RESOLUCIÓN 2070 DE 2006
(28 agosto)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2780 de 2009>
“Por la cual se crean los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”
EL SECRETARIO GENERAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
En uso de sus facultades legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 119 de Abril 27 de 2006, emanada de la Contaduría General de la Nación, se menciona la pertinencia de la constitución del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable.
Que mediante Circular Externa No. 064 de Julio 27 de 2006 expedida por la Contaduría General de la Nación, se emitieron las instrucciones para la reclasificación y ajustes de los saldos de las cuentas creadas para el proceso de saneamiento contable, como consecuencia del fallo proferido por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-457 de 2006, declarando inexequible el artículo 79 de la Ley 998 de 2005 que prorrogaba la vigencia de la Ley 716 de 2001 y se establece la obligación para las entidades públicas que están incluidas en el ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública de desarrollar un proceso permanente de depuración contable.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO: <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2780 de 2009> Crear y organizar el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable, en el Nivel Nacional, en la Sede Nacional, en las Regionales y Seccionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
ARTÍCULO 2o. INTEGRACIÓN: <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2780 de 2009> Los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable estarán integrados así:
1. En Nivel Nacional por:
- El Secretario General, quien lo presidirá
- El Director Financiero
- El Director Administrativo
- El Director de Gestión Humana
- El Jefe de la Oficina Jurídica
- El Coordinador del Grupo de Contabilidad del Nivel Nacional, quien actuará como Secretario del Comité.
2. En la Sede Nacional por:
- El Coordinador del Grupo Financiero Sede, quien lo presidirá.
- El responsable de Contabilidad, quien actuará como Secretario del Comité
- El Coordinador del Grupo Almacén e Inventarios, de la Dirección Administrativa.
- El Coordinador del Grupo de Representación Judicial, de la Oficina Jurídica.
- El Coordinador del Grupo de Infraestructura Inmobiliaria, de la Dirección Administrativa.
- El Coordinador del Grupo de Bienestar Social, de la Dirección de Gestión Humana.
3. En las Regionales y Seccionales por:
- El Director de la Regional o Seccional, quien lo presidirá
- El Coordinador del Grupo Administrativo o su responsable.
- El Coordinador del Grupo Financiero o su responsable.
- El Coordinador del Grupo Jurídico o su responsable
- El responsable de Pagaduría.
- El Coordinador del Grupo de Recaudo o su responsable
- El responsable de Almacén
- El responsable de Contabilidad, quien actuará como Secretario del Comité.
PARÁGRAFO 1o. Concurrirá con voz pero sin voto la Oficina de Control Interno y los servidores públicos que por su condición jerárquica y funcional deban asistir según el caso concreto.
PARÁGRAFO 2o. El comité sesionará con un mínimo de cuatro (4) integrantes en el Nivel Nacional y en la Sede Nacional, y en el nivel Regional y de Seccional con un mínimo de seis (6) y, sus decisiones se adoptarán por mayoría simple. De cada reunión se levantará acta junto con los soportes que sirvieron de base para la toma de decisiones. Cada miembro podrá dejar las constancias que considere pertinentes.
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES: <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2780 de 2009> Los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable tendrán las siguientes funciones:
En el Nivel Nacional:
1. Reunirse como mínimo trimestralmente.
2. Estudiar y evaluar las actas e informes recibidos de las Regionales, Seccionales y Sede Nacional.
3. Recomendar por escrito a través de la Presidencia del Comité a las Regionales, Seccionales, Sede Nacional y Nivel Nacional el registro en la contabilidad de las propuestas de Ajuste evaluadas según las actas e informes estudiados.
4. Recomendar las acciones que considere deben adelantar las Regionales, Seccionales, Sede Nacional y Nivel Nacional para garantizar la sostenibilidad del Sistema Contable del ICBF.
5. Realizar el seguimiento a la operatividad de los Comités de las Regionales, Seccionales y Sede Nacional.
6. Convocar a reuniones extraordinarias a solicitud de alguno de los integrantes del Comité o por el Contador General.
7. Asesorar a la Dirección General en la determinación de las políticas internas para el mejoramiento del Sistema Contable.
8. Apoyar en materia contable lo relacionado con el seguimiento al Plan de
9. Mejoramiento suscrito por la Sede Nacional, Regionales y Seccionales con la
10. Contraloría General de la República.
11. Aplicar el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública.
En la Sede Nacional, Regionales y Seccionales:
1. Reunirse como mínimo trimestralmente antes de cada cierre correspondiente a los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
2. Estudiar y aprobar mediante acta, las Propuestas de Ajuste que le sean presentadas y que estén enmarcadas en situaciones que ponen en riesgo la
3. razonabilidad y oportunidad de la información contable, de acuerdo con lo dispuesto por la Contaduría General de la Nación en la Resolución No. 119 de
4. 2006.
5. Conformar y aprobar el Informe detallado de su gestión que deba presentarse semestralmente al Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable Nacional.
6. Realizar el seguimiento en materia contable al cumplimiento de las metas fijadas en el Plan de Mejoramiento suscrito con la Contraloría General de la República.
7. Aplicar el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública.
Son funciones del Secretario del Comité:
1. Citar a los integrantes del comité a las reuniones.
2. Elaborar el orden del día.
3. Elaborar las actas de cada reunión y en las Regionales, Seccionales y Sede Nacional enviarlas al Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable Nacional.
4. Verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Comité.
5. Presentar al Comité las Propuestas de Ajuste.
6. Proyectar Y someter a consideración del Comité los oficios e informes que se requieran para la Sostenibilidad del Sistema Contable.
7. Enviar al Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable Nacional los informes sobre las gestiones adelantadas por el Comité y los informes sobre la depuración de los saldos contables.
8. Conservar en debida forma las actas y los documentos soportes que sirvieron para las decisiones adoptadas por el Comité Técnico.
9. Las demás que le sean asignadas por el Comité.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA: <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2780 de 2009> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones No. 2575 de diciembre 3 de 2002 y 1072 de junio 6 de 2003.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los 28 AGO. 2006
GERARDO LUBIN BURGOS BERNAL
Secretario General encargado de las
funciones de Director General