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RESOLUCIÓN 357 DE 2009

(febrero 9)

Diario Oficial No. 47.320 de 14 de abril de 2009

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010>

Por la cual se modifica la Resolución 097 de 21 de enero de 2008, “por la cual se conforma el Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional y se establecen sus funciones.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que para dar cumplimiento a las Leyes 87 de 1993 y 872 de 2003 y los Decretos Reglamentarios 4110 de 2004 y 1599 de 2005, expedidos por el Gobierno Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe implementar un Sistema de Gestión orientado a mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía.

Que para el desarrollo de los Sistemas de Gestión es esencial la identificación y documentación de los procesos.

Que para la implementación efectiva de los Sistemas de Gestión se hace necesario conformar un Grupo interáreas que actúe como facilitador de los Sistemas de Gestión en las diferentes instancias y dependencias del instituto.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010> Modificar el artículo 2o. Conformación, el cual queda de la siguiente manera:

El Grupo de Apoyo para el Mejoramiento Institucional (GAMI), estará constituido por los servidores públicos de las siguientes dependencias:

a) Dirección General.

b) Secretaría General.

c) Dirección de Planeación.

d) Dirección Técnica.

e) Dirección de Evaluación f) Dirección de Gestión Humana.

g) Dirección Administrativa.

h) Dirección Financiera.

i) Subdirección de Mejoramiento Organizacional.

j) Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano.

k) Oficina Asesora Jurídica.

l) Oficina de Control Interno.

m) Oficina de Cooperación y Convenios.

n) Oficina de Control Interno Disciplinario.

PARÁGRAFO. Los jefes de las dependencias relacionadas en este artículo podrán designar uno o varios servidores públicos representantes de las dependencias, subdirecciones o grupos que la conformen, según la necesidad; así mismo, se deberá informar por escrito a la Subdirección de Mejoramiento Organizacional los nombres de los servidores públicos designados para conformar el grupo.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010> Modificar el artículo 3o. Funciones, el cual queda de la siguiente manera:

El Grupo de Apoyo para el Mejoramiento Institucional (GAMI), tendrá las siguientes funciones:

a) Promover en sus respectivas dependencias el desarrollo de las actividades contempladas en el Plan Operativo para la Sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión (SIGE), aprobado por la Dirección de Planeación.

b) Acompañar a las dependencias en el proceso de elaboración y actualización de la documentación requerida por el SIGE de acuerdo con el procedimiento Elaboración y Control de Documentos y ejecutar estrategias para su divulgación y comunicación.

c) Formular e implementar dentro de las dependencias, estrategias de comunicación que sensibilicen y motiven a los servidores públicos y a los particulares que ejercen funciones públicas, para que participen de forma activa en el mejoramiento institucional.

d) Mantener informados a los jefes de dependencia sobre los avances y compromisos en la sostenibilidad del SIGE.

e) Coordinar con los responsables de procesos la preparación de la información requerida para la Revisión del Sistema de Gestión de Calidad por la Dirección.

f) Consolidar en cada dependencia la información requerida por la Subdirección de Mejoramiento Organizacional para verificar el estado de avance en la sostenibilidad del SIGE.

g) Proponer y participar en actividades de motivación dirigidas a servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas realizadas en la Institución, para la sostenibilidad del SIGE.

h) Retroalimentar a la Subdirección de Mejoramiento Organizacional sobre las estrategias utilizadas para la sostenibilidad del SIGE y proponer acciones de mejora.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de febrero de 2009.

La Directora General,

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.

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