RESOLUCIÓN 5110 DE 2020
(septiembre 25)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
Por la cual se aprueba el ''Lineamiento de Atención para el Desarrollo y Fortalecimiento de los Proyectos de Vida de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes atendidos en los Servicios de Protección del ICBF” y se deroga la Resolución 9868 de 2017, que aprobó el “Lineamiento Técnico del Modelo para la Atención de Adolescentes y Jóvenes Adoptables o Vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, en Preparación para la Vida Autónoma e Independiente del Proyecto Sueños, Oportunidades para Volar”, modificado por la Resolución 11800 de noviembre 16 de 2017 "
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
En uso de las facultades legales y estatutarias establecidas en el literal b del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 380 de 2020 y.
CONSIDERANDO
Que la Ley 1098 de 2006, tiene como objeto "establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, para garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento (...)" y su finalidad es la de "garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión (...)”
Que el parágrafo del artículo 11 de la mencionada Ley señala que: “El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75/68 y Ley 7/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento" (...).
Que el artículo 38 del Decreto 987 de 2012, modificado por el Decreto 879 de 2020, establece las funciones de la Dirección de Protección, entre las que se encuentra la definición de los lineamientos generales y específicos en materia de protección que deben ser tenidos en cuenta en los Centros Zonales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, en las Regionales, por los operadores de los servicios de protección y en la Sede de la Dirección General.
Que en el marco de la protección integral, el ICBF acompaña los procesos de construcción y desarrollo de proyectos de vida de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que son sujetos de atención de la Dirección de Protección en alguno de sus servicios, así como en la preparación para la vida autónoma. Lo anterior se lleva a cabo a través de la iniciativa "Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños", que tiene como objetivo poner en marcha planes, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo de competencias cognitivas, técnicas, laborales, académicas, así como las transversales y socioemocionales, para el fortalecimiento de los proyectos de vida de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con medidas de protección o vinculados al SRPA; directamente y con el apoyo de aliados.
Que en cumplimiento de lo anterior, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar aprobó mediante Resolución 9868 del 12 de octubre de 2017, el “Lineamiento técnico del modelo para la atención de adolescentes y jóvenes adoptables o vinculados al sistema de responsabilidad penal, en preparación para la vida autónoma e independiente del "proyecto sueños, oportunidades para volar”, el cual fue modificado mediante la Resolución No. 11800 de noviembre 16 de 2017.
Que en el ejercicio de fortalecer los procesos de atención de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes desde una perspectiva de curso de vida, de acompañamiento en la construcción de proyecto de vida y fortalecimiento de capacidades y competencias en los adolescentes y jóvenes, que les permita transitar hacia la vida autónoma y adulta, se requiere hacer cambios contundentes al “Lineamiento Técnico del Modelo para la Atención de Adolescentes y Jóvenes Adoptables o Vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, en Preparación para la Vida Autónoma e Independiente del Proyecto Sueños, Oportunidades para Volar”, en lo referente al contenido teórico del mismo, la estructura del documento y los aspectos específicos de la modalidad de Casa Universitaria e internado preparación para la vida independiente.
Que en el marco de la implementación de un nuevo lineamiento, en el cual se establece una nueva línea metodológica que debe ser acogida en todos las servicios de protección y se establecen procesos de atención específicos de las modalidades de Casa Universitaria e internado preparación para la vida independiente, es necesario disponer de un periodo de transición, para que se realicen gradualmente los ajustes en los planes de trabajo, cronogramas, formatos y/o en los Proyectos de Atención Institucional (PAI) en las modalidades de casa universitaria y de internado preparación para la vida independiente, en los que se deberán adoptar las nuevas disposiciones establecidas por el lineamiento.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el “Lineamiento de Atención para el Desarrollo y Fortalecimiento de los Proyectos de Vida de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes Atendidos en los Servicios de Protección del ICBF”.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Lineamiento aprobado con la presente resolución, es de obligatorio cumplimiento para las áreas, servidores públicos y entidades que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
ARTÍCULO TERCERO. PERÍODO DE TRANSICIÓN. Con el objetivo de que se acoja la nueva línea metodológica en todos las servicios de protección y se realicen gradualmente los ajustes en los planes de trabajo, cronogramas, formatos y/o en los Proyectos de Atención Institucional (PAI) de las modalidades de Casa Universitaria e Internado preparación para la vida independiente, en las que se deberán adoptar las nuevas disposiciones dictadas por el Lineamiento, se establece un periodo de transición para la aplicación del mismo, el cual va desde la fecha de publicación de esta Resolución hasta el 01 de noviembre de 2020, fecha en la que entrará en vigencia para las áreas, servidores públicos y entidades que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
Durante el periodo de transición mencionado, se continuarán aplicando los contenidos del lineamiento establecidos en la Resolución 9868 del 2017 por medio de la cual se aprobó el “Lineamiento Técnico del Modelo para la Atención de Adolescentes y Jóvenes Adoptables o Vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, en Preparación para la Vida Autónoma e Independiente del Proyecto Sueños, Oportunidades para Volar” y la Resolución 11800 de noviembre 16 de 2017, que la modificó.
ARTÍCULO CUARTO. La Dirección de Protección, los Directores Regionales, los Coordinadores de Protección, los Coordinadores de Grupo de Asistencia Técnica y los Coordinadores de Centros Zonales, serán los encargados de la difusión y aplicación del Lineamiento aprobado.
ARTÍCULO QUINTO. El Lineamiento técnico aprobado y sus anexos hacen parte integral del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 9868 del 2017 y las demás las disposiciones que le sean contrarias a partir de la entrada en vigencia del nuevo lineamiento aprobado.
PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., el 25 de septiembre de 2020
LINA MARÍA ARBELÁEZ ARBELÁEZ
Directora General.
LINEAMIENTO DE ATENCIÓN PARA EL DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LOS PROYECTOS DE VIDA, DE LOS NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES ATENDIDOS EN LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN DEL ICBF.
Aprobado mediante Resolución No. 5110 de 25 de septiembre de 2020
AÑO 2020
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
LINA MARÍA ARBELÁEZ ARBELÁEZ
Directora General
LILIANA PULIDO VILLAMIL
Subdirectora General
ALEJANDRO PELÁEZ ROJAS
Director de Protección
ANDREA NATHALIA ROMERO FIGUEROA
Subdirectora de Restablecimiento de Derechos
CÉSAR ALEJANDRO CÁCERES MONROY
Subdirector de Responsabilidad Penal
ANDREA LEÓN LÓPEZ
Subdirectora de Adopciones
Equipo de Alianzas estratégicas y Proyecto Sueños de la Dirección de Protección
Dianne Tawse-Smith
María Alejandra Caicedo Cudriz
Jeannette Ahixa Caicedo Merchan
Luis Francisco Pachón Rodríguez
Ruby Fernanda Zuluaga Ramírez
Tabla de contenido
1. INTRODUCCION.
2. JUSTIFICACIÓN.
3. MARCO CONCEPTUAL.
3.1. IDENTIDAD.
3.2. SENTIDO DE VIDA.
3.3. PROYECTO DE VIDA.
3.4. COMPETENCIAS.
3.5. AUTONOMÍA.
4. ENFOQUES.
4.1. ENFOQUE DIFERENCIAL.
4.2. CURSO DE VIDA.
4.3. TRAYECTORIAS.
4.4. INCLUSIÓN SOCIAL.
5. MARCO NORMATIVO.
6. DESCRIPCION DEL MODELO DE ATENCIÓN.
6.1. POBLACIÓN OBJETIVO DEL PROCESO DE ATENCIÓN.
6.2. COMPONENTES.
6.3. IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS E INTERVENCIONES D5 LOS COMPONENTES.
6.4. LÍNEA METODOLÓGICA.
6.4.1. Reconocimiento de recursos, potencialidades, habilidades, capacidades y destrezas personales.
6.4.2. Identificación de intereses y posibilidades.
6.4.3. Identificación escenarios de desarrollo.
6.4.4. Autogestión, autonomía y corresponsabilidad.
7. ACCIONES ORIENTADORAS Y DE GESTIÓN PARA EL DESARROLLO DE POTENCIALIDADES DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES EN EL MARCO DE LOS MODELOS DE ATENCIÓN DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN DEL ICBF.
7.1.1. Articulación con los modelos de atención de restablecimiento de derechos y de responsabilidad penal para adolescentes.
8. MODALIDAD DE CASA UNIVERSITARIA.
8.1. DESCRIPCIÓN DE LA MODALIDAD.
8.2. OBJETIVOS DE LA MODALIDAD DE CASA UNIVERSITARIA.
8.2.1. Objetivo general.
8.2.2. Objetivos específicos.
8.3. POBLACIÓN OBJETIVO ESPECÍFICO DE LA MODALIDAD DE CASA UNIVERSITARIA.
8.4. CRITERIOS DE INGRESO, UBICACIÓN Y PERMANENCIA ESPECÍFICOS DE LA MODALIDAD DE CASA UNIVERSITARIA.
8.4.1. Postulación adolescentes y jóvenes a la modalidad de Casa Universitaria.
8.5. PROCESO DE ATENCIÓN.
8.5.1. Módulo 1: Actividades de educación experiencial.
8.5.2. Módulo 2: Aplicación de herramientas.
8.5.3. Módulo 3: Acompañamiento psicosocial.
8.5.4. Módulo 4: Experiencias e historias inspiradoras.
8.6. PARTICULARIDADES DEL SERVICIO, ESPECÍFICAS DE LA MODALIDAD DE CASA UNIVERSITARIA.
8.7. GOBIERNO COMUNITARIO.
8.7.1. Asamblea Comunitaria.
8.8. RESPONSABILIDADES DE LOS ADOLESCENTES O JÓVENES.
8.9. INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y DOTACIÓN.
8.9.1. Dotación básica.
8.9.2. Talento Humano.
8.9.3. Nutrición y salubridad.
8.9.4. Requisitos para la operación.
8.9.5. Estructura de Costos.
9. LISTADO DE ANEXOS.
10. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
11. CONTROL DE CAMBIOS.
Listado de Tablas
Tabla 1: Glosario de competencias transversales.
Tabla 2: Marco normativo.
Tabla 3: Acciones orientadoras y de gestión para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el marco de los modelos de atención de los servicios de atención del ICBF.
Tabla 4. Condiciones locativas.
Tabla 5: Dotación institucional de áreas y elementos.
Tabla 6: Talento Humano Casa Universitaria Adoptabilidad.
Tabla 7: Talento Humano Casa Universitaria SRPA.
Tabla 8: Clasificador del costo.
Tabla 9. Necesidades de energía y nutrientes para los grupos poblacionales.
Tabla 10: Distribución por tiempos de consumo.
Tabla 11: Equipos y utensilios.
Tabla 12: Necesidades mínimas de vajilla.
Tabla 13: Metrología - Equipos e Instrumentos de Medición.
Tabla 14: Acciones en el rol defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios.
Tabla 15: Políticas de ahorro programado.
1. Introducción
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, creado mediante la Ley 75 de 1968 y su Decreto reglamentario 2388 de 1979, adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, mediante Decreto 4156 de 2011, reglamentado por el Decreto 1084 de 2015, que tiene por objeto propender y fortalecer la integración y desarrollo armónico de la familia, proteger a los niños, niñas y adolescentes y garantizarles sus derechos.
La Constitución de 1991 establece que la familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de orientar y proteger a niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en el entendido que los derechos de estos prevalecen sobre los derechos de los demás, a fin de garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.
La Constitución, en su artículo 44, señala que los derechos de la infancia son prevalentes y enumera como fundamentales los derechos a “la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión”; a su vez prosigue la normativa en mención estableciendo que los niños y las niñas “serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos”.
La Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, tiene por finalidad garantizar a los niños, niñas y adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, para lo cual, dicha disposición establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, que garanticen el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento, en corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado.
En ese sentido, el presente lineamiento técnico describe:
I. El modelo de atención para el desarrollo y fortalecimiento de los proyectos de vida y la autonomía de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, desde los 6 años en adelante, con o sin discapacidad, de cualquier tipo de procedencia étnica, religión, género o identidad sexual, que estén en alguno de los siguientes procesos: a). Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos - PARD, o b). En atención en las modalidades del subproyecto de Restablecimiento en Administración de Justicia, teniendo en cuenta las líneas de acción de la iniciativa “Alianza Estratégicas y Proyecto Sueños” (en adelante AEPS) de la Dirección de Protección del ICBF.
II. Las características generales, específicas y técnicas del modelo y la modalidad de Casa Universitaria.
Para la implementación del lineamiento deben tenerse en cuenta los siguientes lineamientos vigentes: lineamiento técnico administrativos de ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados; lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados; lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados; lineamiento modelo de atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley - SRPA y documentos técnicos asociados (manuales, guías y protocolos). Estos definen los modelos de atención, las medidas de restablecimiento de derechos y las modalidades establecidas por el ICBF para la atención de los niños, las niñas o los adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados, así como para los adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley vinculados al subproyecto de Restablecimiento en Administración de Justicia.
En términos generalas este lineamiento tiene la siguiente estructura:
El primer capítulo define la justificación en términos de algunas obligaciones y necesidades del Estado para atender a la población de los servicios de protección del ICBF. Es así como, para abordar dichos fenómenos, se crea la iniciativa de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños (AEPS) que atienda lo relacionado con desarrollo y fortalecimiento de herramientas para que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes puedan materializar su proyecto de vida, de manera autónoma y corresponsable con su contexto. En este apartado se mencionan las líneas de acción y los objetivos de la iniciativa AEPS.
La segunda y tercera parte señala aquellos conceptos, enfoques y normas (del plano nacional e internacional) que sustentan el documento, tanto en lo concerniente a la atención para el desarrollo de potencialidades (en el marco de las modalidades de atención), como de la modalidad de Casa Universitaria.
La cuarta parte se refiere al proceso de atención para la generación y fortalecimiento de habilidades y competencias de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes sujetos de atención de los servicios de protección, en el marco de la formulación y desarrollo de sus sentidos y proyectos de vida. Aquí se establece la población objetivo, se mencionan los componentes y se detallan dos líneas de acción de AEPS: por un lado, el diseño e implementación de intervenciones desde los componentes descritos en el apartado (que son complementarias a las realizadas por el operador y que son exigidas por los lineamientos específicos de cada modelo y modalidad de atención), para desarrollar potencialidades (competencias, habilidades, destrezas) de la población sujeta de atención de la Dirección de Protección; y por otra parte, la línea metodológica para abordar los temas asociados a sentido y proyecto de vida, en el marco de los modelos de atención de la Dirección de Protección.
La quinta sección del documento especifica las acciones orientadoras y de gestión, en línea con la metodología planteada en el capítulo anterior, que el operador debe realizar.
Por último, se detallan las características y criterios para la ejecución de la modalidad de Casa Universitaria, iniciativa estratégica de la Dirección de Protección, para acompañar a los adolescente y jóvenes, con declaratoria de adoptabilidad o del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), en su tránsito a la vida autónoma y corresponsable.
2. Justificación
Los niños, niñas, adolescentes y jóvenes atraviesan por distintas situaciones y condiciones que complejizan su desarrollo integral y su inclusión dentro del tejido social donde se desenvuelven.
A pesar de contar con políticas, estrategias y actores que intervienen sobre los temas asociados a la prevención (de violencias, reclutamiento, consumo problemático de sustancias psicoactivas, entre otras) y protección integral de la primera infancia, la niñez y la adolescencia, aún se presentan fenómenos que deben ser abordados de maneras innovadoras y pertinentes, que integren intervenciones intersectoriales e interseccionales que posibiliten tener un alcance y una perspectiva holística de las realidades que se viven y se construyen a diario.
Uno de esos fenómenos tiene que ver con la atención y el egreso de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de los servicios de protección del ICBF. Como lo señala Bernal (2016) en su trabajo(1), no existen investigaciones que describan o analicen los procesos de egreso de los usuarios de este tipo de servicios, sin contar con la poca información con la que se cuenta para determinar elementos que ayudan o no a la inclusión social efectiva.
Muchos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que ingresan a los servicios de protección poseen historias de vida complejas, con características que requieren abordajes específicos, no solo para el restablecimiento y garantía de sus derechos(2), sino también para el desarrollo de sus potencialidades y cualidades que le permita elaborar un proyecto de vida que sea coherente con sus intereses y competencias. En ese orden de ideas, muchos de ellos y ellas son atendidos y permanecen en los servicios de protección del ICBF, durante el tiempo que se requiera para realizar el proceso pertinente(3) y puedan egresar con su familia o red vincular(4). Sin embargo, otros no pueden ser reintegrados de manera satisfactoria o son declarados en adoptabilidad(5).
En este sentido, mientras los niños, niñas, adolescentes o jóvenes, con o sin discapacidad, se encuentren dentro de los servicios de protección, su atención debe enfocarse en el desarrollo de sus capacidades y competencias, preparándolos para Su egreso y para su tránsito a la vida adulta (en el caso de los adolescentes y jóvenes). Este es el espacio para que la persona identifique elementos importantes (recursos, acciones con propósito, vínculos significativos), que a su vez lo lleven a desarrollar y fortalecer competencias para desarrollar un proyecto de vida coherente y en contexto.
Teniendo en cuenta lo anterior, es posible formular dos preguntas relacionadas con la población anteriormente mencionada y con su atención: a) ¿qué puede mejorar y fortalecer la preparación para su egreso de los servicios de protección, que contribuya en su inclusión social efectiva y a la formulación de modelos de vida saludables?; y b) ¿cómo fortalecer las capacidades y «competencias de los adolescentes y jóvenes sujetos de protección del ICBF, tal que les permita transitar hacia la vida autónoma y adulta?
Ante estas preguntas, que también surgen de las dificultades identificadas en las dinámicas cotidianas que refieren los jóvenes(6), se hace imperativo generar intervenciones que no solamente aborden las situaciones alrededor del motivo de su ingreso y la superación de las situaciones que lo generaron (fundamentales y descritas en los lineamientos técnicos que corresponden a los diferentes modelos de atención del ICBF), sino que además fortalezcan aquellas competencias necesarias para que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes puedan construir y materializar su sentido y proyecto de vida, fomentando el desarrollo progresivo de la autonomía y la corresponsabilidad.
En correspondencia con lo anterior, las Naciones Unidas(7) señalan la necesidad de que los Estados diseñen e implementen programas dirigidos para que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que egresan de los sistemas de protección, sean incluidos efectivamente en las dinámicas sociales (en sus dimensiones laborales, académicas, políticas-participativas, etc.)(8). Así mismo se afirma que:
Este tipo de programas y servicios deben disponerse en el marco de la implementación de planes generales para la desinstitucionalización (...).
No obstante, la existencia de grupos en situación de especial vulnerabilidad, los servicios deben estar disponibles para todos los niños. Por ejemplo, en el caso de los que están próximos a alcanzar o han alcanzado la mayoría de edad, es indispensable suministrar el apoyo que les permita cubrir sus necesidades sociales y económicas; así como proporcionar orientación a través de un especialista específicamente designado, para su inscripción en programas de capacitación educativa o vocacional, así como también apoyo para conseguir vivienda, empleo y conectarse con otros recursos en la comunidad. Esos programas y servicios deben recibir financiamiento adecuado por parte de los Estados para poder ser cumplidos de manera efectiva. (UNICEF, 2013, pág. 16)
Por lo anterior, la Dirección de Protección, en el marco de su misionalidad(9) y de sus funciones(10), creó la iniciativa de AEPS con el objetivo de poner en marcha planes, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo de competencias cognitivas, técnicas,) laborales, académicas, así como las transversales y socioemocionales, para el fortalecimiento de los proyectos de vida de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con medidas de protección o vinculados al SRPA, directamente y con el apoyo de aliados(11).
Así, esta iniciativa pretende generar intervenciones que posibiliten a los usuarios(12) de los servicios de protección del ICBF desarrollar y fortalecer habilidades y competencias, para construir de manera integral un proyecto de vida coherente con sus deseos, necesidades y capacidades. Lo anterior, considerando que esta población ha tenido un acceso limitado a actividades para fomentar aptitudes, habilidades y destrezas individuales, fundamentales para asumir una vida autónoma.
Para lograr lo anterior, AEPS gestiona e implementa acciones dentro de seis (6) componentes(13) (1. identidad, 2. educación, 3. cultura, recreación y deporte, 4. empleabilidad, 5. emprendimiento, y 6. voluntariado) que conjugan algunas dimensiones del ser y se consideran de vital importancia para la construcción de proyectos y planes de vida.
Por consiguiente, AEPS interviene a través de:
A. La gestión de incentivos para cualificar la atención de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en el marco de los componentes mencionados.
B. La gestión de alianzas con cooperación nacional e internacional, y con el sector público y privado, que permitan el acompañamiento a las estrategias y al plan de acción de la Dirección de Protección(14).
C. La gestión del conocimiento para mejorar los procesos de producción y transferencia de este.
D. El diseño e implementación de acciones e iniciativas, complementarias a las realizadas por el operador, enfocadas a desarrollar y fortalecer potencialidades (competencias, habilidades, destrezas) de la población sujeta de atención de la Dirección de Protección.
En conclusión, el lineamiento tiene como objetivos definir:
1. La línea metodológica y las acciones orientadoras y de gestión para el desarrollo de potencialidades de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en el marco de los modelos de atención de la Dirección de Protección.
2. La modalidad de Casa Universitaria, diseñada como escenario y metodología idónea para el tránsito de los adolescentes y jóvenes(15) hacia la vida autónoma e independiente.
3. Marco conceptual
Para la comprensión y desarrollo del lineamiento, es fundamental precisar sobre los conceptos y enfoques que lo sustentan.
3.1. Identidad
Los individuos inician desde los primeros años de vida un proceso de formación de identidad, el cual se construye a partir de la interacción con el contexto sociocultural donde interviene la familia, la sociedad y las normas o patrones definidos en ella. La identidad se construye gracias a la identificación del sujeto con modelos, valores o personas que tienen alguna relevancia en su vida, y en este proceso se logra concebir su yo como el ente estructurado que logra diferenciarse de su ambiente, teniendo la capacidad de mantener la continuidad e inmutabilidad en la sucesión de cambios.(16)
En ese orden de ideas, D'Angelo (2000) plantea que la construcción de la identidad se da en un escenario donde lo social es el marco donde se configuran las identidades individuales, permitiendo establecer que en la construcción de la identidad se da una interacción constante y articulada entre lo individual y lo social (identidades sociales e individuales).
3.2. Sentido de vida
Este concepto se considera fundamental puesto que representa aquello que da significado a la existencia de las personas, entendiendo que construirlo, encontrarlo o desarrollarlo hace parte del proceso vital de los seres humanos. Es un proceso que se da de manera constante y dinámica durante los diferentes momentos de la vida que se puede definir como:
...una percepción afectiva y cognitiva de valores que invitan a la persona a actuar de un modo u otro, ante una situación particular o la vida en general, dándole a la persona coherencia e identidad personal. Dicho en otros términos [...] consiste en conectar el corazón y la razón a personas, acciones, circunstancias y cosas valiosas, sintiéndose invitado a actuar de un modo u otro en las situaciones cotidianas o la vida en general, experimentando coherencia. (Martínez, 2019. Pág. 24).
Por último, Castro y Rincón (2011), citando a Trujillo (2009)(17), afirman que, en la realización del sentido de vida, los proyectos se aterrizan en metas a mediano plazo, administrado los recursos necesarios, mientras que los planes, a corto plazo, posibilitan concretar en la cotidianidad los pasos con que podemos desarrollar los proyectos.
En esa medida, es posible distinguir entre el sentido de vida (justificación última de la existencia y que orientan los proyectos mediante acciones con propósito), los proyectos de vida (metas a mediano plazo) y planes de vida (metas a corto plazo).
3.3. Provecto de vida
Teniendo en cuenta que la iniciativa de AEPS tiene como objetivo el desarrollo y fortalecimiento de competencias para la formulación de los proyectos de vida de los/as usuarios/as, una de las categorías indispensables para tener en cuenta es el de proyecto de vida.
D'Angelo (2000) afirma que, más que un concepto, es una categoría integradora que abarca aspectos complejos de la construcción de la identidad. En ese sentido, posibilita la articulación de la identidad individual con la social, en una dimensión temporal que contempla la historicidad del individuo, lo lleva a reconocerse en el presente y permite situarlo en las posibilidades a futuro. Este es un proceso continuo y en construcción permanente de condiciones contextúales sistémicas que marcan las relaciones y niveles de desarrollo humano(18).
Es así como podemos definir el proyecto de vida como:
...un modelo ideal sobre lo que el individuo espera o quiere ser y hacer, que toma forma concreta en la disposición real y en sus posibilidades externas e internas de lograrlo, definiendo su relación hacía el mundo y hacía sí mismo, su razón de ser en un contexto y tipo de sociedad determinada. (D'Angelo, 2000, Pág. 270)
Hay que resaltar que, dentro del proyecto de vida, las funciones y elementos de la personalidad (por ejemplo, valores morales, estéticos y sociales, metas, planes, entre otros) se articulan en las dimensiones vitales de las personas. Por lo anterior es posible afirmar que el desarrollo de los proyectos de vida supone una interrelación entre los diversos aspectos del individuo (emocional, físico, intelectual, social, espiritual, estético, etc.).
3.4. Competencias
Como se cita en el documento elaborado por el DNP y Eurosocial (2014), las competencias son resultado que se obtiene en la interacción entre la capacidad de una persona con su contexto(19). En esa medida, en la literatura se distinguen dos tipos de competencias: las cognitivas y las transversales (también denominadas como habilidades blandas o socioemocionales).
- Cognitivas: son aquellas que están relacionadas con procesos psicológicos superiores en escenarios laborales y/o académicos. Ejemplo: memoria, coordinación, análisis de información, atención, registro de información, pensamiento, etc.
- Transversales: son aquellas cualidades asociadas a la interacción con las demás personas y el medio, que permiten “la organización, gestión y relacionamiento en las diferentes dimensiones de la vida (personal y social) y del trabajo (Decreto 2852 de 2013)”. (DNP-Eurosocial, 2014. Pág. 12).
Algunas características de estas últimas son: a), permiten el reconocimiento y la transformación de la realidad a través de la interacción con los otros; b). son longitudinales en cuanto a que se desarrollan y ejercen a lo largo de la vida, posibilitando la inserción en distintos entornos; c). tienen un componente psicosocial y socioemocional; y d). articulan los dominios profesionales y académicos, sin depender de una sola área temática de dominio.
Por último, en el citado documento(20) se establecieron algunas competencias transversales fundamentales, para ser desarrolladas con la población con condiciones de vulnerabilidad en Colombia. La Tabla 1 describe cuáles son y su definición:
Tabla 1: Glosario de competencias transversales
| Competencia | definición propuesta por la mesa |
| Comunicación | Capacidad de expresar de manera apropiada los mensajes, opiniones, necesidades, emociones y decisiones, tomando decisiones acertadas sobre los medios de expresión a utilizar teniendo en cuenta el contexto, y comprender lo que las otras personas buscan comunicar. |
| Solución de problemas y conflictos | Capacidad para manejar los conflictos de manera constructiva, creativa y pacífica. |
| Toma de decisiones | Capacidad para escoger adecuadamente entre una y otra opción considerando las consecuencias y afrontando las decisiones. |
| Pensamiento crítico | “Capacidad para cuestionar y evaluar la validez de cualquier creencia, afirmación o fuente de información". (Chaux, 2004). |
| Manejo de emociones | “Capacidad necesaria para para identificar y responder constructivamente ante las emociones propias y las de otras personas". (Chaux, 2004). |
Fuente: DNP-Eurosocial. (2014). Documento de competencias transversales: conclusiones y resultados del trabajo realizado en el espacio interinstitucional sobre competencias transversales para poblaciones vulnerables.
En ese sentido, para el presente lineamiento es fundamental el desarrollo de las competencias, tanto cognitivas como transversales en la población atendida, pero centrando la atención en las últimas, que les permitan interactuar en sociedad y construir un entorno favorable para el desarrollo de su proyecto de vida.
3.5. Autonomía
Como se ha señalado, uno de los objetivos del lineamiento es poder generar y fortalecer la autonomía de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes sujetos de atención de los servicios de Protección del ICBF.
Este concepto está ligado a la capacidad de desarrollar conceptos de sí mismo y de la realidad donde se desenvuelve el sujeto, y no equivale a los conceptos de autosuficiencia, independencia o libertad. Como bien lo refiere Camps (2001), citado por Mazo (2011)(21), la autonomía es un derecho alcanzado en cuanto se hace un ejercicio responsable de la libertad.
Mazo cita a Camps (2005), quien afirma que:
Ser autónomo es: 1) tener capacidad real de deliberar y decidir sobre qué hacer en situaciones difíciles; 2) la deliberación y la decisión dependen de la consideración de una serie de valores que afectan a la vida de cada uno; 3) es bueno que en una sociedad haya pluralidad de puntos de vista y que las valoraciones de la realidad de los distintos individuos no sean absolutamente homogéneas; 4) pero también es necesario que haya un mínimo de valores compartidos y comunes a fin de que la convivencia y el respeto a los derechos fundamentales sea real y posible, (págs. 126-127).
Así mismo, el autor afirma que la autonomía también implica una responsabilidad en tanto la toma de decisiones implica considerar las causas y posibles consecuencias de dicha elección. En esa medida, podemos tomar la definición de Diaz Osorio (2009, citado por Mazo, 2011), que asume este concepto como la capacidad de los sujetos para pensar y actuar por sí mismos, con pensamiento crítico y conciencia respecto al contexto en el que se toma las decisiones.
4. Enfoques
4.1. Enfoque diferencial(22)
El Estado colombiano entiende el enfoque diferencial como un aporte del derecho internacional a los derechos humanos y que se subyace en la Constitución Política de Colombia. Por lo anterior, las intervenciones e implementación de acciones de política pública deben reconocer las características de los sujetos sociales, su contexto y la relación entre estos. Por consiguiente, este enfoque se concibe como un método de análisis y actuación, que reconoce las inequidades, riesgos y vulnerabilidades y valora las capacidades y la diversidad de un determinado sujeto - individual o colectivo-, para incidir en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de la política pública y sus acciones, con miras a garantizar el goce efectivo de derechos, en especial el derecho a la igualdad y no discriminación.
En ese sentido, la implementación de este enfoque, además de lo mencionado, pretende hacer énfasis en mitigar las formas específicas de la desigualdad social que existe entre hombres y mujeres. Por consiguiente, supone un análisis más completo e integral de las relaciones sociales, ofreciendo elementos teóricos y metodológicos para analizar las diferencias y características de personas y grupos sociales, permitiendo formular propuestas tendientes a aminorar y erradicar dichas desigualdades.
A través de este enfoque es posible orientar las estrategias e intervenciones realizadas, considerando las diferencias y particularidades de las mujeres y los hombres, tendiendo hacía la inclusión y participación equitativa, desde el respeto y el reconocimiento del otro como legítimo otro.
4.2. Curso de vida
Este concepto se centra en la importancia de la dimensión temporal de la personalidad, examinando las transiciones individuales y/o sociales (por ejemplo, el tránsito de la adolescencia hacia la adultez), sin demarcar etapas fijas. En esas transiciones el ser humano debe asumir nuevos roles y retos, lo que puede marcar nuevos derechos y obligaciones, y también implicar nuevas facetas de identidad social.
En ese orden de ideas, en los procesos de transformación durante la vida, el ser humano es producto histórico de sus aprendizajes, que se dan en relación con el entorno y en la interacción con otras trayectorias de vida, teniendo en cuenta sus experiencias en los diferentes momentos vitales de acuerdo con la edad, los trayectos de vida y el contexto.(23)
4.3. Trayectorias
El concepto de trayectorias está íntimamente ligado con el de curso de vida. Según autores como Eider (citado por, Blanco, 2011) existen tres (3) elementos que determinan el curso de vida de una persona: la transición, los “turning points” (puntos de cambio o de inflexión) y la trayectoria.
Esta última no debe ser entendida como una línea recta (secuencia de acciones), sino como la red o tejido que describe las posiciones objetivas y sus sucesiones, por las que transita un sujeto. Estas trayectorias representan las distintas dimensiones en las que se desarrolla una persona (laboral, académica-escolar, erótico-emocional, etc.).
La trayectoria se refiere a una línea de vida o carrera, a un camino a lo largo de la vida, que puede variar de dirección, grado y proporción. (...) Para el enfoque del curso de vida, la trayectoria no supone alguna secuencia en particular ni determina la velocidad en el proceso del propio tránsito, aunque sí existen mayores o menores probabilidades en el desarrollo de ciertas trayectorias vítales. Las trayectorias abarcan una variedad de ámbitos o dominios (trabajo, escolaridad, vida reproductiva, migración, etc.) que son interdependientes.(24)
Desde esta perspectiva, el abordaje de los fenómenos sociales y de las personas, como actores del entramado social, permite dar cuenta de los cambios tanto individuales como colectivos, al tiempo que posibilita la comprensión de la relación entre los contextos sociales y los individuos.
Para abordar los procesos y elementos propios de las historias de vida de la población atendida en los servicios de protección, es indispensable reconocer que estos no se desarrollan de manera lineal, homogénea, ni absoluta, implicando que en cada dimensión se transita de manera distinta e interrelación con las otras.
4.4. Inclusión social
Este enfoque se refiere a la generación de oportunidades, en las distintas dimensiones y trayectorias de las personas, para el goce efectivo de sus derechos, posibilitando el desarrollo de sus proyectos de vida y su participación de la construcción de colectividad.
Así pues, la inclusión social se puede definir como un proceso de empoderamiento para que sujetos y colectividades puedan participar y accedan a oportunidades. Así mismo, se considera que este proceso dota de voz a las personas en las decisiones que tienen que ver con su vida, en aras de lograr la participación mencionada.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Organización de Estado Americanos -OEA define la inclusión social como el “proceso por el cual se alcanza la igualdad, y como un proceso para cerrar las brechas en cuanto a la productividad, a las capacidades (educación) y el empleo, la segmentación laboral, y la informalidad, que resultan serlas principales causas de la inequidad" (OEA, 2014, citado por OEA, 2016. Pág. 17).
Por su parte, el Ministerio de la Protección Social, citado por las Naciones Unidas et al. (s.f)(25), señala que la inclusión social:
...permite abordar las redes de apoyo, que al potencializarlas se convierte en una herramienta fundamental [...] se orienta a abordar las carencias de todo tipo: afectivas, de conocimiento y habilidades sociales y laborales, de servicios educativos y de salud, de oportunidades de trabajo, de orientación personal. El objetivo es reestablecer los vínculos afectivos y lograr a inclusión plena, y la propuesta es hacerlo de manera colectiva, fortaleciendo las redes personales, institucionales, comunitarias y sociales, (p. 18)
Para la consecución de los objetivos del lineamiento, es imperativo contemplar este enfoque, en aras que las intervenciones, programas y proyectos que se planteen propendan por logran una inclusión social efectiva.
5. Marco normativo
En la siguiente tabla se señalan las normas y temas que regulan lo asociado a este lineamiento, discriminadas por su naturaleza (internacional o nacional). De igual forma, es importante tener en cuenta la normatividad señalada en los lineamientos vigentes de los modelos y las modalidades de atención, específicos para la población atendida.
Tabla 2: Marco normativo
INTERNACIONAL
| No. | Norma | Fecha de expedición | Tema que regula |
| 1 | Declaración de los Derechos del Niño | 20-11-1959 | En la cual se enuncia una serie de derechos garantías para los niños, las cuales deben aplicarse en cualquier tiempo y sin ningún tipo de distinción, discriminación o excepción. |
| 2 | Convención Americana Sobre Derechos Humanos – San José de Costa Rica 1969. | 22-11-1969 | Establece que los Estados parte están obligados a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivo la promoción y protección de los derechos humanos. Además, establece la obligación, para los Estados parte, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados. |
| 3 | Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, adoptada mediante Resolución 44/25). | 20-11-1989, vigente desde 2-09-1990 | 1. Los Estados parte respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. 2. Los Estados Parte tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares. |
| 4 | Comité de los Derechos del Niño – Observación General No. 1. | 17-04-2001 | Propósitos de la educación: desde la concepción de los niños como un marco ético y los valores que se inculcan en el proceso educativo no deben socavar, sino consolidar, los esfuerzos destinados a promover el disfrute de otros derechos. |
| 5 | Comité de los Derechos del Niño – Observación General No. 4. | 21-07-2003 | La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención sobre los Derechos del Niño: los derechos del niño son también indivisibles e interdependientes. Además de los artículos 6 y 24, otras disposiciones y principios de la Convención son cruciales para garantizar a los adolescentes el pleno disfrute de sus derechos a la salud y el desarrollo. |
| 6 | Comité de los Derechos del Niño – Observación General No. 10. | 25-04-2007 | Se estipula que existe una correlación entre la educación de los niños desde una edad temprana y una tasa más baja de violencia y delincuencia en el futuro. |
| 7 | Comité de los Derechos del Niño – Observación General No. 17. | 17-04-2013 | Sobre el derecho del niño al descanso, el esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes: con el fin de aumentaren los Estados la visibilidad, la conciencia y la comprensión de la importancia central de los derechos consagrados en el artículo 31 para la vida y el desarrollo de todo niño, e instarlos a elaborar medidas para asegurar su disfrute efectivo. |
| 8 | Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) | 25-09-2015 | Los Estados Miembros de la Naciones Unidas adoptaron 17 objetivos mundiales para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad para 2030. Dentro de ellos se encuentran el 3 (salud y bienestar), el 5 (igualdad de género), el 4 (educación de calidad), el 8 (trabajo decente y crecimiento económico) y el 11 (paz, justicia e instituciones sólidas). |
NACIONAL
| No. | Norma | Fecha de expedición | Tema que regula |
| 1 | Constitución Política De Colombia preámbulo, arts. 2, 5, 13, 44, 45 | 04-07-1991 | |
| 2 | Ley 21 de 1991 | 04-03-1991 | Por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76a., reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989. ARTÍCULO 2o Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. |
| 3 | Ley 1098 de 2006 | 08-11-2006 | Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. |
| 4 | Decreto 860 de 2010. | 18-03-2010 | El cual reglamenta parcialmente la Ley 1098 de 2006 en lo referente a las obligaciones del Estado, la sociedad y la familia en la prevención de la comisión de infracciones a la Ley penal por parte de niños, niñas y adolescentes y su reincidencia, así como las responsabilidades de los padres o personas responsables del cuidado de los menores”. |
| 5 | Ley 1618 de 2013 | 27-02-2013 | Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Título IV: Medidas para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad. |
| 6 | Ley 1622 de 2013 o Ley Estatutaria de la Ciudadanía Juvenil | 29-04-2013 | “Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones” |
| 7 | Sentencia C - 586/14 | 29-08- 2014 | Pago de cuota de compensación militar - exequibilidad condicionada- exención pago de cuota de compensación militar a jóvenes en situación de adoptabilidad que se encuentran bajo cuidado y protección del instituto colombiano de bienestar familiar. |
| 8 | Decreto No. 2383 de 2015 | 11-12-2015 | Por el cual se Reglamenta la Prestación del Servicio Educativo en el Marco del SRPA y se Adiciona al Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación. |
| 9 | Ley 1780 de 2016 | 02-05-2016 | Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones. |
| 10 | Ley 1804 2016 | 02-08-2016 | Por la cual se establece la política de estado para el desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre y se dictan otras disposiciones" [...] Con ello busca fortalecer el marco institucional para el reconocimiento, la protección y la garantía de los derechos de las mujeres gestantes y [...]. |
| 11 | Ley 1861 de 2017 | 01-09-2017 | Por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización. |
| 12 | Ley 1878 de 2018 | 09-01-2018 | Por medio de la cual se modifican algunos artículos de la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el código de la infancia y la adolescencia, y se dictan otras disposiciones. |
| 13 | Ley 1955 de 2019 | 25-05-2019 | Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la equidad”. |
| 14 | Ley 1996 de 2019 | 26-08-2019 | Por medio de la cual se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad. |
Fuente: Elaboración Dirección de Protección - ICBF con información de distintas normas legales.
6. Descripción del modelo de atención
A continuación, se describe el proceso de atención para la generación y fortalecimiento de habilidades y competencias de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes sujetos de atención de los servicios de Protección del ICBF, en el marco de la formulación y desarrollo de su sentido y proyecto de vida.
Este apartado se divide en 3 partes: la primera donde se describen la población objetivo y los componentes de la iniciativa. La segunda hace referencia a las intervenciones complementarias de la iniciativa AEPS, en apoyo a la gestión de los operadores. Por último, se describe la línea metodológica para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en la construcción de sus sentidos y proyectos de vida, y su articulación con los modelos de atención de la Dirección de Protección del ICBF.
6.1. Población objetivo del proceso de atención
La población objetivo del proceso de atención que se describe a continuación(26) son niños, niñas, adolescentes y jóvenes, desde los 6 años en adelante(27), con o sin discapacidad(28).(29), que estén en alguno de los siguientes procesos: a). Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos - PARD, o b). En atención en las modalidades del subproyecto de Restablecimiento en Administración de Justicia.
6.2. Componentes
La iniciativa de AEP'S se sustenta sobre la necesidad de intervenir sobre las distintas dimensiones que constituyen el ser, entendiendo que el abordaje integral sobre estas posibilita el desarrollo de competencias que permitan a la población atendida formular proyectos de vida saludables de manera autónoma e independiente. En ese sentido, se han establecido 6 componentes sobre los que versan las intervenciones de AEPS y que representan dichas dimensiones:
1. Identidad.
2. Educación.
3. Cultura, recreación y deporte.
4. Empleabilidad.
5. Emprendimiento.
6. Voluntariado.
6.3. Implementación de estrategias e intervenciones de los componentes.
La implementación de estrategias e intervenciones de los componentes, para el apoyo complementario a la atención de niños, niñas, adolescentes y jóvenes sujetos de atención de los servicios de Protección del ICBF, se llevará a cabo mediante la articulación y concertación entre el plano nacional (con el apoyo de los profesionales de AEPS y de las subdirecciones técnicas de la Dirección de Protección del ICBF, de restablecimiento de derechos o de responsabilidad penal, según sea el caso) y el plano territorial, con el apoyo de profesionales de las Regionales que han sido designados como “enlaces de AEPS”.
Estos últimos apoyarán en el desarrollo de las actividades propuestas por la Dirección de Protección de la Sede de la Dirección General, así como gestionarán con las entidades del sector público y privado territoriales, alianzas que permitan el despliegue de estrategias para alcanzar los objetivos propuestos en cada uno de los componentes, siguiendo lo estipulado en el “Instructivo proyecto sueños oportunidades para volar” o el documento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces.
Así mismo, estas actividades deben ser entendidas como un complemento a lo definido en el Plan de Atención Integral (PLATIN)(30) o en el Plan de Atención Individual(31) de los usuarios, así como a las actividades programadas por los operadores para cumplir los requerimientos estipulados en los lineamientos de los modelos y modalidades.
Hay que resaltar 4 elementos fundamentales en la implementación de estos componentes y sus estrategias:
A. Las intervenciones y la asistencia técnica referente a los componentes, al modelo de atención, y a las modalidades de Casa Universitaria e internado de preparación para la vida independiente, serán orientadas desde la Dirección de Protección, a través del equipo de AEPS.
B. Los criterios para la implementación y los roles de los actores involucrados (Dirección Protección, regionales, operadores, beneficiarios) serán definidos en comité técnico por parte de la Sede de la Dirección General - Dirección de Protección.
C. Las actividades señaladas no son obligatorias, permanentes ni únicas. Esto quiere decir que son complementarias a las obligaciones de los operadores de acuerdo con lo señalado en los contratos y lineamentos del ICBF. Por lo tanto, tendrán que surtir los procedimientos establecidos para cada una de ellas, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal, la focalización técnica, entre otros elementos propios de cada componente e intervención. Por lo mismo, no tendrán una implementación constante puesto que dependerán de varias condiciones.
D. Aunque la implementación de los componentes esté dirigida a toda la población, dependerá de varios factores, que además de los anteriormente descritos, se debe tener en cuenta para algunas estrategias:
a. El historial de vida y proceso de los beneficiarios.
b. Proyección, intereses, competencias y habilidades de los beneficiarios.
c. El interés del usuario de participar en las iniciativas.
d. Disponibilidad presupuestal para cada vigencia.
e. Cumplir con los requisitos establecidos por el ICBF, para la vinculación de cada uno de los componentes.
En el numeral 6.4 se señala la línea metodológica que debe seguir el operador para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, para la construcción de sentido y proyectos de vida, que deberá quedar plasmado en los PLATIN o Plan de Atención Individual, como parte de la atención que brinda el operador.
En ese orden de ideas, las iniciativas concernientes a los componentes y su desarrollo, contemplan las siguientes características:
Identidad: es un componente que abarca tanto los procesos subjetivos e individuales como los colectivos, procurando fortalecer aquellas herramientas y competencias que puedan contribuir en la construcción y fortalecimiento de la personalidad. En ese sentido, este componente abarca aquellas intervenciones que, por un lado, garanticen el derecho de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes a “tener una identidad y a conservar los elementos que la constituyen como el nombre, la nacionalidad y filiación conformes a la ley”(32), así como el derecho a “preservar su lengua de origen, su cultura e idiosincrasia”(33), reconociendo que las variables de sexo y género son fundamentales en la construcción de la identidad; y por otro lado, desarrollen y fortalezcan habilidades necesarias para generar comunicación asertiva, pensamiento crítico y reflexivo, reconocimiento de los valores socialmente compartidos, reconocimiento de sí mismo a través del reconocimiento de los demás, participación, entre otros.
Este componente comprende:
1. La realización de jornadas de identificación, con el acompañamiento de la Registraduría Nacional, para que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, que ingresan a un proceso de restablecimiento de derechos y que no cuenten con sus documentos de identidad, puedan obtenerlos.
2. En coordinación con la Dirección Nacional de Reclutamiento del Ejército Nacional, apoyar el proceso de definición de la situación militar y la obtención de la certificación correspondiente de los jóvenes con PARD abierto.
3. En el caso específico del SRPA, desarrollar jornadas de socialización con los operadores sobre el proceso de registro e inscripción para la definición de la situación militar, los cuales deben ceñirse a lo establecido en el memorando “Definición de situación militar de adolescentes y jóvenes vinculados a los servicios del SRPA que tengan 17 años de edad o más”(34).
4. Implementación de estrategias y actividades para el desarrollo de habilidades blandas y competencias para la vida, que aborden temas como: autonomía, autoconciencia, pensamiento crítico y reflexivo, liderazgo, crecimiento personal, autoestima, educación en valores, prácticas de cuidado y autocuidado, educación y conciencia ambiental, participación y ciudadanía, entre otras.
Educación: La educación de calidad es un derecho que debe ser garantizado por el Estado(35), siendo no solo una dimensión fundamental para la adquisición y acceso al conocimiento, sino que además se constituye en una herramienta para que los adolescentes y jóvenes que ingresan a los servicios de protección, tengan la posibilidad de mejorar su calidad de vida, aumentar las posibilidades de conseguir empleo y enriquecer su cultura y valores, lo cual les permite tener mayores elementos para interactuar con su contexto, facilitando la integración en la sociedad y la inclusión en el mundo socio-laboral. Lo anterior, teniendo en cuenta que la educación da forma a las capacidades, habilidades y competencias de los/las adolescentes y jóvenes en la cultura.
Así mismo, la educación es uno de los pilares fundamentales de la formación y desarrollo de las comunidades y de los seres humanos que las constituyen, siendo una práctica política y ética que implica una comprensión crítica de las realidades sociales, políticas y económicas en las que se encuentran los educandos y los educadores, constituyéndose en un espacio de posibilidades y de construcción de nuevos sentidos de mundo.
Es fundamental que en estos procesos se fomente la corresponsabilidad y la concientización de los usuarios, para que se reconozcan como agentes de cambio.
Es así como, en el marco de este componente, AEPS:
1. Genera alianzas con oferentes de programas de educación a la medida(36), que permita brindar a los beneficiarios posibilidades de formación en artes y oficios, que no necesariamente tengan como criterio algún grado de escolaridad y que cuente con tiempos que se ajusten a las medidas de los procesos por los que se encuentran atravesando los niños, niñas, adolescentes y jóvenes sujetos de atención de los servicios de Protección.
2. Brinda acompañamiento para la orientación socio-ocupacional a través de instrumentos y aliados con experticia en el tema.
3. Otorga a los adolescentes y jóvenes, con declaratoria de adoptabilidad(37) y a los vinculados al SRPA(38), beneficios para el acceso y financiación de estudios superiores o de formación para el trabajo y desarrollo humano.
4. Para este proceso, el equipo psicosocial de la modalidad de atención debe acompañar y orientar al joven en la elección del programa académico y de la institución educativa, teniendo en cuenta la pertinencia de la selección en concordancia con el proyecto de vida y las capacidades del joven(39)
5. También se apoya a los adolescentes y jóvenes con la asignación de recursos para cubrir gastos asociados al desarrollo de su formación académica y con cuotas de sostenimiento a través de alianzas con diferentes entidades públicas y privadas(40).
Cultura: Este componente se cimienta sobre el derecho de todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes a acceder y participar en la vida cultural, siendo esta el fundamento de la nacionalidad(41); igualmente tienen derecho a que se les fomente el conocimiento y la vivencia de la cultura a la que pertenezcan.
Así mismo, son los repertorios, dinámicas y elementos culturales lo que permiten la construcción de la personalidad a través del reconocimiento de sí mismo (como sujeto único), en un contexto socio-histórico determinado con particularidades específicas. Esas particularidades son apropiadas o no por los sujetos, constituyéndose en valores y esquemas de interacción que les permite distinguirse y relacionarse con las demás personas; por medio de interacción con la cultura, es posible la construcción de comunidad a partir de la diferencia.
Son actividades propias de este componente:
1. Aquellas que fomentan y brindan acceso a la cultura en diferentes disciplinas y manifestaciones, realizadas con el apoyo de entidades públicas y privadas que promocionan y desarrollan esta clase de programas.
2. Las que permiten identificar y potencializar habilidades y talentos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, para desempeñar algún tipo de actividad artística o cultural, que beneficie su desarrollo integral y proyecto de vida.
3. Las actividades relacionadas con algún área de las artes y la cultura (música, fotografía, arte gráfico, visual y plástico, teatro, danza, cine, circo, etc.), que les permita a los usuarios explorar e identificar herramientas para la construcción de su proyecto de vida, en consonancia con su identidad personal y social.
Recreación: Como lo señala la Ley 1098 de 2006, los niños, las niñas, los adolescentes y jóvenes tienen derecho al descanso, esparcimiento y demás actividades recreativas propias de su momento vital.
Además de ser un derecho fundamental, la recreación se considera un espacio donde las personas exploran y aprenden, a través de lo lúdico, a integrarse como ser social, desarrollando capacidades para superar dificultades, apropiando normas, y donde es posible reconocer los derechos propios y de los demás. Adicionalmente, participar en actividades recreativas favorece al desarrollo físico y psicológico de las personas, fortalece los vínculos entre las comunidades e inculca el respeto y la tolerancia por las diferencias.
Es importante resaltar que el aprovechamiento del tiempo libre es fundamental en la mitigación de factores de riesgo que propician la vinculación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en dinámicas delictivas o contrarias a la convivencia, así como ayuda a prevenir la deserción escolar, entre otros.
En ese sentido, este componente busca:
1. Establecer alianzas estratégicas para el diseño e implementación de actividades recreativas idóneas para el contexto y la población de los servicios de protección del ICBF.
2. Generar actividades de recreación y divertimento, tanto en espacios cerrados como abiertos, que involucren el juego, el medio ambiente, los viajes, el uso de tecnologías, etc.
Deporte: Los niños, las niñas, los adolescentes y jóvenes tienen derecho al acceso y participación del deporte, de sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas como parte de su desarrollo integral y del bienestar de su salud.
El deporte no solo implica beneficios para el individuo sino para las sociedades, desarrollando competencias y valores como la cooperación, la comprensión mutua, la solidaridad y el respeto, a la vez que puede representar una estrategia para la prevención ,de hábitos inadecuados o nocivos, para el fomento de prácticas saludables, y para la integración social y el diálogo en el marco de la convivencia pacífica y democrática(42). (UNICEF, 2003).
Además de ayudar a desarrollar destrezas físicas y hábitos de vida saludables, mediante el deporte es posible fortalecer habilidades para la vida que ayudan a empoderar a los individuos, fortaleciendo la autoestima, la resiliencia y la comunicación con los demás, a la vez que permite liberar tensiones y divertirse, (ídem).
En esa medida, dentro de este componente se desarrollan:
1. Estrategias y actividades que permitan fortalecer las habilidades y destrezas pie los usuarios de las modalidades de los servicios de protección, en alguna(s) disciplina(s) deportiva.
2. Iniciativas para fomentar la participación y asistencia de niños, niñas, adolescentes y jóvenes a actividades y escenarios de ejercicio y deporte.
3. Eventos y encuentros deportivos que fomenten la participación y socialización de los usuarios, y que se desarrollen con un enfoque pedagógico, incluyente y democrático.
Empleabilidad y emprendimiento(43): Los adolescentes y jóvenes tienen derecho a encontrar empleo, adaptarse y permanecer en el mercado laboral en continuo cambio. También pueden desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo(44).
El desarrollo de competencias para incursionar y permanecer en el mundo laboral, es prioritario para potenciar el desarrollo productivo de los adolescentes y jóvenes, en su tránsito hacia la vida adulta, autónoma e independiente. Además, en cuanto a su preparación para el egreso de los adolescentes y jóvenes sujetos de atención de los servicios de Protección del ICBF, es importante orientarlos frente a la generación y administración de ingresos, inculcando prácticas como las del ahorro(45) y la planeación, en tanto estas herramientas les permitan establecer los medios y estrategias para conseguir sus metas. Esto con el fin de ir desarrollando procesos de autonomía y corresponsabilidad (ver apartado 6.4) que les permita posteriormente asumir responsabilidades propias de la vida independiente.
Como lo menciona Bernal (2016) en su investigación/ el trabajo no solo proporciona medios de subsistencia, también proporciona la sensación de independencia y se constituye como una fuente de resiliencia.
Teniendo en cuenta las características de la población objeto de este lineamiento (diversa y mutable), se considera fundamental desarrollar estrategias e intervenciones que permitan a los beneficiarios proyectarse dentro de su dimensión productiva, teniendo en cuenta sus habilidades, competencias, intereses y metas.
Este componente gestiona:
1. La aplicación de instrumentos para la orientación socio-ocupación de los adolescentes y jóvenes.
2. El desarrollo de acciones para orientar a los adolescentes y jóvenes en las diferentes alternativas para la generación de ideas productivas, con el fin de ser presentadas a los fondos o entidades que apoyan con la consecución de un capital semilla.
3. La realización de eventos, ferias y encuentros encaminados a visibilizar los proyectos de emprendimiento y las oportunidades de vinculación laboral.
4. Las estrategias e intervenciones orientadas a fortalecer las competencias laborales y de emprendimiento de los beneficiarios(46).
5. Identificar y establecer alianzas con empresas interesadas en apoyar el desarrollo de este componente, generando procesos de gestión de personal que favorezcan la inserción laboral de jóvenes de los servicios de protección del ICBF.
Voluntariado juvenil: Los niños, las niñas, los adolescentes y jóvenes tienen derecho de reunión y asociación con fines sociales, culturales, deportivos, recreativos, religiosos, políticos o de cualquier otra índole, sin más limitación que las que imponen la ley, las buenas costumbres, la salubridad física o mental y el bienestar del niño, niña, adolescente o joven.(47) Este derecho comprende especialmente el de formar parte de asociaciones, inclusive de sus órganos directivos, y el de promover y constituir asociaciones conformadas por ellos mismos.
El voluntariado se ha ido configurando como una de las más importantes manifestaciones de la participación ciudadana, que constituye una herramienta que utiliza la sociedad para conseguir, entre otros fines, la visualización de problemáticas y/o temas de interés en el espacio público y las políticas, acercando así a las personas a lo que significa una democracia real a sus vidas.
El voluntariado es considerado como herramienta de transformación personal y social para alcanzar un desarrollo sostenible, ya que, además participar y compartir tiempo y experiencias con diferentes personas y en diversos lugares, es una forma de eliminar prejuicios e imaginarios prestablecidos, generando espacios de aprendizaje que ayudan a las personas a abrir su mente y a descubrir el valor de la corresponsabilidad. Adicionalmente, el voluntariado ofrece la oportunidad de vivir, conocer y experimentar diferentes culturas en los territorios.
En ese sentido, con este componente se pretende:
1. Desarrollar en los niños, niñas, adolescentes y jóvenes el sentido de la corresponsabilidad, entendiéndose como el rol que cada persona tiene en la sociedad, y de qué manera sus acciones pueden ser transformadoras.
2. Identificar y establecer alianzas con actores estratégicos, con el propósito de apoyar las acciones o iniciativas solidarias de los jóvenes que tengan un impacto ya sea en el ámbito social, ambiental, familiar, comunitario etc.
3. Diseñar e implementar iniciativa voluntaria con planes de intervención estructurados y con duración en el tiempo para realizar acciones de impacto en poblaciones vulnerables y/o atender problemáticas sociales, ambientales etc.
4. Promover, diseñar e implementar estrategias y acciones encaminadas a que los beneficiarios realicen intervenciones que permitan la transferencia de conocimientos y experiencias, para fortalezcan la realización de los proyectos de vida de otros beneficiarios de los servicios de protección.
5. Realizar espacios de intercambio entre egresados y beneficiarios de los servicios de protección del ICBF.
6.4. Línea metodológica
Ahora bien, dentro del proceso de atención específico de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de las distintas modalidades de los servicios de protección del ICBF, y como ya se ha mencionado, se considera fundamental el fortalecimiento de destrezas, habilidades y competencias que contribuyan en el desarrollo de sus proyectos de vida, resaltando la autonomía y la corresponsabilidad como valores y principios orientadores en este proceso.
En ese orden de ideas, las acciones especializadas en la atención, asociadas con proyecto de vida(48) y preparación para una vida autónoma e independiente, se establecen en articulación con los componentes y fases de los lineamientos de restablecimiento cíe derechos y del SRPA, a través de una línea metodológica para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes para la construcción de sentido y proyectos de vida, en el marco de los modelos de atención de los servicios de protección del ICBF.
Es así como, teniendo en cuenta los componentes y los objetivos de AEPS, se propone la línea metodológica que se describirá en el presente apartado, contemplando la autonomía de los operadores para establecer los instrumentos, acciones y estrategias pertinentes para la consecución de los resultados de cada eje.
Adicionalmente, se considera esencial que la autoridad administrativa y su equipo psicosocial apoye la vinculación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en las iniciativas que fortalezcan desarrollo de sus proyectos de vida. Así, las intervenciones realizadas y sus resultados, en el marco de la siguiente línea metodológica, deberán ser tenidas en cuenta para determinar avances en el proceso de atención, así como para apoyar la toma de decisiones administrativas sobre los casos particulares de los usuarios de los servicios de protección del ICBF.
Entendiendo que el objetivo de las intervenciones de AEPS está asociado al desarrollo de habilidades y competencias para materializar los proyectos de vida de los usuarios de los servicios de protección del ICBF, fomentando la autonomía y corresponsabilidad en la construcción de comunidad, se establecen 4 momentos para esté acompañamiento.
Los momentos descritos a continuación se implementarán e interrelacionarán de manera continua y complementaria, teniendo en cuenta que en este proceso es posible la reformulación y cambio de direcciones frente a los proyectos.
6.4.1. Reconocimiento de recursos, potencialidades, habilidades, capacidades y destrezas personales
En este momento se diseñan e implementan estrategias y actividades que propendan al reconocimiento de las particularidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, destacando de manera asertiva recursos, potencialidades, habilidades, capacidades y destrezas que son producto de su experiencia vital. El objetivo es que el usuario reconozca e identifique elementos propios que coadyuven a desarrollarse holísticamente en concordancia con su sentido y proyecto de vida.
En este momento es indispensable que el operador trabaje conjuntamente con el usuario, para generar procesos de reconocimiento donde se puedan identificar vínculos y experiencias significativas que permitan la proyección del ser desde la aceptación. Esto implica abordar asuntos relacionados con su identidad, sus autoesquemas, valores, juicios y percepciones de sí mismo y de su contexto.
Es importante resaltar la importancia del reconocimiento de habilidades socioemocionales como: el pensamiento reflexivo, la comunicación asertiva, el liderazgo positivo, la resolución asertiva de conflictos, la lectura crítica de contextos, entre otras, dentro de la exploración de estos elementos constitutivos de la personalidad.
Aunado a lo anterior, es fundamental realizar actividades de formación y desarrollo de capacidades y competencias (cognitivas y transversales), donde a través de diversas metodologías se logren potencializar los recursos identificados y aquellos que son latentes de ser desarrollados.
6.4.2. Identificación de intereses y posibilidades
En este momento se trata de identificar los intereses que el usuario posee, haciendo énfasis en las distintas dimensiones de su ser y en la relación con su contexto. Por consiguiente, se debe propender a generar un análisis relacional entre lo descubierto en el punto anterior (6.4.1), los propósitos y las posibilidades (elementos contextúales) que existen para llevar a cabo lo deseado; es propiciar la planeación y análisis para la consecución de sus metas y proyectos. En este punto las posibilidades, al igual que los demás elementos, se establecen desde la percepción del usuario, con la orientación de los profesionales.
6.4.3. Identificación escenarios de desarrollo
En este tercer momento, se hace la identificación y acercamiento a las redes y escenarios del contexto que representen oportunidades para el fortalecimiento de recursos del sujeto; esto se realizará en el marco de los intereses y posibilidades que se establecieron anteriormente. Aquí se acompaña al joven en el establecimiento de estas relaciones, ampliando sus perspectivas y redes de apoyo.
Así mismo, se busca que el usuario tenga acceso a la información de actores y programas nacionales, departamentales, municipales y locales, que coadyuven con la materialización de sus metas en sus distintas trayectorias de vida.
Dichas redes y escenarios pueden ser ubicados y gestionados desde los distintos entornos de los individuos: la familia, los referentes afectivos, las redes interinstitucionales, Entidades educativas, sector productivo, etc.
Paralelamente, se debe realizar un acercamiento y sensibilización a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes sobre su contexto (barrio, ciudad, región), suministrando información clara sobre las diferentes problemáticas sociales de su realidad circundante, desarrollando pensamiento crítico y reflexivo donde el usuario pueda crear y proponer alternativas para la intervención y transformación de su mundo social.
En este momento es fundamental el apoyo de los profesionales para generar procesos genuinos de inclusión social.
6.4.4. Autogestión, autonomía y corresponsabilidad
Por último, este momento hace referencia a aquellas estrategias e intervenciones que desarrollan o fortalecen las competencias asociadas al tránsito hacia a la vida adulta, con el desarrollo progresivo de la autonomía y el pensamiento crítico-reflexivo.
En ese orden de ideas, se considera fundamental fomentar procesos de reconocimiento de deberes y derechos como ciudadano, que sitúen al adolescente o joven, en el contexto donde se desenvuelve, como agente social de cambio.
En este momento se debe profundizar en temas como:
- Mecanismos de participación ciudadana.
- Su rol como ser político (que hace referencia a la capacidad de decidir frente a la vida propia en relación con las contingencias sociales).
- Corresponsabilidad como principio para el reconocimiento de su rol participativo y trasformador en la sociedad.
- Importancia de sus decisiones, no solo en lo que concierne a su vida, sino también en lo que tiene que ver con la colectividad donde convive con otros.
Igualmente, se debe orientar al adolescente o joven respecto a la vinculación a lo público a través de un proceso de movilización personal y de generación de vínculos con otros individuos.
Otro aspecto fundamental es el de fortalecer aquellas competencias asociadas a las dinámicas propias del tránsito hacia la vida adulta y que, aunque parezcan simples, constituyen una dificultad para muchos de los beneficiarios egresados de los servicios de protección y que no cuentan con redes de apoyo o vinculares que los orienten frente a estas(49). Por esta razón, es de vital importancia realizar intervenciones que les den herramientas relacionadas con: manejo de dinero, importancia del ahorro(50), acceso a servicios públicos, forma de realizar trámites bancarios o similares, ubicación socioespacial (en el barrio, la ciudad, el país, etc.), entre otras.
Por otra parte, en este momento se debe permitir al adolescente o joven realizar con mayor autonomía e independencia algunas actividades. Esto quiere decir que el acompañamiento profesional debe ir remitiéndose más hacia la orientación, que a la realización operativa de gestiones propias de la vida cotidiana.(51)
Por lo tanto, en las modalidades que así lo permitan(52), deben propiciar la cogestión o autogestión de recursos (no solamente se hace referencia a los de tipo económico). La gestión de recursos a partir posibilita su integración social, vinculación afectiva y laboral. Aquí el adolescente o joven debería buscar las alianzas interinstitucionales y con el sector empresarial para ampliar sus alternativas de inserción social y laboral.
Por último, se debe fomentar la vinculación de los adolescentes y jóvenes a grupos que se dedican a actividades de interés común. Es aquí donde se fortalecen procesos de aprendizaje y se potencializan los espacios en los cuales los individuos crean conciencia en temas como la corresponsabilidad, el tejido y la responsabilidad social, el liderazgo, el trabajo en equipo y la apropiación de su comunidad desde una visión colectiva entre otras.
Con este eje también se pretende generar iniciativas de impacto en el ámbito del servicio social como la posibilidad para los adolescentes y jóvenes de vincularse de una manera libre, responsable y solidaria a proyectos de tipo comunitario y social que articule sus búsquedas personales con proyectos sociales de beneficio común, priorizando su entorno inmediato, es decir, institución, hogar sustituto, compañeros del ICBF, etc.
Esto último tiene que ver con la generación de conciencia respecto a su rol en la sociedad y su participación en las trasformaciones sociales.
7. Acciones orientadoras y de gestión para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el marco de los modelos de atención de los servicios de protección del ICBF.
En el presente capítulo se describen algunas acciones de orientación y gestión que deben ser realizadas durante los procesos de atención a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes bajo alguna medida de protección. Estas deben ser ejecutadas por los operadores y deben tener como objetivo el desarrollo y fortalecimiento de competencias (tanto cognitivas como transversales) que coadyuven en la construcción y materialización de los proyectos de vida de la población atendida, fomentando la autonomía y el pensamiento crítico.
Como se reseñó en el apartado de marco conceptual (3. Marco conceptual), el sentido de vida es la justificación última de la existencia, por lo que las intervenciones deben propender a la identificación y reconocimiento de los vínculos significativos, estrategias de afrontamiento y acciones que representan un propósito, en el marco de sus proyectos vitales.
Hay que señalar que algunas de las acciones deben ser consideradas a la luz de la experiencia de niños, niñas, adolescentes y jóvenes y el momento vital por el que atraviesa (ver 4.2. Curso de vida). Si bien no es posible definir las intervenciones a partir de un criterio etario, es indispensable entender que la experiencia de cada sujeto varía y se significa a partir de configuraciones culturales complejas. Por consiguiente, los momentos 1 y 2 están enfocados hacia la mayoría de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes (dimensión individual), mientras que los momentos 3 y 4 se contemplan para aquellos niños, niñas, adolescentes y jóvenes con mayor grado de desarrollo de competencias y conciencia respecto a sí mismo y su contexto, llevando a que las intervenciones incrementen en su grado de autonomía. Lo anterior deberá ser definido por el equipo psicosocial a partir de las valoraciones y las subsiguientes intervenciones por cada área.
Particularmente el momento 4 se enfoca más en adolescentes y jóvenes, sin que ello desconozca la posibilidad de realizar abordajes desde este momento con niños y niñas.
En ese sentido, y teniendo en cuenta la línea metodología expuesta en el numeral 6.4 se propone realizar las siguientes acciones(53):
Tabla 3: Acciones orientadoras y de gestión para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el marco de los modelos de atención de los servicios de atención del ICBF.
Momento 1: Reconocimiento de recursos, potencialidades, habilidades, capacidades y destrezas personales
| Premisas orientadoras | - ¿Quién soy? - ¿Cómo me reconozco? - Soy producto de mi historia, mi contexto y mis decisiones. |
| Acciones orientadoras y de gestión | - Actividades e instrumentos metodológicos que permitan generar el reconocimiento de recursos y vínculos significativos. - Generar procesos de aceptación ("soy producto de situaciones y dinámicas externas”), reconociendo aspectos particulares y singulares que caracterizan al niños, niñas, adolescentes y jóvenes(54). - Actividades, talleres o intervenciones donde se fortalezcan las competencias transversales que los profesionales identifiquen como necesarias para su proceso de desarrollo integral (ver capitulo Marco conceptual). - Identificar y reconocer qué escenarios, actividades o situaciones le generan satisfacción personal. - Si existen redes de apoyo o vínculos significativos, articularlos al proceso de atención, generar intervenciones para el reconocimiento de sí mismo a través de su red vincular, fortaleciendo dichas relaciones positivas. - Propiciar espacios donde los niños, niñas, adolescentes y jóvenes puedan explorar temas culturales, deportivos, de emprendimiento, recreativos, y académicos, que coadyuven en la identificación de recursos, habilidades y competencias, así como el desarrollo de nuevas. - Identificar recursos tales como: - Autorreflexión. - Estrategias de identificación y elección de metas personales. - Autodeterminación personal. - Autoesquemas. - Conflictos y formas de resolverlos. - Estrategias de afrontamiento. - Desarrollar actividades e intervenciones que fortalezcan la conciencia respecto al autocuidado y el cuidado del otro (sujetos, colectivos, ambiente). - Actividades y talleres que fortalezcan la autoestima y la conciencia sobre sí mismo como un ser bio-psico-social(55). |
Momento 2: Identificación del intereses y posibilidades
| Premisas orientadoras | - ¿Qué me gusta? - ¿Cómo me veo a futuro? - ¿Qué me veo haciendo en el futuro? ¿En qué contextos? - ¿Cómo me gustaría verme y que me reconocieran los demás? - ¿Cómo puedo realizar mis metas? |
| Acciones orientadoras y de gestión | - Desarrollar actividades e intervenciones que permitan a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes reconocer sus gustos e intereses, asociados a las distintas dimensiones de su ser (culturales, deportivos, académicos, ocupacionales, éticos, estéticos, políticos, etc.) - Generar procesos analíticos y reflexivos que conlleven a que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes identifiquen las relaciones e interacciones que existen (o no) entre lo identificado en el Momento 1 y sus intereses y gustos. - Generar intervenciones y actividades donde los niños, niñas, adolescentes de gestión y jóvenes pueda proyectarse, visualizarse a futuro, teniendo en cuenta gustos e intereses, ¿cómo me gustaría verme en el futuro? - Orientar los niños, niñas, adolescentes y jóvenes para que pueda determinar (desde sus creencias y percepciones) qué posibilidades existen de llevar a cabo sus metas y objetivos. - Determinar los esquemas y procesos que adoptan los niños, niñas, adolescentes y jóvenes para la consecución de metas. - Establecer junto con el usuario posibles metas a corto y mediano plazo, que sean coherentes con sus intereses y recursos, además que deben ser, hasta cierta medida, realizables(56). - Realizar actividades que generen conciencia respecto al cuidado ambiental y la relación armónica con la naturaleza. |
Momento 3: Identificación escenarios de desarrollo
| Premisas orientadoras | - ¿Cuál es mi contexto? ¿Qué características particulares presenta mi contexto (familia, institución, barrio, ciudad, departamento, país, planeta). |
| - ¿Con quién, cómo y dónde puedo desarrollar estrategias para la consecución de mis metas? | |
| - ¿Cómo puedo articular lo identificado en los momentos 1 y 2 con mi realidad contextual? | |
| Acciones orientadoras y de gestión | - Desarrollar y gestionar actividades e intervenciones que acerquen a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes a su realidad, teniendo en cuenta su experiencia de vida y su contexto (de origen y/o de desarrollo): familia, institución, barrio, ciudad, departamento, país, planeta. - Propiciar espacios para acercar y dar a conocer a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes espacios de participación ciudadana. - Desarrollar estrategias e intervenciones que fortalezca la conciencia respecto a los deberes y derechos, haciendo hincapié en la interacción coherente de estos dos como mecanismo parada convivencia. - Desarrollar actividades donde se fomente el reconocimiento del otro como legitimo otro(57). - El profesional deberá identificar posibles escenarios de desarrollo con actores y programas territoriales o del plano nacional(58). - Realizar actividades e intervenciones que sitúen al niños, niñas, adolescentes y jóvenes en su contexto, posicionándolo como agente de cambio social y personal. |
Momento 4: Autogestión, autonomía y corresponsabilidad
| Premisas orientadoras | - ¿ Cómo puedo conseguir realizar mis planes y proyectos en el marco de la vida autónoma y tránsito hacia la vida adulta? - ¿ Cómo puedo aportar a mi contexto como agente social de cambio? - ¿ Qué responsabilidades y deberes tengo como ciudadano y agente social de cambio, en relación con mi contexto? |
| Acciones orientadoras y de gestión | - Fortalecer las competencias asociadas a la convivencia. - Desarrollar actividades e intervenciones que fortalezcan las competencias y conductas para asumir lógicas y dinámicas propias de la vida autónoma: - Manejo responsable de los recursos económicos, - Estrategias e importancia del ahorro(59). - Hábitos de vida saludable. - Acceso a servicios públicos. - Búsqueda de empleo (simulaciones de entrevistas y escenarios laborales). - Aplicación de instrumentos de orientación socio-vocacional. - Solución de situaciones de la cotidianidad. - Entre otros. - Generar procesos de corresponsabilidad con el contexto. Esto implica desarrollar procesos de conciencia respecto a su rol en la sociedad y el efecto de sus decisiones en esta. - Fomentar actividades de voluntariado donde el adolescente o joven pueda intervenir en su contexto de manera propositiva, creativa, reflexiva y democrática. - Fortalecer las estrategias para la consecución de metas. - Realizar procesos de reflexión y evaluación donde el adolescente o joven genere análisis sobre las estrategias y mecanismos para realizar sus planes y proyectos de vida, en el marco de la definición de su sentido vital. - Desarrollar actividades e intervenciones para el fortalecimiento del liderazgo. |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección - ICBF.
Como es posible observar, los dos primeros momentos hacen énfasis en la dimensión individual del sujeto, mientras que los dos últimos procuran la conjunción y articulación entre la dimensión individual con la colectiva, propendiendo a la generación de la autonomía y al fortalecimiento de competencias que posibiliten la inclusión sociolaboral y el desarrollo de un proyecto de vida, con sentido y propósito.
Así mismo, hay que aclarar que con la implementación de este lineamiento no se espera que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, al momento del egreso, tengan su sentido y proyecto de vida claramente definidos; como se ha mencionado, este es un proceso dinámico, mutable y que conlleva la constante reformulación y evaluación de estrategias, metas, medios, etc. Empero, es indispensable que la atención brindada a la población, el tiempo que permanezcan en los servicios, debe apuntar al fortalecimiento de las competencias, habilidades y destrezas que permitan generar autoconciencia frente a la importancia de los elementos que dan sentido a su vida.
Es fundamental recalcar que la implementación de las acciones deberá tener en cuenta las situaciones y condiciones particulares de la población, asociadas a las características de: edad, género, orientación sexual, etnia, curso de vida, o si tienen alguna condición de discapacidad. En ese orden de ideas, las intervenciones deber) ser coherentes con los modelos de atención para cada una de las modalidades, siendo flexibles, creativos e innovadores frente a los instrumentos o metodologías que cada operador utiliza para el desarrollo de las acciones descritas.
En conclusión, el lineamiento busca ser un complemento de los modelos ya establecidos para la población bajo alguna medida de protección de ICBF, propiciando procesos de formación y aprendizaje, para el fortalecimiento de competencias y habilidades que les permitan asumir decisiones coherentes, orientados hacia una vida autónoma.
7.1.1. Articulación con los modelos de atención de restablecimiento de derechos y de responsabilidad penal para adolescentes
7.1.1.1. Restablecimiento de Derechos
Los momentos y acciones descritos anteriormente se articulan con el modelo de atención para los niños, las niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados(60), por un lado, en los niveles de atención individual y de redes de apoyo.
Como lo menciona el lineamiento modelo, en lo concerniente a lo individual, el proceso de atención “(...) deberá centrarse en el fortalecimiento de sus potencialidades teniendo como fundamento el desarrollo humano y el desarrollo integral” (p.31).
En cuanto a las redes de apoyo, la atención se focaliza en el “fortalecimiento de la comunicación, vínculos afectivos, manejo asertivo de normas, en la resolución de conflictos y apropiación de roles que constituyen los rituales propios en los que transcurre la vida de cada familia [comunidad])" (p.33), razón por la cual el fortalecimiento en competencias transversales y en la relación de los usuarios con el contexto para lograr la inclusión social efectiva, tiene correspondencia con este nivel de atención.
Por su parte, en todas las fases y estrategias de fortalecimiento del proceso de atención(61), los momentos y acciones descritos en el presente lineamiento deben ser tenidos en cuenta. En la fase I del modelo (identificación, diagnóstico y acogida), corresponde lo descrito en el momento 1 (6.4.1) específicamente. En la fase II (Fortalecimiento), de debe continuar con lo describo en el momento 1, y a partir del proceso particular de cada usuario, los profesionales del equipo psicosocial deberán ejecutar lo expuesto en los demás momentos, teniendo como objetivo el fortalecimiento y desarrollo de potencialidades, en el marco de sus sentidos y proyectos de vida.
Hay que resaltar que el momento 4 (6.4.4), tal como se señala anteriormente, está más enfocada a adolescentes y jóvenes, también como parte de preparación para su egreso (Fase III: Proyección y preparación para el egreso). No obstante, dependiendo del proceso de cada usuario, es posible que los momentos 2 y 3 puedan ser aplicados para esta fase.
7.1.1.2. Responsabilidad Penal para Adolescentes
Al igual que con el modelo de restablecimiento de derechos, los momentos y acciones para el desarrollo de potencialidades (ver numerales 6.4 y 7) se encuentran alineados con lo expuesto en los niveles y componentes del modelo de atención.
Como ya se ha expuesto, la línea metodología propuesta pretende generar una comprensión sistémica de los usuarios, partiendo de lo individual para realizar un tránsito hacia escenarios colectivos (familia, grupo o contexto), a partir de acciones y procesos dialécticos y dialógicos entre los distintos niveles.
En cuanto a los componentes, son los de Trascendencia y sentido vital(62) y Autonomía desde lo pedagógico(63) los que más relación tienen con lo señalado en este documento.
Por último, en cuanto a las fases del modelo de atención, el momento 1 (6.4.1) corresponde a la fase de Aceptación y acogida; en la fase de Permanencia, el operador deberá dar continuidad con el momento 1, y a partir de los objetivos propuestos por el equipo psicosocial y el proceso del adolescente o joven, se procederá con las acciones de los siguientes momentos, con el fin de fortalecer y desarrollar las potencialidades de los usuarios, en el marco de sus sentidos y proyectos de vida.
Al igual que se señaló en el apartado de Restablecimiento de Derechos, el momento 4 (6.4.4) se enfoca a adolescentes y jóvenes como parte de preparación para su egreso (Fase de Proyección), sin embargo, dependiendo del proceso de cada usuario, es posible que los momentos 2 y 3 puedan ser aplicados para esta fase.
8. Modalidad de Casa Universitaria(64)
Teniendo en cuenta lo señalado en el apartado de Justificación, respecto a la necesidad de generar procesos de desinstitucionalización que apunten al desarrollo de la autonomía para los adolescentes y jóvenes, con o sin discapacidad, que egresan de los servicios de protección, especialmente para aquellos que no cuentan con una red de apoyo y se encuentran con situación jurídica definida en adoptabilidad, la Dirección de Protección creó una modalidad especializada en ese tránsito a la vida autónoma y corresponsable.
A continuación, se describe la modalidad mencionada.
8.1. Descripción de la Modalidad
La Casa Universitaria, es una modalidad de atención que propone generar un ambiente con lógicas, dinámicas y espacios físicos adaptados a las necesidades y requerimientos propios de la transición de los jóvenes hacia la vida adulta y autónoma. En la etapa previa a su independización e inserción social y laboral, se pretende, brindarles la oportunidad de tomar decisiones frente al manejo autónomo del tiempo, el dinero entre otros recursos, así como espacios idóneos para cumplir con sus compromisos académicos, tanto de manera individual como grupal, que requieren para el desarrollo de sus procesos educativos y la realización de sus proyectos, promoviendo la convivencia en comunidad. Esta modalidad tiene como eje principal el desarrollo de las capacidades, habilidades, destrezas y competencias necesarias en los adolescentes y jóvenes para asumir la vida autónoma(65).
La convivencia comunitaria, que se experimenta en la cotidianidad de la Casa Universitaria, promueve el aprendizaje personal y social, y favorece la generación de estrategias, herramientas y competencias socioemocionales que facilitan la progresiva adaptación e inserción a su entorno.
Para lograr lo anterior, el acompañamiento del talento humano orienta y realiza intervenciones que permitan el desarrollo, reconocimiento y aprovechamiento de recursos que faciliten la transición a la vida adulta, por medio del fortalecimiento personal y la inclusión social, enfocadas a desarrollar procesos y herramientas de autogestión y corresponsabilidad(66).
8.2. Objetivos de la modalidad de Casa Universitaria
8.2.1. Objetivo general:
Brindar espacios con condiciones y dinámicas adaptadas para que los adolescentes y jóvenes vivan procesos de preparación para el egreso y tránsito hacia la vida autónoma e independiente.
8.2.2. Objetivos específicos:
- Brindar las herramientas y recursos para que los adolescentes y jóvenes del ICBF se formen en autonomía y responsabilidad de tal manera que estén preparados para el egreso de los servicios de protección con un proyecto de vida definido.
- Fomentar en los adolescentes y jóvenes el sentido de la corresponsabilidad frente a sus procesos y la sociedad, por medio del empoderamiento y la toma de decisiones en la formulación de su proyecto de vida.
- Desarrollar habilidades, competencia y destrezas que faciliten su inserción social y laboral.
8.3. Población objetivo específico de la modalidad de Casa Universitaria
Los jóvenes, con o sin discapacidad, con medida de restablecimiento de derechos vigente(67) que cumplieron 18(68) años bajo protección del ICBF, que cuenten con un proceso administrativo de restablecimiento de derechos PARD abierto y que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior, serán atendidos en la modalidad de Casa Universitaria de restablecimiento de derechos.
Los jóvenes que cumplieron 18 años vinculados al SRPA(69), que se encuentren en cumplimiento de una sanción o en una medida complementaria de Restablecimiento en administración de justicia, que no cuentan con una red de apoyo y que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior, serán atendidos en la modalidad de Casa Universitaria de SRPA(70).
8.4. Criterios de ingreso, ubicación y permanencia específicos de la modalidad de Casa Universitaria
Los jóvenes y adolescentes que se encuentran vinculados a sus estudios superiores o de formación para el trabajo y desarrollo humano, que están aprobados para iniciar primer semestre o ciclo de formación, pueden aplicar para ingresar a la modalidad de atención Casa Universitaria, siempre y cuando cumplan con los siguientes criterios:
- Encontrarse bajo protección del ICBF, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos vigente o encontrarse vinculado al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
- Estar vinculado al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes cursando un programa académico con duración menor o igual al tiempo de su sanción o el tiempo de su medida(71).
- Ser mayor de 18 años. Sin embargo, podrán ser vinculados a la Casa Universitaria aquellos adolescentes mayores de 16 años que a partir del concepto de la autoridad administrativa se determine que la ubicación en dicha modalidad es conveniente para el proceso formativo del adolescente, teniendo en cuenta que éste debe acogerse a las dinámicas de la modalidad y debe asumir el rol específico que le corresponda dentro de ella y la autoridad administrativa debe dar los permisos necesarios para que el adolescente cumpla con las condiciones de ubicación y permanencia.
- Estar cursando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior.
- El adolescente o joven debe manifestar interés e iniciativa legítima de ser postulado a la modalidad de Casa Universitaria de acuerdo con su proyecto de vida.
- Los jóvenes deben hacer la solicitud formal de postulación a la modalidad de Casa Universitaria ante la autoridad administrativa o judicial y ante el equipo interdisciplinario de la modalidad en la que se encuentra.
- Los jóvenes que se postulen o sean postulados a la modalidad de Casa Universitaria, deben estar vinculados a cualquiera de las modalidades de atención para restablecimiento de derechos en medio diferente a la familia biológica o extensa, o del Sistema de responsabilidad penal para adolescentes.
- Los conceptos de los equipos interdisciplinarios, tanto del operador como el de la autoridad administrativa, deben evidenciar que los niveles de autonomía, responsabilidad y compromiso del joven son óptimos para asumir las dinámicas y responsabilidades de la modalidad, además de contar con claridades respecto a su proyecto y planes de vida.
Por otro lado, para su ubicación, la autoridad administrativa decidirá y determinará, teniendo en cuenta el previo concepto del equipo interdisciplinario, la viabilidad de la ubicación en la modalidad y el operador de Casa Universitaria que mejor se ajuste a las necesidades y condiciones del joven teniendo en cuenta su opinión. Además de las particularidades del joven, en dicho concepto se tendrá en cuenta:
- En ningún caso se ubicará en el servicio jóvenes que aún estén en proceso de decisión de su programa académico o de la institución educativa en la que realizarán sus estudios.
- Jóvenes con consumo de SPA o condición psiquiátrica que requieran atención especializada institucional, no podrán ser ubicados en las Casa Universitaria. En caso de que, habiendo sido ubicados en esta modalidad, se presente la necesidad de atención especializada institucional para tratar el consumo de SPA, su reincidencia o alguna condición psiquiátrica, deberán ser ubicados en los servicios especializados que requieran. Una vez terminen su tratamiento, y según concepto y decisión de la autoridad administrativa y del joven, podrán retornar a la modalidad y continuar su proceso.
- Los jóvenes con discapacidad podrán ser ubicados en la modalidad, teniendo en cuenta los ajustes razonables que el operador debe hacer para garantizar el goce efectivo de sus derechos, así mismo deberán tener en cuenta el Lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, con derechos amenazados y/o vulnerados(72).
- Para los jóvenes mayores de 18 años que están ubicados en modalidades de protección del ICBF diferentes a la Casa Universitaria, que se encuentren cursando una formación de educación superior o formación para el trabajo y el desarrollo humano, y que no deseen hacer el traslado de modalidad(73), se tendrá que continuar con su proceso de atención en el operador y en la modalidad en la que se encuentra, ya que en estos casos se privilegiará la ubicación del joven en las instituciones o comunidades donde ha crecido.
- Si es posible y el adolescente o joven lo solicita, se privilegiará la cercanía de la Casa Universitaria al sitio de crianza, contexto cultural, familia extensa y redes de apoyo afectivo.
- Si es posible, se privilegiará la cercanía a los sitios de formación y se buscarán buenas condiciones de movilidad y transporte público.
- Todo joven que sea aspirante para ingresar a la modalidad de Casa Universitaria, debe haber tenido un acompañamiento por parte del talento humano de la modalidad en el que ha estado ubicado y del equipo de la autoridad administrativa, con el fin de preparar al joven para el inicio de su formación académica y facilitar su adaptación a las nuevas condiciones de vida.
- Al momento de ingreso del joven a la modalidad de Casa Universitaria, el equipo interdisciplinario del operador debe tener en cuenta los últimos informes de evolución e informes de resultados de la anterior modalidad, con el objetivo de conocer el trabajo que se viene realizando con el joven y, una vez aplicado el formato VÍA(74) (obligatorio al ingreso de la modalidad de Casa Universitaria) se debe evaluar, de acuerdo a los resultados, la pertinencia de reformular el PLATIN de la modalidad anterior para enfocarlo al trabajo de preparación para la vida autónoma e independiente, cumpliendo con los tiempos estipulados para la elaboración de estos documentos: PLATIN máximo 30 días calendario del ingreso del beneficiario a la modalidad.
Para dar por terminada la medida de restablecimiento de derechos de ubicación en la Casa Universitaria, la autoridad administrativa o judicial deberá tener en cuenta los siguientes criterios:
- Que el joven cumpla 25 años(75) y no se encuentre vinculado a un programa de formación académica.
- Cuando el joven cumpla 25 años(76) y se encuentre vinculado a un programa de formación académica, se realizará un estudio de caso respectivo, en el que se evalúe la trayectoria y desempeño académico del joven.
- Que el joven haya terminado con su formación académica o formación para para el trabajo y el desarrollo humano, o haber desertado de la misma.
- Por solicitud del joven donde manifieste su deseo de egresar de la modalidad.
- Por evasión de los servicios de protección.
- Incumplir con las normas pactadas por el gobierno comunitario y reglas institucionales, incurriendo en faltas graves o reiteradas.
- Fin de la sanción(77) y/o evasión de la medida en el SRPA.
- En caso de presentarse, cuando una joven se encuentre en embarazo se deberán realizarlas gestiones para el tránsito a una modalidad que cuente con las condiciones necesarias y pertinentes para la atención y el cuidado del niño y la joven, antes de la fecha prevista de nacimiento del bebé (78).
- Cumplir con el perfil de egreso según el concepto del talento humano de operador y/o equipo de la defensoría, la autoridad administrativa y los resultados de evaluación del formato de medición del índice de preparación para la vida independiente y autónoma- VÍA(79), o el instrumento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces y cuyo objetivo sea determinar el estado individual de las condiciones mínimas requeridas por los adolescentes y jóvenes de los servicios de protección para el momento de su egreso. Se deben evaluar aspectos como la vinculación laboral, acceso a vivienda, alimentación, transporte, salud, plan de ahorro(80), entre otros.
8.4.1. Postulación adolescentes y jóvenes a la modalidad de Casa Universitaria
Para el proceso de postulación a la modalidad de Casa Universitaria se establece la línea de acción para la selección de los adolescentes y jóvenes que desean ser postulados y ubicados en la modalidad de la siguiente manera:
8.4.1.1. Plano regional
El profesional responsable de los procesos relacionados con Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños en la Regional, junto con la autoridad administrativa correspondiente, deberán identificar a los estudiantes que deseen y que podrían postularse como aspirantes para la Casa Universitaria en el comité de gestión y desempeño(81). En este proceso de búsqueda de beneficiarios se deberá tener en cuenta a los/las aspirantes sugeridos(as) por el responsable de los procesos de Alianzas Estratégicas Proyecto Sueños de la Regional, los profesionales de la Sede Nacional, los operadores y los adolescentes o jóvenes que manifiesten su interés de ingresar a la modalidad, pero será la autoridad administrativa correspondiente quien decida si el/la joven será presentado (a) al comité, de acuerdo con lo evidenciado en el informe psicosocial elaborado por el operador en el que se encuentra ubicado el/la joven al momento de la postulación.
Para la asignación de los cupos de Casa Universitaria, la Regional deberá realizar un comité de gestión y desempeño(82) para estudiar los casos de los jóvenes que están de acuerdo con su postulación. Posteriormente, la autoridad administrativa debe autorizar el traslado a dicha modalidad y velar por realizar un acompañamiento de preparación para asumir los cambios que esta transición implica.
Es importante señalar que, por tratarse de adolescentes y jóvenes bajo medida de protección del ICBF, será competencia exclusiva de la Regional que postula, la decisión de ubicación y traslado de los adolescentes y jóvenes a la Casa Universitaria. Así mismo, la Regional debe realizar todas las gestiones adicionales que se puedan presentar, y que sean necesarias para garantizar el traslado de los jóvenes a la modalidad.
8.4.1.2. Comité Regional
En el marco del comité de gestión y desempeño se dará el aval a los/las jóvenes que serán trasladados a la modalidad de Casa Universitaria, de acuerdo a lo aprobado por la autoridad administrativa, y deberá dejar constancia de las decisiones y novedades presentadas para cada caso expuesto en el comité por medio del acta de postulaciones, la cual debe ir firmada por el/la Coordinador(a) de Asistencia Técnica o la persona que designe en su representación, así como por todos los participantes del mismo. Una copia de este documento, junto con el informe de justificación de ingreso a la modalidad de la defensoría y/o del operador deberán ser enviado por medio electrónico al Director(a) de Protección de la Sede Nacional.
Participantes del Comité Regional:
- Coordinador (a) de Asistencia Técnica o de Protección de la Regional o la persona que designe en su representación.
- Equipo de la Defensoría de Familia.
- Profesional (es) ICBF enlace(s) Regional(es) de Alianzas estratégicas y Proyecto Sueños.
8.4.1.3. Documentos requeridos para el Comité:
- Informe psicosocial de la Defensoría de Familia.
- Informe psicosocial del operador con la justificación de por qué el joven aspirante cumple con los requisitos para ingresar a la Casa Universitaria.
- Concepto del Defensor de Familia que indique que está de acuerdo con el traslado del joven y con las dinámicas propias de la Casa Universitaria (gestión y obtención de trabajo, flexibilidad de horarios y permisos, acceso a internet constante, asumir responsabilidades del hogar como cocinar, realizar limpieza, así como otras actividades cotidianas propias de la vida autónoma y en comunidad).
- El certificado de notas más reciente de la/el postulado(a) para conocer su desempeño académico.
- Hoja de vida de la/el postulado(a).
- Certificado laboral (si aplica).
- Considerando que la modalidad no cuenta con el talento humano ni la infraestructura necesaria para desarrollar una atención especializada, se debe anexar un concepto de estado de salud(83) donde se certifique que el/la joven:
- No presenta ninguna condición física o mental que impida la realización independiente de actividades cotidianas.
- No se encuentra en algún tratamiento médico que requiera algún tipo de seguimiento o cuidado por parte de otros(84).
- No presente consumo de sustancias psicoactivas.
Nota: Las personas que presenten algunas de las condiciones mencionadas, deben ser ubicadas en las modalidades de restablecimiento de derechos que le brinden una atención especializada de acuerdo con sus necesidades y dando cumplimiento a los lineamientos establecidos para cada caso. No obstante, si la condición certificada por el especialista idóneo y el concepto de la autoridad administrativa lo permite, el/la joven seguirá recibiendo los beneficios establecidos por el ICBF para dar continuidad a su proyecto de vida, previa evaluación y aprobación del caso específico, y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal para cada vigencia.
8.4.1.4. Notificación a central de cupos
Finalmente, una vez realizado el Comité de Gestión y Desempeño la Regional, este deberá coordinar con la central de cupos de la Regional los trámites correspondientes a la asignación de cupos, y con los operadores lo concerniente al traslado de los jóvenes, teniendo como soporte el acta de aprobación. Este proceso de traslado debe realizarse de acuerdo con el factor de competencia territorial establecido en el artículo 97 de la Ley 1098 del 2006 y al lineamiento técnico administrativo de ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados.
8.4.1.5. Traslado de la historia en físico
El traslado de la historia de atención deberá realizarse conforme a las normas de manejo documental y archivo vigentes, entre otros el procedimiento “P38.SA PROCEDIMIENTO DESARCHIVO Y TRASLADO DE EXPEDIENTES" y el procedimiento “P46.SA PROCEDIMIENTO CONFORMACIÓN HISTORIA DE ATENCIÓN VIGENTES”, y deberán tener en cuenta, además de los documentos solicitados por la Regional receptora, lo siguiente:
- Realizar el auto de traslado.
- Direccionar el caso a la autoridad administrativa en el SIM.
- Enviar el acta correspondiente o un soporte que en el que conste que el joven con declaratoria de adoptabilidad fue presentado al comité de adopciones.
- Realizar la postulación al componente de educación desde la Regional de origen y subir los documentos a la plataforma. Esto también aplica para la solicitud de gastos de sostenimiento.
- Elaborar la tabla de retención documental.
8.5. Proceso de Atención
Para la implementación de las modalidad de Casa Universitaria y de internado de preparación para la vida independiente, debe tenerse en cuenta el lineamiento técnico administrativo de ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados; el lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados; el lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados; el lineamiento modelo de atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley-SRPA; el lineamiento de medidas complementarias y/o de restablecimiento en administración de justicia; y el lineamiento de servicios para medidas y sanciones del proceso judicial SRPA. Estos definen el modelo de atención, las medidas de restablecimiento de derechos y las modalidades establecidas por el ICBF para la atención de los niños, las niñas o los adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados, así como para los jóvenes en conflicto con la ley vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
Al momento del ingreso del joven a la modalidad, se debe aplicar el formato de medición del índice de vida independiente y autónoma VÍA(85), que dará un diagnóstico de las condiciones de ingreso del adolescente o joven a la modalidad y con el cual se deberá evaluar la pertinencia de reformular el PLATIN del joven. Adicionalmente, el formato debe aplicarse cuando haya cursado el 50% del su programa académico (seguimiento) y al momento de egreso del adolescente o joven de la modalidad (verificación). Este formato también es una herramienta que permitirá al operador identificar temas que se deban abordar en el proceso de atención con los jóvenes. Para su utilización, remitirse a la Guía para la utilización del formato de medición del índice de preparación para la vida independiente y autónoma - VIA.
En el proceso de atención de la modalidad de Casa Universitaria y de la modalidad de preparación por la vida independiente, se deben desarrollar actividades aplicando la metodología del aprendizaje experiencial, mediante la implementación de talleres vivenciales, como parte de un proceso de aprendizaje y desarrollo de competencias transferibles a contextos diferentes en el tiempo y en el espacio. Este tipo de actividades experienciales tienen como resultado la asimilación e integración de los conceptos en la persona que los aprende, porque tienen un significado para su existencia presente.
El acompañamiento de los jóvenes ubicados en la modalidad de Casa Universitaria y en la modalidad de preparación para la vida independiente se llevará a cabo a través del desarrollo de 4 módulos implementados por ciclos de 6 meses (mínimo una sesión de cada módulo por semestre), durante el tiempo de operación de la modalidad, con el objetivo de generar una transformación personal y brindar herramientas para que los jóvenes potencien el desarrollo de habilidades y competencias propias de la vida autónoma e independiente.
Esta metodología busca que cada joven atendido descubra y potencialice sus recursos y competencias, desarrollando estrategias y mecanismos para enfrentarse al cambio y a lo desconocido, por medio del autoconocimiento y la conexión con su propósito de vida, para trascender y comprometerse con su entorno como miembro activo de la sociedad.
Esta metodología debe desarrollarse paralelamente a los estudios o responsabilidades laborales de los jóvenes por lo cual, le corresponde al equipo interdisciplinario o talento humano de la modalidad, diseñar e implementar los talleres o sesiones de acompañamiento para el desarrollo de los módulos de acuerdo con los horarios académicos y laborales de los jóvenes. De igual manera, el operador debe gestionar la participación de personas y/o entidades expertas en los diferentes temas que se propongan, de tal manera que se garantice un proceso con información de calidad para los jóvenes, dándoles la oportunidad de relacionarse con actores externos a la casa universitaria.
El operador debe elaborar el cronograma de actividades semestralmente y debe garantizar al menos 1 actividad por cada módulo durante este periodo. Este cronograma debe ser socializado con los jóvenes con anticipación, de tal manera que puedan organizar sus actividades personales. En caso de modificación del cronograma, debe ser informado a los jóvenes y de ser necesario, reprogramar las sesiones.
8.5.1. Módulo 1: Actividades de educación experiencial
A partir de actividades de tipo experiencial en un ambiente controlado, se debe poner a los jóvenes en situaciones desafiantes a nivel físico, mental y emocional que les permitan descubrir su propio potencial como persona y como líder. Estas actividades están enfocadas a enfrentar al joven con sus miedos, romper paradigmas, ir más allá de sus límites, afrontar situaciones de cambio, de crisis y realidades propias de la vida fuera de la institución.
A través de estos talleres vivenciales se generan espacios en los cuales los participantes se reúnen en grupo para trabajar a partir de experiencias personales, sobre algún tema específico. Este módulo posee una estructura y planeación previa que contempla, además de los contenidos teóricos, ejercicios que facilitan el aprendizaje y el desarrollo personal de los participantes, fomentando las relaciones interpersonales y promoviendo la reflexión sobre el autoconcepto que facilita la convivencia con los demás.
Llevada la metodología a la práctica, nos permite orientarla a la formación y transformación de las personas como individuos en relación con sus competencias, su liderazgo, capacidad de toma de decisiones, así como desde el punto de la interrelación con otros individuos, en la convivencia armónica, en la comunicación efectiva y el fortalecimiento de sus valores y de su cultura, acompañando el desarrollo de competencias transversales.
Este módulo le permitirá al joven conectarse con sus más grandes deseos y su propósito de vida, ya que a través de las actividades él irá identificando sus destrezas y las barreras que podrían interponerse en la realización de su proyecto de vida.
8.5.2. Módulo 2: Aplicación de herramientas
Se desarrolla de manera continua durante la atención por el equipo interdisciplinario de la modalidad y la participación de personas expertas. Este módulo pretende que los jóvenes pongan en práctica el ejercicio de empoderamiento y liderazgo mediante la formulación e implementación de un proyecto o iniciativa que tenga impacto en la comunidad, a la vez que consolidan su proyecto de vida.
A lo largo del proceso de formulación de la iniciativa, los jóvenes irán consolidando su proyecto de vida de manera paralela, por lo cual las capacitaciones teóricas y prácticas que se brinden en este módulo, deberán ir enfocadas a potenciar, desarrollar y fortalecer las competencias para la consecución de sus metas personales.
Algunos de los temas a tratar entre otros de este módulo son:
- Creatividad e innovación.
- Gerencia de proyectos.
- Comunicación asertiva.
- Liderazgo y empoderamiento.
- Gestión del cambio.
- Flexibilidad y adaptación.
- Ética e integridad.
- Educación financiera.
- Paradigmas.
- Inteligencia emocional.
- Técnicas para lograr la efectividad personas.
- Mindfulness o atención consciente.
- Sentido y proyecto de vida.
- Todos aquellos temas relacionados con prevención de riesgos y vulneraciones, teniendo en cuenta el enfoque diferencial.
- Derechos Humanos.
- Resolución de conflictos.
La modalidad deberá tener como resultado al menos una iniciativa o proyecto formulado por la misma comunidad de la Casa Universitaria que se desarrolle a través del arte, cultura, deporte, las comunicaciones, tecnologías, medio ambiente, entre otros. Las condiciones y tiempo de intervención serán fijados por los integrantes del proyecto o iniciativa.
8.5.3. Módulo 3: Acompañamiento psicosocial
Este módulo busca el fortalecimiento y crecimiento personal. Durante el desarrollo de esta metodología, los jóvenes tendrán acompañamiento periódico del equipo psicosocial en sesiones grupales o individuales según considere el profesional(86).
El acompañamiento psicosocial es un proceso de conversación y/o debate mediante el cual los jóvenes y los profesionales tratan temas de interés respecto a la vida, que les permita ampliar y transformar su forma de ver el mundo, interpretando historias de sí mismo, entendiendo y aceptando los diferentes puntos de vista de sus compañeros.
Con este módulo se espera que los jóvenes se concienticen de las diferentes problemáticas a las que se pueden enfrentar en el proceso de transición a la vida autónoma e independiente y desarrollen la habilidad de abordar las situaciones de manera práctica y acertada. Compartir experiencias, puntos de vista y plantear posibles soluciones a casos reales o hipotéticos, llevarán a los jóvenes a tener un espacio de debate en el que desarrollan habilidades, competencias y valores.
8.5.4. Módulo 4: Experiencias e historias inspiradoras
Este módulo busca que los participantes conozcan experiencias o historias e interactúen con personas que los inspire a ejercer su liderazgo para la realización de sus metas. A través de las historias de vida, lecciones aprendidas, entre otras experiencias, los jóvenes podrán ver oportunidades de crecimiento y encontrarán la motivación para proyectarse como líderes capaces de movilizar sus iniciativas o proyectos.
En este módulo se busca invitar egresados, artistas, personalidades, pensadores y emprendedores a compartir lo que más les apasiona con los jóvenes de la Casa universitaria, dándoles la oportunidad de conocer un amplio espectro de temas que incluyen ciencias, arte y diseño, política, educación, cultura, negocios, asuntos globales, tecnología, desarrollo y entretenimiento, entre otros, con el objetivo de potenciar el poder de las ideas para impactar su proyecto de vida y su contexto social.
Al finalizar el proceso en la modalidad de Casa Universitaria, cada joven tendrá la capacidad de reconocer que en su proceso ha:
- Aprendido a tener relaciones más sanas y transparentes.
- Ampliado la forma de verse a sí mismo y a su entorno.
- Desarrollado habilidades y conocimientos de liderazgo que podrán ser puestos al servicio de sí mismo y de su entorno.
- Experimentado diversas situaciones de cambio aceptadas como oportunidades de aprendizaje y transformación.
- Consolidado de valores como: el respeto, la responsabilidad y corresponsabilidad, el compromiso, la autonomía, el esfuerzo, la convivencia, la honestidad, la generosidad, la tolerancia y la solidaridad.
- Aprendido a valorar las diferencias como oportunidades de crecimiento.
- Trabajado en el fortalecimiento de su inteligencia emocional, reconociendo sus emociones y el impacto en sus relaciones.
- Descubierto y validado su propio potencial como persona y ponerlo al servicio de su proyecto de vida y de la sociedad.
- Aprendiendo a auto-observarse y cuestionarse en su rol de agente transformador de su entorno y la sociedad.
- Desarrollado habilidades y competencias propias de la vida autónoma e independiente.
- Reflexionado sobre su historia de vida, con el objetivo de continuar con una vida sana y autónoma.
8.6. Particularidades del servicio, específicas de la modalidad de Casa Universitaria
Las siguientes son las características del servicio:
a. La atención se garantiza durante las 24 horas al día, siete (7) días a la semana todo el año.
b. La Casa Universitaria se conforma hasta por máximo 48 jóvenes, teniendo en cuenta los rangos de 12 a 24 beneficiarios y de 25 a 48 beneficiarios.
c. Se debe tener en cuenta para la organización del servicio de las Casa Universitaria la diferenciación del uso de espacios, particularmente lo referente a ubicación en dormitorios y uso de baños, sanitarios y duchas de acuerdo con el sexo.
d. En el caso de adolescentes y jóvenes pertenecientes a grupos étnicos, es importante proveer un entorno que les permita preservar el derecho propio(87) y fortalecer el diálogo de saberes con los demás participantes de la modalidad.
e. Los jóvenes permanecerán durante todo su proceso en la misma Casa Universitaria. Los cambios de modalidad serán excepcionales, atendiendo a circunstancias especiales y establecidos por la autoridad administrativa, para lo cual deberá atender el concepto del equipo psicosocial del operador.
f. Cada grupo de jóvenes de las Casa Universitaria será acompañado por el profesional que sea asignado para desempeñarse como guía en la generación e implementación de los acuerdos de convivencia y las actividades de acompañamiento al desarrollo de capacidades.
g. La modalidad debe estar ubicada en zonas seguras y de fácil acceso a servicio público de transporte.
h. En el área de nutrición, no realizará informes de evolución, ni valoración inicial ya que éste será solicitado directamente con la entidad de Salud de cada beneficiario con la periodicidad establecida en la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición, o según disponibilidad de los servicios de salud, sin exceder el año.
i. Para las áreas de psicología, trabajo social y otras áreas se debe asegurar al menos un informe de evolución que sirva como insumo para planear las acciones de los (4) cuatro meses siguientes. El aumento de la periodicidad se determinará de acuerdo con el criterio del profesional de cada área. El informe de resultados cuenta con formato establecido por el ICBF, se deben registrar los logros alcanzados al finalizar el proceso de atención y las recomendaciones para el/la joven, cuando haya lugar a ello, o para el traslado a otra entidad o modalidad. Al momento de ingreso del joven a la modalidad de Casa universitaria, el equipo interdisciplinario debe realizar una reunión para analizar el informe de egreso de la modalidad anterior y de los resultados de ingreso del índice VIA, para determinar si es necesario hacer ajustes al PLATIN o al Plan de Atención Individual, los cuales deben quedar registrados en el informe de evolución o informe de seguimiento presentado a los 30 días del ingreso del joven y continuarán con la periodicidad establecida en el lineamiento modelo.
j. El informe de evolución para registrar los avances en el desarrollo del Plan de Atención Integral o individual del joven, exigido en los informes obligatorios del proceso de atención, tendrán una periodicidad de elaboración de cuatro (4) meses después de la revisión y/o ajuste del plan de atención individual o integral, y cada cuatro (4) meses por el tiempo que dure el proceso de atención. La entrega a la autoridad administrativa se realizará cinco (5) días hábiles después de la fecha de su elaboración.
k. Para la modalidad de Casa Universitaria, el tiempo de entrega del registro de la encuesta de satisfacción se realizará cada cuatro (4) meses, junto con el informe de evolución.
l. Esta modalidad permitirá a estos jóvenes tener horarios más flexibles que les permita articular de manera armónica su trabajo, su estudio y su vida personal, además de permitirles el ingreso a compañeros externos, o amigos, para la realización de trabajos y actividades de socialización, de acuerdo con lo establecido en el pacto de convivencia. Los estudiantes tendrán acceso en el horario que les convenga a los espacios de la casa que faciliten su proceso de aprendizaje.
m. Con el acompañamiento del talento humano de la modalidad se deben generar acuerdos para el manejo del dinero de los jóvenes, y establecer un plan de ahorro programado(88).
n. La Casa Universitaria se rige por acuerdos de convivencia definidos e implementados de forma democrática a través de un pacto o acuerdo de convivencia. Se hace énfasis en el ejercicio de la responsabilidad, el compromiso, la autonomía, la autosuficiencia, la autogestión, la resolución asertiva de conflictos, el diálogo y la convivencia pacífica.
Este pacto o acuerdo debe contemplar aspectos sobre:
- Establecimiento de horarios.
- Asignación de responsabilidades y responsables.
- Procedimientos para la resolución de conflictos.
- Fijar acciones ante el incumplimiento de los acuerdos establecidos.
- Establecer las instancias de participación y regulación.
- Definir el conducto regular de comunicación, estableciendo de manera clara los interlocutores.
o. Cada integrante de la Casa Universitaria debe asumir un rol específico dentro de la institución, este rol debe ir asociado a quehaceres(89) que permitan el desarrollo de una dinámica de vida en comunidad. Para esto, se debe organizar a los jóvenes en grupos o brigadas en las que se distribuirán diversas responsabilidades y las cuales irán rotando periódicamente con el objetivo de que todos participen de las diferentes actividades designadas. Esta distribución de actividades y periodicidad deberá ser acordada con los jóvenes y deberá quedar definida en algún documento de fácil consulta para las personas que habitan la modalidad.
p. En el caso que se evidencie la presencia de la familia de origen, extensa y/o referentes afectivos de los jóvenes estos deben ser sensibilizados y convocados a establecer un vínculo con los integrantes de la institución y participan en el proceso de convivencia y formación, cuando sea pertinente.
q. Los jóvenes deben organizar su tiempo de manera que puedan tener una vinculación laboral o un proyecto de emprendimiento que les permita la generación de recursos propios y de preparación para el proceso de egreso de la modalidad.
r. Teniendo en cuenta las dinámicas de la Casa Universitaria, en las que se fomenta la independencia, compromiso, autonomía, autogestión y se asumen roles específicos dentro de la institución, el operador no está exento de brindar todos los servicios que se establecen en el lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados, en el lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados, en el lineamiento modelo de atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley-SRPA, y en el lineamiento de medidas complementarias y/o de restablecimiento en administración de justicia.
s. El operador debe cumplir con lo establecido en Minuta patrón para Jóvenes y adultos de 16 a 24 años 11 meses en preparación para la vida independiente(90) y en el Anexo 1: alimentación y nutrición.
t. El operador no está obligado a mantener un aviso o valla visible en la parte externa de la institución con la imagen Corporativa del ICBF.
u. El operador debe asegurar acceso a internet permanente a los jóvenes con el objetivo de favorecer las consultas, investigaciones y trabajos que su programa académico requiera, así como el acceso a plataformas para la búsqueda de empleo.
v. El operador debe fomentar espacios de participación conjunta que permita a los jóvenes interactuar, conversar, intercambiar y compartir experiencias propias de cada uno de los beneficiaros con el objetivo de generar vínculos y redes. Así mismo, debe generar espacios donde participen los jóvenes para analizar temas asociados a la inclusión social (académica y laboral) para desarrollar estrategias conjuntas y empoderarlos frente a la toma de decisiones y realización de acciones que les permita mejorar en las dimensiones que se consideren oportunas.
w. Los permisos de participación, viajes, postulaciones, uso de imagen y demás actividades realizadas en el marco de los componentes de la iniciativa, deberán ser informados la autoridad administrativa correspondiente.
x. El operador debe contar con un equipo interdisciplinario enfocado en el fortalecimiento del proceso hacia la independencia y autonomía(91) de los jóvenes, establecido para la modalidad(92).
y. El operador debe generar espacios y buscar oportunidades para que los adolescentes y jóvenes adquieran competencias, habilidades y destrezas que favorezcan la inclusión social al momento de su egreso, estableciendo alianzas estratégicas que apoyen el modelo de atención.
z. Garantizar la implementación de los lineamientos y demás procesos establecidos para la atención de la población ICBF.
8.7. Gobierno comunitario
Además de las herramientas para la participación establecidas en el “Lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados”, el operador de la Casa Universitaria debe poner en marcha, junto con los jóvenes y el equipo psicosocial, el gobierno comunitario, con el objetivo de garantizar espacios que promuevan la participación activa de los miembros de la casa.
8.7.1. Asamblea Comunitaria
El órgano máximo de decisión de la Casa Universitaria es la Asamblea Comunitaria, la cual está constituida por los jóvenes que habitan en el inmueble, el equipo interdisciplinario, la coordinación de la casa y una representación de familia de origen y/o referentes(93) (la cual tendrá voz, pero no tendrá voto al momento de la toma de decisiones), y es quien define el pacto o acuerdo de convivencia y el funcionamiento de las brigadas.
La autonomía de la Asamblea Comunitaria está delimitada por los lineamientos del servicio del ICBF, las medidas administrativas de autoridad, el código de ética, el pacto o acuerdo de convivencia y el reglamento básico del operador.
8.7.1.1. Liderazgo y sesiones de la asamblea
El liderazgo de la asamblea será ejercido por el coordinador de la casa, quien debe convocar a las sesiones, que se celebrarán cada 6 meses, para la elaboración del plan semestral del servicio, así como el monitoreo y definición de acciones de mejora. La asamblea puede reunirse de forma extraordinaria si se requiere y serán solicitadas por el coordinador u otro miembro, previa solicitud al coordinador. Estas sesiones deben contar con la presencia de al menos uno de los profesionales del equipo psicosocial.
8.7.1.2. Reuniones comunitarias
Cada Casa Universitaria realiza reuniones comunitarias o comités quincenales o mensuales para revisar y ajustar el funcionamiento general de la casa de manera conjunta con los adolescentes y jóvenes de la modalidad. Estas reuniones las convoca y lidera el coordinador y deben contar obligatoriamente y como mínimo con la presencia del joven representante(94), el formador diurno y/o el trabajador social y/o psicólogo y/o profesional de área.
8.7.7.3. Brigadas
Un aspecto importante en el gobierno comunitario es la participación de los adolescente y jóvenes en la realización de las actividades cotidianas desarrolladas en la Casa Universitaria, para esto cada integrante debe asumir un rol específico dentro de la institución por medio de las brigadas que, además de desarrollar las actividades designadas en las reuniones comunitarias o comités, deberán tener en cuenta los siguiente:
- El objetivo de las brigadas es preparar a los adolescentes y jóvenes en las tareas propias de la vida independiente, formándolos en la autonomía, en el trabajo colaborativo, el respeto a las personas y la responsabilidad en la vida comunitaria.
- Serán asignadas según diferentes quehaceres o necesidades de la casa, ejemplo: brigada de limpieza de áreas comunes, brigada de acogida, brigada de exteriores, brigada de cocina, manejo de basuras, recepción y almacenamiento del mercado etc. Las brigadas no realizarán la limpieza de los dormitorios, éstos son responsabilidad única y exclusivamente de los adolescentes o jóvenes que comparten este espacio.
- Las brigadas deben rotar periódicamente de tal manera que todas participen en las diferentes actividades de la Casa Universitaria. La organización de integrantes y tiempos de rotación serán fijados por los asistentes a las reuniones comunitarias o comités.
- El número de personas por brigada dependerá de la complejidad de las tareas a desarrollar.
- Las brigadas y sus tareas deben coordinarse de acuerdo con los horarios de los jóvenes, y es responsabilidad de todos los habitantes de la Casa Universitaria colaborar para que el trabajo de las brigadas se desarrolle sin mayor inconveniente.
- Las brigadas deben apoyar las actividades del personal del área de servicio, más no es su principal objetivo.
- Cada brigada debe tener un líder quien además de realizar las tareas propias de la brigada, será el encargado de coordinar la ejecución y conocer las actividades que realiza cada miembro de su equipo.
- Participar en la construcción del menú con el nutricionista, respetando lo establecido en la minuta vigente y teniendo en cuenta alimentos de fácil preparación para los días en los que los adolescentes y jóvenes deben encargarse del servicio de alimentos. A medida que los adolescentes y jóvenes adquieran mayores habilidades en la preparación de recetas, se debe procurar la creación de menús variados que les permita ampliar su conocimiento y cultura gastronómica.
El gobierno comunitario deberá, al igual que el modelo de atención, regirse por el enfoque diferencial(95) con el fin de generar las condiciones para la igualdad de oportunidades y el desarrollo social integral, considerando las diferencias poblacionales, regionales y características específicas de la población de los diferentes grupos étnicos, de tal manera que se garantice su pervivencia como culturas y la atención oportuna, eficiente y pertinente.
8.8. Responsabilidades de los adolescentes o jóvenes
- Conocer sus derechos, deberes, compromisos y responsabilidades.
- Ser responsable consigo mismo, con los demás, con su entorno, y corresponsable en el desarrollo del proceso.
- Cumplir con norias de convivencia en los diferentes contextos en donde interactúa.
- Cumplir con el compromiso de ahorro programado definidos junto con el operador y/o el equipo de la defensoría(96).
- Participar en voluntariado y/o actividades complementarias en diferentes espacios comunitarios que ubique el operador o la Instituciones de Educación Superior o Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano.
- Participar proactivamente en la búsqueda de estrategias de vinculación educativa, laboral o de generación de ingresos y proyectos de emprendimiento. Estas acciones deben ser notificadas a los miembros del equipo interdisciplinario de tal manera que puedan quedar consignadas la evidencias en los informes de evolución.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el instructivo del Proyecto Sueños Oportunidades para Volar o el documento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces.
- Cumplir con los requisitos de permanencia establecidos por las instituciones educativas, como los promedios, asistencias, cumplimiento en la entrega de trabajos y los manuales de convivencia existentes, etc.
- Desarrollar y mantener hábitos de vida saludables.
- Comprometerse en una relación positiva en el contexto de desarrollo, enmarcada en el respeto, solidaridad y apoyo mutuo.
- Asumir con responsabilidad los roles asignados a cada integrante para el buen desarrollo de la dinámica de la Casa Universitaria.
- Firmar, conocer y respetar el pacto o acuerdo de convivencia establecido para la modalidad donde se encuentre ubicado.
- Participar activamente en el desarrollo de las actividades de la modalidad y cumplir lo establecido por la Asamblea Comunitaria.
8.9. Infraestructura física y dotación
- Contar con una planta física adecuada, en buen estado, con mantenimiento permanente y con los elementos para desarrollar el proceso de atención.
- Disponer de los servicios básicos de acueducto, alcantarillado, gas, energía eléctrica y sistema de comunicación (internet, telefonía fija y móvil)(97), con el fin de brindar las condiciones para la atención de los adolescentes y jóvenes.
- En caso de que la zona no tenga acceso al sistema de acueducto o alcantarillado, y cuente con plantas de tratamiento de agua y sistemas de captación, se deberá presentar los respectivos permisos ambientales para su funcionamiento y garantizar la calidad del agua suministrada, así como, el cumplimiento de los limites permisible de vertimiento realizados al suelo o cuerpo de agua.
- Si atiende población con discapacidad, debe contar con espacios accesibles y señalización, de acuerdo con la categoría de la discapacidad y las normas de accesibilidad al espacio físico vigentes en Colombia.
- Contar con espacios para desarrollar la atención de los adolescentes y jóvenes, tales como: zona administrativa, espacios de estudio y sala de computadores, espacio de archivo de historias de atención, servicios sanitarios, espacios y elementos para la gestión de residuos sólidos y líquidos. Los consultorios deben ser externos a la Casa Universitaria con el fin de favorecer el desarrollo de la autonomía y la independencia.
- Contar con concepto sanitario favorable, para lo cual formular e implementar un Plan de Saneamiento con los siguientes cuatro programas: limpieza y desinfección, manejo de residuos, control de plagas y abastecimiento o suministro de agua potable. Igualmente, se deberá guardar lo registro que soporten su implementación.
- Tener dotación institucional de equipos, muebles y enseres en los espacios en donde se desarrolla la modalidad.
Tabla 4. Condiciones locativas
| No. | Condiciones locativas |
| 1 | Todos los espacios en óptimo estado de aseo. |
| 2 | Sin goteras. |
| 3 | Sin grietas. |
| 4 | Ventanas limpias, seguras y sin vidrios rotos. |
| 5 | Puertas seguras y con buen mantenimiento. |
| 6 | Sin humedad. |
| 7 | Pisos seguros, no resbalosos, sin grietas. |
| 8 | Ventilación e iluminación natural. |
| 9 | No debe haber olores fuertes o desagradables. |
| 10 | Baños con adecuado sistema de agua y ventilación. |
| 11 | Baños con puertas seguras. |
| 12 | Sanitarios en perfecto estado. |
| 13 | Espejos en perfecto estado. |
| 14 | Todos los bombillos deben ser ahorradores de energía. |
| 15 | Las áreas deben estar en perfecto orden. |
| 16 | No debe haber roedores, moscas ni cucarachas, ni otro tipo de plagas. |
| 17 | Se debe contar con señalización de acuerdo con normatividad vigente. |
| 18 | Debe haber señalización de emergencia y evacuación, y punto de encuentro. |
| 19 | Las escaleras no deben tener grietas. |
| 20 | Las escaleras deben tener pasamanos. |
| 21 | Deben existir rampas de acceso. |
| 22 | Los balcones deben tener protección. |
| 23 | Los aljibes, albercas y depósitos de agua o piscina deben tener protección. |
| 24 | Los cables deben estar cubiertos. |
| 25 | Los ventiladores deben estar en buen estado y ubicados en lugares que no representen un riesgo para los jóvenes. |
| 26 | El techo debe ser seguro, sin riesgos. |
| 27 | Los extintores deben tener carga vigente y estar ubicados de acuerdo con la normatividad vigente. |
| 28 | Tomas eléctricas con tapas protectoras, cableado fijado adecuadamente, sin enchufes o tornillos sueltos, sin cables pelados o expuestos al calor o la humedad. |
| 29 | Con una ambientación o decoración agradable para los adolescentes y jóvenes. |
| 30 | Paredes limpias. |
| 31 | Garantizar como mínimo un espacio para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos ordinarios y aprovechables, especiales y peligrosos, así como su adecuada gestión. Igualmente, contar con contenedores señalizados que permitan realizar la separación de los residuos, y promover con los beneficiarios el reciclaje y separación adecuada de estos. |
| 32 | Garantizar el suministro constante de agua potable ya sea por medio de tanque de elevados y/o subterráneos, dicho suministro debe ser suficiente para abastecer la demanda establecida en el servicio. Se deberá garantizar igualmente el lavado de tanques de almacenamiento de agua potable mínimo cada 6 meses o según lo establezca la autoridad ambiental. En caso de contar con sistemas de tratamiento de agua potable se deberá garantizar su limpieza y mantenimiento, así como, el suministro de insumos que garanticen la calidad del agua. |
| 33 | Contar con un espacio con acceso restringido para el almacenamiento de las sustancias químicas, tales como: productos de aseo y mantenimiento, combustible, entre otros. Así mismo, contar con las hojas de seguridad de los productos, inventarios y matrices de compatibilidad en estos espacios. |
| 34 | Garantizar la separación y disposición final adecuada de los residuos de aceite vegetal usado producto de las actividades de cocina, así como, promover el aprovechamiento de los residuos orgánicos generados, tales como: restos de comida, cascaras de frutas, verduras, vegetales, entre otros. |
| 35 | En caso de contar con trampa de grasa y demás sistemas de tratamiento de aguas residuales se deberá garantizar su limpieza y mantenimiento, así como, la gestión de los residuos generados. |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección - ICBF.
Tabla 5: Dotación institucional de áreas y elementos.
| Área | Elemento | Causa Universidad RD | Casa Universitaria SRPA |
| Oficinas | Computador | 1 | 1 |
| Impresora | 1 | 1 | |
| Teléfono | 1 | 1 | |
| Archivador | 1 | 1 | |
| Escritorio | 1 | 1 | |
| Sillas | 3 | 3 | |
| Consultorios(98) | Archivador(99) | 1 | 1 |
| Escritorio | 1 | 1 | |
| Sillas | 3 | 3 | |
| Botiquín | 1 | 1 | |
| Lavamanos(100) | 1 | 1 | |
| Archivo de historias de atención | Archivadores | 1 | 1 |
| Mesa | 1 | 1 | |
| Silla | 1 | 1 | |
| Cocina | Refrigerador | 1 | 1 |
| Menaje(101) | 1 | 1 | |
| Licuadora | 1 | 1 | |
| Estufa | 1 | 1 | |
| Horno | 1 | 1 | |
| Lavaplatos | 1 | 1 | |
| Mesón | 1 | 1 | |
| Microondas | 1 | 1 | |
| Despensa | Estantes | 1 | 1 |
| Canastas para almacenar | 5 | 5 | |
| Comedor | Puesto en mesa | 1 x c/joven | 1 x c/joven |
| Silla | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Plato sopa | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Plato seco | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Vaso | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Pocillo | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Juego de cubiertos | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Lavandería | Lavadero o lavadora | 1 | 1 |
| Tendedero | 1 | 1 | |
| Sala de computadores/ estudio, 1.50 mts2 por cada 2 adolescentes o jóvenes | Silla o pupitre | 1 x cada 2 jóvenes | 1 x cada 2 jóvenes |
| Computadores | 1 x cada 3 jóvenes | 1 x cada 3 jóvenes | |
| Impresora | 1 | 1 | |
| Dormitorio(102) | Cama con colchón(103) | 1 x c/joven | 1 x c/joven |
| Caucho protector colchón | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Almohada(104) | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Juego de cama (105) | 2 x c/joven | 2 x c/joven | |
| cobija | |||
| Cubre lecho | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Cómoda | 1 x c/joven | 1 x c/joven | |
| Ventilador | |||
| Baños | Sanitarios | 2 x c/12 jóvenes | 2 x c/12 jóvenes |
| Lavamanos | 2 x c/12 jóvenes | 2 x el 12 jóvenes | |
| Duchas | 2 x c/12 jóvenes | 2 x c/12 jóvenes | |
| Espejos (proporcionales al tamaño del baño) | De 1 hasta 5 de acuerdo con el tamaño de los baños | De 1 hasta 5 de acuerdo con el tamaño de los baños | |
| Manejo de basuras y de sustancias químicas y de mantenimiento | Espacio para almacenar(106) | 1 | 1 |
| Canecas marcadas(107) | 3 | 3 | |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección - ICBF.
8.9.1. Dotación básica
La modalidad debe contar con un botiquín que esté ubicado en un lugar de fácil acceso para los habitantes de la casa. Para conocer la dotación del botiquín deberá remitirse al capítulo del componente administrativo en lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados.
En cuanto a la dotación personal, elementos de dotación de aseo e higiene personal y dotación escolar el operador debe ceñirse a lo establecido en el lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados, para Casa universitaria, entre los rangos etarios de 12 a 18 años o más y teniendo en cuenta lo siguiente:
- En la visita de trámite para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento inicial, el operador deberá presentar únicamente una muestra de la dotación personal, teniendo en cuenta que los elementos que exigen 1 sola prenda se entregarán con el resto de la dotación en la primera semana de ingreso del beneficiario a la modalidad debido a que en Casa universitaria los adolescentes y jóvenes son quienes eligen la dotación de acuerdo a su gusto personal.
- En el transcurso de la primera semana de ingreso del adolescente o joven a la modalidad, el operador debe adquirir y entregar la dotación personal la cual debe ser elegida en conjunto con el joven, teniendo en cuenta que la ropa debe ser nueva, de uso personal, de buena calidad, de la talla adecuada y que debe llevársela cuando egrese de la modalidad.
- Se podrán cambiar o reemplazar los siguientes elementos de la dotación personal por otro elemento del mismo cuadro, de acuerdo con la necesidad de cada adolescente o joven, ejemplo: falda o vestido, pantaloneta, pantalón de sudadera y los zapatos de diario pueden ser reemplazados por tenis.
- El operador debe garantizar que los adolescentes o jóvenes, cuenten diariamente con los elementos de uso personal y de uso común, teniendo en cuenta que los elementos de uso personal, como su hombre lo indica, son individuales y no pueden compartirse.
- Los insumos para educación vocacional, ocupacional o educación superior se deben entregar a más tardar al inicio del programa educativo al que se encuentre vinculado el adolescente o joven.
8.9.2. Talento Humano
El acompañamiento psicosocial(108) de los jóvenes en esta modalidad debe ser entendiendo como un proceso transversal a los modelos de atención de las personas y los grupos que conforman, donde se privilegian acciones tendientes a generar condiciones en el que se promueva el ejercicio autónomo en la exigencia de los derechos, así como la independencia y el control(109) sobre sus vidas y sus historias, teniendo en cuenta el curso de vida en el cual se reconoce y valida las potencialidades y capacidades con las que cuentan las personas para transformarse y materializar sus proyectos de vida. Es importante resaltar que estas potencialidades y capacidades pueden variar a lo largo de la vida, lo que se traduce en transiciones que marcan cambios de estados, posiciones y situaciones que se definen como sucesos vitales que implican la discontinuidad en una o más de las trayectorias vitales de las personas. (Eider, 1991).
En ese sentido el acompañamiento psicosocial que realiza el talento humano se desarrolla en 3 aspectos:
- Acompañamiento en la vida cotidiana: como guía en la generación de autonomía e independencia, enfocado al fortalecimiento de la toma de decisiones para la consolidación de su proyecto de vida.
- Formación: enfocado al diseño, implementación y seguimiento de talleres o actividades en el marco de las sesiones de los módulos de atención en la modalidad y/o de acuerdo con las necesidades identificadas de manera individual y grupal en la vida cotidiana.
- Fortalecimiento de redes: en la consolidación de redes de apoyo personal y la articulación con redes de apoyo institucional, con el objetivo de encontrar nuevos lazos que les permitan conocer espacios, individuos, comunidades y profesionales que les brinden una asesoría o guía frente al manejo de recursos y situaciones de riesgo.
Este acompañamiento no es exclusivo del área de formación del talento humano y debe desarrollarse de manera articulada por las personas del equipo enriqueciéndolo desde su área de experticia.
A continuación, se establece el perfil para cada una de las personas que hacen parte del talento humano de la modalidad, que deben diseñar, implementar y acompañar el desarrollo de la metodología para casa universitaria contenida en este documento
8.9.2.1. Coordinador
Profesional mayor de 30 años(110) con un título otorgado por una institución universitaria o de educación superior, legalmente reconocida en Colombia por la autoridad competente para ello. Si el título fue obtenido en el exterior, debe estar convalidado de acuerdo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe contar con tarjeta profesional y certificar mínimo dos años de experiencia en programas, proyectos o servicios de protección integral y/o en temas relacionados con plan de vida y/o juventud.
El representante legal podrá recibir salario u honorarios con cargo al contrato de aporte suscrito con el ICBF, si además de ser representante legal, se desempeña como coordinador de la modalidad que atiende y está contratado por la entidad para desempeñar este cargo.
El coordinador lidera el proceso de planificación, monitoreo y acciones de mejora del servicio, realiza la gestión del desarrollo y desempeño de los miembros del equipo, asegura sus procesos de formación y desarrollo de capacidades, administra y asigna los recursos, representa al servicio y gestiona los convenios, alianzas, apoyos y recursos externos que se requieren para garantizar la calidad del servicio, así como el desarrollo de habilidades y competencias en los jóvenes.
Es la persona que lidera al equipo interdisciplinario en el cumplimiento de sus roles; asegurando que implementen las directrices, políticas, lineamientos y metodologías que enmarcan la atención en la Casa Universitaria; particularmente en el diseño y desarrollo de actividades grupales e individuales, superación de cuellos de botella en procesos de desarrollo comunitarios o individuales, la resolución de conflictos o incumplimientos reiterados y/o particularmente difíciles, Convocatoria y desarrollo de las instancias de participación del gobierno comunitarios, definición de la necesidad de remisión a atención externa para diagnóstico y tratamientos de acuerdo al concepto del equipo psicosocial, apoyo a la gestión de recursos externos (redes interinstitucionales, familia de origen y/o referentes, etc.).
Deberá realizar los informes que se le soliciten para los procesos de supervisión, vinculación a las diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.2. Asistente de coordinación (opcional)
Técnico o tecnólogo de las ciencias administrativas con un título otorgado por una institución universitaria o de educación superior, legalmente reconocida en Colombia por la autoridad competente para ello. Si el título fue obtenido en el exterior, debe estar convalidado de acuerdo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe contar con tarjeta profesional.
Cuando el operador considere necesario, podrá contratar un asistente de administrativo para apoyar al coordinador en los procesos contables y de administración de los recursos físicos y financieros, así como las tareas de gestión y desarrollo de la atención, hasta de tres Casas Universitarias con el objetivo de asegurar el buen funcionamiento de la modalidad.
Deberá realizar los Informes que se le soliciten para los procesos de supervisión, vinculación a las diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.3. Psicólogo
Profesional en psicología y mayor de 28 años(111) con un título otorgado por una institución universitaria o de educación superior, legalmente reconocida en Colombia por la autoridad competente para ello. Si el título fue obtenido en el exterior, debe estar convalidado de acuerdo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe contar con tarjeta profesional y certificar mínimo dos años de experiencia en programas, proyectos o servicios de protección integral y/o en temas relacionados con plan de vida y/o juventud.
Es el responsable del proceso de preparación para la vida autónoma e independiente. Acompaña al joven en todas las acciones propuestas en la atención; planificando con el joven, formando, orientando, proveyendo recursos, facilitando las actividades, realizando seguimientos y ajustes en el proceso.
Ajusta sus horarios y actividades en función de las características y necesidades propias de los jóvenes que acompaña. Debe ejercer su rol donde realiza el acompañamiento grupal o individual(112) según lo requiera, tanto dentro de la modalidad de Casa Universitaria como en el consultorio.
Debe diseñar e implementar junto con los otros profesionales del equipo psicosocial las actividades de las sesiones de los módulos de atención en la modalidad, haciendo el respectivo seguimiento al desarrollo de las sesiones a su cargo y a los adolescentes y jóvenes participantes.
Deberá realizar los informes psicosociales que se le soliciten para los procesos de vinculación a las 'diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.4. Trabajador social
Profesional en trabajo social mayor de 28 años(113) con un título otorgado por una institución universitaria o de educación superior, legalmente reconocida en Colombia por la autoridad competente para ello. Si el título fue obtenido en el exterior, debe estar convalidado de acuerdo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe contar con tarjeta profesional y certificar mínimo dos años de experiencia en programas, proyectos o servicios de protección integral y/o en temas relacionados con plan de vida y/o juventud.
Es el profesional responsable de realizar entre otras funciones, la orientación y preparación para la vida autónoma e independiente, así como la consolidación del plan de vida. Es el encargado de la gestión de redes, de apoyo y alianzas estratégicas para favorecer la vinculación académica, laboral y de prácticas productivas de los jóvenes, así como la vinculación en actividades deportivas, recreativas y culturales.
Ajusta sus horarios y actividades en función de las características y necesidades propias de los jóvenes que acompaña. Debe ejercer su, rol donde realiza el acompañamiento grupal o individual(114) según lo requiera, tanto dentro de la modalidad de Casa Universitaria como en el consultorio.
Debe diseñar e implementar junto con los otros profesionales del equipo psicosocial las actividades de las sesiones de los módulos de atención en la modalidad, haciendo el respectivo seguimiento al desarrollo de las sesiones a su cargo y a los adolescentes y jóvenes participantes.
Deberá realizar los informes psicosociales que se le soliciten para los procesos de vinculación a las diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.5. Profesional de área
Gestor cultural o deportivo, coach, experto en desarrollo de metodologías creativas (teatro, música, fotografía, medios audio visuales), o el talento humano que el operador determine que se requiere para la prestación del servicio, de acuerdo con las características de la población que atiende, el proyecto de atención Institucional y la metodología de la modalidad, entendiéndose como principal objetivo la exploración de talentos, formas de expresión corporal y verbal, entre otras. Debe contar con una formación profesional o experiencia certificada en las áreas que se determinen de acuerdo con el Proyecto de Atención Institucional, mayor de 28 años(115) con un título otorgado por una institución universitaria o de educación superior, legalmente reconocida en Colombia por la autoridad competente para ello. Si el título fue obtenido en el exterior, debe estar convalidado de acuerdo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe contar con tarjeta profesional (si aplica) y certificar mínimo dos años de experiencia en programas, proyectos o servicios de protección integral y/o en temas relacionados con plan de vida y/o juventud.
Ajusta sus horarios y actividades en función de las características y necesidades propias de los jóvenes que acompaña. Debe ejercer su rol donde realiza el acompañamiento grupal o individual(116) según lo requiera, tanto dentro de la modalidad de Casa Universitaria como en el consultorio.
Debe diseñar e implementar junto con los otros profesionales del equipo psicosocial las actividades de las sesiones de los módulos de atención en la modalidad, haciendo el respectivo seguimiento al desarrollo de las sesiones a su cargo y a los adolescentes y jóvenes participantes.
Deberá realizar los informes que se le soliciten para los procesos de vinculación a las diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.6. Nutricionista dietista
Profesional en nutrición mayor de 28 años(117) con un título otorgado por una institución universitaria o de educación superior, legalmente reconocida en Colombia por la autoridad competente para ello. Si el título fue obtenido en el exterior, debe estar convalidado de acuerdo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, debe contar con tarjeta profesional y certificar mínimo un año de experiencia en programas, proyectos o servicios de protección integral y/o juventud.
Profesional responsable de realizar entre otras funciones, el apoyo al desarrollo de actividades para reforzar en los jóvenes hábitos saludables y conocimiento en la preparación de alimentos, tales como: talleres y capacitaciones en buenas prácticas de manufactura con el fin de asegurar la producción de alimentos seguros y nutritivos y la prevención y eliminación de los focos de contaminación de alimentos, talleres promoción de hábitos de vida saludable y actividad física, talleres de estandarización de recetas y porciones, para garantizar tanto la calidad de la preparación, como la cantidad que se ofrece al beneficiario. Los talleres de estandarización de recetas deben realizarse durante el primer mes de operación y cada vez que se incluya una receta nueva, y los talleres de estandarización de porciones deben realizarse durante el primer mes de operación, programando refuerzos cada vez que se considere necesario por el operador, o por instrucción del ICBF (se sugiere que se realicen mínimo tres refuerzos durante el año, considerando la potencial rotación de manipuladores de alimentos).
Adicionalmente, debe organizar los procesos necesarios para garantizar que las preparaciones mantengan, durante el desarrollo del contrato, la misma calidad y tamaño de porción que se aprobó al inicio del contrato por el ICBF, debe realizar el seguimiento al servicio de alimentos, realizar y hacer seguimiento a la minuta para la elaboración de menús y almacenamiento.
El nutricionista debe tener en cuenta para la elaboración de los menús, las sugerencias de los jóvenes, sus preferencias (vegetarianos, veganos etc.), restricciones y alergias, así como realizar los ajustes a las porciones de las personas que realizan actividades deportivas.
Ajusta sus horarios y actividades en función de las características y necesidades propias de los jóvenes que acompaña. Debe ejercer su rol donde realiza el acompañamiento grupal o individual(118) según lo requiera, tanto dentro de la modalidad de Casa Universitaria como en el consultorio.
Debe diseñar e implementar junto con los otros profesionales del equipo psicosocial las actividades de las sesiones de los módulos de atención en la modalidad, haciendo el respectivo seguimiento al desarrollo de las sesiones a su cargo y a los adolescentes y jóvenes participantes.
Deberá realizar los informes que se le soliciten y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.7. Formador Diurno
Debe tener como mínimo formación en bachillerato, mayor de 28 años y contar mínimo con un año de experiencia relacionada con la población atendida. Apoya el desarrollo de las actividades propias de la jornada y en el manejo de las situaciones de emergencia que se presenten. Es la persona que acompaña el diario vivir de los jóvenes, apoya e implementa junto con los otros profesionales del equipo psicosocial las actividades propuestas en el marco las sesiones de los módulos de atención en la modalidad, acompaña la implementación de los pactos o acuerdos de convivencia, la resolución de conflictos y el fortalecimiento de hábitos y autonomía. Además, administra los recursos económicos y físicos que son asignados a la Casa Universitaria que acompaña.
Deberá realizar los informes que se le soliciten para los procesos de vinculación a las diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.8. Formador nocturno
Persona con el mismo perfil del formador diurno, que adicionalmente realiza rondas de control y vigilancia y atención a cualquier eventualidad que se pueda presentar en la jornada, así como cualquier otra actividad de apoyo a la implementación de la modalidad y la atención que se le asigne.
Deberá realizar los informes que se le soliciten para los procesos de vinculación a las diferentes ofertas del ICBF y participar en los estudios de caso, comités o asambleas del gobierno comunitario cuando sea convocado.
8.9.2.9. Personal del área de servicio
Está compuesto por el talento humano que desarrolla los servicios de aseo y limpieza, cocina, portería. Debe ser mayor de 28 años, tener como mínimo un nivel educativo básica primaria y estar capacitado en manipulación de alimentos con certificación vigente. En Bogotá se debe cumplir con la Resolución 1090 de 1998 de la Secretaría Distrital de Salud y en los Departamentos, con las disposiciones de cada Secretaría Seccional de Salud. Debe contar con experiencia laboral en servicios de alimentación mínima de un (1) año y preferiblemente haber trabajado anteriormente con la población atendida. Dentro de sus funciones también está orientar a los jóvenes en la preparación de alimentos, abastecimiento y apoyar al formador diurno en el desarrollo de las actividades propias de la jornada y en el manejo de las situaciones de emergencia que se presenten. Disposición y actitud para tener buenas relaciones labores con los beneficiarios y con la comunidad en general.
Los demás requisitos e información del talento humano están sujetos a lo establecido en el lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados
8.9.2.10. Aspectos para tener en cuenta
- No se podrá vincular talento humano que tenga antecedentes fiscales, disciplinarios, judiciales, medidas correctivas, ni inhabilidades por delitos sexuales contra niños niñas y adolescentes. Se debe realizar verificación en el proceso de selección, y posteriormente con periodicidad trimestral.
- Unidad: hace referencia a la sede donde se presta el servicio.
- TC: Tiempo completo por el número de adolescentes o jóvenes establecido.
- MT: Medio tiempo por el número de adolescentes o jóvenes establecido.
- Los profesionales de trabajado social y psicología podrán desempeñarse como coordinador o profesional de área o formador, teniendo en cuenta que deben garantizar la diferenciación de sus roles de acuerdo con la intensidad horaria establecida para la modalidad de Casa Universitaria, así como dar cumplimiento a los establecido en los lineamientos del ICBF. Para esto se debe establecer un cronograma en el que se evidencie la disponibilidad para cada rol y se defina claramente dichas funciones en su contrato laboral. Por ningún motivo el trabajador social, psicólogo y el nutricionista podrán compartir roles entre sí.
- El acompañamiento del talento humano a los jóvenes deberá desarrollarse a través de los tres aspectos definidos en el acompañamiento psicosocial: Acompañamiento en la vida cotidiana, formación y fortalecimiento de redes.
Tabla 6: Talento Humano Casa Universitaria Adoptabilidad
| Talento Humano | De 12 a 24 jóvenes | De 25 a 48 jóvenes |
| Coordinador | MTX Unidad(119) | MTX Unidad(120) |
| Trabajador social | 48 horas X Unidad X mes | 64 hora& X Unidad X mes |
| Psicólogo | 48 horas X Unidad X mes | 64 horas X Unidad X mes |
| Profesional de área(121) | 48 horas X Unidad X mes | 64 horas X Unidad X mes |
| Formador Diurno(122) | TC X Unidad | TC X Unidad |
| Servicios generales(123) | TC X Unidad | TC X Unidad |
| Nutricionista dietista | 16 horas X Unidad X mes | 24 horas X Unidad X mes |
| Formador nocturno(124) | TC X Unidad | TC X Unidad |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección – ICBF.
Tabla 7: Talento Humano Casa Universitaria SRPA
| Talento Humano | De 12 a 24 jóvenes | De 25 a 48 jóvenes |
| Coordinador | MTX Unidad(125) | MT X Unidad(126) |
| Trabajador social o profesional en Desarrollo familiar | 64 horas X Unidad X mes | 80 horas X Unidad X mes |
| Psicólogo | 64 horas X Unidad X mes | 80 horas X Unidad X mes |
| Profesional de área(127) | 64 horas X Unidad X mes | 80 horas X Unidad X mes |
| Formador Diurno(128) | TC X Unidad | TC X Unidad |
| Auxiliar de vida comunitaria (129) (servicios generales) | TC X Unidad | TC X Unidad |
| Nutricionista dietista | 16 horas X Unidad X mes | 24 horas X Unidad X mes |
| Formador nocturno(130) | TCX Unidad | TC X Unidad |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección – ICBF.
8.9.3. Nutrición y salubridad
Para la implementación del componente de alimentación y nutrición se acoge la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para las modalidades del ICBF vigente(131), Anexo 1: “Alimentación y nutrición” del presente lineamiento y la minuta patrón diseñada para la población hombres y mujeres entre los 16 y 24 años 11 meses, esta minuta se denomina: minuta patrón: preparación para la vida independiente.
Esta guía constituye la línea que los operadores deben cumplir para una adecuada alimentación de los adolescentes y jóvenes, procurando la garantía o restablecimiento de sus derechos, integrando el enfoque de derechos, diferencial étnico, de género y discapacidad, de acuerdo con el curso de vida y los determinantes sociales de salud que impactan el estado nutricional de la población.
En este componente es importante tener en cuenta las particularidades y necesidades de los adolescentes y jóvenes de acuerdo con su pertenencia a grupos étnicos o lugar de procedencia para tratar de brindarles una alimentación acorde con estas necesidades particulares; valorando la riqueza nutricional que puedan tener los alimentos propios.
8.9.4. Requisitos para la operación
Los requisitos e información de operación referente a los componentes administrativos, financiero y legal para esta modalidad se desarrollan en el lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados.
8.9.5. Estructura de Costos
El valor cupo mes asignado para la vigencia, presenta la siguiente estructura de costos para la modalidad de Casa Universitaria.
Tabla 8: Clasificador del costo
| No. | Clasificadores del costo | Elementos |
| 1 | Dotación básica | Lo establecido en el cuadro de dotación básica, cuando se realice la reposición de los elementos. |
| 2 | Talento humano | De acuerdo con la modalidad. |
| 3 | Dotación personal | Lo establecido en el cuadro de dotación personal del lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados, entre los rangos etarios de 12 a 18 años o más. |
| 4 | Dotación de aseo e higiene personal | Lo establecido en el cuadro de dotación de aseo e higiene personal del lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados, entre los rangos etarios de 12 a 18 años o más. |
| 5 | Alimentación | Desayuno, refrigerio de la mañana, almuerzo, refrigerio de la tarde y cena, de acuerdo con la modalidad |
| 6 | Dotación menaje alimentación | Menaje y vajilla para el servicio de alimentos, de acuerdo con la Guía de alimentación y nutrición, cuando se realice la reposición de los elementos. Anexo 1: Alimentación y nutrición del lineamiento. |
| 7 | Emergencias y botiquín | Para cubrir situaciones imprevistas Implementos del botiquín. |
| 8 | Transporte | Un (1) Transporte diario ida y vuelta para adolescentes y jóvenes que se encuentren adelantando estudios de educación superior y/o de formación para el trabajo y desarrollo humano. |
| 9 | Recreación | Traslado: 1 salida cada 3 meses Ocio: 1 evento cada 3 meses. |
| 10 | Educación | Dotación escolar: Materiales básicos para el desarrollo de actividades de acuerdo con las exigencias del programa académico y de la Institución de educación superior y/o de formación para el trabajo y desarrollo humano, e insumos para la realización de talleres según PAI de la entidad y/o la metodología de atención de la modalidad. |
| 11 | Generales y administrativos | Utilización de instalaciones en ambientes sanos y adecuados(132). Aseo. Mantenimiento instalaciones locativas. Reparación y mantenimiento de dotación institucional. Servicios públicos. Papelería. Servicio de contabilidad. Gravamen a los movimientos financieros (4 por mil). Gastos bancarios: comisiones, transferencias y chequeras. Otros: lo que se requiera para el adecuado desarrollo de la modalidad, que no estén incluidos en los otros clasificadores. |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección - ICBF.
9. LISTADO DE ANEXOS
- Anexo 1: “Alimentación y nutrición”.
- Anexo 2: “Rol del defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios en el proceso de formación para la vida autónoma e independiente”.
- Anexo 3: “Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF en tránsito hacia la vida autónoma e independiente".
10. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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- Constitución Política de la República de Colombia. Gaceta Constitucional No. 116, 20 de julio de 1991.
- Corte Constitucional. Sentencia C-149 de 11 de marzo de 2009. M. P. Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.
- Corte Constitucional. Sentencia C-690 de 2008. Expediente D-6939, M.P.: Nilson Pinilla Pinilla.
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- Genolet, et al. (2007). Trayectorias: un concepto que posibilita pensar y trazar otros caminos en las intervenciones profesionales del trabajo social. Revista Cátedra Paralela No 4.
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- ICBF. (2019). Lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, con derechos amenazados y/o vulnerados. Bogotá.
- ICBF. (2019). Lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados v7. Bogotá.
- ICBF. (2016). Lineamiento técnico del programa especializado para la atención a adolescentes y mujeres mayores de 18 años, gestantes o en periodo de lactancia, con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados. Bogotá.
- Ley 1098. Diario Oficial de la República de Colombia No. 46.446, Colombia, 8 de noviembre de 2006.
- Linardelli, M. (2013). Los significados de las trayectorias laborales en el proyecto de vida d ellos jóvenes pertenecientes a la clase media del Gran Mendoza (tesis del pregrado). Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza.
- Martínez, E. (2019). Hazte dueño de ti: una guía para vivir con propósito y autenticidad. Ad Propositum.
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- OEA. (2016). Equidad e Inclusión Social: Superando desigualdades hacia sociedades más inclusivas. Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos. Washington.
- Singer, et al. (2009). Entrenando competencias blandas en jóvenes. Pontifica Universidad Católica de Chile. Santiago de Chile.
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11. CONTROL DE CAMBIOS
| Fecha | Versión | Descripción del Cambio |
| 12-10-2017 | Versión 1 | Denominación del proceso “protección". |
| Ajustes del formato incorporado en el anexo denominado: Formato de compromiso de Uso adecuado del recurso de la ayuda económica. | ||
| Reorganización de los Anexos 7 y 8 así: el reemplazo del anexo “formato de compromiso de uso adecuado del recurso de la ayuda económica ICBF”, por Anexo 7 “listado de áreas técnicas, tecnológicas $ profesionales especiales", y el reemplazo del “listado de áreas técnicas, tecnológicas y profesionales especiales" por Anexo 8 “Naturaleza de los cambios". | ||
| 16-11-2017 | Versión 2 | Se ajusta el nombre del lineamiento, cambia de Lineamiento Técnico del Modelo para la Atención de Adolescentes y Jóvenes Adoptables o Vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, en Preparación para la Vida Autónoma e Independiente del "Proyecto Sueños, Oportunidades para Volar" a Lineamiento de Atención para el desarrollo y fortalecimiento de los proyectos de vida, de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes atendidos en los servicios de protección del ICBF. |
| Se reformula en su totalidad la introducción. | ||
| Se elimina la contextualización y de incluye en su lugar la justificación del lineamiento. | ||
| Se reformula en su totalidad el Marco Conceptual incluyendo únicamente 4 conceptos: Identidad, Sentido de vida y competencias. | ||
| Se incluye un capítulo de enfoques: Curso de vida, trayectorias e inclusión social. | ||
| Se incluye en el marco normativo los siguiente: Ley 1878 de 2018, Ley 1955 de 2019, Ley 1861 de 2017, Sentencia C-586/14. | ||
| Se reformula en su totalidad el proceso de atención con una propuesta de línea metodológica con 4 momentos: 1. Reconocimiento de recursos, potencialidades, habilidades, capacidades y destrezas personales. 2. Identificación del intereses y posibilidades. 3. Identificación escenarios de desarrollo, 4. Autogestión, autonomía y corresponsabilidad. | ||
| Adicionalmente y se incluye la información referente a los componentes del proyecto como parte del modelo de atención propuesto. | ||
| Se incluye un capítulo con las acciones orientadoras y de gestión para el desarrollo de potencialidades de niños, niñas, adolescente y jóvenes. | ||
| En la modalidad de Casa Universitaria se incluyen el objetivo general y los objetivos específicos de la modalidad. | ||
| En la modalidad de Casa Universitaria se ajusta la redacción de la descripción de la modalidad y de la población objetivo. | ||
| Se incluye el proceso de postulación de los adolescentes y jóvenes para el ingreso a la modalidad de Casa universitaria. | ||
| Se cambia los Compromisos de los adolescentes o jóvenes por deberes de los adolescentes o jóvenes. | ||
| En el talento humano se ajusta la edad de los profesionales y la redacción de los perfiles. | ||
| Dotación básica, se ajusta redacción y se eliminan de la tabla de infraestructura lo referente a la metrología, se ajusta el espacio exigido para las Aulas, Ahora salas de computadores/estudio. | ||
| Se incluyen numerales para la estructura de costos de la modalidad de casa universitaria y se incluye un párrafo para los requisitos de operación de esta. | ||
| Se eliminan los: Anexo 1: Complementariedad entre el “Lineamiento Técnico Modelo para la Atención NNA con Derechos Inobservados, Amenazados o Vulnerados" y el “Lineamiento técnico del modelo para la atención de adolescentes y jóvenes con declaratoria de adoptabilidad o vinculados al SRPA en preparación para la vida autónoma e independiente del proyecto sueños oportunidades para volar". Anexo 2: Complementariedad entre el “Lineamiento Modelo de Atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley SRPA" y el “Lineamiento técnico del modelo para la atención de adolescentes y jóvenes con declaratoria de adoptabilidad o vinculados al SRPA en preparación para la vida autónoma e independiente del proyecto sueños oportunidades para volar". Anexo 7: Listado de áreas técnicas, tecnológicas y profesionales especiales. Anexo 8: Naturaleza de los cambios. El anexo 3: “Instrucciones para la utilización del formato de medición del índice de preparación para la vida independiente y autónoma - VIA” se elimina y se elabora la Guía para la utilización del formato de medición del índice de preparación para la vida independiente y autónoma - VIA, como un documento externo. | ||
Anexo 1: Alimentación y nutrición
Minuta Patrón:
En términos generales se establece la siguiente distribución de aporte de calorías y nutrientes, para cada tiempo de comida o consumo de alimentos según formato establecido:
- Desayuno.
- Refrigerio de la mañana.
- Almuerzo.
- Refrigerio de la tarde.
- Cena.
Las recomendaciones para las minutas patrón:
Tabla 9. Necesidades de energía y nutrientes para los grupo poblacionales
| GRUPOS ETARIOS | Kcal | Proteína | Grasa | CHO's | Calcio | Hierro | Zinc | |||
| G | g | G | mg | mg | mg | |||||
| Hombres y mujeres entre 16 y 24 años 11 meses | ER AF moderada | Ll AMDR | LS AMDR | Ll AMDR | LS AMDR | Ll AMDR | R LS AMDR | RDA | RDA | RDA |
| 2260 | 79.1 | 113.0 | 50.2 | 87.9 | 282.5 | 367.3 | 1000 | 20 | 7.3 | |
Fuente: Elaboración Dirección de Protección Y Dirección De Nutrición - ICBF
Nota:
- La minuta para aplicar corresponde a la diseñada para la población hombres y mujeres entre los 16 y 24 años 11 meses. Esta minuta se denomina: Minuta patrón: Preparación para la vida independiente.
- Teniendo en cuenta que el cumplimiento de esta minuta es dinámico de acuerdo con las características de la modalidad, no se requiere que el operador presente ciclo de menús, lista de intercambio, análisis de contenido nutricional ni guía de preparaciones, en las visitas de supervisión ni para la solicitud o renovación de licencias.
Tabla 10: Distribución por tiempos de consumo
| Tiempos de consumo | Hora de distribución |
| Desayuno | Los tiempos de alimentación se definirán de acuerdo con la dinámica y horarios de estudio de los adolescentes y jóvenes ubicados en la sede operativa. |
| Refrigerio Mañana | |
| Almuerzo | |
| Refrigerio Tarde | |
| Comida | |
Fuente: Elaboración Dirección de Protección Y Dirección De Nutrición - ICBF
- No obstante, lo anterior, el profesional Nutricionista Dietista deberá programar los menús a suministrar (con los 5 tiempos de alimentación) y debe publicar el menú diario en el área de consumo de alimentos, para conocimiento de los beneficiarios.
- Se debe garantizar la variedad en preparaciones ofrecidas, así como la combinación adecuada de las mismas.
- Dado que la minuta se encuentra establecida a partir de los intercambios de las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para la población colombiana mayor de 2 años - GABA, se recomienda revisar el tamaño (gramaje) de los intercambios propuestos, así como su equivalencia en los tamaños de porción por grupo etario.
Servicios de Alimentos:
- La organización del servicio de alimentos se encuentra a cargo del operador del servicio; debe estar acorde con lo establecido en la Resolución 2674 de 2013 y normatividad sanitaria vigente.
- La ubicación de los servicios de alimentación debe estar aislada de lugares que representen un riesgo de contaminación para los productos.
- La iluminación debe ser adecuada y suficiente, ya sea natural o artificial con rejilla de protección.
- Las áreas de elaboración deben estar ventiladas de manera directa o indirecta por sistemas que no contribuyan a la contaminación de los alimentos o a la incomodidad del personal.
Equipos y utensilios:
Todas las superficies de contacto directo con el alimento deben poseer un acabado liso, no poroso, no absorbente y estar libre de defectos, grietas u otras irregularidades.
Tabla 11: Equipos y utensilios
| EQUIPO | HASTA 50 RACIONES | |
| CANTIDAD | ||
| Una estufa con mínimo cuatro quemadores rápidos (opcional horno). | 1 | |
| Nevera 19 pies o 442 litros. | 1 | |
| Licuadora no industrial con capacidad mínima de un litro y vaso en plastico o vidrio. | 1 | |
| Balanza de 25 Libras mecánica (opcional) | 1 | |
| Molino manual (opcional) | 1 | |
| Balde plástico | 12 litros | 1 |
| Bandeja plástica | Extragrande | 2 |
| Caldero | 50X30 | 1 |
| Canastilla plástica | Estándar | 2 |
| Caneca con tapa multiuso (basura | Grande | 2 |
| Caneca con tapa multiuso (sobras) | Grande | 1 |
| Cernidor aluminio | Normal | 1 |
| Olleta | 3 litros | 2 |
| Colador plástico o acero Inoxidable. | Grande | 1 |
| Cuchara para servir (aluminio fundido) con hueco | Normal | 1 |
| Cuchara para servir (aluminio fundido) sin hueco | Normal | 1 |
| Cuchillo cocina para cortar carne | 1 | |
| Cuchillo cocina para cortar verdura | 1 | |
| Cuchillo cocina para pelar papa | 1 | |
| Molinillo (opcional) | Estándar | 1 |
| Espumadera de aluminio fundido | Mediana | 1 |
| Jarra plástica | 2 litros | 2 |
| Legumbrera | Estándar | |
| Olla (aluminio recortado) | # 32 o 24 litros | 2 |
| # 36 o 36 litros | 1 | |
| Olla a presión | 10 litros | 1 |
| Paila | 46 cm. | 2 |
| Pinzas | Grande | 2 |
| Rallador | Acero Inoxidable doble cara para rallado fino y mediano | 1 |
| Tabla para picado en acrílico con código de colores, mínimo una por cada grupo de alimentos a procesar. | Grande | 1 |
| Mediana | 1 | |
| Taja papa | Grande | 1 |
Fuente: Elaboración Dirección de Protección Y Dirección De Nutrición – ICBF
Tabla 12: Necesidades mínimas de vajilla
| ELEMENTO | CANTIDAD |
| Tenedor mesa. | La cantidad por sede operativa corresponde al cupo definido por capacidad instalada más el 20% para reposición. |
| Cuchillo mesa. | |
| Cuchara sopera. | |
| Plato seco. | |
| Pocillo. | |
| Vaso. | |
| Tina plástica o tobo mediana. | 1 |
| Tina plástica o tobo grande. | 1 |
| Mesas de comedor - puesto para comer. | Un puesto por adolescente o joven atendido en el turno respectivo. |
| Sillas de comedor - puesto para sentarse. | Una silla, butaca o puesto en banca por adolescente o joven atendido en el turno respectivo. |
Fuente: Elaboración Dirección de Protección Y Dirección De Nutrición – ICBF.
Perfil del personal manipulador de alimentos
- Mayor de 18 años de edad.
- Demostrar un buen estado de salud.
- Nivel educativo mínimo: Educación básica primaria.
- Experiencia de un año en el área de servicio de alimentos certificada.
Estado de salud
El personal manipulador debe contar con certificación médica en el cual conste la aptitud para la manipulación de alimentos.
Educación y Capacitación
Todas las personas que han de realizar actividades de manipulación de alimentos deben tener formación en materia de educación sanitaria, especialmente en cuanto a prácticas higiénicas en la manipulación de alimentos y tener certificación vigente emitida por Empresas Sociales del Estado adscritas a las Secretarías de Salud departamentales, municipales o distritales o por el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, o por personas jurídicas o naturales idóneas que estén inscritas en las Secretarías de Salud departamentales, distritales o municipales. La vigencia de la certificación de capacitación en manipulación de alimentos no deberá ser superior a un año. En todo caso, dicha vigencia, así como la duración del curso, estarán sujetas a las disposiciones de la autoridad de salud competente en el ámbito local.
El manipulador de alimentos debe recibir capacitación continuada y permanente, debidamente soportada, acerca de higiene y manipulación de alimentos desde el momento de su contratación y luego ser reforzado mediante charlas, cursos u otros medios efectivos de actualización de acuerdo con lo establecido en el plan de capacitación continua.
Para reforzar el cumplimiento de las prácticas higiénicas, se han de colocar en sitios estratégicos avisos alusivos a la obligatoriedad y necesidad de su observancia durante la manipulación de los alimentos.
Programa de Capacitación:
El Nutricionista del operador debe realizar un proceso permanente de capacitación al personal manipulador de alimentos y los beneficiarios que estén a cargo del servicio de alimentación. El plan de capacitación debe ser de mínimo 10 horas anuales y permite garantizar la adecuada implementación del ciclo de menús, ya que debe incluir los temas como:
- Buenas prácticas higiénicas.
- Buenas prácticas de manufactura.
- Uso de la guía de preparaciones.
- Uso de la lista de intercambios.
- Estandarización de porciones e implementos de servido.
- Adecuado uso de implementos.
- Es importante aclarar que la alimentación del personal administrativo y manipulador de alimentos está a cargo del operador, entidad contratista, entidad administradora del servicio.
Tabla 13: Metrología - Equipos e Instrumentos de Medición.
| Equipo | Especificaciones técnicas mínimas |
| Instrumento estandarizado (Especializados o caseros acondicionados) | En adecuadas condiciones físicas e higiénicas para su uso en alimentos de consistencia sólida, (ej.: arroz, pasta, leguminosas verduras cocidas, etc.,). - En material resistente al calor (plástico o acero inoxidable). - En material lavable que permita los procesos de desinfección. - Fácilmente identificables de acuerdo con su capacidad. - De fácil consecución, para asegurar su reposición permanente y rápida. |
| Vasos medidores | Graduados o estandarizados para los alimentos en presentación líquida (ej.: sopa, lácteos líquidos, jugos, etc.). - En material resistente al calor. - En material plástico transparente. - En material lavable que permita los proceros de desinfección. - Con escala de medición visible de acuerdo con su capacidad, en mililitros. - Capacidad mínima: 100 ml. - Capacidad máxima: 1 Litro. - De fácil consecución, para asegurar su reposición permanente y rápida. |
Fuente: Elaboración Dirección de Protección Y Dirección De Nutrición – ICBF.
Anexo 2 “Rol del defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios en el proceso de formación para la vida autónoma e independiente”(133)
Los equipos interdisciplinarios y el Defensor de Familia, además de las actuaciones y actividades desarrollas en este lineamiento y en el “Lineamiento Técnico Ruta Actuaciones para el Restablecimiento de Derechos NNA” vigente, deben tener en cuenta, para favorecer el proceso de construcción de los proyectos de vida y de preparación para la vida autónoma de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes ubicados en cualquiera de las modalidades de protección, las siguientes acciones:
Tabla 14: Acciones en el rol defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios.
| Acciones | Defensor de familia | Equipo interdisciplinario |
| Orientar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes frente a los deberes y los derechos que tienen en el marco de los beneficios que ofrecen los componentes de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños (en adelante AEPS). | X | X |
| Realizar trabajo interdisciplinario con el equipo de la defensoría para el seguimiento del proceso de los jóvenes bajo su protección e involucrar al adolescente en el diseño de su plan de atención individual. | X | X |
| Identificar, conocer y tener en cuenta las necesidades de cada uno de los usuarios, sus motivaciones, opiniones y competencias, de tal manera que cuente con todas las herramientas para acompañar la toma de decisiones de acuerdo con su proyecto de vida, teniendo en cuenta sus intereses. | X | X |
| Emitir los actos administrativos y decisiones requeridas para beneficiar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de las estrategias definidas en el proyecto y apoyar su proyecto de vida, teniendo en cuenta el concepto del equipo psicosocial de la defensoría de familia, así como el del equipo psicosocial del operador, con el fin de que dichas decisiones sean coherentes y consistentes con el proyecto de vida de cada usuario y el trabajo que se adelanta con los ellos. | X | |
| Mantener la información de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes actualizada en el SIM. | X | |
| Elaborar los informes requeridos por la Dirección De Protección y la Dirección Regional y participar en los estudios de caso cuando sean convocados. | X | X |
| Enviar los listados de los beneficiarios que participarán en las diferentes actividades la iniciativa AEPS, cuando estos sean solicitados por los profesionales del ICBF. | X | X |
| Apoyar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en la construcción de su proyecto de vida a través de diferentes metodologías establecidas en el presente lineamiento para la preparación para la vida autónoma. | X | |
| Fomentar y garantizar la participación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en las diferentes actividades que se desarrollan en el marco de los componentes de AEPS, otorgando los permisos requeridos y atendiendo las solicitudes realizadas por los profesionales del ICBF. | X | X |
| Orientar e informar a los beneficiarios sobre los programas, agentes, instancias de coordinación y articulación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) que debe movilizar en caso de presentarse algún inconveniente al momento de su egreso. | X | X |
| Priorizar la vinculación de los adolescentes y jóvenes a programas de educación superior o formación para el trabajo y el desarrollo humano, siempre y cuando esto haga parte del proyecto de vida de los adolescentes y jóvenes y de acuerdo a lo establecido en el instructivo del Proyecto Sueños Oportunidades para Volar. | X | X |
| Favorecer la participación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en actividades sociales, recreativas deportivas y culturales propias de su ciclo de vida y que favorezcan la inclusión social, así como el fortalecimiento de referentes afectivos y redes de apoyo. | X | X |
| Orientar a los adolescentes y jóvenes hacia la vinculación laboral, resaltando la importancia de la generación de ingresos y fomentando la cultura del ahorro en los adolescentes y jóvenes que se encuentran bajo protección. | X | X |
| Brindarlos permisos requeridos en los tiempos establecidos para que los adolescentes y jóvenes puedan acceder al mundo laboral, dando pautas de manejo del tiempo con el objetivo de permitirles estudiar y trabajar al mismo tiempo. | X | |
| Involucrar a los referentes afectivos y/o familiares(134), cuando estos existan, en los procesos de preparación para la independencia de los jóvenes. | X | X |
| Gestionar frente a la autoridad judicial los permisos e informes necesarios para que a los adolescentes y jóvenes de SRPA se beneficien de las diferentes actividades que se desarrollan en los componentes de AEPS. | X | |
| Garantizar la coordinación entre el Defensor de Familia, el operador y/o madre sustituta el acceso a horarios flexibles y al uso de herramientas informáticas que faciliten el desarrollo y permanencia en su programa académico. | X | X |
| Asistir a los encuentros regionales y otras actividades desarrolladas para cada uno de los componentes de AEPS cuando sea convocado. | X | X |
| Gestionar y hacer seguimiento a la entrega de los recursos que el ICBF otorga para cada adolescente o joven por concepto de valor cupo mes, ayudas económicas entre otros. | X | X |
| Generar las condiciones para que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes tengan acceso a oportunidades para la satisfacción de sus derechos. | X | X |
| Acompañar y guiar la toma de decisiones de los jóvenes con declaratoria de adoptabilidad mayores de 18 años, garantizando el derecho al libre desarrollo de la personalidad y promoviendo en todo momento los procesos para la preparación para la vida autónoma e independiente. | X | X |
| Verificar que los adolescentes y jóvenes cuenten con todas las herramientas necesarias para el egreso. Nota: En ningún caso se considerará la vinculación laboral como un determinante de cierre del proceso administrativo de restablecimiento de derechos y se deberá velar por el cumplimiento de los objetivos definidos para cada joven antes de egresarlo. Nota: Si el joven se encuentra estudiando y cumple los 25 años, se deberá se realizar un estudio, en el que se evalúe la trayectoria y desempeño académico del joven, con el fin evaluar la continuidad del joven en el programa y/o la medida de protección. | X | X |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección - ICBF.
Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF en tránsito hacia la vida autónoma e independiente.
El ahorro programado es un mecanismo mediante el cual los adolescentes y jóvenes del ICBF, aseguran un porcentaje de los ingresos adquiridos mientras se encuentran bajo protección del Estado, por concepto de vinculación laboral, emprendimientos productivos, aportes familiares o de referentes afectivos, incentivos y/o cualquier tipo de beneficio económico asociados a programas o estrategias estatales, para ser utilizados al momento de su egreso.
Para los adolescentes y jóvenes que se encuentran en un tránsito a su vida autónoma y adulta, ubicados en las modalidades de los servicios de protección, es de vital importancia buscar oportunidades de vinculación laboral o de creación de iniciativas productivas que les permita generar ingresos económicos para atender sus necesidades personales y académicas que se puedan presentar.
Tanto el operador como el Defensor de Familia, deben orientar al adolescente o joven en la cultura del ahorro y en el manejo responsable del dinero, recalcando su importancia y estableciendo conjuntamente las condiciones bajo las cuales debe programarse dicho ahorro.
Con el objetivo de garantizar que los adolescentes y jóvenes cuenten con un recurso al momento de su egreso y lograr un equilibrio, entre la cultura del ahorro y la utilización del dinero de acuerdo con las necesidades e intereses del joven, el ICBF establece las siguientes políticas de ahorro programado:
Tabla 15: Políticas de ahorro programado.
| Concepto | Descripción | Responsables |
| APLICA PARA RECURSOS PROVENIENTES DE: | Ingresos percibidos por concepto de vinculación laboral, emprendimientos productivos, aportes familiares o de referentes afectivos, incentivos y/o cualquier tipo de beneficio económico asociados a programas o estrategias estatales. | N/A |
| DESTINACIÓN RECURSOS | Se deben definir conjuntamente con el/la joven, los porcentajes de utilización de sus ingresos, llegando a un acuerdo y teniendo en cuenta sus necesidades y la proyección del ahorro. | - Operador. - Joven. |
| Los porcentajes establecidos para cada uno de los rubros deben ser destinados como mínimo los siguientes aspectos: - % Ahorro programado (no debe superar el 50 % de los ingresos, salvo que, el joven lo solicite). - % Gastos mensuales de sostenimiento. - % Uso libre del dinero. | ||
| USOS ADICIONALES | Cuando el adolescente o joven requiera herramientas tecnológicas, gastos o viajes asociados a su proceso de formación académica, deportiva o cultural que no sean cubiertos por los gastos de sostenimiento definidos en el lineamiento de programación del Subproyecto “Orientación para la vida personal, social, profesional y vocacional”, y que el joven manifieste que desea utilizar sus propios recursos para tal fin, éste tendrá acceso hasta máximo el 70% del monto total del ahorro programado y se compromete a mostrar los soportes del gasto. | - Operador. - Joven. - Autoridad administrativa. |
| EGRESO | El monto de los recursos con el que cuente el joven al momento de su egreso será entregado en su totalidad. | - Operador |
| MONITOREO | El operador debe llevar un registro de los movimientos que se realicen sobre el monto del ahorro programado y el adolescente o joven debe tener pleno conocimiento del mismo. | - Operador |
| NOTA IMPORTANTE | En, ninguna circunstancia el monto del ahorro programado será una causa para dar por terminada la medida de protección del adolescente o joven. | N/A |
Fuente: Elaboración equipo de Alianzas Estratégicas y Proyecto Sueños - Dirección de Protección - ICBF.
1. El tránsito a la vida adulta de jóvenes egresados del sistema de protección en Colombia; trayectorias, fuentes de resiliencia e intervenciones socioeducativas.
2. Lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados.
3. Esto se define a partir de tos establecido en el proceso administrativo de restablecimiento de derechos o de responsabilidad penal de cada caso, en el marco de la jurisprudencia vigente.
5. Como lo refiere la Corte Constitucional en la Sentencia C-586/14 "Los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo el cuidado y protección del ICBF conforman un grupo de población con especiales características de vulnerabilidad social y económica. Máxime si se tiene en cuenta que estos menores de edad no crecen en el seno de una familia, y que esta función la asume el Estado.
Cuando un menor se encuentra en tales circunstancias, se da inicio a un proceso administrativo de restablecimiento de derechos, a cargo del Defensor de Familia, dentro del cual es posible adoptar alguna de las medidas previstas en el artículo 53 de la Ley 1098 de 2006, entre las cuales se encuentra la Resolución de Declaratoria de Adoptabilidad, que opera en situaciones extremas en las que se considera que el único mecanismo para restablecer el derecho del menor a tener una familia es a través de su entrega en adopción. Como consecuencia de tal declaratoria, el Estado se encarga del cuidado y protección integral del menor, hasta tanto culmine con éxito el proceso de adopción o, en caso de no hallar una familia adoptante, hasta que alcance la mayoría de edad. (...)"
6. Información de los talleres territoriales para la reformulación del lineamiento (2019).
7. UNICEF. (2013). La situación de los niños, niñas adolescentes en las instituciones de protección y cuidado de América Latina y El Caribe. Recuperado de: https://www.observatoriodelainfancia.es/ficherosoia/documentos/4054_d_La_situación_de_NNA_en_instituciones_en_LAC_Sept_2013.pdf
8. En Colombia es indispensable contemplar las dificultades existentes para la inclusión social y laboral de poblaciones pertenecientes a pueblos indígenas y personas con discapacidad.
9. “Trabajar por la protección integral dé los niños, niñas y adolescentes brindando atención especializada a aquellos en condición de amenaza, inobservancia o vulneración de sus derechos, en coordinación con las direcciones regionales del ICBF, las autoridades administrativas y las instituciones del SNBF". Extraído de “Infografía de la Dirección de Protección" (2019).
10. Artículo 38 del Decreto 987 de 2012, por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras" y se determinan las funciones de sus dependencias.
11. A partir de la aprobación y publicación por parte del ICBF del “Lineamiento técnico para las modalidades de vulnerabilidad o adoptabilidad para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados”, en diciembre de 2010, y teniendo en cuenta el incremento en la población mayor de 14 años que inevitablemente alcanzarán la mayoría de edad en las modalidades de protección del ICBF, la Dirección de Protección inició el proceso de definición y diseño de la estrategia "Plan de vida” con el fin de adoptar las medidas necesarias y establecer las estrategias que permitieran la atención de los adolescentes y jóvenes con declaratoria de adoptabilidad y la de aquellos que se encontraban vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, con el objetivo de darles una formación integral y oportunidades de calidad para vivir.
En el año 2015 a través de las jornadas de construcción colectiva con los jóvenes de las regionales, se transformó la estrategia de “Plan de vida" en lo que posteriormente se denominó "Proyecto Sueños, Oportunidades para Volar”.
12. En el presente lineamiento se entenderá “usuario” como niños, niñas, adolescentes y jóvenes usuarios de los servicios de protección del ICBF.
13. En un principio, el proyecto sueños oportunidades para volar se planteó como una estrategia basada en la garantía y el ejercicio de los derechos de los niños, niñas adolescentes y jóvenes, sin embargo, los componentes también están pensados como parte esencial del desarrollo integral de los adolescentes y jóvenes.
14. En coordinación con la Oficina De Cooperación y Convenios y las subdirecciones técnicas del ICBF.
15. Ver apartado ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. (Capitulo ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Modalidad Casa Universitaria).
16. Basado en las teorías de los autores Asier, M. (2000), Bourdieu, (1990), Cooley, (1990), Mead, (2001) que tratan el tema de construcción de la identidad.
17. Castro, L & Rincón, D. (2011). Resiliencia, sentido de vida y calidad de vida en la vejez (Tesis de pregrado). Pontificia Universidad Javeriana. Bogotá.
18. D'Angelo, O. (2000). Proyecto de vida como categoría básica de interpretación de la identidad individual y social. Revista cubana de psicología. Vol.17, No. 3.
19. Competencias transversales: conclusiones y resultados del trabajo realizado en el espacio interinstitucional sobre competencias transversales para poblaciones vulnerables.
20. Este documento fue producto de una mesa de trabajo interinstitucional realizada en 2014, liderada por el DNP y a la que asistieron representantes del Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Departamento- para la Prosperidad Social, Servicio Nacional de Aprendizaje, ICBF, y organismos de cooperación internacional, entre otros.
21. Mazo, H. (2011). La autonomía: principio ético contemporáneo. Revista Colombiana de Ciencias Sociales. Vol. 3. No.1. Recuperado de https://www.funlam.edu.co/revistas/index.plip/RCCS/articleZview/880/829.
22. Para mayor ampliación sobre este enfoque, remitirse al lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados, página 23, numeral 2.2.2.
23. ICBF. (2108). Lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados.
24. ídem. Pag 12.
25. Programa habilidades para la vida liderazgo. Modulo para formadores de vida. Orientaciones conceptuales para formadores y capacitadores del programa.
26. El apartado “8. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia." define la población objetivo para dicha modalidad.
27. La edad límite para la atención dependerá del tiempo que los beneficiarios permanezcan vinculados a los servicios de protección del ICBF, garantizando el acceso a las ofertas de los componentes y al fortalecimiento de sus proyectos de vida. Así mismo, a partir de las actividades de cada componente se determinará el rango etario que corresponda, por ejemplo, para el acceso a educación superior se determinan los criterios en el instructivo de Proyecto Sueños o el documento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces.
28. Las actividades e intervenciones asociadas con los componentes descritos en el numeral 6.3 se desarrollarán teniendo en cuenta la Ley 1618 y el Decreto 1421, es decir, garantizando el acceso y garantía de derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad. Adicionalmente es fundamental considerar lo señalado en los literales A y B del numeral citado frente a condiciones para la implementación de los componentes.
29. Se debe tener en cuenta el tipo de discapacidad y el nivel de limitación funcional; para ello remitirse al "Lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, con derechos amenazados y/o vulnerados. V2”. Lo anterior, para considerar los niveles de limitación funcional y las barreras físicas, comunicativas y actitudinales del entorno, para la realización de actividades básicas funcionales, que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás personas.
30. Restablecimiento de Derechos.
31. Sistema de Responsabilidad Penal.
32. Artículo 25. Ley 1098 de 2006. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.
33. ídem.
34. Numero de radicado S-2015-414861-0101 en el cual se establece que “cada regional debe hacer la gestión técnica y administrativa que se requiera para que se realice el registro” en el aplicativo www.libretamilitar.mil.co y se indica la exención a seleccionar y los documentos a adjuntar de tal manera que se evidencie “el tiempo de la sanción, para que de esta manera sean aplazados en el cumplimiento del servicio militar por el término que les correspondan”.
35. Artículo 44. Constitución Política de Colombia. (1991).
Artículo 28. Ley 1098. (2006)
36. En artes, oficios o programas de formación para el trabajo y desarrollo humano, pertinentes y acordes con las características de la población.
37. Adicionalmente se podrán beneficiar aquellos jóvenes que cumplieron su mayoría de edad estando al cuidado del ICBF con declaratoria de adoptabilidad o en vulneración de derechos y que no cuenten con referentes familiares que puedan asegurar su cuidado y apoyo, según los establecido por el concepto emitido por el ICBF el 20-08-2015 Radicado No. 061179, con previa aprobación del defensor de familia y concepto del equipo interdisciplinario.
38. Los criterios para el acceso a estos beneficios se encuentran estipulados en el instructivo del proyecto sueños o el documento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces.
39. La información detallada se encuentra en el "Instructivo proyecto sueños oportunidades para volar", en la sección de educación, donde se señala lo referente a la vinculación de adolescentes y jóvenes al Programa de Educación Superior y de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano.
40. Ver procedimiento de “Gastos de sostenimiento”
41. Art. 70. Constitución Política de Colombia. (1991).
Art. 30 Ley 1098, (2006).
42. La necesidad de implementar este componente dentro del proyecto surge en un principio con el ánimo de dar alternativas para el uso adecuado del tiempo libre de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes del ICBF, pero poco a poco se fueron evidenciando los beneficios que este proporciona en términos de manejo asertivo de ansiedad y emociones, prevención del consumo problemático de sustancias psicoactivas, y reducción de factores de riesgo asociados a embarazos a temprana edad. Adicionalmente, las personas que practican algún deporte son propensas a obtener mejores resultados en la escuela y obtienen puntajes más altos en pruebas estandarizadas, tienen tasas de deserción más bajas y una mejor oportunidad de entrar a la universidad.
43. Si bien se establecen como dos (2) componentes distintos, se agrupan teniendo en cuenta la naturaleza productiva que las asocia.
44. Con base en lo establecido en la Ley 1098 de 2006 y a la resolución 2070 de 2008 del Ministerio de la Protección Social.
45. Ver Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF en tránsito hacia la vida autónoma e independiente.
46. PND 2018-2022 establece como una de sus estrategias la consolidación de competencias socioemocionales, ciudadanas y financieras para la construcción del proyecto de vida de adolescentes y jóvenes.
47. Artículo 32 de la Ley 1098 código de infancia y adolescencia: “Derecho de asociación y reunión"
48. Ver fases destinadas a este fin de los lineamientos respectivos de cada modalidad.
49. Información recolectada en los talleres regionales desarrollados por el equipo de AEPS, en 5 regionales del país, con ocasión de la reformulación del presente lineamiento (mayo - junio 2019).
50. Ver Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF.
51. Ver Anexo 2: “Rol del defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios en el proceso de formación para la vida autónoma e independiente".
52. Por ejemplo, Casa Universitaria y/o Preparación para la vida independiente.
53. Es importante señalar que estas deben ser desarrolladas en articulación y en línea con lo establecido en las fases y componentes de los modelos de atención para el restablecimiento de derechos y del SRPA, Ver numeral 7.1.1. Articulación con los modelos de atención de restablecimiento de derechos y de responsabilidad penal para adolescentes.
54. Si bien se debe abordar desde un enfoque apreciativo que propenda identificar aquellos elementos positivos o generativos, no se debe dejar de lado el reconocimiento de aquellas situaciones o elementos que generan conflicto o no han sido positivos, asumiéndolos como experiencias de aprendizaje y procurando tramitarlos en articulación con el proceso de atención psicosocial y pedagógico de las diferentes modalidades.
55. Un sujeto complejo integrado por su dimensión biológica, psicológica y social.
56. Teniendo en cuenta que en el transcurso de la vida pueden surgir eventos que transformen los esquemas de valores, intereses, posibilidades, etc.
57. Que en la diferencia es posible construir conjuntamente, teniendo en cuenta las particularidades de cada sujeto, y en el reconocimiento del otro como sujeto de derechos y deberes.
58. En este punto la iniciativa AEPS realiza apoyos subsidiarios para apoyar la gestión del operador (ver numeral 1.3; Implementación de estrategias e intervenciones de los componentes para el apoyo de la gestión de los operadores).
59. Ver Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF.
60. Ver lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados.
61. ídem. Numeral 2.6. Proceso de atención.
62. Ver numeral 2.1.2.1 del Lineamiento modelo de atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley - SRPA.
63. ídem. Numeral 2.1.2.3.
64. Adicionalmente, en este apartado se señalan algunas características de la modalidad de Preparación para la vida independiente.
65. De acuerdo con lo establecido en el apartado 6.4.(Línea metodológica), en especial lo señalado en el numeral 6.4.4. (6.4.4 Autogestión, autonomía y corresponsabilidad). Así mismo, se debe tener en cuenta el apartado 7 donde se describen las acciones orientadoras y de gestión.
66. ídem.
67. Aquellos jóvenes que cumplieron su mayoría de edad estando al cuidado del ICBF con declaratoria de adoptabilidad o en vulneración de derechos y que no cuenten con referentes familiares que puedan asegurar su cuidado y apoyo, según los establecido por el concepto emitido por el ICBF el 20-08-2015 Radicado No. 061179, con previa aprobación del defensor de familia y concepto del equipo interdisciplinario.
68. Pueden ser vinculados a la casa universitaria aquellos adolescentes con declaratoria de adoptabilidad o en vulneración mayores de 16 años que bajo el concepto de la autoridad administrativa se determine que la ubicación en dicha modalidad es conveniente para el proceso formativo del adolescente, teniendo en cuenta que éste debe acogerse a las dinámicas de la comunidad y debe asumir el rol específico que le corresponda dentro de ella.
69. Para ser ubicados en esta modalidad los jóvenes de SRPA deben contar con la autorización de la autoridad judicial, quien estará de acuerdo con las características de la Casa Universitaria y quien determinará que su ingreso a esta modalidad será beneficioso para los procesos pedagógicos y restaurativos del joven. Así mismo, autoridad judicial que lleva el caso debe realizar el cambio de modalidad, y si el joven tiene un PARD abierto el defensor de familia debe registrar él cambio de ubicación. Aplican las mismas excepciones de edad de la Casa Universitaria de restablecimiento de derechos
70. Sistema de responsabilidad penal para adolescentes.
71. De acuerdo con lo establecido en el instructivo del Proyecto Sueños Oportunidades para volar o el documento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces.
72. ICBF. (2019). Lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, con derechos amenazados y/o vulnerados. Bogotá.
73. Estas razones pueden ser diversas, por ejemplo, porque viven con sus hermanos o desean mantener el vínculo afectivo o de apoyo con la madre sustituía o el equipo de talento humano del operador, no se sienten preparados para pasar a la modalidad, entre otras.
74. Consultar la guía para la utilización del formato de medición del índice de preparación para la vida independiente y autónoma – VÍA.
75. De acuerdo con lo establecido en el concepto No. 24 de 17-03-2016. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF. Fuente: Archivo interno entidad emisora.
Memorando Radicado No. 061179 del 20-08-2015.
76. De acuerdo con lo establecido en el concepto No. 24 de 17-03-2016. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF. Fuente: Archivo interno entidad emisora.
Memorando Radicado No. 061179 del 20-08-2015.
77. El comité operativo realizado para la aprobación de las postulaciones a los programas de Educación Superior no aceptará a los adolescentes y jóvenes que estando vinculados al Sistema de Responsabilidad Pernal para Adolescentes se presenten a programas de formación con duración mayor al tiempo de la sanción.
78. Ver ''Lineamiento técnico del programa especializado para la atención a adolescentes y mujeres mayores de 18 años, gestantes o en periodo de lactancia, con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados"
79. Este formato fue desarrollado en el marco del Convenio 079 de 2009 suscrito entre el ICBF y la OIM.
80. Ver Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF en tránsito hacia la vida autónoma e independiente.
81. De acuerdo al artículo 4o de la Resolución 0800 de febrero 5 de 2019: “Por la cual se conforma el Comité Regional de Gestión y Desempeño en las Regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se deroga la Resolución No. 13240 de 2017".
82. De acuerdo con el artículo 4o de la Resolución 0800 de febrero 5 de 2019: “Por la cual se conforma el Comité Regional de Gestión y Desempeño en las Regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se deroga la Resolución No. 13240 de 2017".
83. Puede ser emitido por el operador o por el médico de la EPS.
84. ídem
85. O el instrumento definido por la Dirección de Protección que haga de sus veces y cuyo objetivo sea determinar el estado individual de las condiciones mínimas requeridas por los adolescentes y jóvenes de los servicios de protección para el momento de su egreso. Este formato fue desarrollado en el marco del Convenio 079 de 2009 suscrito entre el ICBF y la OIM.
86. El operador podrá contratar el personal especializado para realizar el acompañamiento a los escenarios de diversidad étnica, que se articule con las comunidades, familias y autoridades tradicionales indígenas de tal manera que contribuya al desarrollo de una atención con enfoque diferencial en el marco de los usos y costumbres pertenecientes a comunidades indígenas.
87. El Convenio 169 señala que los pueblos indígenas y tribales tienen el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, adicional a los derechos que en general han sido reconocidos a toda la población; lo cual significa que, al aplicar la legislación interna, deberán tomarse en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario.
88. Ver Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF en tránsito hacia la vida autónoma e independiente.
89. Para el caso de la limpieza de las áreas comunes, la preparación de alimentos y otras actividades que representen el ingreso de los jóvenes al área de la cocina, se harán de manera pedagógica los fines de semana cumpliendo con las normas básicas de higiene y de buenas prácticas en la manipulación y preparación de alimentos. No obstante, la limpieza de las habitaciones y el contante orden en la casa se realizará diariamente.
90. Minuta Patrón Vigente de la Dirección de Nutrición que se encuentra publicada en la intranet del ICBF.
91. Ver Anexo 2; “Rol del defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios en el proceso de formación para la vida autónoma e independiente”.
92. Ver tabla de talento humano del presente documento.
93. En caso de que ninguno de los jóvenes vinculados a la modalidad de Casa Universitaria cuente con una persona que pueda hacer parte de la asamblea, se debe dejar por escrito esta novedad en el acta de la reunión, donde además se consignarán la información y los acuerdos que tengan lugar en la sesión.
Esta persona podrá ser
94. El representante tiene como función principal comunicar en la asamblea las inquietudes y sugerencias de sus compañeros. El representante debe ser elegido por medio de votación donde participen todos los jóvenes que se encuentran viviendo en la Casa Universitaria. El candidato ganador debe obtener la mitad más uno del total de votos válidos, de lo contrario se realizará una segunda vuelta entre los dos candidatos con mayor votación. Su representación tendrá vigencia de un año y podrá volver a postularse para el cargo en futuras lecciones, pero no podrá hacerlo de manera inmediata con el objetivo de permitir la participación de los demás miembros de la casa.
95. Aprobado por la Resolución 1264 de 2 de marzo de 2017.
96. Ver Anexo 3: Políticas del ahorro programado para los jóvenes del ICBF en tránsito hacia la vida autónoma e independiente.
97. Cuando exista la oferta.
98. Los consultorios deben cumplir con la normatividad establecida en la resolución 2003 de 2014 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, o norma que reemplace, modifique o adicione.
99. Aplica, cuando no existe un espacio para archivo de historias de atención.
100. No se exige adicional si el consultorio cuenta con unidad sanitaria.
101 Según con lo establecido en la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición.
102. 3 mts2 por adolescente o joven como mínimo. (Incluye capacidad para ubicar la cama, armario o mesa de noche y espacio de circulación).
La periodicidad con la que se debe efectuar el cambio de elementos o reposición de la dotación por elementos nuevos, debido al deterioro por uso, deficiente calidad o circunstancias adversas debidamente justificadas, serán los establecidos en el capítulo del componente administrativo del lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados y/o vulnerados.
103. Los camarotes no deben ser utilizados para población con discapacidad.
104. No se exige para los adolescentes y jóvenes que por restricción médica no deben utilizarla.
105. No se exige sobre sábana para los adolescentes y jóvenes que por restricción médica no deben utilizarla.
- El juego de cama incluye funda, sábana y sobre sábana.
- El número depende del clima.
106. El espacio de almacenamiento de residuos debe cumplir con la normatividad vigente que le aplique según la naturaleza de la entidad, aspecto que debe estar documentado con la correspondiente justificación técnica y normativa. Para el caso de las unidades de servicio, el manejo de residuos se realizará según normatividad vigente para su manejo en hogares, aspecto que deberá orientar y documentar la entidad que administre. Para las unidades de servicio directas, el ICBF será el encargado de orientar. Así mismo, Las infraestructuras deben garantizar un espacio para el almacenamiento temporal de sustancias químicas usadas durante las diferentes actividades de mantenimiento, limpieza y desinfección.
107. Para color y uso de canecas tener en cuenta normatividad vigente.
108. Adaptado del programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas del Conflicto Armado - PAPSIVI del Ministerio de Salud y Protección Social.
109. Ver Anexo 2: "Rol del defensor de familia y de los equipos interdisciplinarios en el proceso de formación para la vida autónoma e independiente”.
110. Se especifica un mínimo de edad con el fin de fijar un referente de autoridad, alguien que sea mayor de las edades que pueden tener los jóvenes en esta modalidad.
111. Se especifica un mínimo de edad con el fin de fijar un referente de autoridad, alguien que sea mayor de las edades que pueden tener los jóvenes en esta modalidad.
112. Cuando el profesional o el equipo interdisciplinario lo considere necesario.
113. Se especifica un mínimo de edad con el fin de fijar un referente de autoridad, alguien que sea mayor de las edades que pueden tener los jóvenes en esta modalidad.
114. Cuando el profesional o el equipo interdisciplinario lo considere necesario.
115. Se especifica un mínimo de edad con el fin de fijar un referente de autoridad, alguien que sea mayor de las edades que pueden tener los jóvenes en esta modalidad.
116. Cuando el profesional o el equipo interdisciplinario lo considere necesario.
117. Se especifica un mínimo de edad con el fin de fijar un referente de autoridad, alguien que sea mayor de las edades que pueden tener los jóvenes en esta modalidad.
118. Cuando el profesional o el equipo interdisciplinario lo considere necesario.
119. La unidad es entendida como cada Casa Universitaria donde se atenderá hasta máximo 48 jóvenes, teniendo en cuenta los rangos de 12 a 24 beneficiarios y de 25 a 48 beneficiarios. El operador podrá tener 1 solo coordinador para máximo 2 Casas universitarias de 24 jóvenes cada una, o una casa universitaria de 48 beneficiarios, y los recursos asignados para el otro Coordinador, deberán ser reinvertidos en los clasificadores Hel costo establecidos para la modalidad.
120. ídem.
121. El operador podrá contratar el personal especializado para realizar el acompañamiento a los escenarios de diversidad étnica, que se articule con las comunidades, familias y autoridades tradicionales indígenas de tal manera que contribuya al desarrollo de una atención con enfoque diferencial en el marco de los usos y costumbres pertenecientes a comunidades indígenas, cuando lo considere necesario.
122. Se establecen hasta 2 formadores diurnos para cumplir turnos de 8 horas cada uno y se debe contar con atención de domingo a domingo. Adicionalmente, se debe tener en cuenta los recargos dominicales y los feriados.
El operador debe asegurar que estos perfiles coincidan al menos una vez en la semana, para los procesos que requieran la participación del equipo completo, y puede distribuir las horas en jornadas completas o medias jornadas si así lo requiere. Se propone que dada la evolución del proceso se contemplen sesiones grupales de preparación para la vida autónoma e Independiente y las sesiones individuales serán programadas de acuerdo con las necesidades de los jóvenes y los casos de especial atención de acuerdo con el criterio del profesional.
Las prestaciones de estos servicios deberán garantizarse con el presupuesto asignado para cada uno de los profesionales en la modalidad de Casa Universitaria y no podrá ser garantizado con el presupuesto del talento humano de otras modalidades de protección.
Adicionalmente se sugiere cambiar un día a la semana por el sábado considerando la dinámica de vinculación académica y laboral de la población.
123. Se debe contar con atención de lunes a viernes.
124. Se debe tener en cuenta los recargos nocturnos, dominicales y feriados.
125. La unidad es entendida como cada Casa Universitaria donde se atenderá hasta máximo 48 jóvenes, teniendo en cuenta los rangos de 12 a 24 beneficiarios y de 25 a 48 beneficiarios. El operador podrá tener 1 solo coordinador para máximo, 2 Casas universitarias de 24 jóvenes cada una, o una casa universitaria de 48 beneficiarios, y los recursos asignados para el otro Coordinador, deberán ser reinvertidos en los clasificadores del costo establecidos para la modalidad.
126. ídem.
127. El operador podrá contratar el personal especializado para realizar el acompañamiento a los escenarios de diversidad étnica, que se articule con las comunidades, familias y autoridades tradicionales indígenas de tal manera que contribuya al desarrollo de una atención con enfoque diferencial en el marco de los usos y costumbres pertenecientes a comunidades indígenas, cuando lo considere necesario.
128. Se establecen hasta 2 formadores diurnos para cumplir turnos de 8 horas cada uno y se debe contar con atención de domingo a domingo. Adicionalmente, se debe tener en cuenta los recargos dominicales y los feriados.
El operador debe asegurar 'que estos perfiles coincidan al menos una vez en la semana, para los procesos que requieran la participación del equipo completo, y puede distribuir las horas en jornadas completas o medias jornadas si así lo requiere. Se propone que dada la evolución del proceso se contemplen sesiones grupales de preparación para la vida autónoma e independiente y las sesiones individuales serán programas de acuerdo con las necesidades de los jóvenes y los casos de especial atención de acuerdo con el criterio del profesional.
Las prestaciones de estos servicios deberán garantizarse con el presupuesto asignado para cada uno de los profesionales en la modalidad de Casa Universitaria y no podrá ser garantizado con el presupuesto del talento humano de otras modalidades de protección.
Adicionalmente se sugiere cambiar un día a la semana por el sábado considerando la dinámica de vinculación académica y laboral de la población.
129. Se debe contar con atención de lunes a viernes.
130. Se debe tener en cuenta los recargos nocturnos, dominicales y feriados
131. Y documentos vigentes relacionados.
132. Gasto que cubre el derecho de adolescentes y jóvenes, a utilizar las instalaciones donde se desarrolla la atención, en un ambiente sano y adecuado. Para la legalización de cuentas se realizará con una nota contable, hasta el 1% del valor comercial del inmueble de acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 de la Ley 820 de 2003. No aplica para inmuebles en comodato.
133. Teniendo en cuenta el concepto de Radicado 1-2017-098610-0101 de 19-09-2017 emitido por la Oficina Asesora Jurídica.
134. Para el caso de los adolescentes y jóvenes de SRPA.