RESOLUCIÓN 612 DE 2010
(febrero 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3606 de 2012>
Por medio de la cual se dictan disposiciones relacionadas con Grupos internos de Trabajo de la Dirección General y se dictan otras disposiciones"
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
En ejercicio de las facultades legales, en especial las previstas en los Arts. 78, inc. 2o del art. 115 de la Ley 489 de 1998, art. 8 del Decreto 2489 de 2006 y en art. 37 del Decreto 118 del 21 de enero de 2010 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. 117 del 21 de enero de 2010, se modificó la estructura de primer nivel del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia De la Fuente de Lleras.
Que el artículo 37 del citado Decreto dispuso que el Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras, podrá crear, organizar y conformar, con carácter permanente o transitorio, mediante resolución interna, los grupos funcionales que se requieran para optimizar el funcionamiento del Instituto.
Que el inc. 2o del artículo 115 de la ley 489 de 1998, dispone que con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, determinando en el mismo las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.
Que con el fin de adecuar la organización de los Grupos de Trabajo existentes hasta la fecha, conforme a la nueva estructura de primer nivel de la entidad, se hace necesario adoptar las medidas que se disponen en el presente acto administrativo.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3606 de 2012> Suprimir de la Dirección General los siguientes Grupos Internos de Trabajo:
-- Los creados mediante la Resolución No. 0939 del 18 de marzo de 2009.
-- De Defensor de Familia.
-- De Estudios Previos de la Dirección Administrativa.
-- De Evaluación de Propuestas de la Dirección Administrativa.
-- De Planeación Administrativa de la Dirección Administrativa, cuyas funciones serán asumidas por el Grupo de Gestión de Bienes de la misma Dirección.
-- De Desarrollo Organizacional de la Dirección de Gestión Humana
PARAGRAFO: Como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo, terminar la asignación de funciones de Coordinación de los Grupos Internos suprimidos.
ARTICULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3606 de 2012> Ubicar el Grupo de Producción, Compra y Distribución de Alimentos de la Dirección Administrativa en la Subdirección de Agencia Logística de la Dirección de Logística y Abastecimiento Estratégico y continuará a cargo de las siguientes funciones:
1. Apoyar a la citada Dirección en la formulación de políticas de producción, compra y distribución de alimentos de alto valor nutricional requeridos conforme a los planes y programas de la entidad.
2. Brindar asistencia técnica en el diseño y aplicación de metodologías, mecanismos e instrumentos para el mejoramiento continuo de los procesos en materia de producción, compra y distribución de alimentos de alto valor nutricional.
3. Apoyar el seguimiento a la ejecución de los compromisos contractuales asumidos para suministrar a los diferentes programas de la entidad alimentos de alto valor nutricional.
4. Coordinar, evaluar y emitir concepto técnico sobre las modificaciones a introducir en la composición de los alimentos de alto valor nutricional desarrollados por la entidad, en coordinación con las diferentes áreas de la misma.
5. Coordinar la práctica de pruebas de verificación de calidad a los productos que en desarrollo de sus funciones se produzcan o compren, garantizando el debido aseguramiento de su calidad.
6. Coordinar con las Regionales la aplicación de los recursos para el transporte y distribución de alimentos de alto valor nutricional adoptados por la entidad en sus programas.
7. Prestar asistencia técnica y capacitación a las dependencias del nivel Nacional y Regional en la aplicación de buenas prácticas para la administración y manejo de los productos suministrados.
8. Asesorar técnicamente a las Regionales respecto a la operación y uso del Sistema de Información que por competencia corresponda al Grupo, así como coordinar con la Dirección de Información y Tecnología los ajustes, modificaciones y adiciones que al mismo deban realizarse de acuerdo con los procesos institucionales.
9. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes de acción en su respectiva área.
10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.
11. Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.
12. Preparar anteproyectos de inversión de los procesos a su cargo.
13. Las demás que le sean asignadas y/o delegadas.
ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3606 de 2012> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ
Directora General