RESOLUCIÓN 5620 DE 2009
(diciembre 14)
Diario Oficial No. 47.579 de 31 de diciembre de 2009
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 4964 de 2012>
Por la cual se deroga la Resolución 098 del 21 de enero de 2008 “por la cual se organizan los Sistemas de Gestión y se definen responsabilidades para su desarrollo”.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,
en uso de sus facultades legales y estatutarias y, en especial, las conferidas por los artículos 115 de la Ley 489 de 1998 y 24 del Decreto 3264 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 87 de 1993 estableció la responsabilidad del representante legal o máximo directivo de las entidades públicas respecto de la creación y desarrollo del Sistema de Control Interno, así como la responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos respecto de la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del Control Interno.
Que mediante el Decreto 1599 de 2005, el Gobierno Nacional adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI) 1000:2005.
Que la Ley 872 de 2003, en su artículo 1o, crea el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) de las entidades del Estado como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios.
Que la misma ley estableció la obligación de los organismos y entidades públicas de desarrollar y poner en funcionamiento el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) y la responsabilidad de la máxima autoridad de cada Entidad Pública de desarrollar, implementar, mantener, precisar y perfeccionar el SGC que se establezca.
Que mediante el Decreto 4110 de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la Norma Técnica de la Calidad para la Gestión Pública NTCGP1000:2004.
Que el Decreto 3264 de diciembre de 2002 estableció como función de la Dirección de Planeación la de propender por la generación de una cultura de mejoramiento de la calidad y que la Subdirección de Mejoramiento Organizacional promoverá y coordinará la implementación de los procesos de aseguramiento de la calidad y la certificación de los productos o servicios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) Cecilia de la Fuente de Lleras.
Que el ICBF, mediante la Resolución 0840 del 13 de marzo de 2009, adoptó la Política Ambiental estableciendo responsabilidades en la implementación del Sistema de Gestión Ambiental (SGA) para los procesos y programas misionales, administrativos y operativos de la Entidad, con el fin de prevenir, corregir, mitigar y compensar los impactos negativos a los recursos naturales y al ambiente, así como el Plan General de Gestión Ambiental como parte del Sistema Integrado de Gestión (SIGE) del Instituto para desarrollar su implementación de acuerdo con sus capacidades técnicas, administrativas, financieras y presupuestales.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Artículo derogado por el artículo 8 de la Resolución 3095 de 2010>
ARTÍCULO 2o. INTEGRACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 8 de la Resolución 3095 de 2010>
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. <Artículo derogado por el artículo 8 de la Resolución 3095 de 2010>
ARTÍCULO 4o. SESIONES Y VOTACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 8 de la Resolución 3095 de 2010>
ARTÍCULO 5o. REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN Y FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 4964 de 2012> Designar como representante de la Dirección para los Sistemas de Gestión al Director de Planeación, que ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer a la Dirección General las políticas y objetivos propios de los Sistemas de Gestión de la Entidad.
b) Promover la divulgación y apropiación de las políticas y objetivos aprobados por la Dirección General.
c) Coordinar la documentación de los manuales, procedimientos, instructivos y guías que sean necesarios para la implementación y sostenibilidad de los Sistemas de Gestión.
d) Identificar y gestionar los recursos que se requieran para implementar, mantener y mejorar los Sistemas de Gestión.
e) Gestionar la certificación de los Sistemas de Gestión que la Entidad decida certificar.
f) Mantener informada a la Dirección General sobre la implementación y el desempeño de los Sistemas de Gestión.
g) Representar al ICBF en asuntos relacionados con los Sistemas de Gestión ante organismos externos.
h) Asegurar que los requerimientos de los Sistemas de Gestión sean implantados y se acoplen a las especificaciones normativas de implementación y/o certificación.
i) Evaluar los aspectos e impactos ambientales de los procesos, las actividades, servicios y programas del ICBF.
j) Coordinar con entes externos las medidas necesarias para atender los impactos generados por los procesos, actividades, servicios y programas del ICBF.
k) Coordinar y articular con la oficina de comunicaciones y atención al ciudadano las actividades de información interna y externa del Instituto de los Sistema de Gestión.
l) Orientar a la Sede Nacional, Regionales y Seccionales en la formulación y desarrollo de los Sistemas de Gestión.
m) Promover una cultura organizacional frente a la emisión de acciones de mejora en la implementación y sostenibilidad de los Sistemas de Gestión en la Sede Nacional, Regionales y Seccionales.
n) Definir y detectar las necesidades de capacitación y sensibilización de los Sistemas de Gestión en los servidores públicos, contratistas, operadores y usuarios de los servicios del ICBF en la Sede Nacional, Regionales y Seccionales.
o) Emitir los informes y reportes pertinentes a los entes externos cuando ellos lo requieran.
PARÁGRAFO. Para el cumplimiento de las funciones asignadas, el Director de Planeación contará con el apoyo y soporte de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.
ARTÍCULO 6o. RESPONSABILIDAD DEL NIVEL DIRECTIVO. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 4964 de 2012> El Secretario General, los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficina en la Sede Nacional y los Directores Regionales y Seccionales en sus Departamentos, tendrán las siguientes responsabilidades:
a) Dirigir y orientar la implementación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión en el área a su cargo.
b) Formular propuestas de Mejora al Comité de Calidad.
c) Reportar, con la periodicidad establecida en los procedimientos obligatorios de norma, a la Subdirección de Mejoramiento Organizacional el estado de las acciones Correctivas, Preventivas y Servicios No Conformes.
d) Difundir y divulgar a sus equipos de trabajo la información relacionada con los Sistemas de Gestión.
e) Registrar y reportar los indicadores de los procesos del Sistema de Gestión y su respectivo seguimiento de acuerdo a la naturaleza del mismo.
ARTÍCULO 7o. AUDITORÍAS. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 4964 de 2012> Designar al Jefe de la Oficina de Control Interno como responsable de coordinar el proceso de Auditorías Internas que en cumplimiento de las normas vigentes se deben realizar a los Sistemas de Gestión.
ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 4964 de 2012> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 098 de 2008.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2009.
La Directora General,
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ