RESOLUCION 2001297835 DE 2001
(noviembre 23)
Diario Oficial 44.627, de 26 de noviembre de 2001
Por la cual se modifica la Resolución 2001297365 de 2001.
El Director General del Invima,
en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 8o. del Decreto 1290 de 1994 y por el artículo 6o. de la Ley 399 de 1997,
CONSIDERANDO:
Que el 15 de agosto de 2001 el Director General del Invima profirió la Resolución 2001290052, por medio de la cual actualizó las tarifas que por concepto de tasa deben pagar los sujetos pasivos de la misma, previstos en el artículo 3o. de la Ley 399 de 1997;
Que el 20 de noviembre de 2001 el Director General del Invima profirió la Resolución 2001297365, por medio de la cual modificó la Resolución 2001290052, proferida el 15 de agosto del mismo año;
Que el inciso segundo del artículo 7o. de la Ley 399 de 1997, señala que la tarifa para cada uno de los servicios prestados, enumerados en el artículo 4o. de la misma ley, es la resultante de sumar el valor de los insumos y del recurso humano utilizados (artículo 6o., literales c), d), e), dividido por la frecuencia de utilización (artículo 6o., literal f);
Que es necesario ajustar el valor de las tarifas que por concepto de tasa deben pagar los establecimientos ubicados en los países que se citan en el artículo tercero de la Resolución 2001297365, proferida el 20 de noviembre de 2001,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo tercero de la Resolución 2001297365, proferida el 20 de noviembre de 2001 y en consecuencia ajustar el valor de las tarifas de la siguiente manera:
Pais Municipio Numero de Valor
Estableci- Unitario
miento En Dolares
Argentina Buenos Aires 38 16.110.25
San Isidro 1
Mar del Plata 1
Australia Sydney 1 23.029.80
Danaenong 1
Perth 1
South Granville 1
BangladeshTongi 1 34.297.00
Brasil Rio de Janeiro 6 13.195.05
Campina 1
Sao Paulo 13
Tabao de la Serra 1
Itapira 1
Sao Joe Dos Santos 1
Chile Santiago de Chile 5 12.983.45
China Beijing 1 17.645.05
Harbin 2
Taiwán 2
Corea Seúl 1 21.381.11
Kyonggi-Ido 1
Costa Rica San José
de Costa Rica 2 11.007.29
Cuba La Habana 11 10.345.05
Ecuador Guayaquil 3 8.226.37
Quito 4
El Salvador San Salvador 2 12.812.24
Soyapango 1
Eslovaquia Zeleznicna 1 30.851.02
Guatemala Ciudad
de Guatemala 1 12.543.02
Hungría Budapest 1 25.491.02
India Nueva Deli 4 18.200.25
Ghaziabad 1
Mumbai 1
Bangalore 2
Madras 2
Indonesia Bogor 1 27.463.02
Islandia Revjavick 1 33.611.02
Israel Tikua 1 20.404.24
Rehoboth 1
México México, D. F. 26 13.095.45
Cautaplan-Juárez 2
Toluca 3
Querétaro 1
Morelos 1
Atlacomulco 1
Guadalajara 1
Cuernavaca 1
Puebla 2
Veracruz 1
Panamá Ciudad de Panamá 1 11.731.02
Paraguay Asunción 1 13.815.02
Perú Lima 2 11.475.29
Puerto Rico San Juan 1 13.281.29
Huamacao 1
República
Dominicana Santo Domingo 1 12.291.02
Suráfrica Spartan Kempton 1 27.347.02
Tailandia Bangkok 1 26.995.02
Turquía Estambul 1 25.491.02
Uruguay Montevideo 1 13.815.02
Venezuela Caracas 7 10.428.57
Valencia 3
Miranda 1
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C., a 23 de noviembre de 2001.
Publíquese y cúmplase.
La Directora General del Invima (E.),
Amelia Gastelbondo Jaramillo.