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RESOLUCIÓN 939 DE 2009

(marzo 18)

Diario Oficial No. 47.315 de 7 de abril de 2009

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

Por la cual se crean Grupos Internos de Trabajo en la Dirección Técnica del ICBF y se dictan otras disposiciones.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 115 de la Ley 489 de 1998 y 24 del Decreto 3264 de 2002 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 115 de la Ley 489 de 1998 en su inciso 2o y 24 del Decreto 3264 de 2002, establecen que los representantes legales de los organismos o entidades del Estado pueden crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia y eficacia sus objetivos, políticas y programas.

Que la expedición de la Ley 1098 de 2006 –Código de Infancia y Adolescencia– le exige al ICBF contar con un esquema organizacional que adopte el concepto de protección integral, el cual está configurado por cuatro tipos de acción que el Instituto, como rector, articulador y coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, debe definir y desarrollar para garantizar el pleno goce de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la prevención de su vulneración y la protección y el restablecimiento de los mismos en el ámbito nacional, departamental, distrital, municipal y resguardos o territorios indígenas.

Que por las anteriores razones se requiere reorganizar los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección Técnica del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en las Subdirecciones de Lineamientos y Estándares, Intervenciones Directas y Asesoría Territorial.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 1 de la la Resolución 612 de 3 de febrero de 2010, en cuanto suprime los grupos por esta resolución creados> Crear en la Dirección Técnica del ICBF los siguientes Grupos Internos de Trabajo, así:

En la Dirección Técnica.

1. Grupo de Seguridad Alimentaria y Nutricional

En la Subdirección de Lineamientos y Estándares

1. Sistema Nacional de Bienestar Familiar-SNBF

2. Grupo para la Convivencia Familiar.

3. Grupo Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes-SRPA.

En la Subdirección de Intervenciones Directas

1. Grupo del Proceso Administrativo y Programas de Restablecimiento de Derechos.

2. Grupo de Filiación.

3. Grupo de Adopciones y Restitución Internacional.

4. Grupo de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de la Violencia de los Grupos Armados al Margen de la ley.

En la Subdirección de Asesoría Territorial

1. Grupo de Primera Infancia.

2. Grupo de Infancia y Adolescencia.

3. Grupo de Apoyo a la Familia.

4. Atención a la Población en situación de Desplazamiento y Víctima de Desastres.

ARTÍCULO 2o. FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 1 de la la Resolución 612 de 3 de febrero de 2010, en cuanto suprime los grupos por esta resolución creados> Los Grupos Internos de Trabajo de que trata el artículo anterior tendrán las siguientes funciones:

-- Grupo de Seguridad Alimentaria y Nutricional: Orientar y articular desde el ICBF, las acciones institucionales, interinstitucionales e intersectoriales relacionadas con la seguridad alimentaria y aportar insumos para su desarrollo. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Propiciar y fortalecer la articulación intersectorial e interinstitucional para la ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

b) Brindar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas y proyectos de carácter nacional y departamental en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

c) Participar en el diseño, actualización y validación de los lineamientos técnicos y estándares de calidad para los servicios de los servicios <sic> del ICBF, con componentes relacionados con Seguridad Alimentaria y Nutricional.

d) Coordinar el desarrollo y operación de los programas de Recuperación Nutricional y Materno Infantil, en sus diferentes modalidades, a nivel Nacional.

e) Asesorar a todas las áreas del ICBF en temas relacionados Seguridad Alimentaria y Nutricional y emitir conceptos técnicos.

f) Coordinar el desarrollo de programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el ICBF.

g) Contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

h) Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes nacionales, entre otros, la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías Alimentarias para la Población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la Población Colombiana.

i) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación y sensibilización en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

j) Coordinar con la Dirección de Evaluación el desarrollo y orientación de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación y la aplicación de sus resultados.

k) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

1) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procedimientos a su cargo.

m) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar- SNBF: Apoyar y coordinar la implementación de estrategias y mecanismos orientados a la articulación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar en los diferentes niveles y sectores bajo los principios de corresponsabilidad y participación. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Participar en el diseño de propuestas de políticas, planes y estrategias intersectoriales para el reconocimiento, garantía, prevención y restablecimiento de los derechos de los niños, niñas, adolescentes, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, así como en su implementación.

b) Coordinar el diseño y actualizar los lineamientos técnicos y de programación de metas sociales y financieras, estrategias y mecanismos de participación y control social, y asesorar en su aplicación para la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar.

c) Asesorar, capacitar y hacer seguimiento a Regionales y Seccionales ICBF y Agentes del SNBF en la implementación de políticas, planes, lineamientos técnicos y estándares para la protección integral de la niñez.

d) Participar en la coordinación de la Mesa Nacional de la Estrategia Municipios y Departamentos por la Infancia y la Adolescencia - Hechos y Derechos.

e) Apoyar a la Dirección Técnica y a la Dirección General en el desempeño de la función de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social y prestar asistencia técnica a las Regionales y Seccionales del ICBF para su participación en los Consejos Territoriales de Política Social.

f) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación y sensibilización en materia de la articulación interinstitucional para la protección integral de los niños, niñas, adolescentes.

g) Participar en la formulación e implementación del Sistema Nacional de Seguimiento y Evaluación al cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, para reorientar la formulación, ejecución de políticas públicas de infancia, adolescencia y familia en el País.

h) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

i) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

j) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo para la Convivencia Familiar: Coordinar institucional e interinstitucionalmente los procesos de formulación y desarrollo de la Política Nacional de Construcción de Paz y Convivencia Familiar. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Coordinar la implementación de la Política Nacional de Construcción de Paz y Convivencia Familiar, para garantizar su inclusión en los programas y servicios dirigidos a la niñez y a la familia.

b) Participar en la coordinación de la formulación, seguimiento y actualizaciones de los Planes Nacional, Departamental y Municipal, para el fortalecimiento de la convivencia familiar.

c) Formular, actualizar y asesorar la implementación de los lineamientos técnicos y estándares para la inclusión y atención de las familias en el Servicio Público de Bienestar Familiar.

d) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación y sensibilización en materia de convivencia familiar.

e) Asesorar a las instituciones y entidades territoriales para el logro de los objetivos y metas de fortalecimiento de la convivencia familiar, de acuerdo con sus competencias.

f) Desarrollar estrategias de coordinación y cogestión de programas y servicios dirigidos al fortalecimiento de la convivencia familiar en los diferentes niveles del SNBF.

g) Coordinar con la Dirección de Evaluación del ICBF la inclusión de indicadores e monitoreo y seguimiento de la convivencia familiar en el sistema de seguimiento del ICBF y del SNBF, así como analizar resultados y proponer alternativas para orientar decisiones y acciones.

h) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

i) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

j) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA): Orientar y articular las acciones institucionales e interinstitucionales para la implementación del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes en el país y la Política Nacional de Prevención de la Delincuencia Infantil y Juvenil, desarrollando el enfoque de protección integral, justicia restaurativa y de inclusión y de atención a la familia. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Coordinar la formulación e implementación de la Política Nacional de Prevención y Atención de la Delincuencia Infantil y Juvenil.

b) Diseñar, actualizar y validar los lineamientos técnicos y estándares de calidad para los servicios del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA.

c) Gestionar la cofinanciación del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA, en infraestructura, funcionamiento y otras actividades.

d) Promover la concurrencia responsable de las Entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los y las adolescentes en el SRPA.

e) Analizar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA.

f) Asesorar a los niveles regional, seccional y zonal del ICBF, así como a las Entidades del orden territorial que forman parte del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA, para su implementación y funcionamiento.

g) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación y sensibilización en materia del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA.

h) Coordinar con la Dirección de Evaluación del ICBF, el seguimiento y monitoreo del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA.

i) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

j) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

k) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo del Proceso Administrativo y Programas de Restablecimiento de Derechos: Asesorar, realizar el seguimiento y la evaluación del proceso administrativo y de los programas y servicios dirigidos a restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Proponer y participar en la adecuación de normas en materia de Restablecimiento de Derechos de niños, niñas y adolescentes.

b) Participar en la actualización periódica de los Lineamientos Técnicos que deben orientar la implementación, seguimiento y evaluación del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos - PARD y de las Medidas de Restablecimiento tomadas por las Autoridades administrativas y/o judiciales competentes.

c) Participar en el diseno, actualización y validación de los Lineamientos Técnicos y Estándares de Calidad de los Servicios a través de los cuales se restablezcan los derechos a los niños, niñas y adolescentes.

d) Diseñar los procedimientos, metodologías e instrumentos que garanticen el restablecimiento eficaz de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación o no de discapacidad que han sido inobservados, amenazados o vulnerados por conductas no constitutivas de delitos o 3 causa de estos.

e) Analizar la información de los niños, niñas y adolescentes en el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos – PARD; verificar los tiempos procesales y realizar asistencia técnica a las Autoridades Administrativas competentes.

f) Realizar asistencia técnica para el desarrollo del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos - PARD y al desarrollo de las modalidades de atención, a las Entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar - SNBF y a las Autoridades administrativas competentes.

g) Emitir conceptos técnicos sobre la aplicación del proceso administrativo de restablecimiento de derechos y las modalidades de atención.

h) Realizar asesoría, capacitación y seguimiento a las regionales y seccionales del ICBF en el desarrollo del modelo de atención a víctimas de delitos sexuales y a los equipos psicosociales de las unidades especializadas de atención.

i) Identificar y socializar experiencias relevantes que sirvan de soporte en el diseño de estrategias que permitan optimizar la atención de los niños, niñas y adolescentes y sus familias en el trámite del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos - PARD.

j) Realizar asistencia técnica y gestionar ínter e intra institucionalmente el cumplimiento de los compromisos del ICBF en la Política Pública Nacional de Discapacidad y la de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Joven Trabajador.

k) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación y sensibilización en materia del PARD, de los programas y servicios.

1) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

m) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

n) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Filiación: Apoyar el cumplimiento de la función del ICBF de emitir dictámenes periciales solicitados por las autoridades competentes en los procesos de filiación de los niños, niñas y adolescentes. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Coordinar las acciones relacionadas con las pruebas de investigaciones de paternidad o maternidad con marcadores genéticos de ADN, de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente, con el fin de garantizarles a los niños y niñas el derecho a la filiación.

b) Velar por el desarrollo del Sistema de Información para la administración de las solicitudes de pruebas en los procesos de filiación.

c) Gestionar la contratación con entidades públicas o privadas para la realización de las pruebas con marcadores genéticos de ADN.

d) Coordinar con las áreas y sectores involucrados en el tema, información, educación y comunicaciones como la realización de campañas educativas en el nivel nacional para crear conciencia pública sobre la importancia del ejercicio responsable de la sexualidad, la paternidad o maternidad, como un mecanismo que contribuya a afianzar el derecho que tienen los niños y niñas a tener una filiación.

e) Coordinar con las áreas y sectores involucrados en el tema, la reglamentación y cumplimiento de la normatividad vigente, así como el desarrollo de la que se requiera para dar cumplimiento a la función asignada al ICBF en lo que a esa materia se refiere.

f) Cumplir con las funciones establecidas en el artículo 3o del Decreto 1562 de 2002, apoyando a la Subdirección de Intervenciones Directas en el ejercicio de la Secretaría Técnica de la Comisión de Acreditación y Vigilancia de los Laboratorios que practican las pruebas de maternidad o paternidad con marcadores genéticos de ADN.

g) Velar por la conservación del archivo de las pruebas de los procesos de filiación para responder a los requerimientos y peticiones que sobre la materia formulen las diferentes Areas de la Sede Nacional, las Regionales y Seccionales del ICBF, los usuarios, entidades públicas y privadas, autoridades competentes y comunidad en general.

h) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

i) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

j) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Adopciones y Restitución Internacional: Apoyar a la Subdirección de Intervenciones Directas en el desarrollo de los procesos de adopción y en la restitución internacional de los niños, niñas y adolescentes. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Ejercer funciones de Autoridad Central y coordinar el cumplimiento de los Convenios de La Haya relativos a la protección del niño, niña o adolescente, la cooperación con relación a la adopción internacional de 1993, el de los aspectos civiles de la sustracción internacional de niños, niñas y adolescentes de 1980 y la Convención de obtención de alimentos en el extranjero de NewYork1956 en el que el ICBF es institución intermediaria, además de los Convenios en los que el ICBF sea designado como Autoridad Central.

b) Diseñar, implementar y hacer seguimiento a la aplicación de los lineamientos en materia de adopción y restitución internacional, a los operadores a nivel nacional e internacional.

c) Conceptuar técnicamente sobre la autorización para la operación de Organismos acreditados y Agencias Internacionales que intermedian en procesos de adopción.

d) Conceptuar sobre la idoneidad o no de las familias solicitantes de adopción, residentes en el extranjero y conformar lista de espera.

e) Gestionar la consecución de familias residentes en Colombia y en el extranjero para la adopción de niños, niñas y adolescentes con características y necesidades especiales y, paralelamente, diseñar proyectos de vida ante la imposibilidad de la adopción.

f) Desarrollar acciones de cooperación internacional realizando trámites consulares para el restablecimiento de los derechos de la niñez.

g) Proveer a los comités de adopción de solicitudes de familias idóneas para que sean asignadas a los niños, niñas y/o adolescentes declarados en adoptabilidad.

h) Expedir los certificados de idoneidad y conformidad requeridos para el trámite de adopción internacional.

i) Asesorar y capacitar a las Regionales y Seccionales del ICBF, representantes de Organismos acreditados y Agencias Internacionales, abogados, usuarios y público en general interesados en aspectos normativos, legislativos y procedimentales relativos al Programa de Adopción.

j) Asesorar, supervisar, controlar y efectuar seguimiento a las instituciones autorizadas en Colombia para desarrollar el Programa de Adopción - Casas de Adopción y emisión de conceptos técnicos para la renovación de las licencias de funcionamiento.

k) Controlar los informes de seguimiento postadopción de niños y niñas adoptados por familias residentes en el exterior y coordinar acciones tendientes a la búsqueda de raíces (orígenes).

1) Desarrollar acciones de cooperación internacional para el restablecimiento de los derechos de la niñez, con las autoridades administrativas, consulares nacionales y extranjeras y homólogas del ICBF en el exterior.

m) Brindar asistencia técnica a las autoridades administrativas y judiciales para el restablecimiento internacional de derechos de la niñez.

n) Participar en la preparación de normas para el cumplimiento y desarrollo de Tratados o Convenios Internacionales en materia de niñez.

o) Proyectar conceptos técnicos para la adhesión o ratificación de Colombia a Tratados o Convenios Internacionales en materia de niñez y de Familia con el fin de incorporar los desarrollos institucionales en las decisiones de política en la materia.

p) Ejercer y coordinar, desde las competencias del ICBF, el cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia Organizada Transnacional y su protocolo facultativo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños (Ley 800 de 2003) y la normatividad interna en lo relacionado con la asistencia y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes, víctimas de trata transnacional.

q) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el grupo.

r) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

s) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de la Violencia: Apoyar en la formulación e implementación de políticas y programas de atención a niños, niñas y adolescentes afectados por la violencia de los Grupos Armados al Margen de la Ley. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Presentar a consideración de la Dirección General y de la Dirección Técnica la formulación de políticas públicas de atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

b) Participar en el diseño y actualización de los lineamientos técnicos y los estándares de calidad para la atención de niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

c) Definir metodologías, procesos, procedimientos, e instrumentos para el restablecimiento de derechos y la integración social de los niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

d) Brindar asistencia técnica en los niveles regional, seccional y zonal del ICBF, a los operadores y a las Entidades del orden territorial competentes en la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar para niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

e) Coordinar con las Direcciones de Planeación y de Evaluación el seguimiento y evaluación de los programas de atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

f) Gestionar con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) acciones tendientes a garantizar la eficacia de la implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos dirigidos a la atención de los niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

g) Coordinar con la Oficina de Cooperación y Convenios la gestión y suscripción de convenios de cooperación nacional e internacional para el fortalecimiento técnico y financiero de los programas de atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia generada por los grupos armados al margen de la ley.

h) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

i) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Primera Infancia: Implementar la política nacional para la atención a la primera infancia sin perjuicio de las competencias asignadas a otras entidades. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Participar en el diseño, actualizar y validar los lineamientos educativos para la atención a la Primera Infancia.

b) Coordinar el Programa de atención integral a la primera infancia con las entidades del Sistema.

c) Brindar asistencia técnica a las Regionales y Seccionales del ICBF, con base en los lineamientos técnicos de las diferentes modalidades de atención a la primera infancia.

d) Realizar seguimiento a los prestadores del servicio de atención a primera infancia contratados a nivel nacional, en el cumplimiento de las obligaciones contractuales en cuanto a calidad y cubrimiento.

e) Realizar la divulgación y capacitación del componente pedagógico de la Política Pública de Primera Infancia.

f) Participar en los eventos de orden nacional e internacional concernientes a la Política Pública de Primera Infancia.

g) Participar en la revisión y actualización de los lineamientos técnicos y de programación de metas sociales y financieras y estándares de calidad para la cualificación de las modalidades y programas de atención.

h) Coordinar con las diferentes áreas del ICBF y del SNBF, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios.

i) Preparar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en la atención a primera infancia en las diferentes modalidades.

j) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión de los programas y servicios.

k) Coordinar con la Dirección de Evaluación del ICBF el diseño del sistema de supervisión de modalidades y programas de atención a la primera infancia.

1) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

m) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

n) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Infancia y Adolescencia: Apoyar las estrategias dirigidas a niños, niñas y adolescentes a través de los Clubes Prejuveniles y Juveniles y del Programa de Alimentación al Escolar - PAE. Cumplirá las siguientes funciones.

a) Participar en el diseño de la política institucional dirigida a la infancia y adolescencia a nivel preventivo.

b) Participar en la actualización y validación de lineamientos y estándares de calidad de los servicios identificados como prioritarios para la atención a las poblaciones beneficiarias.

c) Revisar y ajustar los lineamientos técnicos y de programación de metas sociales y financieras para la cualificación de los programas de atención.

d) Brindar asesoría a las Regionales y Seccionales del ICBF, con base en los lineamientos y resultados del seguimiento, supervisión, evaluación o investigaciones efectuadas a las modalidades.

e) Coordinar con las diferentes áreas del ICBF y del SNBF, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios.

f) Preparar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a las poblaciones beneficiarias.

g) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión de los programas y servicios.

h) Coordinar con la Dirección de Evaluación del ICBF el diseño del sistema de supervisión de modalidades y programas de atención.

i) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

j) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

k) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Apoyo a la Familia: Apoyar el desarrollo de estrategias específicas dirigidas a las familias y al adulto mayor. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Participar en el diseño de la política institucional dirigida a familia y al Adulto mayor.

b) Participar en la actualización y validación de lineamientos y estándares de calidad de los servicios identificados como prioritarios para la atención a las poblaciones beneficiarias.

c) Revisar y ajustar los lineamientos técnicos y de programación de metas sociales y financieras para la cualificación de los programas de atención.

d) Brindar asesoría a las Regionales y Seccionales del ICBF, con base en los lineamientos y resultados del seguimiento, supervisión, evaluación o investigaciones efectuadas a las modalidades.

e) Realizar seguimiento a los prestadores del servicio contratados a nivel nacional, en el cumplimiento de las obligaciones contractuales en cuanto a calidad y cubrimiento.

f) Coordinar con las diferentes áreas del ICBF y del SNBF, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios.

g) Preparar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a las poblaciones beneficiarias.

h) Coordinar con la Oficina de Comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión de los programas y servicios.

i) Coordinar con la Dirección de Evaluación del ICBF el diseño del sistema de supervisión de modalidades y programas de atención.

j) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

k) Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

l) Las demás que le sean asignadas.

-- Grupo de Atención a la Población en situación de desplazamiento y Víctima de Desastres: Coordinar las acciones tendientes a brindar atención integral a la población desplazada a través de los programas regulares o de los programas diseñados específicamente para tal fin. Cumplirá las siguientes funciones:

a) Presentar a consideración de la Dirección General y de la Dirección Técnica la formulación de políticas públicas de atención a la población infantil, jóvenes y familias en situación de desplazamiento forzado o víctima de desastres.

b) Trabajar en la propuesta de la Política Institucional para la atención a la población desplazada o víctima de desastres.

c) Diseñar y actualizar los lineamientos técnicos y los estándares de calidad de los programas de atención a la población infantil, jóvenes y familias en situación de desplazamiento forzado o víctima de desastres.

d) Diseñar en coordinación con la Subdirección de Sistemas de Información de la Sede Nacional del ICBF, el Sistema de Información para los programas de atención a la población infantil, jóvenes y familias en situación de desplazamiento forzado o víctima de desastres.

e) Coordinar con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) acciones tendientes a garantizar la eficacia de la gestión de políticas públicas, planes, programas y proyectos dirigidos a la atención de la población infantil, jóvenes y familias en situación de desplazamiento forzado o víctima de desastres.

f) Coordinar con la Oficina de Cooperación y Convenios del ICBF y con Entidades Estatales y Privadas en el ámbito nacional e internacional, la implementación de programas dirigidos a la atención a la población infantil, jóvenes y familias en situación de desplazamiento forzado o víctima de desastres.

g) Coordinar con la Dirección de Evaluación y la Subdirección de Investigaciones la realización de proyectos y/o estudios de competencia del ICBF en el área de atención a víctimas de la violencia que sirvan de insumo a diferentes sectores del país para la atención a la población infantil, jóvenes y familias en situación de desplazamiento forzado o víctima de desastres.

h) Brindar asistencia técnica a las Regionales y Seccionales del ICBF.

i) Coordinar la ejecución del Plan de Acción Institucional del ICBF para la atención a la población desplazada o víctima de desastres.

j) En coordinación con la Dirección de Evaluación del ICBF realizar el seguimiento el cumplimiento de los compromisos de la Entidad para responder a los requerimientos que realicen los diferentes Organismos del Estado.

k) En coordinación con la Oficina Jurídica del ICBF elaborar lineamientos de orientación legal para Entes públicos y privados integrantes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y demás Organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada o víctima de desastres.

1) Preparar los informes cuantitativos y cualitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población desplazada o víctima de desastres.

m) Participar en las diferentes instancias de coordinación del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada.

n) Definir un protocolo de atención para la atención a víctimas de desastres.

o) Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procedimientos que se ejecutan en el Grupo.

p) Las demás que le sean asignadas.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 1 de la la Resolución 612 de 3 de febrero de 2010, en cuanto suprime los grupos por esta resolución creados> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Capítulo II de la Resolución número 0191 de 2005 y las Resoluciones números 2137 de 2006, 01464 de 2007, 2078 de 2007 y 3500 de 2007.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de 2009.

La Directora General,

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.

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