RESOLUCIÓN 3052 DE 2022
(mayo 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 3737 de 2022>
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras
LA SUBDIRECTORA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIADE LA FUENTE DE LLERAS - ICBF
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 28 de la Ley 7 de 1979, 78 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO
Que el 3 de enero de 2022 el ICBF, expidió la Resolución 0001 "Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-Cecilia de la Fuente de Lleras".
Que el ICBF expidió la Resolución 0002 del 03 de enero de 2022, por la cual se designaron los Gerentes de Recurso, Gerentes de Proyectos y se delegó la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2022, asimismo, se establecieron sus obligaciones.
Que en el artículo 1 de la Resolución 0001 de 2022 se aprobaron los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2022, los cuales forman parte integral de dicha Resolución, para que sean aplicados en la operación de los gastos de funcionamiento e inversión por proyecto, centros de costos y modalidades de atención del Servicio Público de Bienestar Familiar, registrados en el presupuesto de gastos del ICBF.
Que el artículo segundo de la mencionada Resolución, establece que cualquier ajuste a los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras - vigencia 2022 deberá ser adoptado mediante Resolución, para lo cual se requiere contar con el análisis de viabilidad técnica y presupuestal emitido por la respectiva Dirección responsable del proyecto y gerente del recurso del rubro, con el aval de la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión así como el control de legalidad de la Oficina Asesora Jurídica.
Que mediante la Resolución 050 de 2022, se modificó la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de incluir, entre otros aspectos, el servicio de Educación Inicial Rural (EIR), en la Ficha 1-29-161- SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL A LA PRIMERA INFANCIA, en el Anexo 8 - Costeo Atención Integral y Comunitaria y en el Anexo 2- Raciones de Alimentos de Alto Valor Nutricional (AAVN).
Que a través del memorando con radicado 202220000000064783 del 5 de mayo de 2022, la Directora de Protección solicitó modificación del valor cupo 2022 de las fichas 1-10-120, 1-17-121, 1-18-122, 1-19- 123 y 1-20-124, de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras.
Que en atención a lo anteriormente expuesto, se considera necesario modificar el valor cupo mes 2022 toda vez que se realizará una nivelación de la tarifa que reconoce el valor diferencial en el talento humano de unos perfiles que devengan únicamente el SMMLV (vigilancia, recepción, cocineros, auxiliar administrativo, formadores); asimismo, el porcentaje diferencial del índice de Precios al Consumidor para 2022, tomando en cuenta que solo se había incrementado el 3% del 2022 respecto del 2021. Esto, con el fin de garantizar la calidad en la prestación de los servicios de protección dirigidos a niñas, niños y adolescentes que integran las modalidades de los servicios de protección.
Que de la misma manera, con la adición de recursos autorizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Dirección de Protección por medio de la Resolución 1057 del 03 de mayo de 2022, la incorporación de estos recursos le permite a dicha Dirección incrementar un promedio del 3% en las tarifas vigentes.
Que en virtud de lo dispuesto en el referido artículo segundo de la Resolución 0001 de 2022, el día de 10 de mayo de 2022, el Subdirector de Programación, en el marco de las competencias establecidas en el artículo 19 del Decreto 987 de 2012, el día 10 de mayo de 2022 emitió concepto favorable para la modificación parcial de la Resolución 0001, en relación con la solicitud de la Dirección de Protección.
Que en atención a la justificación antes expuesta, se considera necesario modificar el valor cupo 2022 de las fichas 1-10-120, 1-17-121, 1-18-122, 1-19-123 y 1-20-124, de los lineamientos de programación y ejecución presupuestal de la vigencia fiscal 2022.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 3737 de 2022> Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de reemplazar la ficha 1-10-120. RESTABLECIMIENTO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, con el fin de ajustar el valor cupo mes en los siguientes términos:
FICHA: I-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | 02 | |||||
BPIN PROYECTO | 2018011000451 | |||||||||
PROYECTO | FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA A NIVEL NACIONAL | |||||||||
PRODUCTO | SERVICIOS DIRIGIDOS A LA ATENCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES, CON ENFOQUE PEDAGÓGICO Y RESTAURATIVO ENCAMINADOS A LA INCLUSIÓN SOCIAL | |||||||||
CUENTA | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | |||||||||
CENTRO DE COSTOS | 120 - RESTABLECIMIENTO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | |||||||||
MODALIDAD | MODALIDADES PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD 1. Centro transitorio 2. Centro de internamiento preventivo 3. Centro de atención especializado 4. Detención domiciliaria hogar MODALIDADES NO PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD 5. Semicerrado - internado 6. Semicerrado - externado jornada completa 7. Semicerrado - externado media jornada 8. Prestación de servicios a la comunidad 9. Libertad vigilada asistida PROGRAMA PARA INCLUSIÓN SOCIAL 10. Estrategia de Apoyo post institucional 11. Estrategia de Centro de integración social MODALIDADES COMPLEMENTARIAS Y DE RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 12. internado Restablecimiento en Administración de Justicia 13. Externado Jornada Completa Restablecimiento en Administración de Justicia | |||||||||
FICHA: I-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | 02 | |||||
14. Externado Media Jornada Restablecimiento en Administración de Justicia 15. Intervención de Apoyo Restablecimiento en Administración de Justicia 16. Centro de Emergencia Restablecimiento en Administración de Justicia | ||||||||||
CÓDIGO | SERVICIO | |||||||||
420025000083 | CENTRO TRANSITORIO | |||||||||
420025000084 | CENTRO DE INTERNAMIENTO PREVENTIVO | |||||||||
420102000003 | CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADO | |||||||||
420025000080 | SEMICERRADO-INTERNADO | |||||||||
420025000078 | SEMICERRADO-EXTERNADO JORNADA COMPLETA | |||||||||
420025000075 | SEMICERRADO-EXTERNADO MEDIA JORNADA | |||||||||
420134 | PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD | |||||||||
420155 | LIBERTAD ASISTIDAA/IGILADA | |||||||||
SERVICIO SIM | 420136 | APOYO POST INSTITUCIONAL | ||||||||
420025000079 | INTERNADO RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | |||||||||
420025000077 | EXTERNADO JORNADA COMPLETA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | |||||||||
420025000074 | EXTERNADO MEDIA JORNADA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | |||||||||
420025000076 | INTERVENCIÓN DE APOYO RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | |||||||||
420025000082 | CENTRO DE EMERGENCIA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | |||||||||
481212000097 | DETENCIÓN DOMICILIARIA HOGAR | |||||||||
481212000098 | CENTRO DE INTEGRACIÓN SOCIAL | |||||||||
OBJETIVO | GENERAL | Brindar una atención integral, pedagógica, específica con enfoque restaurativo encaminada a la inclusión social de los adolescentes y jóvenes del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y de los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años que deben ser atendidos en servicios de protección integral por presunta comisión de delito. | ||||||||
ESPECÍFICOS | -- Fortalecer la atención integral a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en presunta comisión de delitos y/o vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. -- Adelantar proceso de contratación para e, desarrollo de las modalidades de atención de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en presunta comisión de delitos y/o vinculados al SRPA. -- Promover la Implementación del modelo de atención desde el enfoque de derechos en el marco de la pedagogía restaurativa con el desarrollo de actividades que buscan la reflexión para el reconocimiento de la responsabilidad y las consecuencias de sus conductas, para sí mismo, para la víctima y para la sociedad, promoviendo el diálogo restaurativo y las acciones de reparación integral. --Desarrollar el proceso de intervención y formación con las familias para fortalecer la inclusión social. | |||||||||
POBLACIÓN OBJETIVO | Adolescentes mayores de 14 años y jóvenes que cumplen medidas o sanciones del SRPA o sujetos de aplicación del principio de oportunidad. Niños, niñas y adolescentes menores de 14 según disposición de la autoridad administrativa para medidas de restablecimiento en administración de justicia y mayores de 14 años, hasta que finalice el cumplimiento de la sanción por disposición del juez de conocimiento, o la ubicación por garantía o restablecimiento de derechos por autoridad judicial o administrativa competente en medidas complementarias, quienes presuntamente se han visto involucrados en la comisión de conductas delictivas y requieren atención en medidas complementarias o de Restablecimiento en Administración de Justicia. Para la programación de la atención de esta población, se tendrán en cuenta el siguiente cuadro de equivalencias por modalidad con el fin de proceder a su programación, contratación y pago. | |||||||||
Modalidad lineamiento Menor de 14 años. Resolución 4594 de octubre de 2009. | Manual operativo de las modalidades que atienden Medidas Complementarias y/o Restablecimiento en Administración de Justicia. Aprobados mediante resolución 2100 del 4 del marzo del 2020. | |||||||||
Centro de Emergencia | Centro de Emergencia Restablecimiento en Administración de Justicia | |||||||||
Centros de Protección Especializados | Internado Restablecimiento en Administración de Justicia | |||||||||
Programa de Atención Especializado Semi Internado | Externado Jornada Completa Restablecimiento en Administración de Justicia | |||||||||
Programa de Atención Especializado - Externado | Externado Media Jomada Restablecimiento de Administración de Justicia | |||||||||
Intervención de Apoyo | Intervención de Apoyo Restablecimiento en Administración de Justicia | |||||||||
Apoyo Post institucional | Apoyo Post Institucional | |||||||||
ACCIONES | ||||||||||
TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO | 12 meses | |||||||||
Servicio | Rotación | |||||||||
CENTRO DE INTERNAMIENTO PREVENTIVO | 3 adolecentes o jóvenes cupo/año | |||||||||
PARÁMETROS | ROTACIÓN | SEMICERRADO-INTERNADO | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||
INTERNADO RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
FICHA: 1-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | 02 | |||||
CENTRO DE EMERGENCIA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACION DE JUSTICIA | 3 adolescentes o jóvenes cupo/ mes | |||||||||
DETENCIÓN DOMICILIARIA HOGAR | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
CENTRO DE INTEGRACIÓN SOCIAL | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
CENTRO TRANSITORIO | 8 adolescentes o jóvenes cupo/ mes | |||||||||
CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADO | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
SEMICERRADO-EXTERNADO JORNADA COMPLETA | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
SEMICERRADO-EXTERNADO MEDIA JORNADA | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD | 2 adolescentes o jóvenes cupo/año | |||||||||
LIBERTAD ASISTIDA/VIGILADA | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
APOYO POST INSTITUCIONAL | 1 adolescente o joven cupo/año | |||||||||
EXTERNADO JORNADA COMPLETA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACION DE JUSTICIA | 2 adolescentes o jóvenes cupo/año | |||||||||
EXTERNADO MEDIA JORNADA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACION DE JUSTICIA | 2 adolescentes o jóvenes cupo/año | |||||||||
INTERVENCION DE APOYO RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 2 adolescentes o jóvenes cupo/año | |||||||||
ALIMENTO DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | Los Alimentos de Alto Valor Nutricional son alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados y/o que se consideran buena fuente de macro o micronutrientes, los cuales son producidos y distribuidos por el ICBF. La entrega se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo No. 2 “RACIONES DE ALIMENTOS DE ALTO VALOR | |||||||||
FICHA:I-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | 02 | |||||
NUTRICIONAL - AAVN - VIGENCIA 2022' de los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras. | ||||||||||
Valor cupo/mes | ||||||||||
CÓDIGO | SERVICIO | VALOR CUPO 2022 | ||||||||
420025000074 | EXTERNADO MEDIA JORNADA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 592.899 | ||||||||
420025000075 | SEMICERRADO- EXTERNADO MEDIA JORNADA | 604.045 | ||||||||
420025000076 | INTERVENCIÓN DE APOYO RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 381.207 | ||||||||
COSTO | 420025000077 | EXTERNADO JORNADA COMPLETA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 1.019.753 | |||||||
420025000078 | SEMICERRADO- EXTERNADO JORNADA COMPLETA | 1.020.827 | ||||||||
420025000079 | INTERNADO RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 1.763.147 | ||||||||
420025000080 | SEMICERRADO-INTERNADO | 1.799.479 | ||||||||
420025000082 | CENTRO DE EMERGENCIA RESTABLECIMIENTO EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 2.072.382 | ||||||||
420025000083 | CENTRO TRANSITORIO | 2.127.110 | ||||||||
FICHA: 1-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | 02 | |||||
420025000084 | CENTRO DE INTERNAMIENTO PREVENTIVO | 2.272.770 | ||||||||
420102000003 | CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADO | 2.278.460 | ||||||||
20134 | PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD | 342.978 | ||||||||
420136 | APOYO POST INSTITUCIONAL | 393.958 | ||||||||
420155 | LIBERTAD ASISTI DAA/IGILADA | 498.469 | ||||||||
481212000097 | DETENCIÓN DOMICILIARIA HOGAR | 669.749 | ||||||||
481212000098 | CENTRO DE INTEGRACIÓN SOCIAL | 486.323 | ||||||||
La tarifa tuvo un incremento del 3% respecto a la tarifa inicial de 2022, en relación a talento humano perfiles con SMMLV. | ||||||||||
MARCO NORMATIVO | Constitución Política, art. 44 y 250. Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, Libro 2, Título 1. artículos 139, 140, 141, 178 y ss.; Convención de los Derechos del Niño, artículo 37 y 40. Decreto 860 de 2010. Código Penal y Código de Procedimiento Penal, Ley 1709 de 2014, Decreto 1885 de 2015. Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores. Observación General No. 24 del Comité de los Derechos del Niño. Resolución 4155 de 2016 (reglamenta la aplicación del principio de oportunidad). Ley 1801 de 2016, "por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana”. Leyes 80 de 1993, 816 de 2003, 905 de 2004,1150 de 2007, 1474 de 2011, 2040 de 2020, 2080 de 2021, y 2160 de 2021; Decreto 537 de 2020 y demás normas vigentes sobre contratación pública. Sentencias: C-673 de 2005, C-979 de 2005, C-2010 de 2007, C-738 de 2008, C-936/10 Manual de contratación del ICBF adoptado mediante la Resolución 5205 de 2020. | |||||||||
LINEAMIENTOS TÉCNICOS | -- Lineamiento Técnico Modelo de Atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la Ley - SRPA aprobado mediante Resolución No. 1522 del 23 de febrero de 2016 y todas aquellas que las modifiquen o adicionen. -- Manual operativo de las modalidades que atienden Medidas y Sanciones de! proceso judicial SRPA, aprobados mediante Resolución 2100 del 4 de marzo del 2020. -- Manual operativo de las modalidades que atienden Medidas Complementarias y/o Restablecimiento en Administración de Justicia, aprobados mediante Resolución 2100 del 4 de marzo del 2020. -- Lineamiento Técnico administrativo para la atención de niños, niñas y adolescentes menores de 14 años que se presuma o hayan incurrido en la comisión de un delito, | |||||||||
FICHA: 1-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | ||||||
aprobado mediante Resolución No. 4594 del 20 de octubre de 2009 y todas aquellas que las modifiquen o adicionen | ||||||||||
Cuenta | Subcuenta | Objeto | Ordinal | Subordinal | ítem | Subítem 1 | Subítem 2 | Subítem 3 | DESCRIPCIÓN | |
CATALOGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL CCP | 02 | 02 | 02 | 009 | 003 | 03 | OTROS SERVICIOS SOCIALES CON ALOJAMIENTO | |||
02 | 02 | 02 | 009 | 003 | 05 | OTROS SERVICIOS SOCIALES SIN ALOJAMIENTO | ||||
CLASIFICADOR DEL GASTO | Rubro C-4102-1500-13-0-4102038-02 Corresponde a la adquisición de bienes y servicios con operadores que desarrollen todas las actividades necesarias para la prestación del servicio social, dentro de las que se encuentran los siguientes gastos asociados: 02-02-02-09-03-03 OTROS SERVICIOS SOCIALES CON ALOJAMIENTO Corresponde a los servicios que brindan atención a la población ubicada de acuerdo con sentencia judicial o solicitud realizada por la Autoridad Judicial o Administrativa Competente en las modalidades privativas de la libertad, no privativas de la libertad, o estrategias de fortalecimiento en la inclusión social y modalidades complementarias y de restablecimiento en administración de justicia, descritos así: 1. Centro transitorio 2. Centro de internamiento preventivo 3. Centro de atención especializado 4. Semicerrado - internado 5. Internado Restablecimiento en Administración de Justicia 6. Centro de Emergencia Restablecimiento en Administración de Justicia 02-02-02-09-03-05 OTROS SERVICIOS SOCIALES SIN ALOJAMIENTO Corresponde a los servicios que brindan atención a la población ubicada de acuerdo con sentencia judicial o solicitud realizada por la Autoridad Judicial o Administrativa Competente en las modalidades privativas de la libertad, no privativas de la libertad, o estrategias de fortalecimiento en la inclusión social y modalidades complementarias y de restablecimiento en administración de justicia, descritos así:1. Detención domiciliaria hogar 2. Semicerrado - externado jornada completa 3. Semicerrado - externado media jornada 4. Prestación de servicios a la comunidad 5. Libertad vigilada/asistida 6. Apoyo post institucional 7. Centro de integración social 8. Externado Jornada Completa Restablecimiento en Administración de Justicia 9. Externado Media Jornada Restablecimiento en Administración de Justicia 10.1 intervención de Apoyo Restablecimiento en Administración de Justicia | |||||||||
FICHA: I-10 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 13 | 0 | 4102038 | 02 | |||||
Los clasificadores del gasto para cada modalidad están determinados en la G22.P Guia de Requisitos Legales y Financieros para operaciones del Sistema Penal para Adolescente SRPA Ver Anexo 3. Nota 1: Los cupos no utilizados serán pagados de acuerdo con el porcentaje del costo fijo establecido en la cláusula "DESEMBOLSOS" del contrato de aporte .Ver Anexo 4. | ||||||||||
ANDRREA NATALIA ROMERO FIGUEROA Directora de Protección | MARIO ALFONSO PARDO PARDO Subdirector de Programación | FECHA DE EXPEDICIÓN Mayo de 2022 |
ARTÍCULO SEGUNDO: <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 3737 de 2022> Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de reemplazar la ficha 1-17-121- UBICACIÓN INICIAL, con el fin de ajustar el valor cupo mes en los siguientes términos:
Ficha I -17 -121 - UBICACIÓN INICIAL
FICHA: 1-17 | PROG | SUBPRG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
BPIN PROYECTO | 2018011000257 | |||||||||
PROYECTO | PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS. NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL MARCO DEL RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS A NIVEL NACIONAL | |||||||||
PRODUCTO | SERVICIO DE PROTECCION PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES. | |||||||||
CUENTA | ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS | |||||||||
CENTRO DE COSTOS | 121 - UBICACIÓN INICIAL | |||||||||
MODALIDAD | CENTRO DE EMERGENCIA | |||||||||
SERVICIO SIM | CÓDIGO | SERVICIO | ||||||||
420047000008 | CENTRO DE EMERGENCIA | |||||||||
OBJETIVO | GENERAL | Garantizar un espacio Institucional de protección inmediata para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, como medida de urgencia, mientras la autoridad administrativa decide la medida de restablecimiento de derechos más idónea para ellos/as. en función del interés superior. | ||||||||
ESPECÍFICO | N.A. | |||||||||
POBLACIÓN OBJETIVO | Niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 6 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. La población mayor de 18 años, aplica como se encuentra establecido en el manual operativo. | |||||||||
ACCIONES | Las acciones destinadas al cumplimiento de los objetivos del servicio se encuentran en el lineamiento y manual operativo correspondiente. | |||||||||
FICHA: 1-17 | PROG | SUBPRG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO | 12 meses. | |||||||||
ROTACIÓN | 3 niños - cupo/mes | |||||||||
ALIMENTO DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | Los Alimentos de Alto Valor Nutricional -AAVN- son alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados y/o que se consideran buena fuente de macro o micronutrientes, los cuales son producidos y distribuidos por el ICBF. La entrega se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo No. 2 “RACIONES DE AUMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL -AAVN - VIGENCIA 2022' de los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras. | |||||||||
PARÁMETROS | Valor cupo/mes | |||||||||
codigo | SERVICIO | VALOR CUPO 2022 | ||||||||
COSTO | 420047000008 | CENTRO DE EMERGENCIA | 1.851.801 | |||||||
La tarifa tuvo un incremento del 3% respecto a la tarifa inicial de 2022 como resultado de la adición de recursos autorizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Dirección de Protección en el mes de mayo de 2022. | ||||||||||
MARCO NORMATIVO | Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, Artículo 53. Ley 1878 de 2018. | |||||||||
LINEAMIENTOS TÉCNICOS | Manuales operativos vigentes para las modalidades de restablecimiento de derechos: Manual operativo de modalidades y servicio para la atención de niñas, niños y adolescentes, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Resolución 4200 de 2021. | |||||||||
CATALOGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL CCP | Cuenta | Subcuentaa | Objeto | Ordinal | Subordinal | ítem | Subítem | Subítem | Subítem3 | DESCRIPCIÓN |
02 | 02 | 02 | 009 | 003 | 03 | OTROS SERVICIOS SOCIALES CON ALOJAMIENTO | ||||
CLASIFICADOR DEL GASTO | Rubro C-4102-1500-14-0-4102037-02 Corresponde a la adquisición de bienes y servicios con operadores que desarrollen todas las actividades necesarias para la prestación del servicio, dentro de ¡as que se encuentran los siguientes gastos asociados: 02-02-02-009-003-03 Otros servicios sociales con alojamiento Los clasificadores del gasto para cada modalidad están determinados en los manuales operativos de las modalidades. - Nota: En ningún caso los saldos por inejecuciones de cupos se utilizarán para el pago de sobrecupos. | |||||||||
ANDRREA NATALIA ROMERO FIGUEROA Directora de Protección | MARIO ALFONSO PARDO PARDO Subdirector de Programación | FECHA DE EXPEDICIÓN Mayo de 2022 |
ARTÍCULO TERCERO: <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 3737 de 2022> Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de reemplazar la ficha 1-18-122- MODALIDADES DE APOYO Y FORTALECIMIENTO A LA FAMILIA, con el fin de ajustar el valor cupo mes de la ficha 1-18-122 en los siguientes términos:
Ficha I-18-122-MODALIDADES DE APOYO Y FORTALECIMIENTO A LA FAMILIA
FICHA: 1-18 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
BPIN PROYECTO | 2018011000257 | |||||||||
PROYECTO | PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS. NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL MARCO DEL RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS A NIVEL NACIONAL | |||||||||
PRODUCTO | SERVICIO DE PROTECCIÓN PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS. ADOLESCENTES Y JÓVENES. | |||||||||
^CUENTA | ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS | |||||||||
CENTRO DE COSTOS | 122 - MODALIDADES DE APOYO Y FORTALECIMIENTO A LA FAMILIA | |||||||||
MODALIDAD | INTERVENCIÓN DE APOYO PSICOSOCIAL | |||||||||
APOYO PSICOLÓGICO ESPECIALIZADO | ||||||||||
EXTERNADO MEDIA JORNADA | ||||||||||
EXTERNADO JORNADA COMPLETA | ||||||||||
HOGAR GESTOR | ||||||||||
SERVICIO SIM | CODIGO | SERVICIO | ||||||||
420213 | INTERVENCIÓN DE APOYO PSICOSOCIAL | |||||||||
420210 | APOYO PSICOLOGICO ESPECIALIZADO | |||||||||
420212 | EXTERNADO MEDIA JORNADA | |||||||||
420211 | EXTERNADO JORNADA COMPLETA | |||||||||
420028000002 | HOGAR GESTOR - DISCAPACIDAD | |||||||||
FICHA: 1-18 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
OBJETIVO | GENERAL | Fortalecer y dar herramientas que les permitan a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y sus familias superar las situaciones de amenaza y/o vulneración, privilegiando la ubicación en su medio familiar y generando así procesos de atención que permitan superar las crisis identificadas, y que la familia 0 red vincular se fortalezca en la garantía de los derechos de los niños, las niñas 0 adolescentes. | ||||||||
ESPECÍFICO | N.A. | |||||||||
POBLACIÓN OBJETIVO | -- Intervención de apoyo psicosocial Niñas, niños y adolescentes de 0 a 18 años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. -- Apoyo psicológico especializado Niñas, niños y adolescentes de 0 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. -- Externado media jornada Niñas, niños y adolescentes de 6 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. -- Externado jornada completa Niñas, niños y adolescentes de 6 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. -- Hogar Gestor - Discapacidad - Niñas, niños, adolescentes de 0 a 18 años, con derechos amenazados y/o vulnerados, con discapacidad. - Mayores de 18 años con discapacidad que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con PARD, con derechos amenazados y/o vulnerados. | |||||||||
ACCIONES | Las acciones destinadas al cumplimiento de los objetivos del servicio se encuentran en el lineamiento y manual operativo correspondiente. | |||||||||
TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO | 6 meses. | |||||||||
Servicio | Rotación | |||||||||
INTERVENCION DE APOYO PSICOSOCIAL | 2 Niños cupo/año | |||||||||
ROTACIÓN | APOYO PSICOLOGICO ESPECIALIZADO | 2 Niños cupo/año | ||||||||
PARÁMETROS | EXTERNADO MEDIA JORNADA | 2 Niños cupo/año | ||||||||
EXTERNADO JORNADA COMPLETA | 2 Niños cupo/año | |||||||||
HOGAR GESTOR - DISCAPACIDAD | 2 Niños cupo/año | |||||||||
ALIMENTO DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | Los Alimentos de Alto Valor Nutricional son alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados y/o que se consideran buena fuente de macro 0 micronutrientes, los cuales son producidos y distribuidos por el ICBF. La entrega se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo No. 2 “RACIONES DE ALIMENTOS DE ALTO VALOR | |||||||||
FICHA: 1-18 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
NUTRICIONAL – AAVN - VIGENCIA 2022” de los Lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras. | ||||||||||
Valor cupo/mes | ||||||||||
CÓDIGO | SERVICIO | VALOR CUPO 2022 | ||||||||
420028000002 | HOGAR GESTOR DISCAPACIDAD | 387.565 | ||||||||
420210 | APOYO PSICOLÓGICO ESPECIALIZADO | 294.663 | ||||||||
COSTO | 420211 | EXTERNADO JORNADA COMPLETA | 817.754 | |||||||
420212 | EXTERNADO MEDIA JORNADA | 564.530 | ||||||||
420213 | INTERVENCIÓN DE APOYO PSICOSOCIAL | 365.617 | ||||||||
La tarifa tuvo un incremento del 3% respecto a la tarifa inicial de 2022 como resultado de la adición de recursos autorizada por MHCP a la Dirección de Protección en el mes de mayo | ||||||||||
MARCO NORMATIVO | Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, Artículos 36 y 60. Ley 1878 de 2018 | |||||||||
DOCUMENTOS TÉCNICOS | Lineamientos técnicos y manuales operativos vigentes para las modalidades de restablecimiento de derechos (i) Lineamiento técnico para la implementación del modelo para la atención de las niñas, los niños y adolescentes ubicados en las modalidades de restablecimiento de derechos. Resolución 4199 de 2021. (ii) Manual operativo de modalidades y servicio para la atención de niñas, niños y adolescentes, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Resolución 4200 de 2021. | |||||||||
CATALOGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL CCP | Cuenta | Subcuent a | Objeto | Ordinal | Subordin al | ítem | Subítem 1 | Subítem 2 | Subítem 3 | DESCRIPCIÓN |
02 | 02 | 02 | 009 | 003 | 05 | OTROS SERVICIOS SOCIALES SIN ALOJAMIENTO | ||||
CLASIFICADOR DEL GASTO | Rubro C-4102-1500-14-0-4102037-02 Corresponde a la adquisición de bienes y servicios con operadores que desarrollen todas las actividades necesarias para la prestación del servicio, dentro de las que se encuentran los siguientes gastos asociados: 02-02-02-009-003-05 Otros servicios sociales sin alojamiento | |||||||||
FICHA: 1-18 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY 0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
Los clasificadores del gasto para cada modalidad están determinados en los manuales operativos de las modalidades. Notas: Nota 1: En ningún caso los saldos por inejecuciones de cupos se utilizarán para el pago de sobrecupos. Nota 2: El Hogar Gestor se paga mediante Resolución emitida por la Dirección Regional correspondiente. | ||||||||||
ANDREA NATHALIA ROMERO FIGUEROA Directora de Protección | MARIO ALFONSO PARDO PARDO Subdirector de Programación | FECHA DE EXPEDICIÓN Mayo de 2022 |
ARTÍCULO CUARTO: <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 3737 de 2022> Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de reemplazar la ficha 1-19-123- MODALIDADES DE ACOGIMIENTO, con el fin de ajustar el valor cupo mes en los siguientes términos:
Ficha I -19 -123 - MODALIDADES DE ACOGIMIENTO
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY O | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
BPIN PROYECTO | 2018011000257 | |||||||||
PROYECTO | PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL MARCO DEL RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS A NIVEL NACIONAL | |||||||||
PRODUCTO | SERVICIO DE PROTECCIÓN PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES. | |||||||||
CUENTA | ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS | |||||||||
CENTRO DE COSTOS | 123 - MODALIDADES DE ACOGIMIENTO | |||||||||
ACOGIMIENTO FAMILIAR: 1. HOGAR SUSTITUTO ICBF VULNERACIÓN | ||||||||||
2. HOGAR SUSTITUTO ICBF DISCAPACIDAD | ||||||||||
MODALIDAD | 3. HOGAR SUSTITUTO ONG VULNERACION | |||||||||
4. HOGAR SUSTITUTO ONG DISCAPACIDAD | ||||||||||
ACOGIMIENTO RESIDENCIAL 1. INTERNADO | ||||||||||
2. CASA HOGAR | ||||||||||
3. CASA UNIVERSITARIA | ||||||||||
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY O | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
SERVICIO SIM | CÓDIGO | SERVICIO | ||||||||
420026000001 | HOGAR SUSTITUTO ICBF - VULNERACIÓN | |||||||||
420027000001 | HOGAR SUSTITUTO ICBF - DISCAPACIDAD | |||||||||
420026000002 | HOGAR SUSTITUTO ONG - VULNERACIÓN | |||||||||
420027000002 | HOGAR SUSTITUTO ONG - DISCAPACIDAD | |||||||||
420216 | INTERNADO | |||||||||
420047000006 | INTERNADO - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA | |||||||||
420047000002 | INTERNADO - DISCAPACIDAD INTELECTUAL | |||||||||
420047000003 | INTERNADO - DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL | |||||||||
420047000005 | INTERNADO - VIOLENCIA SEXUAL | |||||||||
420154 | INTERNADO OA8AÑOS | |||||||||
420175 | INTERNADO PREPARACIÓN PARA LA VIDA INDEPENDIENTE | |||||||||
420137 | CASA HOGAR | |||||||||
420174 | CASA HOGAR - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA | |||||||||
420214 | CASA HOGAR DISCAPACIDAD | |||||||||
420215 | CASA UNIVERSITARIA | |||||||||
OBJETIVO | GENERAL | Generar procesos de atención para niños, niñas, adolescentes y jóvenes en un medio diferente al de su familia biológica o extensa de manera provisional, con el fin de prevenir mayores niveles de amenaza y/o vulneración, y restablecer sus derechos de acuerdo con sus necesidades particulares y teniendo en cuenta los factores de generatividad y vulnerabilidad de su familia o redes sociales próximas. | ||||||||
ESPECÍFICO | N.A. | |||||||||
POBLACIÓN OBJETIVO | Hogar Sustituto ICBF Vulneración * Niñas, niños, adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adaptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. * Mayores de (18) años sin discapacidad, que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños de cero (0) a seis (6) años, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. Hogar Sustituto ICBF Discapacidad | |||||||||
FICHA: I-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY O | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
* Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes en edades de cero (0) a (18) años con una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal) con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adaptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. * Mayores de (18) años con discapacidad y/o una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal), que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y cuyo cuidado puede ser asumido por una madre o padre sustitutos. * Niños y niñas de cero (0) a seis (6) años con discapacidad, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. Hogar Sustituto ONG Vulneración * Niñas, niños, adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adaptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. * Mayores de (18) años sin discapacidad, que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños de cero (0) a seis (6) años, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. Hogar Sustituto ONG Discapacidad * Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes en edades de cero (0) a (18) años con una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal) con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adoptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. * Mayores de (18) años con discapacidad y/o una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal), que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y cuyo cuidado puede ser asumido por una madre o padre sustitutos. * Niñas, niños de cero (0) a seis (6) años con discapacidad, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. Internado * Niñas, niños y adolescentes de 6(1) a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas y adolescentes menores de 18 años gestantes y/o en periodo de lactancia (contemplando los dos (2) años de lactancia materna complementaria), con | ||||||||||
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, y sus hijos e hijas acompañantes menores * Niñas y niños mayores de 7 años y adolescentes, con discapacidad intelectual, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas y niños mayores de 7 años y adolescentes, con discapacidad psicosocial, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes de 2 a 18 años, con discapacidad, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. * Niñas, niños y adolescentes de 0 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y/o víctimas de trata.* Adolescentes próximos a cumplir su mayoría de edad y jóvenes mayores de 18 años, con medida de adoptabilldad o a finalizar su proceso de atención, en proceso de preparación para vida independiente, que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior(2) * Mayores de 18 años que al cumplir la mayoría de edad se encontraba en proceso administrativo de restablecimiento de derechos. (Aplica para todas las poblaciones anteriores)* Para internado de cero (0) a ocho (8) años: Niñas, niños de 0 a 8 años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Casa Hogar * Niñas, niños y adolescentes de 0 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Mayores de 18 años que al cumplir la mayoría de edad se encontraba en proceso administrativo de restablecimiento de derechos. * Adolescentes mayores de 15 años con discapacidad declarados en adoptabilldad y mayores de 18 años con discapacidad, que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto, bajo la protección del ICBF y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa. * Niñas y adolescentes menores de 18 años gestantes y/o en periodo de lactancia (contemplando los dos (2) años de lactancia materna complementaria), con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, y sus hijos e hijas acompañantes menores de 18 años. Mujeres mayores de 18 años embarazadas con derechos amenazados y/o vulnerados y sus hijos e hijas acompañantes menores de 18 años.Casa Universitaria * Jóvenes considerados como adoptables que cumplieron 18 años bajo protección, que cuentan con un proceso administrativo de restablecimiento de derechos PARD abierto y que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior. | ||||||||||
FICHA: I-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
ACCIONES | Las acciones destinadas al cumplimiento de los objetivos del servicio se encuentran en el lineamiento y manual operativo correspondiente. | |||||||||
TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO | 6 meses. (Casa Universitaria 12 meses) | |||||||||
Servicio | Rotación | |||||||||
HOGAR SUSTITUTO ICBF - VULNERACION | 2 Niños cupo/año | |||||||||
HOGAR SUSTITUTO ICBF - DISCAPACIDAD | 2 Niños cupo/año | |||||||||
HOGAR SUSTITUTO ONG - VULNERACION | 2 Niños cupo/año | |||||||||
HOGAR SUSTITUTO ONG - DISCAPACIDAD | 2 Niños cupo/año | |||||||||
INTERNADO | 2 Niños cupo/año | |||||||||
PARÁMETROS | INTERNADO - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA | 2 Niños cupo/año | ||||||||
ROTACIÓN | INTERNADO - DISCAPACIDAD INTELECTUAL | 2 Niños cupo/año | ||||||||
INTERNADO - DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL | 2 Niños cupo/año | |||||||||
INTERNADO - VIOLENCIA SEXUAL | 2 Niños cupo/año | |||||||||
INTERNADO DE 0 A 8 AÑOS | 2 Niños cupo/año | |||||||||
INTERNADO PREPARACIÓN PARA LA VIDA INDEPENDIENTE | 2 Niños cupo/año | |||||||||
CASA HOGAR | 2 Niños cupo/año | |||||||||
CASA HOGAR - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA | 2 Niños cupo/año | |||||||||
CASA HOGAR - DISCAPACIDAD | 2 Niños cupo/año | |||||||||
CASA UNIVERSITARIA | 1 Niño cupo/año | |||||||||
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
ALIMENTO DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | Los Alimentos de Alto Valor Nutricional son alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados y/o que se consideran buena fuente de macro 0 micronutrientes, los cuales son producidos y distribuidos por el ICBF. La entrega se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo No. 2 “RACIONES DE AUMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICION AL - AAVN - VIGENCIA 2022' de los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras. | |||||||||
Valor cupo/mes | ||||||||||
CÓDIGO | SERVICIO | VALOR CUPO 2022 | ||||||||
26000001 | HOGAR SUSTITUTO ICBF-VULNERACIÓN | $698.587 Beca de 1/3 salario mínimo mensual legal vigente | ||||||||
420027000001 | HOGAR SUSTITUTO ONG-VULNERACIÓN | $998.626 Beca de 1/3 salario mínimo mensual legal vigente | ||||||||
COSTO | 420026000002 | HOGAR SUSTITUTO ICBF - DISCAPACIDAD | $889.867 Beca de 1/2 salario mínimo mensual legal vigente | |||||||
420027000002 | HOGAR SUSTITUTO ONG - DISCAPACIDAD | $1.271.882 Beca de 1/2 salario mínimo mensual legal vigente | ||||||||
420047000002 | INTERNADO DISCAPACIDAD INTELECTUAL | $1.777.331 | ||||||||
420047000003 | INTERNADO DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL | $2.563.033 | ||||||||
420047000006 | INTERNADO VIOLENCIA SEXUAL | $1.547.649 | ||||||||
420047000006 | INTERNADO GESTANTES | Y/O EN | $1.565.275 | |||||||
FICHA: I-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
PERIODO DE LACTANCIA | ||||||||||
420137 | CASA HOGAR-PARD | $1.553.630 | ||||||||
420154 | INTERNADO 0 A 8 AÑOS | $1.675.888 | ||||||||
420175 | INTERNADO PREPARACIÓN PARA LA VIDA INDEPENDIENTE | $1.547.540 | ||||||||
420215 | CASA UNIVERSITARIA | $1.666.723 | ||||||||
420216 | INTERNADO | $1.546.804 | ||||||||
420174 | CASA HOGAR - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA | $1.537.367 | ||||||||
420214 | CASA HOGAR - DISCAPACIDAD | $1.537.367 | ||||||||
La tarifa tuvo un incremento del 3% respecto a la tarifa inicial de 2022 como resultado de la adición de recursos autorizada por MHCP a la Dirección de Protección en el mes de mayo | ||||||||||
MARCO NORMATIVO | Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1098 de 2006, Artículos 36, 59 y 60. Ley 1607 de 2012, Art. 36. Ley 1878 de 2018. Resolución 2925 de 2013 modificada por la Resolución 3444 de 2016. Ley 1955 de 2019. Decreto 1173 del 26 de agosto de 2020. Decreto 783 del 19 de julio de 2021. | |||||||||
DOCUMENTOS TÉCNICOS | Lineamientos técnicos y manuales operativos vigentes para las modalidades de restablecimiento de derechos. (i) Lineamiento técnico para la implementación del modelo para la atención de las niñas, los niños y adolescentes ubicados en las modalidades de restablecimiento de derechos. Resolución 4199 de 2021. (ii) Manual operativo de modalidades y servicio para la atención de niñas, niños y adolescentes, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Resolución 4200 de 2021 (iii) Manual operativo modalidad acogimiento familiar ~ hogar sustituto. Resolución 4201 de 2021. | |||||||||
CATALOGO DE CLASIFICACIÓN | Cuenta | Subcuenta | Objeto | Ordinal | Subordinal | ítem | Subítem | Subítem 2 | Subítem 3 | DESCRIPCIÓN |
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
PRESUPUESTAL CCP | 02 | 02 | 02 | 009 | 003 | 03 | OTROS SERVICIOS SOCIALES CON ALOJAMIENTO | |||
02 | 02 | 02 | 008 | 003 | 01 | 9 | OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN, EXCEPTO LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN | |||
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión. La identificación de las posibles beneficiarías de este subsidio la realizará el instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF-, entidad que complementará en una porción que se defina el subsidio a otorgar por parte de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensionar. | ||||||||||
Para tales efectos, se tendrán en cuenta los Decretos reglamentarios expedidos por el Ministerio de Trabajo en los cuales se disponga el valor del subsidio, esto es, el Decreto 783 del 19 de julio de 2021 y todos aquellos que lo reemplacen, modifiquen o adicionen. Distribución del valor cupo en Hogares Sustitutos ICBF y ONG: | ||||||||||
HOGAR SUSTITUTO | % Cuota de sostenimiento | % Dotación | % Gastos de emergencias | % Costos operativos | TOTAL | |||||
ICBF -Vulneración | 75% | 15% | 10% | 0 | 100% | |||||
ICBF - Discapacidad | 75% | 15% | 10% | 0 | 100% | |||||
ONG-Vulneración | 52% | 11% | 7% | 30% | 100% | |||||
ONG- Discapacidad | 49% | 11% | 7% | 33% | 100% | |||||
Fuente: Dirección de Protección Dotación y emergencias para Hogares Sustitutos - ONG: El valor de dotación y gastos de emergencias puede constituirse en un fondo común que será utilizado de acuerdo con las necesidades en dotación o emergencias que presentan los niños, niñas o adolescentes ubicados en la modalidad Hogares Sustitutos, administrados por operador, previa autorización del supervisor del contrato. Dotación y emergencias para Hogares Sustitutos - ICBF: El valor de dotación y gastos de emergencias puede constituirse en un fondo común que será utilizado de acuerdo con las necesidades en dotación o emergencias que presentan los niños, niñas o adolescentes ubicados en la modalidad Hogares Sustitutos, administrados por el ICBF, previa autorización del Coordinador de Centro Zonal. Notas: Nota 1: Los hijos/hijas de adolescentes desvinculados, ubicados en los Hogares Sustitutos Tutores, se pagarán como Hogar Sustituto ONG Vulneración, reconociéndose un tercio de beca de acuerdo con los días de ubicación durante el mes. Si se tratare de hijos/hijas de adolescentes desvinculados, con discapacidad o enfermedades crónicas, degenerativas e irreversibles de alto impacto en la calidad de vida, enfermedades huérfanas, ruinosas o catastróficas que requieren apoyos extensos o generalizados, el valor del cupo se pagará como Hogar Sustituto ONG Discapacidad. Nota 2: En ningún caso los saldos por inejecuciones de cupos se utilizarán para el pago de sobrecupos. Nota 3: Los cupos no utilizados serán pagados de acuerdo con el porcentaje del costo fijo establecido en la cláusula “forma de pago” del contrato. Ver Anexo 4. 02-02-02-008-003-01-9 Otros servicios de gestión, excepto los servicios de administración de proyectos de construcción Adquisición de Pruebas para Hogares Sustitutos: De acuerdo con lo establecido en los Lineamientos técnicos y manuales operativos de hogar sustituto y todos aquellos que los | ||||||||||
FICHA: 1-19 | PROG | SUBPROG | PROY | PROYO | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
modifiquen 0 adicionen, el proceso de constitución de los Hogares Sustitutos, en la etapa 3, disponen que “Si la familia aspirante aprueba las dos etapas anteriores, se procederá a citar a los integrantes de la familia mayores de edad, para evaluación psicológica, mediante la aplicación de entrevista y prueba psicológica que puede ser cualquiera de las siguientes: CUIDA (Cuestionario para la Evaluación de Adoptantes, Cuidadores, Tutores y Mediadores), 16 PF 0 el Test Wartegg 0 el Inventario Multifásico de Personalidad de Minnesota - 2 Reestructurado (MMPI-2RF). En los casos que existan personas menores de 18 años en la familia aspirante, se podrá aplicar el inventario clínico para adolescentes MACI", para tales efectos, las regionales ICBF realizarán un proceso de contratación para la adquisición de las pruebas mencionadas, incluyendo cuadernillos y pines. Subsidio Pensional para Ex-Madres Sustitutas: De acuerdo con lo establecido en el artículo 215 del Plan Nacional de Desarrollo y Decreto 1173 del 26 de agosto de 2020 que reglamentó la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, en el Artículo 215. Subsidio De Solidaridad Pensional. “Tendrán acceso al Subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la Ley 797 de 2003, las personas que dejen de ser madres sustitutas a partir del 24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión. La identificación de las posibles beneficiarías de este subsidio la realizará el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF-, entidad que complementará en una porción que se defina el subsidio a otorgar por parte de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensionar. Para tales efectos, se tendrán en cuenta los Decretos reglamentarios expedidos por el Ministerio de Trabajo, Decreto 783 del 19 de julio de 2021 y todos aquellos que lo reemplacen, modifiquen 0 adicionen. Los clasificadores del gasto para cada modalidad están determinados en los manuales operativos de las modalidades. | ||||||||||
ANDREA-NATHALIA ROMERO FIGUEROA Directora de Protección | MARIO ALFONSO PARDO PARDO Subdirector de Programación | FECHA DE EXPEDICIÓN Mayo de 2022 |
ARTÍCULO QUINTO: <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 3737 de 2022> Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de reemplazar la ficha 1-20-124-VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO, con el fin de ajustar el valor cupo mes en los siguientes términos:
FICHA: I-20-124-VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO
FICHA: I-20 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
BPIN PROYECTO | 2018011000257 | |||||||||
PROYECTO | PROTECCION DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL MARCO DEL RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS A NIVEL NACIONAL | |||||||||
PRODUCTO | SERVICIO DE PROTECCION PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES. | |||||||||
CUENTA | ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS | |||||||||
CENTRO DE COSTOS | 124-VICTIMA DEL CONFLICTO ARMADO | |||||||||
MODALIDAD | HOGAR GESTOR - DESPLAZAMIENTO FORZADO CON DISCAPACIDAD - AUTO 006 DE 2009. HOGAR GESTOR PARA VICTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO SIN DISCAPACIDAD NI ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL. HOGAR GESTOR PARA VICTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO CON DISCAPACIDAD Y/O ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL ADQUIRIDA EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO. HOGAR SUSTITUTO TUTOR CASA DE PROTECCION CASA HOGAR | |||||||||
CÓDIGO | SERVICIO | |||||||||
420028000008 | HOGAR GESTOR - DESPLAZAMIENTO FORZADO CON DISCAPACIDAD - AUTO 006 DE 2009. | |||||||||
420028000006 | HOGAR GESTOR PARA VÍCTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO SIN DISCAPACIDAD NI ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL | |||||||||
SERVICIO SIM | 420028000009 | HOGAR GESTOR PARA VÍCTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO CON DISCAPACIDAD Y/O ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL | ||||||||
420042 | HOGAR SUSTITUTO TUTOR | |||||||||
420048000003 | CASA DE PROTECCIÓN | |||||||||
420217 | CASA HOGAR - VÍCTIMAS | |||||||||
OBJETIVO | GENERAL | Garantizar la protección integral a los niños, las niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado, a través de medidas de restablecimiento de derechos y contribución a la reparación integral. | ||||||||
ESPECIFICO | N.A | |||||||||
FICHA:I-20 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 0 | |||||
POBLACIÓN OBJETIVO | 1. Hogar Gestor - Desplazamiento Forzado con Discapacidad - Auto 006 de 2009. 2. Hogar Gestor para víctimas en el marco del conflicto armado sin discapacidad ni enfermedad de cuidado especial. 3. Hogar Gestor para víctimas en el marco del conflicto armado con discapacidad y/o enfermedad de cuidado especial adquirida en el marco del conflicto armado. 4. Hogar Sustituto Tutor -- Niños, niñas y adolescentes menores de 15 años. -- Niños, niñas y adolescentes pertenecientes a pueblos indígenas quienes pueden ser ubicados en un Hogar Tutor. -- Adolescentes mayores de 15 años y que, cumplida su primera y/o segunda fase de atención en otra modalidad, la Autoridad Administrativa competente, ordena su ubicación en Hogar Sustituto Tutor -- Adolescentes gestantes y/o en periodo de lactancia, y adolescentes con sus hijos o hijas menores de seis (6) años. -- Niños, niñas y adolescentes con discapacidad que requieren de apoyos intermitentes o limitados. -- Niños, niñas y adolescentes con discapacidad que requieren de apoyos extensos o generalizados siempre y cuando su cuidado pueda ser brindado por una madre o padre sustitutos. 5. Casa de protección -- Adolescentes de 15 a 18 años, víctimas de reclutamiento ilícito, que se han desvinculado de grupos armados organizados al margen de la ley. 6. Casa hogar - víctimas -- Adolescentes mayores de 15 y menores de 18 años desvinculados de grupos armados organizados al margen de la Ley que han permanecido más de 1 mes en el grupo armado organizado al margen de la Ley. | |||||||||
ACCIONES | Las acciones destinadas al cumplimiento de los objetivos del servicio se encuentran en el lineamiento y manual operativo correspondiente | |||||||||
TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO | 6 meses (Casa de protección: 12 meses) | |||||||||
Servicio | Rotación | |||||||||
HOGAR GESTOR - DESPLAZAMIENTO FORZADO CON DISCAPACIDAD - AUTO 006 DE 2009 | 2 Niños cupo/año | |||||||||
PARÁMETROS | ROTACIÓN | HOGAR GESTOR PARA VÍCTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO SIN DISCAPACIDAD NI ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL | 2 Niños cupo/año | |||||||
HOGAR GESTOR PARA VÍCTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO CON DISCAPACIDAD Y/O ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL | 2 Niños cupo/año | |||||||||
HOGAR SUSTITUTO TUTOR | 2 Niños cupo/año | |||||||||
CASA DE PROTECCIÓN | 1 Niño cupo/año | |||||||||
CASA HOGAR-VÍCTIMAS | 2 Niños cupo/año | |||||||||
ALIMENTO DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | Los Alimentos de Alto Valor Nutricional son alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados y/o que se consideran buena fuente de macro o micronutrientes, los cuales son producidos y distribuidos por el ICBF. La entrega se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo No. 2 "RACIONES DE ALIMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL -AAVN - VIGENCIA 2022” de los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras. | |||||||||
Valor cupo/mes | ||||||||||
CÓDIGO | SERVICIO | VALOR CUPO 2022 | ||||||||
420028000006 | HOGAR GESTOR PARA VÍCTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO SIN DISCAPACIDAD NI ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL | $226.577 | ||||||||
420028000008 | HOGAR GESTOR - DESPLAZAMIENTO FORZADO CON DISCAPACIDAD - AUTO 006 DE 2009 | $387.565 | ||||||||
COSTO | 420028000009 | HOGAR GESTOR PARA VÍCTIMAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO CON DISCAPACIDAD Y/O ENFERMEDAD DE CUIDADO ESPECIAL | $387.565 | |||||||
420042 | HOGAR SUSTITUTO TUTOR | $1.265.317 Beca de 1/2 salario minimo mensual legal vigente | ||||||||
420028000003 | CASA DE PROTECCIÓN | $1.924.911 | ||||||||
420217 | CASA HOGAR-VÍCTIMAS | $1.537.367 | ||||||||
La tarifa tuvo un incremento del 3% respecto a la tarifa inicial de 2022 como resultado de la adición de recursos autorizada por MHCP a la Dirección de Protección en el mes de mayo. | ||||||||||
FICHA:I-20 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
Encuentros Familiares: en el marco de las actividades contempladas dentro de los Lineamientos de atención para niños, niñas y adolescentes desvinculados de los grupos armados al margen de la ley, se establece el desarrollo de los Encuentros entre la familia y/o red vincular de apoyo y los niños, las niñas y adolescentes asistentes al programa. Su costo y distribución se realizará de acuerdo con los niños, niñas y adolescentes activos en los programas de protección y la asignación presupuestal de la vigencia, previa validación de la Dirección de Protección del ICBF. | ||||||||||
MARCO NORMATIVO | Ley 1448 de 2011. Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011. Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006. Ley 1878 de 2018 Ley 1607 de 2012 Art 36. Resolución No. 2925 de abril de 2013 modificada por la Resolución No. 3444 de 2016. Ley 1955 del 25 de mayo de 2020. Decreto 1173 del 26 de agosto de 2020 Decreto 783 de 2021 | |||||||||
DOCUMENTOS TÉCNICOS | Lineamientos técnicos y manuales operativos vigentes para las modalidades de restablecimiento de derechos. La Política Pública para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado (i) Lineamiento técnico para la implementación del modelo para la atención de las niñas, los niños y adolescentes ubicados en las modalidades de restablecimiento de derechos (ii) Manual operativo de modalidades y servicio para la atención de niñas, niños y adolescentes, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos (iii) Manual operativo modalidad acogimiento familiar - hogar sustituto. | |||||||||
CATÁLOGO DE CLASIFICACIÓNPRESUPUESTAL CCP | Cuenta | Subcuenta | Objeto | Ordinal | SubordinaI | ítem | Subítem 1 | Subitem 2 | Subitem 3 | DESCRIPCIÓN |
02 | 02 | 02 | 009 | 003 | 03 | OTROS SERVICIOS SOCIALES CON ALOJAMIENTO | ||||
CLASIFICADOR DEL GASTO | Rubro C-4102-1500-14-0-4102037-02 Corresponde a la adquisición de bienes y servicios con operadores que desarrollen todas las actividades necesarias para la prestación del servicio, dentro de las que se encuentran los siguientes gastos asociados: 02-02-02-009-003-03 Otros servicios sociales con alojamiento Los clasificadores del gasto para cada modalidad están determinados en los manuales operativos de las modalidades. Nota: En ningún caso los saldos por inejecuciones de cupos se utilizarán para el pago de sobrecupos. Beca modalidad hogar sustituto: se reconocerá a las madres y/o padres sustitutos tutores que tengan a su cargo niños, niñas y adolescentes, bajo medida administrativa de restablecimiento de derechos, una beca equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente, | |||||||||
FICHA: I-20 | PROG | SUBPROG | PROY | PROY0 | PRODUCTO | CUENTA | ||||
4102 | 1500 | 14 | 0 | 4102037 | 02 | |||||
proporcional a los cupos atendidos y días de atención durante el mes. Art. 36 de la Ley 1607 de 2012 y la Resolución No. 2925 de abril de 2013. En Hogares Sustitutos Tutores que acogen niños, niñas, adolescentes, el reconocimiento de la beca de la madre sustituía será equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente, por cada cupo atendido, hasta máximo dos (2) cupos por hogar, proporcional al número de días atendidos durante el mes. Los hijos/hijas de adolescentes desvinculados, ubicados en los Hogares Sustitutos Tutores, se pagarán como Hogar Sustituto ONG Vulneración, reconociéndose un tercio de beca de acuerdo con los días de ubicación durante el mes. Si se tratare de hijos/hijas de adolescentes desvinculados, con discapacidad o enfermedades crónicas, degenerativas e Irreversibles de Alto Impacto en la Calidad de Vida o enfermedades huérfanas, ruinosas o catastróficas, el valor del cupo se pagará como Hogar Sustituto ONG Discapacidad. La Resolución No. 3444 del 21 de abril de 2016 "Por la cual se adicionan los parágrafos 4° y 5° al artículo 1 de la Resolución No. 2925 de 2013", y todas aquellas que las modifiquen o adicionen, establece que se reconocerá a los Hogares Sustitutos activos, que no tengan ubicados niños, niñas y adolescentes durante el mes, por concepto de beca, lo correspondiente a cinco días del valor de! salario mínimo mensual legal vigente, En los Hogares Sustitutos activos, que, durante 3 meses consecutivos, no tengan ubicados niños, niñas o adolescentes, el coordinador de! Centro Zonal procederá a la suspensión temporal del Hogar Sustituto de conformidad con el Lineamiento Técnico de la modalidad. Subsidio Pensional para Ex-Madres Sustitutas: de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1173 del 26 de agosto de 2020 que reglamentó la Ley 1955 del 25 de mayo de 2020, en el Artículo 215. Subsidio De Solidaridad Pensional. “Tendrán acceso al Subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la Ley 797 de 2003, las personas que dejen de ser madres sustitutas a partir del 24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión. La identificación de las posibles beneficiarías de este subsidio la realizará el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF-, entidad que complementará en una porción que se defina el subsidio a otorgar por parte de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional''. Para tales efectos, se tendrán en cuenta los Decretos reglamentarios expedidos por el Ministerio de Trabajo, Decreto 783 del 19 de julio de 2021 y todos aquellos que lo reemplacen, modifiquen o adicionen. Distribución del valor cupo en hogares sustitutos: | ||||||||||
HOGAR sustituto | % Cuota de sostenimiento | % Dotación | % Gastos de emergencias | % Costos operativos | TOTAL | |||||
Hogar Sustituto Tutor | 56% | 11% | 7% | 26% | 100% | |||||
Fuente: Dirección de Protección Dotación y emergencias para Hogares Sustitutos Tutores: el valor de dotación y gastos de emergencias puede constituirse en un fondo común que será utilizado de acuerdo con las necesidades en dotación o emergencias que presentan los niños, niñas o adolescentes ubicados en la modalidad Hogares Sustitutos, administrados por operador, previa autorización del supervisor del contrato. Adquisición de Pruebas para Hogares Sustitutos: de acuerdo con lo establecido en el Lineamiento Técnico de Modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados, aprobado con resolución N. 1520 del 23 de febrero de 2016 y todas aquellas que la modifiquen o adicionen, el proceso de constitución de los Hogares Sustitutos, en la etapa 3, “Sí la familia aspirante aprueba las dos etapas anteriores, se procederá a citar a los integrantes de la familia mayores de edad, para evaluación psicológica, mediante la aplicación de entrevista y prueba psicológica que puede ser cualquiera de las siguientes: CUIDA (Cuestionario para la Evaluación de Adoptantes, Cuidadores, Tutores y Mediadores), 16 PF o el Test Wartegg o el Inventario Multifásico de Personalidad de Minnesota - 2 Reestructurado (MMPI-2RF). En los casos que existan personas menores de 18 años en la familia aspirante, se podrá aplicar el inventario clínico para adolescentes MACI”, para tales efectos, las regionales ICBF realizarán un proceso de contratación para la adquisición de las pruebas mencionadas, incluyendo cuadernillos y pines. Nota 1: En ningún caso los saldos por inejecuciones de cupos se utilizarán para el pago de sobrecupos. Nota 2: El Hogar Gestor se paga mediante Resolución emitida por la Dirección Regional correspondiente. Nota 3: Los encuentros familiares se realizan a través de adición a los contratos de aporte. Nota 4: Los cupos no utilizados serán pagados de acuerdo con el porcentaje del costo fijo establecido en la cláusula “DESEMBOLSOS" del contrato. Ver Anexo 4. | ||||||||||
ANDREA NATHALIA ROMERO FIGUEROA Directora de Protección | MARIO ALFONSO PARDO PARDO Subdirector de Programación | FECHA DE EXPEDICIÓN Mayo de 2022 |
ARTÍCULO SEXTO: <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 3737 de 2022> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 31 MAY 2022
LILIANA PULIDO VILLAMIL
Subdirectora General encargada de las funciones de la Dirección General
1. Para aquellos operadores que ya funcionan, se mantiene el rango poblacional que tienen en su licencia.
2. Se precisa que las modalidades de atención a población de adolescentes próximos a cumplir su mayoría de edad y jóvenes mayores de 18 años, con medida de adaptabilidad o próximos a finalizar su proceso de atención, en proceso de preparación para vida independiente, que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior deben transitar a las modalidades de Casa universitaria o Internado dirigido a las niñas, los niños y los adolescentes de 6 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y mayores de 18 años que al cumplir la mayoría de edad se encontraba en proceso administrativo de restablecimiento de derechos, de acuerdo con el régimen de transición establecido. Durante el periodo de transición, se mantiene la modalidad de internado preparación para la vida independiente, por lo cual solo funcionarán los que ya venían con esta modalidad, pero no se tramitarán nuevas licencias