articulación que finalmente buscan ofrecer seguridad a niñas, niños y adolescentes para el ejercicio pleno de sus derechos.
Por su parte, el fortalecimiento familiar se entiende como una de las responsabilidades que el Estado tiene en relación con la protección integral de la familia y consiste en la adopción de políticas públicas que propendan por el mejoramiento progresivo de las condiciones del núcleo familiar. De acuerdo con la normatividad vigente (Ley 7 de 1979, Decreto 2388 de 1979, Decreto 1137 de 1999, Ley 1098 de 2006 y Decreto 936 de 2013), corresponde entonces al Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantizar que todas las instituciones que estén obligadas a participar en acciones tanto para la protección integral de niñas, niños y adolescentes como para el fortalecimiento familiar, lo hagan de manera coordinada y articulada.
El Sistema Nacional de Bienestar Familiar gestiona la implementación de la Ley 1098 de 2006 así como los lineamientos de política pública para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes en el departamento y el municipio. Por lo tanto, los principios que rigen estos dos instrumentos son los mismos que rigen la operación del SNBF. Adicionalmente, atendiendo al interés de garantizar el enfoque diferencial, se enfatiza la importancia de reconocer la diversidad étnica, cultural, social, biológica y psicológica.
Leyes y Decretos | Aspectos relevantes para el SNBF |
Ley 75 de 1968 |
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Ley 7 de 1979 |
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Decreto 2388 de 1979 |
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Decreto 1471 de 1990 |
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Decreto 1137 de 1999 |
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Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia |
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Decretos 4155 y 4156 de 2011 |
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Decreto 936 de 2013 |
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Los componentes del SNBF hacen referencia a las líneas de acción generales que agrupan y orientan los procesos que se desarrollan en los distintos ámbitos de operación del SNBF, entre las cuales se encuentran:
- Planeación, Seguimiento y Evaluación
- Políticas Públicas y Normatividad
- Fortalecimiento Técnico
- Comunicación, Participación y Movilización Social
- Componente de Financiamiento
Documentos destacados
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Lineamientos para el Proceso de Rendición Pública de Cuentas Territorial Sobre la garantía de de los derechos de la primera infancia, la infancia, la adolescencia y la juventud. 2016 - 2019
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Ley 1804 de 2016 Por la cual se establece la Política de Estado para el desarrollo integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones
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Ley 1878 de 2018 Por medio de la cual se modifican algunos artículos de la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia y se dictan otras disposiciones
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Decreto No. 1356 de 2018 Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de la Inclusión Social y Reconciliación y se reglamenta el literal C del Artículo 9 de la Ley 1804 de 2016, sobre el seguimiento y evaluación de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de La Primera Infnacia De Cero a Siempre.
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Decreto No. 1416 de 2018 Por medio del cual se modifica el Decreto 4875 de 2011 y se dictan otras disposiciones
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Manual Operativo SNBF Versión 1.0
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Términos de la convocatoria para la selección del RSCE ante el CE rev. OAJ 16.6.20 NF
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Resolución apertura convocatoria SNBF
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Aviso No. 1 Sesión de Aclaraciones RSCE 03072020 Seleccionar a un (1) representante de la sociedad civil organizada para hacer parte del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, según lo establecido en el numeral 6 del artículo 2.4.1.16 del Decreto No. 1084 de 2015, por un periodo de un (1) año.
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Resolución 4188 de 2020
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Ruta Reincorporación
Insumos para Mandatarios Territoriales periodo 2020 - 2023
Consultar Indicadores de Niñez
Consultar Análisis de Programas de Gobierno
Orientaciones para planes Territoriales periodo 2020 – 2023
Participación
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Lineamiento de movilización social para la protección integral de la primera infancia, infancia y adolescencia
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Participación de niños, niña y adolescentes en el ICBF
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Participación de las niñas, niños y adolescentes en la Gestión Pública
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Informe de RPC para la garntía de derechos de niños, niña y adolescentes 2012-2017
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ABC de Participación de las niñas, niños y adolescentes
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Guía para la Promoción y la Garantía de la Participación de las niñas, niños y adolescentes
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Talleres para promover la Participación de las niñas, niños y adolescentes en el desarrollo urbano
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Indicadores de Participación de las niñas, niños y adolescentes