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RESOLUCIÓN 1351 DE 2007

(22 junio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 1542 de 2007>

“Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias

Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, adoptado mediante la Resolución No. 0360 del 28 de febrero del 2007”

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR

FAMILIAR

En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 78 de la Ley 489 de 1998,

el Artículo 30 del Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005, y el Decreto 2539

del 2005.

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto No. 1853 del 25 de mayo de 2007 se aprobó la supresión de cinco (5) cargos de Director Regional Código 2053 Grado 27; veintitrés (23) cargos de Director Regional Código 2035 Grado 26 y cinco (5) cargos de Director Seccional Código 2095 Grado 20 del nivel ejecutivo de la planta global de personal del ICBF.

Que mediante el mismo Decreto se aprobó la creación en la planta global de personal del ICBF de cinco (5) cargos de Director Regional Código 0042 Grado 19; veintitrés (23) de Director Regional Código 0042 Grado 18 y cinco (5) de Director Seccional Código 0042 Grado 09.

Que de acuerdo con lo previsto en la Ley 909 de 2004, y en los Decretos 770 de 2005, 2539 de 2005 y 2772 de 2005, los manuales de funciones y requisitos de las entidades deben ser ajustados señalando las competencias para los empleos que conforman su planta de personal.

Que en los términos del artículo 28 del Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005:

“Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente decreto, expedirán el manual específico describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio.

La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general. El manual específico no requerirá refrendación por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública”.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 1542 de 2007> Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante Resolución No. 0360 del 28 de febrero del 2007, y modificado mediante Resolución No. 1020 del 17 de mayo del 2007, para los empleos que a continuación se relacionan:

2.1 NIVEL DIRECTIVO

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: DirectivoDenominación del Empleo: Director Regional
Código: 0042Grado: 19No. De Cargos: 5

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos del ICBF en la Regional en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por la Dirección General.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
DIRECTOR GENERAL
0042-19


1. Dirigir, de acuerdo con el Director General del Instituto, todas las acciones técnicas y de prestación de servicios a cargo de la entidad y de la Regional, en el respectivo departamento.

2. Dirigir la participación de la Regional en la formulación integral de la política de familia y niñez, promover su difusión, y concertar intersectorialmente los compromisos y responsabilidades frente a su implementación.

3. Promover que los proyectos institucionales se integren y coordinen a los planes de desarrollo departamental y municipal y propender la implantación efectiva de las instancias de concertación y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el respectivo departamento, liderando las acciones que para el efecto sean pertinentes.

4. Dirigir la ejecución y la buena marcha de la política de infancia y familia en el territorio de su competencia, evaluar sus resultados y rendir los informes que sean pertinentes.

5. Realizar la concertación efectiva para la organización y puesta en marcha de los Consejos Municipales y Departamentales de Política Social y participar activamente en ellos.

6. Adoptar en el ámbito departamental las estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación acerca de programas, planes y proyectos orientados a la familia y la niñez.

7. Dirigir la elaboración del plan anual de acción del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el departamento y proponerlo ante las autoridades competentes para su adopción, incluyendo la programación de las metas sociales y financieras.

8. Dirigir y organizar la gestión de los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional.

9. Dirigir, coordinar y tramitar los asuntos de carácter jurídico que se requieran para la gestión de la Regional, del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

10. Organizar, dirigir y coordinar el ejercicio de los controles a las entidades e instituciones que prestan los servicios de bienestar familiar en su área de influencia, para verificar el cumplimiento de las normas vigentes y de los estándares de calidad.

11. Incorporar activamente al Instituto en el nivel desconcentrado el ejercicio de la veeduría y la participación ciudadana en la gestión y control de los servicios de bienestar familiar.

12. Disponer lo pertinente para el funcionamiento de los sistemas de información establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

13. Adoptar mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo y efectuar seguimiento a su cumplimiento.

14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo y las contempladas en los estatutos vigentes.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las acciones técnicas y de prestación de servicios a cargo de la entidad y de la Regional, en el respectivo departamento, son dirigidos, de acuerdo con las directrices impartidas por el Director General del Instituto.

2. La participación de la Regional en la formulación integral de la política de familia y niñez, se dirige eficientemente, promoviendo su difusión, y concertando intersectorialmente los compromisos y responsabilidades frente a su implementación.

3. Los proyectos institucionales se integran y coordinan a los planes de desarrollo departamentales y municipales, propendiendo por la implantación efectiva de las instancias de concertación y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el respectivo departamento, liderando oportuna y eficientemente las acciones que para tal efecto le son pertinentes.

4. La ejecución y buena marcha de la política de infancia y familia en el territorio de su competencia, se dirige eficientemente, evaluando sus resultados y rindiendo los informes que le son pertinentes.

5. La concertación para la organización y puesta en marcha de los Consejos Municipales y Departamentales de Política Social es efectiva, y cuenta con una participación activa.

6. Las estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación acerca de programas, planes y proyectos orientados a la familia y la niñez, se adoptan en el plano departamental de manera oportuna y eficiente, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente.

7. La elaboración del plan anual de acción del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el departamento se dirige eficazmente, proponiéndolo ante las autoridades competentes su adopción, e incluyendo la programación de las metas sociales y financieras.

8. La gestión de los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional, se dirigen y organizan de manera eficiente de acuerdo con la normatividad y los procedimientos establecidos.

9. Los asuntos de carácter jurídico que se requieren para la gestión de la Regional, del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son dirigidos, coordinados y tramitados oportuna y eficientemente de acuerdo con la normatividad vigente.

10. El ejercicio de los controles a las entidades e instituciones que prestan los servicios de bienestar familiar en su área de influencia, se organizan, dirigen y coordinan eficientemente, verificando el cumplimiento de las normas vigentes y de los estándares de calidad.

11. El ejercicio de la veeduría y la participación ciudadana en la gestión y control de los servicios de bienestar familiar, se incorpora activamente al Instituto en el nivel desconcentrado.

12. Los sistemas de información establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se disponen oportuna y eficientemente optimizando su respectivo funcionamiento.

13. La evaluación del desempeño del personal de carrera a su cargo se efectúa de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normatividad vigente.

14. Los mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo se adoptan de manera oportuna y eficiente, efectuando el seguimiento a su cumplimiento.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia.
2. Gestión Pública.
3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
4. Política Social.
5. Ley de Infancia y Adolescencia.
6. Ley de Presupuesto General.
7. Contratación Estatal.
8. Estatuto Tributario.
9. Plan Nacional de Desarrollo.
10. Planes Sectoriales y Territoriales.
11. Fundamentos Básicos de Planeación.
12. Normas laborales y de seguridad social.
13. Control de Gestión.
14. Evaluación Pública.
15. Sistema Gestión de Calidad.
16. Manejo de Herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:
Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Administración Financiera, Derecho, Economía, Ciencias Políticas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Sociología, Antropología, Licenciaturas en Pedagogía Infantil, Psicología, Trabajo Social, Comunicación Social, Odontología, Medicina, o Nutrición y Dietética, y Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

* Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:
Sesenta (60) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: DirectivoDenominación del Empleo: Director Regional
Código: 0042 Grado: 18No. De Cargos: 23
Dependencia: Donde se ubique el cargoCargo del Superior Inmediato: Director General

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos del ICBF en la Regional en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por la Dirección General.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
DIRECTOR REGIONAL
0042-18


1. Dirigir, de acuerdo con el Director General del Instituto, todas las acciones técnicas y de prestación de servicios a cargo de la entidad y de la Regional, en el respectivo departamento.

2. Dirigir la participación de la Regional en la formulación integral de la política de familia y niñez, promover su difusión, y concertar intersectorialmente los compromisos y responsabilidades frente a su implementación.

3. Promover que los proyectos institucionales se integren y coordinen a los planes de desarrollo departamental y municipal y propender la implantación efectiva de las instancias de concertación y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el respectivo departamento, liderando las acciones que para el efecto sean pertinentes.

4. Dirigir la ejecución y la buena marcha de la política de infancia y familia en el territorio de su competencia, evaluar sus resultados y rendir los informes que sean pertinentes.

5. Realizar la concertación efectiva para la organización y puesta en marcha de los Consejos Municipales y Departamentales de Política Social y participar activamente en ellos.

6. Adoptar en el ámbito departamental las estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación acerca de programas, planes y proyectos orientados a la familia y la niñez.

7. Dirigir la elaboración del plan anual de acción del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el departamento y proponerlo ante las autoridades competentes para su adopción, incluyendo la programación de las metas sociales y financieras.

8. Dirigir y organizar la gestión de los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional.

9. Dirigir, coordinar y tramitar los asuntos de carácter jurídico que se requieran para la gestión de la Regional, del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

10. Organizar, dirigir y coordinar el ejercicio de los controles a las entidades e instituciones que prestan los servicios de bienestar familiar en su área de influencia, para verificar el cumplimiento de las normas vigentes y de los estándares de calidad.

11. Incorporar activamente al Instituto en el nivel desconcentrado el ejercicio de la veeduría y la participación ciudadana en la gestión y control de los servicios de bienestar familiar.

12. Disponer lo pertinente para el funcionamiento de los sistemas de información establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

13. Adoptar mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo y efectuar seguimiento a su cumplimiento.

14. Ejercer las demás que le sean asignadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo y las contempladas en los estatutos vigentes.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las acciones técnicas y de prestación de servicios a cargo de la entidad y de la Regional, en el respectivo departamento, son dirigidos, de acuerdo con las directrices impartidas por el Director General del Instituto.

2. La participación de la Regional en la formulación integral de la política de familia y niñez, se dirige eficientemente, promoviendo su difusión, y concertando intersectorialmente los compromisos y responsabilidades frente a su implementación.

3. Los proyectos institucionales se integran y coordinan a los planes de desarrollo departamentales y municipales, propendiendo por la implantación efectiva de las instancias de concertación y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el respectivo departamento, liderando oportuna y eficientemente las acciones que para tal efecto le son pertinentes.

4. La ejecución y buena marcha de la política de infancia y familia en el territorio de su competencia, se dirige eficientemente, evaluando sus resultados y rindiendo los informes que le son pertinentes.

5. La concertación para la organización y puesta en marcha de los Consejos Municipales y Departamentales de Política Social es efectiva, y cuenta con una participación activa.

6. Las estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación acerca de programas, planes y proyectos orientados a la familia y la niñez, se adoptan en el plano departamental de manera oportuna y eficiente, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente.

7. La elaboración del plan anual de acción del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el departamento se dirige eficazmente, proponiéndolo ante las autoridades competentes su adopción, e incluyendo a programación de las metas sociales y financieras.

8. La gestión de los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional, se dirigen y organizan de manera eficiente de acuerdo con la normatividad y los procedimientos establecidos.

9. Los asuntos de carácter jurídico que se requieren para la gestión de la Regional, del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son dirigidos, coordinados y tramitados oportuna y eficientemente de acuerdo con la normatividad vigente.

10. El ejercicio de los controles a las entidades e instituciones que prestan los servicios de bienestar familiar en su área de influencia, se organizan, dirigen y coordinan eficientemente, verificando el cumplimiento de las normas vigentes y de los estándares de calidad.

11. El ejercicio de la veeduría y la participación ciudadana en la gestión y control de los servicios de bienestar familiar, se incorpora activamente al Instituto en el nivel desconcentrado.

12. Los sistemas de información establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se disponen oportuna y eficientemente optimizando su respectivo funcionamiento.

13. La evaluación del desempeño del personal de carrera a su cargo se efectúa de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normatividad vigente.

14. Los mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo se adoptan de manera oportuna y eficiente, efectuando el seguimiento a su cumplimiento.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES


1. Constitución Política de Colombia.
2. Gestión Pública.
3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
4. Política Social.
5. Ley de Infancia y Adolescencia
6. Ley de Presupuesto General.
7. Contratación Estatal.
8. Estatuto Tributario.
9. Plan Nacional de Desarrollo.
10. Planes Sectoriales y Territoriales.
11. Fundamentos Básicos de Planeación.
12. Normas laborales y de seguridad social.
13. Control de Gestión.
14. Evaluación Pública.
15. Sistema Gestión de Calidad
16. Manejo de Herramientas Office

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:
Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Administración Financiera, Derecho, Economía, Ciencias Políticas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Sociología, Antropología, Licenciaturas en Pedagogía Infantil, Psicología, Trabajo Social, Comunicación Social, Odontología, Medicina, o Nutrición y Dietética, y Titulo de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

* Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:
Cincuenta y seis (56) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: DirectivoDenominación del Empleo: Director Seccional
Código: 0042 Grado: 18No. De Cargos: 5
Dependencia: Donde se ubique el cargoCargo del Superior Inmediato: Director General

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos del ICBF en la Regional en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por la Dirección Seccional.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
DIRECTOR SECCIONAL
0042-9

1. Dirigir, de acuerdo con el Director General del Instituto, todas las acciones técnicas y de prestación de servicios a cargo de la entidad y de la Seccional en el respectivo departamento.

2. Dirigir la participación de la Seccional en la formulación integral de la política de familia y niñez, promover su difusión, y concertar intersectorialmente los compromisos y responsabilidades frente a su implementación.

3. Promover que los proyectos institucionales se integren y coordinen a los planes de desarrollo departamental y municipal y propender la implantación efectiva de las instancias de concertación y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el respectivo departamento, liderando las acciones que para el efecto sean pertinentes.

4. Dirigir la ejecución y la buena marcha de la política de infancia y familia en el territorio de su competencia, evaluar sus resultados y rendir los informes que sean pertinentes.

5. Realizar la concertación efectiva para la organización y puesta en marcha de los Consejos Municipales y Departamentales de Política Social y participar activamente en ellos.

6. Adoptar en el ámbito departamental las estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación acerca de programas, planes y proyectos orientados a la familia y la niñez.

7. Dirigir la elaboración del plan anual de acción del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el departamento y proponerlo ante las autoridades competentes para su adopción, incluyendo la programación de las metas sociales y financieras.

8. Dirigir y organizar la gestión de los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional.

9. Dirigir, coordinar y tramitar los asuntos de carácter jurídico que se requieran para la gestión de la Regional, del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

10. Organizar, dirigir y coordinar el ejercicio de los controles a las entidades e instituciones que prestan los servicios de bienestar familiar en su área de influencia, para verificar el cumplimiento de las normas vigentes y de los estándares de calidad.

11. Incorporar activamente al Instituto en el nivel desconcentrado el ejercicio de la veeduría y la participación ciudadana en la gestión y control de los servicios de bienestar familiar.

12. Disponer lo pertinente para el funcionamiento de los sistemas de información establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

13. Efectuar la evaluación del desempeño del personal de carrera a su cargo.

14. Adoptar los mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo y efectuar seguimiento a su cumplimiento.

15. Ejercer las demás que le sean asignadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo y las contempladas en los estatutos vigentes.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS POR DESEMPEÑO)

1. Las acciones técnicas y de prestación de servicios a cargo de la entidad y de la Regional, en el respectivo departamento, son dirigidos, de acuerdo con las directrices impartidas por el Director General del Instituto.

2. La participación de la Regional en la formulación integral de la política de familia y niñez, se dirige eficientemente, promoviendo su difusión, y concertando intersectorialmente los compromisos y responsabilidades frente a su implementación.

3. Los proyectos institucionales se integran y coordinan a los planes de desarrollo departamentales y municipales, propendiendo por la implantación efectiva de las instancias de concertación y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el respectivo departamento, liderando oportuna y eficientemente las acciones que para tal efecto le son pertinentes.

4. La ejecución y buena marcha de la política de infancia y familia en el territorio de su competencia, se dirige eficientemente, evaluando sus resultados y rindiendo los informes que le son pertinentes.

5. La concertación para la organización y puesta en marcha de los Consejos Municipales y Departamentales de Política Social es efectiva, y cuenta con una participación activa.

6. Las estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación acerca de programas, planes y proyectos orientados a la familia y la niñez, se adoptan en el plano departamental de manera oportuna y eficiente, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente.

7. La elaboración del plan anual de acción del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el departamento se dirige eficazmente, proponiéndolo ante las autoridades competentes su adopción, e incluyendo la programación de las metas sociales y financieras.

8. La gestión de los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional, se dirigen y organizan de manera eficiente de acuerdo con la normatividad y los procedimientos establecidos.

9. Los asuntos de carácter jurídico que se requieren para la gestión de la Regional, del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son dirigidos, coordinados y tramitados oportuna y eficientemente de acuerdo con la normatividad vigente.

10. El ejercicio de los controles a las entidades e instituciones que prestan los servicios de bienestar familiar en su área de influencia, se organizan, dirigen y coordinan eficientemente, verificando el cumplimiento de las normas vigentes y de los estándares de calidad.

11. El ejercicio de la veeduría y la participación ciudadana en la gestión y control de los servicios de bienestar familiar, se incorpora activamente al Instituto en el nivel desconcentrado.

12. Los sistemas de información establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se disponen oportuna y eficientemente optimizando su respectivo funcionamiento.

13. La evaluación del desempeño del personal de carrera a su cargo se efectúa de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normatividad vigente.

14. Los mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo se adoptan de manera oportuna y eficiente, efectuando el seguimiento a su cumplimiento.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES


1. Constitución Política de Colombia.
2. Gestión Pública.
3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
4. Política Social.
5. Ley de Infancia y Adolescencia
6. Ley de Presupuesto General.
7. Contratación Estatal.
8. Estatuto Tributario.
9. Plan Nacional de Desarrollo.
10. Planes Sectoriales y Territoriales.
11. Fundamentos Básicos de Planeación.
12. Normas laborales y de seguridad social.
13. Control de Gestión.
14. Evaluación Pública.
15. Sistema Gestión de Calidad.
16. Manejo de Herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:
Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Administración Financiera, Derecho, Economía, Ciencias Políticas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Sociología, Antropología, Licenciaturas en Pedagogía Infantil, Psicología, Trabajo Social, Comunicación Social, Odontología, Medicina, o Nutrición y Dietética.

* Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:
Cuarenta y cuatro (44) meses de experiencia profesional relacionada.

ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 22 JUN. 2007

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

Directora General

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