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RESOLUCIÓN 98 DE 2008

(enero 21)

Diario Oficial No. 47.320 de 14 de abril de 2009

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

<Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009>

Por la cual se organizan los Sistemas de Gestión y se definen responsabilidades para su desarrollo.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 87 de 1993, “por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, dispuso en su artículo 6o que “El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante la aplicación de los métodos y procedimientos, al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del Control Interno, también será responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos”.

Que mediante el Decreto 1599 de mayo 25 de 2005, el Gobierno Nacional adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005.

Que la Ley 872 de 2003, en su artículo 1o, crea el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios.

Que la Ley 872 de 2003, en su artículo 2o, establece la obligación de los organismos y entidades públicas de desarrollar y poner en funcionamiento el Sistema de Gestión de la Calidad, y en su parágrafo 1o, la responsabilidad de la máxima autoridad de cada Entidad Pública de desarrollar, implementar, mantener, precisar y perfeccionar el Sistema Gestión de la Calidad que se establezca.

Que mediante el Decreto 4110 de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la Norma Técnica de la Calidad para la Gestión Pública NTCGP1000:2004.

Que el Decreto 2913 de 2007 unifica el plazo establecido para implementar el Modelo Estándar de Control Interno con la fecha fijada para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en el Decreto 4110 de 2004.

Que el Decreto 3264 de diciembre de 2002, en su artículo 12, establece como función de la Dirección de Planeación la de propender por la generación de una cultura de mejoramiento de la calidad, y en el artículo 14 establece que la Subdirección de Mejoramiento Organizacional promoverá y coordinará la implementación de los procesos de aseguramiento de la calidad y la certificación de productos o servicios del ICBF.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> Crear el Comité de Calidad para la Gestión Institucional como instancia responsable de la dirección y orientación de los Sistemas de Gestión de Calidad, Ambiental y MECI en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

ARTÍCULO 2o. INTEGRACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> El Comité de Calidad estará integrado por:

a) El Director General, quien lo presidirá;

b) El Secretario General;

c) El Director de Planeación;

d) El Director Técnico;

e) El Director de Evaluación;

f) El Director de Gestión Humana;

g) El Director Administrativo;

h) El Director Financiero;

i) El Subdirector de Mejoramiento Organizacional, quien actuará como Secretario Técnico;

j) El Jefe de la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano;

k) El Jefe de la Oficina de Control Interno, quien participará con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO. En las Regionales estará integrado por el Director Regional, los Coordinadores de Grupo y de Centro Zonal. En las Seccionales por el Director y los Coordinadores de Grupo.

ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> El Comité de Calidad para la Gestión Institucional tendrá las siguientes funciones:

a) Dirigir la implementación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión que el ICBF debe elaborar en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

b) Recomendar a la Dirección General la aprobación de las Políticas y Objetivos de los Sistemas de Gestión.

c) Aprobar los planes de Implementación presentados a su consideración por la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.

d) Recomendar a la Dirección General la aprobación de los Manuales y Procedimientos que surjan en el desarrollo de los Sistemas de Gestión y velar por que se divulguen y apliquen correctamente.

e) Hacer seguimiento, por lo menos una vez cada dos meses, de la ejecución de los planes de Implementación aprobados.

f) Presentar a la Dirección General informes periódicos sobre el desempeño del sistema de gestión y de sus necesidades de mejora.

g) Realizar la revisión del Sistema de Gestión del ICBF mínimo 2 veces al año, analizar su desempeño y emprender acciones para su mejoramiento.

ARTÍCULO 4o. SESIONES Y VOTACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> El Comité de Calidad para la Gestión Institucional deberá reunirse por lo menos una vez cada dos meses o cuando las circunstancias lo requieran, previa convocatoria de quien lo preside o del representante de la Dirección. Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría simple.

ARTÍCULO 5o. REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN Y FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> Designar como representante de la Dirección para los Sistemas de Gestión al Director de Planeación, quien ejercerá las siguientes funciones:

a) Proponer a la Dirección General las políticas y objetivos propios de los Sistemas de Gestión de la Entidad.

b) Promover la divulgación y apropiación de las políticas y objetivos aprobados por la Dirección General.

c) Coordinar la documentación de los Manuales, Procedimientos, Instructivos y Guías que sean necesarios para la implementación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión.

d) Identificar y gestionar los recursos que se requieran para implementar, mantener y mejorar los Sistemas de Gestión.

e) Gestionar la certificación de los Sistemas de Gestión que la Entidad decida certificar.

f) Mantener informada a la Dirección General sobre la implementación y el desempeño de los Sistemas de Gestión.

g) Representar al ICBF en asuntos relacionados con Calidad, Medio Ambiente y MECI ante organismos externos.

PARÁGRAFO. Para el cumplimiento de las funciones asignadas, el Director de Planeación contará con el apoyo y soporte de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.

ARTÍCULO 6o. RESPONSABILIDAD DEL NIVEL DIRECTIVO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> El Secretario General, los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficina en la Sede Nacional y los Directores Regionales y Seccionales en sus Departamentos, tendrán las siguientes responsabilidades:

a) Dirigir y orientar la implementación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión en el área a su cargo.

b) Formular propuestas de Mejora al Comité de Calidad.

c) Reportar, con la periodicidad establecida en los procedimientos obligatorios de norma, a la Subdirección de Mejoramiento Organizacional el estado de las acciones Correctivas, Preventivas y Servicios No Conformes.

d) Difundir y divulgar a sus equipos de trabajo la información relacionada con los Sistemas de Gestión.

e) Registrar y reportar los indicadores de los procesos del Sistema de Gestión y su respectivo seguimiento de acuerdo a la naturaleza del mismo.

ARTÍCULO 7o. AUDITORÍAS. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> Designar al Jefe de la Oficina de Control Interno como responsable de coordinar el proceso de Auditorías Internas que en cumplimiento de las normas vigentes se deben realizar a los Sistemas de Gestión.

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 5620 de 2009> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 2333 de 2004.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de enero de 2008.

La Directora General,

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.

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