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RESOLUCIÓN 3741 DE 2007

(21 diciembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

DIRECCIÓN GENERAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013>

“Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta Global de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Artículo 30 del Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005, el Decreto 2539 del 2005, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo previsto en la Ley 909 de 2004, y en los Decretos 770 de 2005, 2539 de 2005 y 2772 de 2005, los manuales de funciones y requisitos de las entidades deben ser ajustados señalando las competencias para los empleos que conforman su planta de personal.

Que el artículo 28 del Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005 dispone:

“Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente decreto, expedirán el manual específico describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio.

La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general. El manual específico no requerirá refrendación por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública”

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Modificar el artículo segundo de la Resolución No.1542 del 12 julio de 2007 por la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales en el sentido de adicionar para el cargo de Director General, Código 0015, Grado 25 las siguientes equivalencias:

VII. EQUIVALENCIA

Título de postgrado en la modalidad de maestría por:


1. Tres (3) años de experiencia profesional y viceversa siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional

ARTÍCULO SEGUNDO.- <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Adicionar para todos los cargos del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grados 05, 06 y 07, las siguientes equivalencias:

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2.  Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y  cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Modificar como requisito de estudio, para el cargo de Defensor de Familia, Código 2125, Grados: 17, 15, 13, 11 y 9, en el sentido de acreditar: Título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales, siempre y cuando en éste último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.

ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Licenciado en Química, Licenciado en Biología ó Bacteorología, y Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo, para los cargos del Área Administrativa - Producción Compra y Distribución de Alimentos, en el Nivel Profesional, para los cargos de Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13.

ARTÍCULO QUINTO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Acorde a lo estipulado en el Decreto 1020 del 24 de abril del 2003, establecer la dependencia y cargo del superior inmediato del cargo de Asesor, Código 1020, Grado 16:

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: AsesorDenominación del Empleo: Asesor
Código: 1020Grado: 16No. De Cargos: 1
Dependencia: Secretaría GeneralCargo del Superior Inmediato: Secretario(a) General

Y del Asesor, Código 1020, Grado 15:

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: AsesorDenominación del Empleo: Asesor
Código: 1020Grado: 15No. De Cargos: 1
Dependencia: Secretaría GeneralCargo del Superior Inmediato: Secretario(a) General

ARTÍCULO SEXTO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Establecer las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para el cargo del Nivel Profesional Especializado, Código 2028 Grado 22, del Área Técnica – Subárea de Intervenciones Directas – Adopciones:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el programa de adopciones del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2028-22

1. Apoyar a la Dirección General y a la Dirección Técnica en la formulación e implementación de políticas institucionales de adopción.

2. Estudiar, analizar, y realizar el seguimiento y sistematización de toda la información generada en los comités Regionales de adopción Regionales y Seccionales del ICBF, relacionada con niños declarados adoptables y familias solicitantes de adopción.

3. Brindar asesoría a representantes de organismos acreditados y Seccionales internacionales que coordinan el programa de adopción con el ICBF, así como abogados, usuarios y público en general interesados en el tema.

4. Coordinar, capacitar y acompañar a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos normativos, legislativos, procedimentales y técnicos relativos al programa de adopción.

5. Coordinar, supervisar, controlar y efectuar seguimiento a las instituciones autorizadas en Colombia para desarrollar el programa de adopción y emitir conceptos técnicos para la renovación de las licencias de funcionamiento.

6. Divulgar los contenidos, aplicación, control y seguimiento de los compromisos adquiridos por Colombia a partir de su entrada en vigor del Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de adopción internacional suscrito en la Haya en mayo de 1993.

7. Informar a usuarios externos en general para el conocimiento de los procesos que adelanta el Área.

8. Apoyar a la Dirección General y a la Dirección Técnica en la formulación e implementación de políticas institucionales de adopción.

9. Estudiar, analizar, y realizar el seguimiento y sistematización de toda la información generada en los comités Regionales de adopción Regionales y Seccionales del ICBF, relacionada con niños declarados adoptables y familias solicitantes de adopción.

10. Brindar asesoría a representantes de organismos acreditados y Seccionales internacionales que coordinan el programa de adopción con el ICBF, así como abogados, usuarios y público en general interesados en el tema.

11. Coordinar, capacitar y acompañar a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos normativos, legislativos, procedimentales y técnicos relativos al programa de adopción.

12. Coordinar, supervisar, controlar y efectuar seguimiento a las instituciones autorizadas en Colombia para desarrollar el programa de adopción y emitir conceptos técnicos para la renovación de las licencias de funcionamiento.

13. Divulgar los contenidos, aplicación, control y seguimiento de los compromisos adquiridos por Colombia a partir de su entrada en vigor del Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de adopción internacional suscrito en la Haya en mayo de 1993.

14. Informar a usuarios externos en general para el conocimiento de los procesos que adelanta el Área.

15. Atender a las familias tanto Nacionales como extranjeras, representantes y abogados para resolver dudas sobre los temas de procesos de adopción

16. Coordinar acciones tendientes a la búsqueda de alternativas para los niños que por sus características especiales no es posible restituir el derecho a pertenecer a una familia a través de la adopción.

17. Suscribir los certificados de idoneidad de las familias colombianas y extranjeras residentes en el exterior, de acuerdo con la resolución establecida para el efecto.

18. Estudiar, analizar, aprobar ó no el ejercicio en materia de adopción en nuestro país a los organismos acreditados y Seccionales internacionales que coordinan con el ICBF el programa de adopción y ejercer el control y seguimiento a los mismos, de acuerdo con la resolución establecida para el efecto.

19. Controlar los informes de seguimiento post adopción de niños adoptados por familias residentes en el exterior y coordinar acciones tendientes a la búsqueda de raíces.

20. Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos.

21. Suministrar la información para la actualización de la página Web en los temas de adopción.

22. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

23. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, y título de formación avanzada en la modalidad de postgrado en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los caos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad especialización por:

1.Dos años de experiencia profesional y viceversa siempre que se acredite el título profesional, o

2.Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

ARTÍCULO SEPTIMO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Establecer las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para el cargo del Nivel Profesional Especializado, del Área Técnica – Subárea de Intervenciones Directas – Adopciones, del Nivel Profesional Especializado, Grados 22, 19, 17, 15, 13 y 14.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS - ADOPCIONES 2028-22

1. Orientar, diseñar y desarrollar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Diseñar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se orienta, diseña y desarrolla de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley. EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2028-19

1. Diseñar y analizar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Diseñar y conceptuar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña y analiza de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y conceptúa de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley. EXPERIENCIA:

Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2028-17

1. Gestionar y diseñar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Plantear y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se gestiona y diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se plantear y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley. EXPERIENCIA:

Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2028-15

1. Diseñar y proponer el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Diseñar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Brindar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña y propone de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y seis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2028-14

1. Plantear y diseñar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Diseñar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Estudiar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se plantea y diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se estudia y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2028-13

1. Diseñar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Diseñar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Efectuar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se efectúan y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Establecer los siguientes requisitos de estudio, experiencia y equivalencias para los cargos del Área Técnica – Subárea de Intervenciones Directas – Adopciones, del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2044-11

1. Plantear, ejecutar y desarrollar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Desarrollar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se plantea, ejecuta y desarrolla de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se desarrolla y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA

Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización y seis (6) meses de experiencia profesional relacionada.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2044-09

1. Desarrollar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Desarrollar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se desarrolla de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se desarrolla y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2044-07

1. Diseñar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Desarrollar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se desarrolla de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA

Diez y ocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2044-06

1. Desarrollar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Brindar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se brindan de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA

Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el diseño e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, la implementación de estrategias de información y divulgación del programa de Adopciones, y el manejo y control de la información y análisis de los procesos que desarrolla el programa del Grupo de Adopciones.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA INTERVENCIONES DIRECTAS –ADOPCIONES

2044-05

1. Diseñar el Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. Diseñar y ejecutar el Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, en lo relacionado con el sistema de información. de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.

3. Dar respuesta a las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. Analizar diariamente la información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. Revisar y consolidar diariamente la información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. Sistematizar la información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Elaborar las comunicaciones y remitir las documentaciones de las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. Brindar asesoría, capacitar y efectuar el acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. Brindar información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

10. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Divulgación del Programa de Adopciones, se diseña de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección.

2. El Plan de Capacitación dirigido a los diferentes actores del programa de Adopciones, se diseña y ejecuta de acuerdo a lo establecido para el sistema de información

3. Las consultas relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad del programa de Adopciones a los distintos operadores y público en general, se responden de acuerdo a los procedimientos vigentes, y a los plazos establecidos por la Ley.

4. La información relacionada con la ejecución del programa de Adopciones, y proponer planes de control y mejora, se analiza en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia.

5. La información de los Comités de adopciones suministradas por las Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas por el ICBF, para desarrollar el programa de Adopciones, efectuando análisis y presentando las recomendaciones necesarias para la cualificación del programa a nivel nacional, se revisa y consolida diariamente de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

6. La información en los diferentes estados del proceso de adopción de familias resientes en el exterior, para conformar la lista de espera según orden de aprobación, se sistematiza de acuerdo con los procedimientos vigentes.

7. Las comunicaciones a las familias a Regionales, Seccionales e Instituciones autorizadas para desarrollar el programa de adopciones, se elaboran y remiten de acuerdo con las disponibilidad de niños en cada Regional o Seccional.

8. El acompañamiento a las Regionales y Seccionales del ICBF en aspectos procedimentales y técnicos relativos a la sistematización de los procesos de adopción se asesora, capacita y efectúa con el objeto de mantener la información actualizada y oportuna.

9. La información a las familias tanto nacionales como extranjeras, representantes y abogados de los organismos acreditados y de Agencias Internacionales de adopción, sobre el estado de las diferentes solicitudes tramitadas, se brinda de acuerdo con los procedimientos y los lineamientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación vigente sobre adopción.

2. Lineamientos internos del programa de adopción.

3. Convención internacional de los derechos del niño.

4. Reglamentación vigente sobre Sistemas de Gestión de la Calidad.

5. Conocimiento de normas ISO.

6. Finanzas públicas y privadas.

7. Ley de Infancia y Adolescencia.

8. Sistema de Gestión de Calidad.

9. Manejo de información estadística.

10. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados en la Ley.

EXPERIENCIA

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2.  Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Establecer las siguientes funciones y requisitos de estudio, experiencia y equivalencias, para el cargo del Nivel Profesional Especializado Código 2028 Grado 15 - Área Secretaría General, de la planta global del ICBF:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar a la Secretaría General en la formulación, coordinación y orientación en la ejecución de las políticas y planes generales del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA SECRETARÍA GENERAL

2028-15

1. Apoyar a la Secretaría General en la formulación, coordinación y orientación en la ejecución de las políticas y planes generales del Instituto de acuerdo con el área de trabajo.

2. Prestar apoyo en todos los temas de su área de desempeño y contribuir a la orientación y conducción institucional sirviendo de apoyo al ejercicio de las funciones asignadas a la Secretaría General.

3. Absolver consultas, emitir conceptos y prestar asistencia en asuntos del área de trabajo asignada.

4. Aportar elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los asuntos propios del Instituto.

5. Participar en representación del Instituto, a reuniones, consejos, juntas, comités y eventos de carácter oficial por delegación de la Secretaría General.

6. Apoyar, coordinar y participar en las investigaciones y en los estudios confiados por la Secretaría General.

7. Elaborar documentos y preparar la información necesaria para la participación de su superior inmediato en juntas, consejos o comités.

8. Adoptar mecanismos de Control Interno en su dependencia o grupo y efectuar seguimiento a su cumplimiento.

9. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Secretaría General es apoyada en la formulación, coordinación y orientación de las políticas y planes generales del Instituto de acuerdo con el área de trabajo.

2. Los temas de su área de desempeño son asesorados oportuna y eficientemente, apoyando la orientación y conducción institucional sirviendo de apoyo al ejercicio de las funciones asignadas a la Secretaría General.

3. Las consultas se resuelven adecuadamente, los conceptos emitidos y la asistencia brindada en los asuntos del área de trabajo asignados, se caracteriza por su oportunidad y eficiencia.

4. Los elementos de juicio aportados contribuyen a la toma de decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los asuntos propios del Instituto.

5. El Instituto, es representado en las reuniones, consejos, juntas, comités y eventos de carácter oficial que le son delegados por parte de la Secretaría General.

6. Las investigaciones y los estudios confiados por la Secretaría General, se apoyan y coordinan de manera eficiente.

7. Los informes periódicos sobre las actividades desarrolladas en cumplimiento de sus funciones, se presentan en los plazos establecidos.

8. Los documentos y la información preparada para la participación de su superior inmediato en juntas, consejos o comités, se caracteriza por su eficiencia y oportunidad.

9. Los mecanismos de control interno en su dependencia se proponen oportunamente, efectuando el seguimiento a su cumplimiento.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia.

2. Gestión Pública.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Política Social.

5. Ley de Infancia y Adolescencia.

6. Ley de Presupuesto General.

7. Normatividad de Contratación Estatal.

8. Ley 909/04.

9. Contratación Estatal.

10. Plan Nacional de Desarrollo.

11. Planes Sectoriales y Territoriales.

12. Sistema Gestión de Calidad.

13. Manejo de herramientas de Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Administración Públicas, Administración de Empresas, Economía, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Relaciones Internacionales, Ciencias Políticas, Derecho, Comunicación Social, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley. EXPERIENCIA:

Dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

ARTÍCULO NOVENO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Establecer las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Técnica –Subárea de Intervenciones Directas- Atención a la Población Desplazada y Víctima de Desastres Naturales, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2028-22

1. Brindar asesoría y asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar e impulsar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Apoyar la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Orientar, coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asesoría y asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, son ejecutados e impulsados de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se orientan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2028-19

1. Orientar y brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar e impulsar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Apoyar la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Orientar, coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La orientación y asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, son ejecutados e impulsados de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se orientan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2028-17

1. Orientar y brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar e impulsar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Orientar, coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La orientación y asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, son ejecutados e impulsados de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se orientan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2028-15

1. Orientar y brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar e impulsar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Orientar, coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La orientación y asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, son ejecutados e impulsados de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se orientan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y seis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2028-14

1. Orientar y brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Brindar asistencia en la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar e impulsar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La orientación y asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se asiste de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, son ejecutados e impulsados de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se coordinan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2028-13

1. Orientar y brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Brindar asistencia en la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Realizar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La orientación y asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se asiste de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, se realizan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se coordinan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Establecer los siguientes requisitos de estudio, experiencia y equivalencias para los cargos del Área Técnica – Subárea de Intervenciones Directas – Atención a la Población Desplazada y Víctimas de Desastres Naturales, del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2044-11

1. Brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Brindar asistencia en la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Realizar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se asiste de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, se realizan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se coordinan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización y seis (6) meses de experiencia profesional relacionada.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2044-9

1. Brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Realizar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, se realizan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se coordinan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2044-7

1. Brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y ejecutar, con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, se ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se coordinan y ejecutan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y ocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2044-6

1. Brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Determinar y organizar con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Recopilar, consolidar y analizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, se ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se determinan y organizan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se recopilan, consolidan y analizan de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con la atención a la población desplazada y víctimas de desastres naturales.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA DE INTERVENCIONES DIRECTAS- ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZA Y VÍCTIMAS DE DESASTRES NATURALES

2044-5

1. Brindar asistencia técnica a las Regionales de acuerdo con los lineamientos establecidos

2. Apoyar la conceptualización y propuesta de los lineamientos de las políticas, programas y servicios institucionales para la atención a la población en situación de desplazamiento y víctima de desastres naturales, de acuerdo con en las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Ejecutar los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Brindar apoyo en la elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Determinar y organizar con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, las acciones necesarias para la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias en situación de desplazamiento y/o víctimas de desastres naturales a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Consolidar y realizar la información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos.

7. Preparar y realizar los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF en cuanto a la atención a la población en situación de desplazamiento, establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Participar cuando sea delegado por su superior inmediato, en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asistencia técnica brindada a las Regionales, se efectúan con el fin de mejorar la calidad de los procesos y la atención a la población en situación de desplazamiento y/afectada por desastre natural, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

2. La conceptualización y propuesta de los lineamientos de la política institucional para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se apoya de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Técnica.

3. Los procesos afines con el desarrollo del Plan de Acción Institucional del ICBF, relacionados con la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales en los diferentes niveles del Instituto, se ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. La elaboración de los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del SNBF y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada, en coordinación con la Oficina Jurídica, se apoyan en los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Las acciones necesarias con otras agencias estatales, privadas y la sociedad civil organizada en el ámbito nacional e internacional, en la implementación de programas dirigidos a la atención de los niños, jóvenes y familias víctimas del desplazamiento y/o desastres naturales, a través de la celebración de convenios y acuerdos de cooperación financiera y asistencia técnica, se determinan y organizan de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La información correspondiente a la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales, se consolida y recopila de acuerdo con los requerimientos y lineamientos establecidos por la Dirección Técnica.

7. Los informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la gestión del ICBF para la atención a la población en situación de desplazamiento y/o víctima de desastres naturales establecidos por los órganos de control tanto internos como externos a la Institución, se preparan y realizan de acuerdo con las solicitudes y los requerimientos presentados.

8. Cuando sea delegado por su superior inmediato, participar en las diferentes instancias de coordinación del SNAIPD, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la normatividad en materia de desplazados y emergencias.

2. Sistema de Gestión de Calidad.

3. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Psicología, Trabajo Social, Nutrición y Dietética, Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública o Economía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO DÉCIMO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> Establecer las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Técnica –Subárea de Lineamientos y Estándares – Responsabilidad Penal para Adolescentes, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2028-22

1. Desarrollar y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Orientar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Analizar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Promover la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se desarrolla y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se orienta de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se analiza y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se coordina y realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se orienta y brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se promueve de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2028-19

1. Formular y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Orientar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Analizar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Promover la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se formula y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se orienta de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se analiza y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se coordina y realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se orienta y brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se promueve de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2028-17

1. Formular y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Organizar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Analizar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Promover la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se formula y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se organiza de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se analiza y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se coordina y realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se orienta y brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se promueve de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2028-15

1. Formular y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Organizar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Promover la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se formula y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se organiza de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se coordina y realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se orienta y brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se promueve de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y seis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2028-14

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Organizar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Promover la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se organiza de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se coordina y realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se orienta y brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se promueve de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar y ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2028-13

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Organizar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Coordinar y realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Formular la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se organiza de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se coordina y realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se orienta y brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se formula de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Establecer los siguientes requisitos de estudio, experiencia y equivalencias para los cargos del Área Técnica – Subárea de Lineamientos y Estándares –Responsabilidad Penal para Adolescentes, del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2044-11

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Apoyar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Orientar y apoyar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Realizar seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Formular la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se apoya de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se formula de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización y seis (6) meses de experiencia profesional relacionada.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2044-9

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Apoyar la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Apoyar y ejecutar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Realizar el seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Formular la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se apoya de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se apoyan y ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se formula de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2044-7

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Asistir la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Apoyar y ejecutar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Realizar el seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Formular la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se asiste de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se apoyan y ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se realiza de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se formula de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y ocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2044-6

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Asistir la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Apoyar y ejecutar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Ejecutar el seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Formular la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se asiste de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se apoyan y ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se ejecuta de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se formula de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar el desarrollo de los procesos relacionados con el trabajo de responsabilidad penal para adolescentes.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA – SUBÁREA LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES- RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2044-5

1. Proponer y validar los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. Asistir la implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Ejecutar los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. Estudiar y gestionar la adecuación institucional para la implementación del SRPA, de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. Ejecutar el seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. Brindar asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. Formular la concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Coordinar con la Oficina de comunicaciones del ICBF las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

9. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

10. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los lineamientos técnicos, estándares de calidad y manuales operativos para los servicios del sistema de responsabilidad penal para adolescentes. – SRPA, se propone y valida de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

2. La implementación y funcionamiento del SRPA en los diferentes ámbitos y niveles, se asiste de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Los procesos de gestión para la cofinanciación de SRPA: Infraestructura, funcionamiento, etc, se ejecutan de acuerdo con los lineamientos de la Dirección, y la normatividad vigente sobre la materia.

4. La adecuación institucional para la implementación del SRPA, se estudia y gestiona de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes, los lineamientos de la Dirección y la normatividad vigente sobre la materia.

5. El seguimiento y monitoreo técnico administrativo y financiero al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, se ejecuta de acuerdo con los procedimientos administrativos y financieros vigentes, y la normatividad vigente sobre la materia.

6. La asistencia técnica a los niveles Regional y Zonal del ICBF, así como a las entidades del orden territorial que forman parte del SRPA, se brinda de acuerdo con los lineamientos de la Dirección y los requerimientos planteados.

7. La concurrencia responsable de las entidades del orden nacional para el restablecimiento inmediato de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se formula de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los lineamientos de la Dirección.

8. Las estrategias de difusión, motivación, sensibilización en materia del sistema de responsabilidad penal, se coordina con la Oficina de comunicaciones del ICBF, de acuerdo con lo que establece la normatividad vigente sobre la materia y los requerimientos de la Dirección.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia.

2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema de responsabilidad penal de adolescentes.

3. Políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud.

4. Trabajo comunitario y familia.

5. Modelos de atención e intervención en problemáticas sociales de la adolescencia y la juventud.

6. Sistema de Gestión de Calidad.

7. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS:

Título profesional en Derecho, Sociología, Antropología, Psicología, Trabajo Social, Psicopedagogía.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley. EXPERIENCIA:

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Establecer las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Técnica – Seguridad Alimentaria y Nutricional, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2028-22

1. Orientar el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Orientar y prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Diseñar, actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Estudiar y aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Orientar y desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar y orientar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son diseñados y ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son orientados, diseñados o actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se orientan y desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se desarrollan y actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, están orientados y desarrollados de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2028-19

1. Propender por el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Orientar y prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Diseñar, actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Estudiar y aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Orientar y desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar y orientar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son diseñados y ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son orientados, diseñados o actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se orientan y desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se desarrollan y actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, están orientados y desarrollados de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2028-17

1. Propender por el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Orientar y prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Diseñar, actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Analizar y aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Orientar y desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar y orientar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son diseñados y ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son orientados, diseñados o actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se orientan y desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se desarrollan y actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, están orientados y desarrollados de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley. EXPERIENCIA:

Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2028-15

1. Propender por el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Orientar y prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Diseñar, actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Analizar y aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Orientar y desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Proponer y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar y orientar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son diseñados y ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son orientados, diseñados o actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se orientan y desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se proponen y actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, están orientados y desarrollados de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y seis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2028-14

1. Propender por el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Organizar y prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Proponer, actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Analizar y aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Orientar y desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Proponer y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar y orientar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son organizados y ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son orientados, diseñados o actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se orientan y desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se proponen y actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se orientan y proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2028-13

1. Propender por el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Orientar y prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Orientar y brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Proponer, actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Analizar y aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Organizar y desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Proponer y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar y orientar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son diseñados y ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son orientados, diseñados o actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se orientan y desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se proponen y actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se orientan y proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Establecer los siguientes requisitos de estudio, experiencia y equivalencias para los cargos del Área Técnica – Seguridad Alimentaría y Nutricional, del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2044-11

1. Apoyar el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

11. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

12. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

13. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

14. Plan de Desarrollo- Infancia

15. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

16. CONPES primera infancia.

17. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

18. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

19. Sistema de Gestión de Calidad

20. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización y seis (6) meses de experiencia profesional relacionada.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2044-9

1. Apoyar el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Prestar asistencia técnica para la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Apoyar y brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son ejecutados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2044-7

1. Apoyar el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Apoyar la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Apoyar y brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Desarrollar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son apoyados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se desarrollan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y ocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2044-6

1. Apoyar el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Apoyar la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Apoyar y brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Aportar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Ejecutar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son apoyados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se ejecutan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley. EXPERIENCIA:

Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos, servicios y normatividad relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional a nivel institucional, intersectorial e interinstitucionalmente y brindar asistencia técnica.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA TÉCNICA –SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

2044-6

1. Apoyar el fortalecimiento de la articulación intersectorial e interinstitucional para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Apoyar la elaboración, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Brindar asistencia técnica a los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

4. Apoyar y brindar asesoría a todas las áreas y niveles del ICBF que así lo requieran en la implementación de proyectos, modalidades o servicios que tengan componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

5. Actualizar y validar lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional.

6. Generar insumos y contribuir en la gestión de la normatividad relacionada con el tema de seguridad alimentaria y nutricional en el país.

7. Ejecutar programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, de acuerdo con las necesidades identificadas y la normatividad vigente sobre la materia.

8. Actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes únicos sobre el tema en todo el territorio nacional tales como la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros.

9. Desarrollar la realización de investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, de acuerdo con las necesidades identificadas.

10. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

11. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, está articulada en su formulación y ejecución, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

2. Los planes, programas, proyectos de carácter nacional, departamental y municipal en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, son apoyados con asistencia técnica, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y los procedimientos vigentes.

3. Los lineamientos técnicos y estándares para los servicios con componentes de seguridad alimentaria y nutricional, son actualizados con previa validación.

4. La implementación de proyectos, modalidades o servicios que tienen componentes de seguridad alimentaria y nutricional cuentan con asistencia técnica, así como los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.

5. La normatividad en seguridad alimentaria y nutricional en el país, cuenta con aportes acordes con la situación nutricional de la población, la normatividad internacional adoptada por el país y los procedimientos vigentes.

6. Los programas de formación y capacitación en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el país, se ejecutan de acuerdo con las necesidades identificadas.

7. La Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías alimentarias para la población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la población colombiana, entre otros, se actualizan de acuerdo con insumos técnicos en materia de nutrición disponibles a nivel nacional e internacional

8. Las investigaciones y estudios en materia de nutrición y alimentación, se proponen de acuerdo con las necesidades identificadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley 1098 de 2006- Código de la Infancia y Adolescencia

2. Ley 1176 de 2007- Alimentación Escolar

3. Ley 715 de 2001- Alimentación escolar

4. Plan de Desarrollo- Infancia

5. CONPES Social 091-Objetivos y Metas para el Desarrollo del Milenio

6. CONPES primera infancia.

7. Situación Nutricional del País: ENSIN 2005.

8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

9. Sistema de Gestión de Calidad

10. Manejo de herramientas Office.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Nutrición y Dietética, Ingeniería de Alimentos, Ingeniería Química.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley. EXPERIENCIA:

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, para el cargo del Área Técnica – Subárea de Asesoría Territorial, del Nivel Directivo, Código 0150 Grado 20.

ARTÍCULO DECIMO TERCERO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Antropología, para los cargos del Área Técnica – Subárea de Lineamientos y Estándares, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Licenciado en Pedagogía Infantil, Educación Básica y Educación Media en diferentes áreas, para los cargos del Área Técnica, Subárea de Asesoría Territorial, Subárea de Lineamientos y Estándares, Subárea de Intervenciones Directas, y a sus grupos de: Adopciones, Atención a Victimas de la Violencia, Haz Paz, Pruebas de Filiación, y Poblaciones Especiales, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Politólogo, para el cargo del Área de Cooperación y Convenios, del Nivel Directivo, Código 0137, Grado 20.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Derecho, para los cargos del Área Financiera – Grupo de Recaudo, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Administración Financiera, para los cargos del Área Financiera, y sus Grupos de: Presupuesto, Contabilidad, Planeación Financiera, Tesorería, Recaudo, y Financiera Sede Nacional, Área Regional – Subárea Financiera, Área Regional – Subárea Administrativa y Financiera, y Área Seccional – Subárea de Gestión de Recursos, del Nivel Profesional - Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Ingeniería Civil, para el cargo del Área de Planeación – Subárea de Programación del Nivel Directivo – Subdirector Técnico Código 0150 Grado 20. Y el Título Profesional de Ingeniería de Sistemas, para el cargo del Área de Planeación – Subárea de Mejoramiento Organizacional del Nivel Directivo – Subdirector Técnico Código 0150 Grado 20.

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. Adicionar como requisito de estudio, el Título Profesional de Derecho, para los cargos del Nivel Directivo de las siguientes Áreas:

  • Área de Planeación: Subárea de Mejoramiento Organizacional – Subdirector Técnico Código 0150 Grado 20.
  • Área de Evaluación: Subárea de Seguimiento y Análisis – Subdirector Técnico Código 0150 Grado 20 y Subárea de Investigaciones – Subdirector Técnico Código 0150 Grado 20.

ARTÍCULO VIGÉSIMO. Incluir las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Regional – Subárea Centro Zonal, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar, capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2028-22

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Orientar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Orientar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Orientar, diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Orientar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Coordinar con el equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es orientada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y orientan de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se orientan, diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son orientadas y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se coordinan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se coordinan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con la funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Titulo de Postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que acredite título de profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar, capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2028-19

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Orientar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Orientar, diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Orientar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Coordinar con el equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y orientan de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se orientan, diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son orientadas y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se coordinan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se coordinan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con la funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Titulo de Postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que acredite título de profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar, capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2028-17

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Orientar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Orientar, diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Coordinar con el equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y orientan de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se orientan, diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se coordinan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se coordinan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con la funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Titulo de Postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que acredite título de profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar, capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2028-15

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Liderar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Orientar, diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Coordinar con el equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se orientan, diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se coordinan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se coordinan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con la funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y seis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Titulo de Postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que acredite título de profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar, capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2028-14

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Liderar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Orientar, diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Coordinar con el equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se orientan, diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se coordinan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se coordinan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con la funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Titulo de Postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que acredite título de profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Orientar, capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2028-13

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Liderar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Orientar, diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Coordinar con el equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Orientar acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se orientan, diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se coordinan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se orientan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología, y título de postgrado en la modalidad de especialización en Áreas relacionadas con la funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Titulo de Postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que acredite título de profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Incluir las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Regional – Subárea Centro Zonal, del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2044-11

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Liderar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Apoyar al equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Apoyar las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se diseñan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se apoyan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización y seis (6) meses de experiencia profesional relacionada.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2044-9

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Ejecutar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Apoyar al equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Apoyar las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se ejecutan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se apoyan con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2044-7

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Ejecutar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Promover, orientar y realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Asistir al equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Apoyar las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se ejecutan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se promueven, orientan y realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se asisten con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Diez y ocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2044-6

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Ejecutar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Realizar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Asistir al equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Apoyar las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se ejecutan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se realizan de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se asisten con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1.  Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Capacitar y reforzar a las comunidades de acuerdo a su grupo étnico y a la Institución en la correlación de los principios internacionales, constitucionales y de la legislación nacional con la tradición cultural de los grupos étnicos en la promoción, fomento y ejercicio de los derechos de la niñez y la familia mediante los programas del ICBF.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL – SUBáREA CENTRO ZONAL

2044-5

1. Atender y brindar asistencia a las familias teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen, en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. Guiar a la comunidad para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Ejecutar y desarrollar investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Diseñar y actualizar diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Efectuar estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Informar y asistir a las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Motivar e instruir a los cabildos y a la comunidad, sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. Sistematizar y evaluar la experiencia con las comunidades con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Asistir al equipo las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Apoyar las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar profesionalmente al superior inmediato en el estudio, trámite y solución de los asuntos de prensa y comunicaciones que le sean confiados.

12. Ejercer autocontrol sobre el cumplimiento de cada uno de los procesos y procedimientos a su cargo.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las familias son atendidas y asistidas teniendo en cuenta al grupo étnico al cual pertenecen en el ejercicio de sus derechos y en sus conflictos internos, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

2. La comunidad es guiada para un mejor entendimiento intercultural y refuerzo de sus identidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

3. Las investigaciones participativas sobre componentes de la cultura regional y los grupos étnicos que la conforman, se desarrollan y liderar de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Los diagnósticos institucionales en los aspectos metodológicos de sistematización y análisis, se ejecutan y actualizan de acuerdo con la problemática encontrada.

5. Los estudios, conceptos antropológicos y sociológicos de la Región, se efectuar de acuerdo con las instrucciones recibidas y los lineamientos establecidos.

6. Las comunidades en los casos de protección y conflictos familiares son informar y asistidas de una manera interinstitucional, de acuerdo a los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Los cabildos y a la comunidad, se motivan e instruyen sobre proyectos que promuevan el etnodesarrollo y el entendimiento cultural, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

8. La experiencia con las comunidades se sistematiza y evalúa con el fin de realizar nuevas propuestas, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

9. Las acciones de evaluación y planeación para el desarrollo normal de los programas, se asisten con el equipo de acuerdo con los lineamientos establecidos y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones con los cabildos indígenas y la comunidad para el desarrollo de los programas, en especial en los casos de niños en peligro o abandono, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Trabajo con comunidades.

2. Formulación y ejecución de proyectos.

3. Legislación en infancia y familia.

4. Manejo de herramientas de Office.

5. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

ESTUDIOS:

Título profesional en Antropología o Sociología.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.

EXPERIENCIA:

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. Incluir las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Regional – Subárea Centro Zonal, del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grados: 22, 19, 17, 15, 14 y 13, y del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2028-22

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Coordinar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. Coordinar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Orientar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Coordinar y realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Coordinar con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Desarrollar y ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Coordinar y realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar y efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Orientar y apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Desarrollar y efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se coordinan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se coordina desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se orientan e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se coordinan y realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se coordina con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se desarrollan y ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se coordina y realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se coordinan y efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se desarrollar y efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2028-19

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Orientar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Coordinar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Orientar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Coordinar y realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Coordinar con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Implementar y ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Coordinar y realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar y efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Orientar y apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Desarrollar y efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se orientan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se coordina desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se orientan e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se orientan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

6. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se coordina desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

7. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se coordina desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

8. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se orientan e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

9. Las valoraciones e indagaciones requeridas se coordinan y realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

10. La vinculación SGSSS de los usuarios, se coordina con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

11. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se implementan y ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

12. La referencia y contrarreferencia se coordina y realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

13. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

14. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se coordinan y efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

15. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

16. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se desarrollar y efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2028-17

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Orientar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Liderar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Orientar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Coordinar y realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Coordinar con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Implementar y ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Gestionar y realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar y efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Orientar y apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Desarrollar y efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se orientan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se lidera desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se orientan e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se coordinan y realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se coordina con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se implementan y ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se gestiona y realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se coordinan y efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se orientan y apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se desarrollar y efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2028-15

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Orientar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Liderar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Liderar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Coordinar y realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Coordinar con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Implementar y ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Gestionar y realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Coordinar y efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Planear y apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Desarrollar y efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se orientan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se lidera desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se lideran e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se coordinan y realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se coordina con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se implementan y ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se gestiona y realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se coordinan y efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se planean y apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se desarrollar y efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Diez y seis (16) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2028-14

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Orientar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Guiar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Liderar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Coordinar y realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Coordinar con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Implementar y ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Gestionar y realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Planear y efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Planear y apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Desarrollar y efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se orientan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se guía desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se lideran e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se coordinan y realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se coordina con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se implementan y ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se gestiona y realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se planean y efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se planean y apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se desarrollar y efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2028-13

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Orientar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Guiar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Guiar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Coordinar y realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Coordinar con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Implementar y ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Gestionar y realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Planear y efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Planear y apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Gestionar y efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos se orientan desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se guía desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se guían e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se coordinan y realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se coordina con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se implementan y ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se gestiona y realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se planean y efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se planean y apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se gestionan y efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA.

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería, y título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Título de postgrado en la modalidad de especialización por:

1. Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

3. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Incluir las siguientes funciones y requisitos de estudio y experiencia para los cargos del Área Regional – Subárea Centro Zonal, del Nivel Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11, 09, 07, 06 y 05.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2044-11

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Asistir desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Apoyar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Asistir e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Planear con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos son asistidas desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se apoya desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se asisten e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se planean con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización y seis (6) meses de experiencia profesional relacionada.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2044-09

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Apoyar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Apoyar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Asistir e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Ejecutar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Planear con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Realizar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos son apoyadas desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se apoya desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se asisten e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se ejecutan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se planean con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se realiza cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

Título de postgrado en la modalidad de especialización.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación medica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2044-07

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Apoyar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Apoyar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Apoyar e implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Ejecutar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Planear con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Efectuar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos son apoyadas desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se apoya desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se apoyan e implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se ejecutan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se planean con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se efectúa cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Diez y ocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2044-06

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Apoyar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Apoyar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Planear con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Ejecutar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Efectuar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos son apoyadas desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se apoya desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se implementan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se planean con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se ejecutan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se efectúa cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar acciones encaminadas a determinar la situación médica y nutricional de la población vulnerable y prestar asistencia en los procesos de valoración para lograr una efectiva atención a la población objetivo de los programas ICBF.  

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

ÁREA REGIONAL - SUBÁREA CENTRO ZONAL

2044-05

1. Verificar el estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. Apoyar desde el área de su conocimiento la aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos.

3. Ejecutar desde su área de conocimiento, en el diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Implementar desde su área de conocimiento, mecanismos e instrumentos que posibiliten el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promuevan políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoren las condiciones de vida de los niños y las familias, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Realizar las valoraciones e indagaciones requeridas de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. Planear con las secretarías de salud municipales la vinculación SGSSS de los usuarios, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Desarrollar actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. Efectuar la referencia y contrarreferencia cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Identificar las necesidades y participar en estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Efectuar acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. Apoyar el desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, para garantizar la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Efectuar en acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

13. Ejercer las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el Área de desempeño.

IV. CONTRIBUCIONES INIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El estado de salud física de los niños, niñas y adolescentes, se verifica con el propósito de establecer los elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

2. La aplicación de los lineamientos técnicos en materia de nutrición y alimentación de los diferentes proyectos son apoyadas desde el área de su conocimiento para lograr el cumplimiento adecuado de los mismos, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las necesidades evidenciadas.

3. El diseño, evaluación y seguimiento de planes de alimentación y nutrición a nivel regional y local para atender la problemática alimentaria y nutricional, se apoya desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

4. Los mecanismos e instrumentos que posibilitan el desarrollo y la articulación del SNBF, y que promueven políticas y estrategias en alimentación y nutrición que mejoran las condiciones de vida de los niños y las familias, se ejecutan desde su área de conocimiento, de acuerdo a la normatividad y protocolos vigentes.

5. Las valoraciones e indagaciones requeridas se realizan, de acuerdo con el área de su desempeño, con el fin de presentar los informes respectivos.

6. La vinculación SGSSS de los usuarios, se planean con las secretarías de salud municipales, de acuerdo con los lineamientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública, se desarrollan de acuerdo con las necesidades detectadas y la normatividad vigente.

8. La referencia y contrarreferencia se efectúa cuando se requiera, dentro de la estrategia de redes de servicios de salud, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

9. Las necesidades y los estudios tendientes a solucionar los problemas de salud de la comunidad, se identifican y participan con el fin de dar respuesta oportuna y eficaz en cuanto a servicios de salud, de acuerdo con la información recolectada y las instrucciones recibidas.

10. Las acciones de salud pública coordinadas con otras instituciones y sectores presentes en la Localidad, se efectúan para brindar mayor cobertura a la comunidad y favorecer la integralidad y complementariedad de dichas acciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

11. El desarrollo de estrategias de participación social, con los diferentes actores locales, garantizan la pertinencia, efectividad y demanda de las intervenciones realizadas en conjunto con las demás entidades, se apoyan de acuerdo con los lineamientos establecidos.

12. Las acciones de vigilancia epidemiológica, en situaciones que sean factor de riesgo para la población, y atacar situaciones críticas de salud en la comunidad, se efectúan de acuerdo con la información y los estudios realizados y/o compilados.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política Colombiana.

2. Ley de Infancia y Adolescencia.

3. Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4. Programas y Servicios del ICBF.

5. Normatividad sobre el menor y la familia.

6. Convenios Internacionales sobre Derechos del Niño.

7. Convenios y Convenciones sobre Derechos Humanos.

8. Política de Primera Infancia.

9. Política de Juventud.

10. Presentación de informes.

11. Normatividad de salud.

12. Plan Nacional de Alimentación y Nutrición.

13. Estilos de Vida Saludables.

14. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

15. Guías de manejo y protocolos de atención.

16. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

17. Promoción y Prevención.

18. Normatividad y protocolos de vigilancia en salud pública.

19. Manejo de herramientas de Office.

20. Sistema de Gestión de Calidad.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA:

EDUCACION:

Título profesional de Medicina o Enfermería.

*Tarjeta profesional en los casos contemplados por la ley.

EXPERIENCIA:

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. EQUIVALENCIAS

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada por:

1. Título de postgrado en la modalidad de especialización.

2. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 8484 de 2013> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

Directora General

Revisó:

GLORIA INÉS GUTIÉRREZ

SANDRA C. BÁRCENAS ESPITIA

DURLEY BARRIOS.

Elaboró:

LILIANA GARCÍA B.

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