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RESOLUCIÓN 1603 DE 2003

(19 agosto)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 49 de la Resolución 191 de 2005>

“Por la cual se modifica la Resolución Número 00888 de 2003.

EL SECRETARIO GENERAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial de las conferidas por el Artículo 24 del decreto 3264 de diciembre 30 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Número 00888 del 16 de mayo de 2003, se establecieron los Grupos Internos de Trabajo de las dependencias de la Sede Nacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar;

Que en el artículo 10 de la citada Resolución, se contempla que la Dirección de Gestión Humana se organizará internamente mediante los grupos de trabajo de:

Servicios Administrativos, de Formación y Cultura y de Bienestar Social, y que en los artículos 11, 12 y 13 se consagran las funciones de cada uno de los Grupos respectivamente;

Que es viable unificar los grupos de Formación y Cultura y de Bienestar Social bajo el nombre de Grupo de Desarrollo Integral del Talento Humano, teniendo en cuenta que sus objetivos se encaminan al fortalecimiento de los conocimientos y la calidad de vida de los servidores públicos del Instituto y en general al desarrollo del talento humano de la institución y por ende al cumplimiento de las metas organizacionales;

Que es procedente modificar la Resolución 00888 del 16 de mayo de 2003;

Que en virtud de lo anteriormente expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 49 de la Resolución 191 de 2005> Modificar el artículo 10 de la Resolución 00888 del 16 de mayo de 2003, “Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de las dependencias de la sede Nacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se dictan otras disposiciones”, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 10. Dirección de Gestión Humana. Esta dependencia se organizará internamente mediante los siguientes grupos de trabajo:

1. Grupo de Servicios Administrativos

2. Grupo de Desarrollo Integral del Talento Humano”

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 49 de la Resolución 191 de 2005> Fusionar los artículos 12 y 13 de la Resolución 00888 del 16 de mayo de 2003, mediante los cuales se establecen las funciones de los grupos de Formación y Cultura y Bienestar Social, en el artículo 12 y suprimir el artículo 13, quedando así:

ARTÍCULO 12. Grupo de Desarrollo Integral del Talento Humano: Este grupo prestara apoyo al cumplimiento de la misión institucional desarrollando procesos de formación, capacitación, fortalecimiento de la cultura organizacional, mejoramiento del clima organizacional y calidad de vida laboral de los servidores públicos del ICBF. Para tal fin, cumplirá las siguientes funciones:

1. Formular para la adopción por parte de la Dirección de Gestión Humana, las políticas y lineamientos en torno a la formación, capacitación, cultura y bienestar social que propendan por satisfacer las necesidades tanto organizacionales como individuales dentro del contexto laboral.

2. Elaborar y consolidar planes de formación, capacitación y cultura de servidores públicos y agentes educativos, para generar procesos de desarrollo del servidor público, y transformación de la cultura organizacional.

3. Diseñar e implementar el plan de bienestar para los servidores públicos de la Sede Nacional.

4. Realizar seguimiento y asesoría a las regionales y agencias en la elaboración y desarrollo de los planes de Formación capacitación y cultura organizacional y de Bienestar Social.

5. Promover la coordinación y articulación inter e intra institucional para el desarrollo del proceso de Formación y cultura.

6. Desarrollar e implementar el sistema de información de formación capacitación y cultura en coordinación con la Subdirección de Sistemas de Información.

7. Diseñar, implementar, coordinar y ejecutar el proceso de inducción y reinducción del ICBF.

8. Asesorar y complementar el desarrollo del proceso de selección de personal.

9. Implementar y desarrollar el plan de incentivos de la entidad para fomentar la motivación y brindar estímulo a los servidores públicos, generando así un mayor compromiso y desarrollo organizacional.

10. Adoptar los criterios técnicos y mecanismos del proceso de evaluación del desempeño, de acuerdo a las normas vigentes establecidas y la política del instituto a fin de fortalecer las competencias profesionales y laborales de los servidores públicos del ICBF.

11. Preparar los materiales y documentos requeridos para la aprobación de créditos de vivienda, calamidad doméstica, apoyo escolar y convenio de educación formal.

12. Determinar los servidores públicos con derecho a dotación y presentar en los términos legalmente establecidos, esta información a la Dirección Administrativa.

13. Coordinar las actividades relacionadas con el desarrollo de las normas que regulan la seguridad social, en cuanto a salud, pensiones y riesgos profesionales y asesorar al respecto, a los niveles regional y de agencia.

14. Velar por el cumplimiento y desarrollo del programa de Salud Ocupacional a nivel nacional para así mejorar la calidad de vida laboral de los servidores públicos de la entidad.

15. Coordinar con el Comité Paritario de Salud Ocupacional el diseño, implementación y seguimiento del programa de Salud Ocupacional en la Sede Nacional y apoyar a las regionales y agencias en la materia.

16. Ejercer autocontrol sobre cada uno de los procesos y procedimientos que se ejecutan en el grupo.

17. Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

18. Las demás que le sean asignadas y/o delegadas.”

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 49 de la Resolución 191 de 2005> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C. a los 19 AGO. 2003.

JAVIER LASTRA FUSCALDO

Secretario General encargado de las

funciones e Director General.

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