RESOLUCIÓN 1176 DE 2010
(marzo 12)
Diario Oficial No. 47.672 de 6 de abril de 2010
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012>
Por la cual se estructura el Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional y se derogan unas resoluciones.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 117 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que para dar cumplimiento a la Leyes 87 de 1993 y 872 de 2003 y a los Decretos Reglamentarios Nos. 4110 de 2004, “por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública”, y 1599 de 2005, “por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano” expedidos por el Gobierno Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF) debe implementar un Sistema de Gestión orientado a mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía.
Que para el desarrollo de los Sistemas de Gestión es esencial la identificación y documentación de los procesos y para su implementación efectiva es necesario conformar un Grupo interáreas que actúe como facilitador de los mismos en las diferentes instancias y dependencias del Instituto.
Que a través de la Resolución número 097 de enero 21 de 2008, modificada mediante las Resoluciones Nos. 357 de 9 de febrero de 2009 y 0045 de 8 de enero de 2010, se creó el Grupo de Apoyo para el Mejoramiento Institucional (GAMI) y se establecieron sus funciones.
Que el Decreto 117 de 21 de enero de 2010, en su artículo 15, establece que la Subdirección de Mejoramiento Organizacional debe mantener un Sistema de Gestión de la Calidad y Ambiental mejorando continuamente su efectividad con las normas que rigen la materia, y en su artículo 5o, numeral 3, dispone que esa misma dependencia, en conjunto con las Oficinas de Control Interno y de Aseguramiento a la Calidad, fomentará en todos los niveles y dependencias del Instituto la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo de los procesos y productos en cumplimiento de la misión institucional.
Que dada la nueva estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con el fin de compilar la regulación del Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional (GAMI) se ha determinado expedir un único acto administrativo.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012> En el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF) continuará operando el Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional (GAMI), creado mediante la Resolución número 097 del 21 de enero de 2008, como facilitador para la implementación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión.
ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012> El Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional estará integrado por servidores públicos de las siguientes dependencias:
a) Dirección General;
b) Secretaría General;
c) Dirección de Planeación y Control de Gestión.
d) Dirección de Prevención;
e) Dirección de Protección;
f) Dirección de Sistema Nacional de Bienestar Familiar;
g) Dirección de Informática y Tecnología;
h) Dirección de Gestión Humana;
i) Dirección Administrativa;
j) Dirección Financiera;
k) Dirección de Logística y Abastecimiento Estratégico;
l) Oficina Asesora de Comunicaciones y Atención al Ciudadano;
m) Oficina Asesora Jurídica;
n) Oficina de Control Interno;
o) Oficina de Control Interno Disciplinario;
p) Oficina de Aseguramiento a la Calidad;
q) Oficina de Cooperación y Convenios;
r) Subdirección de Mejoramiento Organizacional, quien actuará como Secretario Técnico;
PARÁGRAFO. Los jefes de las dependencias relacionadas en este artículo informarán por escrito a la Subdirección de Mejoramiento Organizacional el nombre de los servidores públicos designados para conformar el Grupo.
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012> El Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional (GAMI) tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Promover en sus respectivas dependencias el desarrollo de las actividades contempladas en el Plan Operativo para la sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión (SIGE), aprobado por la Dirección de Planeación y Control de la Gestión;
b) Acompañar a las dependencias en el proceso de elaboración y actualización de la documentación requerida por el SIGE de acuerdo con el procedimiento Elaboración y Control de Documentos, y ejecutar estrategias para su divulgación y comunicación;
c) Formular e implementar dentro de las dependencias estrategias de comunicación que sensibilicen y motiven a los servidores públicos y a los particulares que ejercen funciones públicas, para que participen de forma activa en el mejoramiento institucional;
d) Mantener informados a los jefes de dependencia sobre los avances y compromisos en la sostenibilidad del SIGE;
e) Coordinar con los responsables de procesos la preparación de la información requerida para la revisión por la Dirección del SIGE;
f) Consolidar en cada dependencia la información requerida por la Subdirección de Mejoramiento Organizacional para verificar el estado de avance en la sostenibilidad del SIGE;
g) Proponer y desarrollar actividades de motivación dirigidas a servidores públicos para la sostenibilidad del SIGE;
h) Retroalimentar a la Subdirección de Mejoramiento Organizacional sobre las estrategias utilizadas para la sostenibilidad del SIGE y proponer acciones de mejora.
ARTÍCULO 4o. SECRETARÍA TÉCNICA. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012> La Secretaría Técnica del Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional será ejercida por la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.
ARTÍCULO 5o. SESIONES. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012> El Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional se reunirá por lo menos una vez cada treinta (30) días o cuando las circunstancias así lo requieran, previa convocatoria de la Secretaría Técnica. Las decisiones de este Grupo se tomarán por mayoría simple.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1780 de 2012> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones número 097 de 21 de enero de 2008, 0357 de 9 de febrero de 2009 y 0045 de 8 enero de 2010.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de marzo de 2010
Directora General,
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.