RESOLUCION 6018 DE 2014
(octubre 21)
<Fuente. Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 1650 de 2016>
Por la cual se modifica la Resolución No 4040 de 2012
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, y en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 4040 de 2012, la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF estableció el procedimiento para la autorización de comisiones de servicios y el reconocimiento y pago de viáticos, gastos de transporte y gastos de viaje a los servidores públicos y contratistas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras - ICBF.
Que el artículo 8o de la Resolución No. 4040 de 2012 asigna la responsabilidad de la programación de las comisiones de servicios y gastos de viaje en la Dirección General, la Subdirección General, la Secretaría General, los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficina en la sede de la Dirección General y los Directores Regionales y Coordinadores en las Direcciones Regionales, teniendo en cuenta los principios de oportunidad, objetividad, eficiencia, eficacia, racionalidad y austeridad.
Que así mismo, el artículo 31 de la citada Resolución, implemento como mecanismo de legalización de la comisión, la presentación de un informe por parte de todo servidor público o contratista comisionado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su culminación, disponiendo que los jefes inmediatos o supervisores de los contratos, adelantarán el seguimiento y evaluación de las comisiones realizadas, mediante el análisis de los informes de comisión y su comparación con los objetivos pretendidos en la programación.
Que el artículo 33 regula lo relacionado con la legalización de la comisión y los documentos que se requieren para ese fin, señalando en su literal b., la certificación expedida por el Jefe inmediato o supervisor del contrato en la cual conste la entrega del informe de comisión.
Que teniendo en cuenta las actividades previstas en los artículos 8o y 31 de la Resolución No. 4040 de 2012 a cargo de la Dirección General del ICBF, respecto a los servidores públicos y contratistas de dicha dependencia, así como respecto del personal Directivo y Asesor con excepción de quienes estén desempeñando los cargos de Subdirector General y Secretario General, se considera necesario que tales actividades sean realizadas por la Secretaría General del ICBF, para lo cual se adicionarán dichos artículos disponiendo lo pertinente, al igual que se modificará el literal b) de artículo 33.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 1650 de 2016> Adiciónese un parágrafo al artículo 8o de la Resolución 4040 de 2012, el cual quedará así:
Parágrafo. La programación de las comisiones de servicios y gastos de viaje de los servidores públicos y contratistas del Despacho de la Dirección General, así como de los directivos y asesores que dependan del mismo, será llevada a cabo por la Secretaría General del ICBF, con excepción de quienes estén desempeñando los cargos de Subdirector General y Secretario General.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 1650 de 2016> Adiciónese un parágrafo al artículo 31 de la Resolución 4040 de 2012, el cual quedará así:
Parágrafo 3. Los informes de comisión correspondiente a los servidores públicos y contratistas del Despacho de la Dirección General, así como de los directivos y asesores que dependan del mismo, serán presentados ante la Secretaría General del ICBF, con excepción de quienes estén desempeñando los cargos de Subdirector General y Secretario General.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 1650 de 2016> Modifíquese el literal b) de artículo 33 de la Resolución 4040 de 2012, el cual quedará así:
b. Certificación expedida por el Jefe Inmediato o Supervisor del contrato en donde conste la entrega del informe de comisión. Esta certificación será expedida por la Secretaría General para los informes de comisión de los servidores públicos y contratistas del Despacho de la Dirección General, así como para el personal Directivo y Asesor que dependa del mismo, con excepción de quienes estén desempeñando los cargos de Subdirector General y Secretario General.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 1650 de 2016> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución No 4040 de 2012.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 21 OCT. 2014
CRISTINA PLAZAS MICHELSEN
Directora General