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RESOLUCIÓN 2880 DE 1998

(3 diciembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por la Resolución 2244 de 16 de octubre de 2001>

“Por la cual se aprueba el Manual específico de Funciones y Requisitos para

los diferentes empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar y se derogan unas Resoluciones”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 30 del Decreto 590 de 1993 y en el Artículo 82 del Decreto Ley 1042 de 1978, modificado por el Artículo Primero del Decreto 2367 de 1996,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> Establecer el Manual Específico de Funciones y requisitos para los diferentes empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, establecida por el Acuerdo No. 16 del 24 de julio de 1998 y aprobada mediante el Decreto No. 1428 del 27 de julio de 1998, así:

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

________________________________________________________________

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: DIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD

DESCENTRALIZADA

CÓDIGO: 0015 Grado: 25

NÚMERO DE EMPLEOS: 1

DEPENDENCIA: DIRECCIÓN GENERAL

JEFE INMEDIATO: Presidente de la República

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES:

FUNCIONES GENERALES

1. Representar legalmente al ICBF

2. Preparar y someter a la aprobación del Gobierno las normas que regulan los diferentes aspectos del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

3. Adoptar las medidas administrativas necesarias para el funcionamiento del sistema Nacional de Bienestar Familiar.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> Las funciones y requisitos exigidos para todos los cargos de las Agencias se asimilaran a los señalados para los del nivel Regional.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> Dentro del proceso de Selección cuando el Instituto efectúe las convocatorias a Concurso, no será necesario invocar todas las disciplinas académicas previstas para un cargo en este Manual, sino tan solo aquella(s) que se requiera(n) especialmente para el desempeño del mismo.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> Cuando para el desempeño de un empleo se requieran disciplinas que la ley y la normatividad vigente les exija tarjeta o matrícula profesional, este documento deberá acreditarse para el lleno de los requisitos del empleo en cuestión.

ARTICULO 5o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> La División de Recursos Humanos en apoyo con la División de Planeación y Desarrollo adelantarán los estudios que permitan la actualización de este Manual.

ARTICULO 6o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones Números 1830 del 23 de agosto de 1996, 3107 del 19 de diciembre de 1996 y 1047 del 29 de abril de 1997 y las demás que le sean contrarias

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por la Resolución 2244 de 2001> Este Manual de funciones será modificado, de acuerdo con la normatividad prevista en la ley, y se adicionará mediante resolución emanada de la Dirección General del ICBF.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá.C., a los 30 DIC. 1998

JUAN MANUEL URRUTIA VALENZUELA

Director General

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