RESOLUCIÓN 2820 DE 2006
(4 diciembre)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2500 de 2014>
“Por la cual se modifica la Resolución No. 2777 del 24 de noviembre de 2006”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR
FAMILIAR
En uso de sus facultades legales en especial las previstas en los artículos 9o, 10o, 78 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que con el propósito de desarrollar los principios que rigen la función administrativa, mediante la Resolución No. 2777 del 24 de noviembre de 2006 la suscrita Directora General delegó algunas funciones en la Secretaría General, la Dirección de Gestión Humana y las Direcciones Regionales y Seccionales.
Que en cumplimiento de los cometidos estatales, adecuada prestación del servicio y efectividad de los derechos e intereses de los administrados, es preciso modificar la citada Resolución No. 2777 del 24 de noviembre de 2006.
Que en merito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2500 de 2014> Modificar el artículo primero de la Resolución No. 2777 del 24 de noviembre de 2006, el cual quedará así:
ARTÍCULO 1. Delegar en el (la) Secretario (a) General las siguientes funciones:
1. Efectuar nombramientos ordinarios, en período de prueba y provisionales.
2. Efectuar encargos en empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción.
3. Otorgar comisión a servidores inscritos en el Registro Público de Carrera Administrativa o con derechos de carrera administrativa para desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción.
4. Posesionar a personas nombradas en carácter ordinario.
5. Conceder comisiones de servicio y estudio al interior o exterior del país en los términos previstos por el Decreto 1950 de 1973.
6. Hacer reconocimiento de prima técnica por el criterio de evaluación del desempeño.
7. Efectuar traslados entre regionales, de regionales a seccionales, de la Sede Nacional a éstos o viceversa y reubicaciones en la Sede Nacional.
8. Otorgar vacaciones a los servidores públicos del nivel directivo y asesor de la Sede Nacional.
9. Otorgar vacaciones a los Directores Regionales y Seccionales.
10. Suspender en el ejercicio del cargo a los servidores públicos por decisión judicial.
11. Establecer la jornada laboral en la Sede Nacional.
12. Creación de Grupos Internos de Trabajo.
13. Aceptar renuncias y declarar insubsistencias.
14. Declarar vacancias por abandono del cargo o por muerte y retirar del servicio por reconocimiento de pensión de vejez e invalidez a los servidores públicos de la Sede Nacional.
15. Autorizar las comisiones de servicio al interior del país no contempladas en la programación mensual y que sean de inaplazable cumplimiento.
16. Autorizar las comisiones de servicio de los Directores Regionales y Seccionales fuera de su área de jurisdicción.
17. Conceder permisos remunerados hasta por tres (3) días a los servidores públicos del nivel directivo y asesor de la Sede Nacional y a los Directores Regionales y Seccionales.
18. Ordenar los desembolsos y reintegros a los beneficiarios de los créditos de vivienda de los servidores públicos del ICBF.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2500 de 2014> Delegar en el (la) Director (a) de Gestión Humana las siguientes funciones:
1. Autorizar comisiones de servicio al interior del país de los servidores públicos de la Sede Nacional o contratistas, cuando el contrato así lo estipule. Así mismo ordenar el pago de viáticos y gastos de viaje de los mismos.
2. Dar posesión a las personas nombradas con carácter provisional y en encargo.
3. Autorizar permisos remunerados hasta por tres (3) días a los servidores públicos de la Sede Nacional de los niveles profesional, técnico y asistencial.
4. Reconocer en dinero horas extras, dominicales, festivos y tiempo compensatorio.
5. Otorgar vacaciones a los servidores públicos de la Sede Nacional previo visto bueno del respectivo jefe inmediato.
6. Otorgar permisos sindicales.
7. Otorgar licencias a los servidores públicos de la Sede Nacional.
<Función adicionada por el artículo 1 de la Resolución 3342 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> Posesionar a los servidores públicos de la Sede Nacional que sean nombrados en período de prueba.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2500 de 2014> Delegar en los Directores Regionales y Seccionales las siguientes funciones en relación con los servidores públicos de las respectivas Regionales y Seccionales:
1. Posesionar a los servidores públicos de la Regional o Seccional por nombramiento provisional, período de prueba y encargo.
2. Reubicar cargos de la Regional o Seccional.
3. Establecer jornada laboral en la Regional o Seccional.
4. Aceptar las renuncias presentadas.
5. Declarar las vacancias de los cargos cuando los titulares incurran en abandono del mismo.
6. Retirar del servicio los servidores públicos que hayan reunido los requisitos para gozar de pensión de vejez.
7. Retirar del servicio por edad de retiro forzoso a los servidores públicos que hayan cumplido la edad de los 65 años.
8. Retirar del servicio por invalidez cuando esta supera los ciento ochenta (180) días de incapacidad.
9. Declarar la vacancia definitiva del empleo por muerte del titular
10. Designar Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo.
11. Conceder permisos remunerados hasta por tres (3) días a los servidores públicos de la Regional o Seccional.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2500 de 2014> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 4 DIC. 2006
ELVIRA FORERO HERNANDEZ
Directora General